La sentencia pionera proviene del Juzgado
Contencioso Administrativo número 2 de la Coruña y reconoce el derecho
de un docente, F.L.R, a percibir una indemnización por el periodo en el
que estuvo cubriendo una sustitución. La sentencia –contra la que sólo
cabe recurso ante el Tribunal Supremo-- le reconoce una indemnización de
20 días por año trabajado, similar a la que corresponde a un despido
por razones objetivas, técnicas, económicas, organizativas o de
producción.
Esta sentencia abre la puerta a miles de
reclamaciones, por ejemplo, de profesores interinos que son cesados
durante los meses de verano para reincorporarse en septiembre con el
comienzo del curso escolar. Solamente en el mes de junio, fueron cesados
51.487 personas, la cifra más alta de los últimos nueve años.
Hasta la fecha, los tribunales únicamente se
habían pronunciado a favor del personal laboral de las administraciones
(personal contratado conforme al Estatuto de los Trabajadores), si bien
aún no se reconocía este derecho a los funcionarios interinos
(funcionarios que por razones de necesidad o urgencia son nombrados para
cubrir plazas vacantes, realizar sustituciones o afrontar exceso de
tareas o programas, como ocurre en ámbitos como la Enseñanza, la
Justicia o la Sanidad). Se calcula que en España hay unas 250.000
personas en esta situación.