domingo, 14 de octubre de 2018

Entradas más vistas de la semana 08/10//2018-14/10/2018 en este blog: la Comisión Europea a favor de la fijeza de los estatutarios interinos en abuso de termporalidad, el Suopremo sentencia no concederles indefinido no fijo, mesa sectorial de Sanidad SERMAS y OPE 2018 con sus puestos, ....

Por si te perdiste algunas entradas que podrían haber sido de tu interés en el día a día por culpa del alto volumen de publicación de este blog, además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

6 comentarios:

Anónimo dijo...

La apreciación que hace la Comisión Europea entiendo que podría hacerse extensiva también a los laborales ¿no? La jueza que eleva la cuestión prejudicial dice que la figura del indefinido no fijo cambia temporalidad por temporalidad no siendo adecuada para castigar el fraude cometido y esto afecta a laborales ( no a interinos según el Supremo) Claro el dictamen del Tribunal europeo está por encima de las leyes nacionales incluida la Constitución

Anónimo dijo...

La Directiva europea y sus normas generales, por encima de la Constitución nacional, no entienden de funcionarios versus laborales. Se aplican a todos.Ahora bien, la pregunta de la jueza española de si indefinido no fijo es solución es en un caso funcionarial (estatutario de Sanidad) y las sentencias del TJUE las tiene que interpretar y concretar la justicia española que con su cadena de recursos tiene arriba un Supremo que tenderá a aplicarlas de forma muy restrictiva y más favorable a la administración, como ha pasado con las de 2016


Anónimo dijo...

Osea que la cosa debería reclamarse caso por caso y podría igualmente acabar recurso tras recurso en el Tribunal europeo de justicia. Pero entiendo que el sentir positivo del Tribunal en este caso debería mover a los órganos jurisdiccionales españoles a fallar en el sentido marcado por el Europeo jerarquicamente superior. Ya la propia opinión del Parlamento y Comisión (legislativo y ejecutivo) debía de moverlos a ello.

Anónimo dijo...

La interpretación de la justicia local de la sentencia europea puede ser recurrida caso por caso por la Administración (que puede optar por no hacerlo si políticamente a su gobierno no le interesa lo que a su vez puede depender de las presiones que afeen ese comportamiento hostil con sus trabajadores). Pero una vez llegue al Supremo quedará fijada la jurisprudencia sobre la interpretación. Es lo que ha pasado con las reciente sentencia del Supremo sobre la estatutaria eventual no renovada tras muchos años: el Supremo ha asentado que ese cese es ilegal por la sentencia del TJUE que hubo por petición del juzgador inferior

Anónimo dijo...

De todas formas, antes de todo eso una sentencia del Tribunal europeo en este caso de interino de vacante longevo que tenga algo contrario a la administración (fijeza, prohibición de ceses por opes convencionales, indemnizaciones fuertes, etc) puede armar un cisco político enorme si es aprovechado ñor las plataformas de temporales, oposición, etc y sirva para acabar doblegando al gobierno en la justa petición del concurso de méritos. Y también lo que haga el tribunal puede depender de lo que se visibilice el problema por parte de los acectados que como no se movilicen ...

Anónimo dijo...

En cualquier caso los despachos que llevan el caso del estatutario de sanidad en Madrid lo que pretenden es el reconocimiento directo y automático de la condición de fijo sin pasar por ningún concurso en base a la superioridad jerárquica de la normativa europea sobre las estatales (sean leyes ordinarias o constituciones) y la superioridad jerárquica del Tribunal europeo sobre los propios de cada país. El concurso amen de necesitar ley habilitante para los interinos (no asi los laborales) puede ser perfectamente una trampa si no se ajusta a los perfiles de cada colectivo. Cuestión esta que además ha quedado prohibida por el Supremo en reiteradas ocasiones (lo de ajustar más o menos "a huevo" un perfil concursal) Es un mal menor pero la solución la debería de dar el Tribunal de justicia europeo