martes, 7 de agosto de 2018

[El Confidencial] El Corte Inglés negocia vender su fiilal de servicios informáticos, IECISA, a una empresa mexicana

Informa El Confidencial el 06/08/2018 que El Corte Inglés está realizando negociaciones para la  venta de  su filial de informática, IECISA, valorada entre 380 y 400 millones [y con muchos contratos de servicios informáticos con la Administración como la de la Comunidad  de Madrid] al grupo mexicano Sixsigma Networkcontrolada por  Kio Networks,





domingo, 5 de agosto de 2018

Entradas más vistas de la semana 30/07/2018-5/08/2018 en este blog: Carrera Profesional SERMAS, Convenio Laboral CM y OPE 2018 de "estabilización" del Estado

Por si te perdiste algunas entradas que podrían haber sido de tu interés en el día a día por culpa del alto volumen de publicación de este blog, además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

  • [Gobierno C. Madrid] 'El Gobierno regional ha aprobado hoy la recuperación progresiva de la carrera profesional en la Sanidad madrileña'. 'Los primeros grupos de profesionales, médicos y enfermeras, percibirán el abono en las próximas nóminas'.
    'La Comunidad de Madrid ha aprobado hoy la recuperación progresiva del abono de la carrera profesional en el ámbito de la Consejería de ...


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    'Esta vez el límite lo han sobrepasado y llegando hasta el extremo de deslegitimar desde la propia Consejería de Hacienda, desde la prop...
  • Texto del Nuevo Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid que se firmaba hoy y selección de articulado sobre estabilidad en el empleo: el sistema de selección a fijo normal pasa a ser la oposición, los procesos de estabilización derivados del acuerdo y ley nacional serán concurso-oposición, las plazas de indefinidos no fijos deben convocarse a OPE s
    [Presumible futuro nuevo Convenio colectivo del Personal Laboral de la Comunidad de Madrid, siempre según este texto que ha trascendido d...
  • Publicada la Oferta de Empleo Público del Estado de "estabilización" de puestos de los sectores de la AGE y de la Administración de Justicia temporales de más de 3 años permitidos por ia ley de presupuestos de 2017. Habrá más OPE con el resto de puestos autorizados por la ley de presupuesto de 2018.. Convocatorias conjuntas
    En el Boletín Oficial del Estado del 31/07/2018 se publicaba otro Real Decreto de Oferta Pública de Empleo [ OPE ] que había sido aprobado...
  • jueves, 2 de agosto de 2018

    Publicada la Oferta de Empleo Público del Estado de "estabilización" de puestos de los sectores de la AGE y de la Administración de Justicia temporales de más de 3 años permitidos por ia ley de presupuestos de 2017. Habrá más OPE con el resto de puestos autorizados por la ley de presupuesto de 2018.. Convocatorias conjuntas

    En el Boletín Oficial del Estado del 31/07/2018 se publicaba otro Real Decreto de Oferta Pública de Empleo [OPE] que había sido aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros junto con del de la OPE "normal":  el de la OPE de "estabilización" de la Administración del Estado y la 2ª de la Administración de Justicia (tanto estatal como autonómica) con plazas ofertadas -adicionales a las de la OPE normal- ya existentes y ocupadas en su totalidad por personal temporal , computadas siguiendo lo dispuesto en el artículo 19.Uno.6  de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017 [PGE17], que trasladaba con rango de ley el primer acuerdo estatal con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público [o el "Acuerdazo 1"], que recordemos  habilitaba a todas las Administraciones Públicas (estatal, autonómicas o locales) a ofertar en OPEs durante 2017, 2018 y 2019
    1. hasta el 90% de los puestos ocupados por personal temporal de más de 3 años a 31/12/2016 sólo de ciertos sectores o funciones  (en cuanto a sectores principalmente los Servicios de Salud y la Educación de las CCAAs -cuyas OPEs están transferidas a las CCAA- , la Administración de Justicia, la Policia local, ... -ver la lista íntegra de sectores y tipos de puestos aquí - ), obligando a que el número de plazas ofertadas suponga dejar una temporalidad inferior al 8% en cada uno de los ámbitos autorizados; 
    2. y  -ya en todos los sectores, funciones y todas las AAPP- a convocar hasta el 100% de los puestos interinos anteriores a 2005 , por tanto, pendientes de los procesos de consolidación que habilitaba la Disposición Adicional 4ª del Estatuto Básico del Empleado Público de 2007
    (También esa ley de PGE17 como la de 2018,. autoriza a ofertar fuera de tasa de reposición TODOS los puestos de los "indefinidos no fijos por sentencia" de cualquier AAPP)

    Así este Real Decreto del Estado oferta estas plazas por el primer concepto (el de más de 3 años de temporalidad en ciertos sectores):
    • 2.862 plazas correspondientes a puestos en la Administración General del Estado [AGE] en los sectores/funciones autorizados y que por ahora no habían visto plazas ofertadas por lo habilitado para procesos de estabilización por la Ley de PGE17
    • y 2.762 plazas de personal de la Administración de Justicia tanto estatal como de las CCAA [que aunque transferido el personal, le sigue correspondiendo al Estado la publicación de las OPEs] y que ya habían visto un primer grupo de 2.331 plazas ofertadas en la OPE 2017 del Estado] que siguen pendientes de convocatorias

    miércoles, 1 de agosto de 2018

    Publicada la Ofertas de Empleo Público del Estado de 2018 general con 680 plazas de acceso libre de los cuerpos de informática del Estado

    El  Boletín Oficial del Estado de ayer 31/07/2018 publicó el  Real Decreto aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros,de la Oferta de Empleo Público para 2018 "normal" de la Administración Pública del Estado de 17299 plazas (11.095 plazas de turno libre y 6.204 de Promoción Interna), plazas todas ellas computadas de la tasa de reposición de efectivos , fijada en un 75% general y un 100% en algunos sectores por en el artículo 19.Uno.3 de la ley de Presupuestos Generales del de 2018 más un 5% adicional general por el artículo 19.Uno.4, que permite una pequeña creación neta de empleo. Aparte están los  Decretos  de la  Ofertas de Empleos Público de estabilización derivada de  la ley de Presupuestos de 2017 (que trataremos de forma especial en otra entrada) y una Oferta de Empleo público Extraordinaria de 323 plazas para el refuerzo de medios en la atención a asilados y refugiados.

    martes, 31 de julio de 2018

    [Gobierno C. Madrid] 'El Gobierno regional ha aprobado hoy la recuperación progresiva de la carrera profesional en la Sanidad madrileña'. 'Los primeros grupos de profesionales, médicos y enfermeras, percibirán el abono en las próximas nóminas'.

    'La Comunidad de Madrid ha aprobado hoy la recuperación progresiva del abono de la carrera profesional en el ámbito de la Consejería de Sanidad, de forma que los primeros pagos por este concepto a profesionales sanitarios está previsto que comience en el mes de agosto. Asimismo, el Gobierno regional ha aprobado el modelo de carrera profesional para el resto de profesionales estatutarios, incluidos los no sanitarios. Se estima en unos 36.000 profesionales, sanitarios y no sanitarios, los que podrán beneficiarse inicialmente de esta medida.

    La aprobación por el Consejo de Gobierno culmina un proceso que se inició a finales del pasado año, con la inclusión de 25 millones de euros en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para este concepto, y cuya distribución entre los diferentes colectivos profesionales fue negociada con los representantes sindicales en Mesa Sectorial.

    En lo que resta de año está previsto que los profesionales sanitarios, médicos y enfermeros, perciban un total aproximado de 14 millones de euros, y los profesionales del área sanitaria de formación profesional, y personal de gestión y servicios percibirán más de 6 millones. En 2019 la cuantía total aproximada prevista es de 48,5 millones de euros.

    [CCOO, SATSE, CSIT, AMYTS, FeSP de UGT] Comunicado de la Mesa Sectorial de Sanidad de la CM: 'Una vez más, la Consejería de Sanidad incumple sus propios acuerdos.' [Anuncian movilizaciones tras modificación unilateral del Gobierno CM de condiciones de pago del acuerdo de Carrera Profesional]

    'Esta vez el límite lo han sobrepasado y llegando hasta el extremo de deslegitimar desde la propia Consejería de Hacienda, desde la propia Presidencia de la CAM, al Consejero de Sanidad.

    Tras muchas negociaciones, tras muchos meses de diálogo y de muchísimo esfuerzo, el Consejero y del Director General de Recursos Humanos habían conseguido que todas las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial firmaran un acuerdo de reactivación de la Carrera Profesional.

    Dicha firma contó con la presencia del Consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, además del Director de Recursos Humanos, Pablo Calvo Sanz. Con sus firmas y con sus rúbricas, firmaron un acuerdo para poner de nuevo en marcha la Carrera Profesional para todos los profesionales, incluyendo en dicho acuerdo que se pagase en tres ejercicios presupuestarios 2018, 2019 y 2020. En la mesa extraordinaria del viernes 27 de julio de 2018, nos informaron que el acuerdo iba a ser aprobado en el Consejo de Gobierno del martes 31 de julio con el preceptivo informe de Hacienda.

    Pero nos comunicaron, y presentaron una propuesta de “acuerdo”, en el que se especificaba que, la Consejería de Hacienda, había puesto un límite al pago para que éste se produjera en cuatro años en lugar de en tres y en condiciones completamente diferentes a las pactadas, por razones “estrictamente técnicas y presupuestarias” según la Administración. Ante esto todas las organizaciones sindicales manifestamos nuestro más contundente rechazo y oposición, negándonos a firmar cualquier modificación con respecto al acuerdo firmado hace menos de un mes, el 4 de julio de 2018 y conminando a la Administración a cumplirlo en sus términos originales y a trasmitirlo así para su trámite por el Consejo de Gobierno.


    domingo, 29 de julio de 2018

    Entradas más vistas de la semana 23/07/2018-29/07/2018 en este blog: Convenio Laboral CM, resolución Parlamento Europeo y estabilidad temporales en abuso de temporalidad, nueva sentencia TJUE, ...

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    viernes, 27 de julio de 2018

    El Consejo de Ministros aprueba la Ofertas de Empleo Público del Estado general de 2018 y las de "estabilización" de puestos de los sectores de la AGE y de la Administración de Justicia incluidos en la ley de presupuestos de 2017

    El Consejo de Ministros del Gobierno del Estado ha aprobado hoy 27/07/2018 la publicación de 3 REALES DECRETO LEY de oferta de empleo público de la Administración Pública del Estado, haciendo un total de 23.156 plazas (que se suman a las 7.688 ya ofertadas en abril como OPE 2018 de los cuerpos de seguridad del Estado):

    • El decreto de la Oferta de Empleo Público  ["normal"] para 2018  de 17.299 plazas (11.095 plazas de turno libre y 6.204 de Promoción Interna), de plazas computadas dentro de los límites impuestos por tasa de reposición en la la Ley de Presupuestos Generales del  Estado de 2018 [que era dee un 75% en general, un 100% para varios sectores , y la disponibilidad adicional de un 5% general a repartir como se desee, lo que permite creación neta de puestos en algún caso] informando el Gobierno que supone una "creación neta de empleo de 1.909 efectivos"
    • El decreto de Ofertas de Empleos Público de estabilización con plazas adicionales a la OPE normal computadas siguiendo lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017 , ley que, recordemos habilitaba a todas las Administraciones Públicas a ofertar en OPEs en 2017, 2018 y 2019 hasta el 90% de los puestos ocupados por personal temporal de más de 3 años a 31/12/2016 sólo de ciertos sectores o funciones - en cuanto a sectores principalmente Servicios de Salud y la Educación cuyas OPEs están transferidas a las CCAA;, ver la lista íntegra aquí-, instando a que el número de plazas ofertadas en cada ámbito deje una temporalidad inferior al 8%;  y que  también habilitaba -ya en todos los sectores y todas las AAPP- a convocar hasta el 100% de los puestos interinos anteriores a 2005 pendientes de los procesos de consolidación del Estatuto Básico del Empleado Público de 2007 así cómo a convocar todos los puestos de los "indefinidos no fijos por sentencia"). En este decreto, que se anuncian incluirán son:
      • 2862 plazas correspondientes a puestos en la Administración General del Estado [AGE] en sectores que por ahora no habían visto plazas ofertadas por lo habilitado para procesos de estabilización por la Ley
      • y 2.762 plazas de personal de la Administración de Justicia tanto estatal como de las CCAA [que aunque transferido el personal, le sigue correspondiendo al Estado la publicación de las OPEs; aquí ya habían visto un primer grupo de plazas ofertadas en la OPE 2017 del Estado]


        El Gobierno informa que el acuerdo firmado el pasado lunes con los sindicatos para estas OPE de estabilización "incluye, además, el compromiso de aprobar en los próximos 6 meses" el Real Decreto del resto de puestos derivados , ya de la Ley de Presupuestos Generales de 2018,, que universalizaba la habilitación a todos los puestos temporales más de 3 años a 31/12/2017 de todas las AAPP, y que, en cada ámbito estatal, se realizarán de forma conjunta las convocatorias de los procesos de estabilización con plazas derivadas de ambas leyes de PGE 2017 y 2018

    [AMYTS] Mesa Sectorial Extraordinaria de Sanidad: el acuerdo de Carrera profesional al próximo Consejo de Gobierno

    Informa AMYTS este 27/07/2018 que en  la reunión extraordinaria de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid que ha tenido lugar este mismo viernes tras convocatoria urgente con un único punto del orden del día, Carrera Profesional, RRHH de Sanidad ha informado que el acuerdo de 04/07/2018 de la Mesa Sectorial de Sanidad será llevado para  su aprobación al próximo Consejo de Gobierno del Martes 31, contando ya con el preceptivo informe de la Consejería de Hacienda.

    jueves, 26 de julio de 2018

    [APRISCAM] 'Malestar en el colectivo del Personal Informático del Sescam ante la Oferta de Empleo Público presentada el día 20 de julio'

    El pasado día 20 de julio el Sescam hizo pública su Oferta de Empleo Público para 2018 en la que se incluyen, por primera vez, las plazas del colectivo de Informáticos.

    Nuestra Asociación, recientemente creada y siendo uno de sus objetivos defender las condiciones laborales de sus Asociados/as, considera esta convocatoria nada adecuada y completamente injusta para los profesionales que llevan desempeñando su trabajo desde hace mas de 30 años y a los que la administración ha dado su espalda continuamente.

    Queremos en primer lugar contextualizar la situación ya que al ser tan particular y exclusiva merece una reflexión.
    • Interinidad
      Este colectivo de trabajadores/as nunca ha tenido oportunidad de acceder a su plaza de interinidad, de hecho todos son interinos estatutarios del Sescam con una antiguedad de hasta 30 años. Ni en el antiguo Insalud ni tras la creación del Sescam se han convocado oposiciones para cubrir estas plazas.

      El paso de los años ha provocado que se haya llegado a una situación de interinidad de larga duración, convirtiéndose en fraude de Ley (recordemos que la figura de interino es temporal con una duración máxima de 3 años. Actualmente casi el 100% de los trabajadores/as supera ámpliamente este límite).
    • Categorías Profesionales
      Inicialmente, hace años, los contratos que se firmaban eran para puestos administrativos con funciones de informática. En 2005 se crearon las categorías propias de Informática tras lo cual se prometió el ansiado proceso selectivo, pero dichas categorías fueron anuladas por sentencia judicial debido a un problema burocrático del que fue culpable el propio Sescam, dando al traste con la opción de acceder a las plazas.

      La Administración prometió crear de nuevo las categorías pero los años pasaron y hasta 2017 no se hizo. Estas nuevas categorías profesionales, en contra del criterio del colectivo y sin considerar el grado de profesionalidad al que se había llegado, se crearon abiertas, es decir, personas sin titulación específica de informática podrían acceder a estos puestos de trabajo: Para el grupo C1 completamente abierta y para los grupos A1 y A2 abierta para titulaciones que no son del ramo informático.

    miércoles, 25 de julio de 2018

    Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo [caso Vernaza Ayovi]: no choca con la ley europea que la garantía de readmisión en personal público laboral ante un despido disciplinario declarado improcedente sea sólo para el laboral fijo y no para el laboral temporal ni el indefinido no fijo

    Tal y como anunciábamos ayer, y  el Tribunal de Justicia de la Unión Europeo ha dictado  sentencia hoy miércoles 25/07/2018 en el Asunto C-96/17  [Gardenia Vernaza Ayovi ] por una cuestión planteada por el  Juzgado de lo Social de Terrassa ante el caso de una empleada pública laboral "indefinida no fija", que, tras ser declarado improcedente su despido disciplinario solicitaba la readmisión como tienen garantizado para el mismo caso el personal laboral fijo.

    Como ya expuso la Abogada General de la Unión Europea en sus preceptivas conclusiones, el Tribunal de Justicia Europeo considera la figura creada por la justicia española del "indefinido no fijo" como un temporal más ante el derecho de la Unión Europea (un "contrato de duración determinada" en terminología de la Directiva sobre empleo temporal ,  la 1999/70/CE) y da respuesta a la cuestión más general del caso de personal laboral temporal.

    Pero en contra de la opinión previa de la Abogada General, el Tribunal Europeo ha sentenciado que no es contraria a la normativa europea la normativa española (el artículo 96.2 del Estatuto Básico del Empleado Público) que concede sólo al personal laboral fijo la garantía de readmisión ante un despido disciplinario declarado luego improcedente, mientras que para el personal laboral igualmente pero de contrato "laboral temporal" o de "indefinido no fijo" la administración tiene  la opción (derivada del Estatuto General  de los Trabajadores) de no readmitirlo indemnizándolo


    [CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO Denuncia la sobresaturación del Servicio de Oncología del Hospital Ramón y Cajal'


    El crecimiento continuo de la actividad del Servicio en los últimos años, que llegó a alcanzar en 2017 las 41.563 visitas sin que se hayan implementado recursos a medida que ha ido incrementándose la actividad, ha motivado que la totalidad de la plantilla médica haya solicitado a la Dirección medidas que palien esta situación, sin que hasta el momento se haya producido ninguna medida que aborde este problema. 

    Para agravar aún más la situación, la dirección del hospital ha implantado una nueva Historia Clínica Electrónica (HCE) sin haber tomado medidas previas suficientes como la formación de usuarios, lo que ha empeorado ostensiblemente la situación. 


    [Gobierno CM] 'Extenderemos la telemedicina a todas las residencias de la región'

    'La Comunidad de Madrid va a implantar progresivamente en las 25 residencias de la Agencia Madrileña de Atención Social (AMAS) el servicio de telemedicina que permite que, sin necesidad de que lo pacientes salgan de su residencia, los médicos especialistas y los profesionales de enfermería del hospital de referencia hagan seguimiento de su estado de salud.

    Se trata de un importante avance en la respuesta sociosanitaria integral y humanizada por la que apuesta el Gobierno regional. Esta medida beneficiará a los 6.258 usuarios actuales de las 25 residencias que gestiona la Comunidad de Madrid.


    martes, 24 de julio de 2018

    Cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y recursos de casación en el Supremo en curso sobre estabilidad, indemnización ante cesse, ... en empleados públicos temporales. Mañana, nueva sentencia del Tribunal de Justicia Europeo, la del Caso Vernaza Ayovi: sobre readmisión a un empleado público laboral temporal ante despido ilegal

    Aprovechamos para publicar una actualización de nuestra entrada de hace más de un mes: "Cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y recursos de casación en el Supremo en curso sobre estabilidad, indemnización, ... en empleados públicos temporales"

    • tras la sentencia a principios de Junio  del Tribunal de Justicia Europeo   del Asunto C-677/16 Montero Mateos (una laboral interina de la  Agencia Madrileña de Atención Social de la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad  de Madrid), por una cuestión del Juzgado de lo Social  nº33 de  Madrid de 29/12/2016 sobre el derecho al cobro de indemnizaciones a laborales interinos de vacante si son cesados por cobertura normal de su puesto (como una Oferta Pública de Empleo), y si puede no ser menor de 20 días como se derivaría con la comparación con el despido objetivo del laboral fijo,: el TJUE sentencia que no es contrario a la normativa europea la normativa española de no conceder indemnización alguna al laboral interino cesado por cobertura normal de su puesto (como una Oferta Pública de Empleo), pero aunque no se le preguntaba, realiza la importante observación de que si la "duración es inusualmente larga" debería examinarse si "recalificarlo como contrato fijo"

      El juzgado que planteó la cuestión acaba de dictar su sentencia local trasladando la respuesta europea: el juzgado nº 33 de lo social aplica en cierto modo la observación finalpor tratarse de una relación laboral interina "inusualmente larga"  y decide conceder indemnización ante el fraude de ley considerándola "indefinido no fija" en el momento del cese, si bien no concede el despido improcedente , es decir, no declara el contrato fijo
    • y ante el anuncio de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europeo dictará sentencia mañana miércoles 25/07/2018 en el Asunto C-96/17  [Gardenia Vernaza Ayovi ] por una cuestión del  Juzgado de lo Social de Terrassa sobre si hay obligación a readmisión de empleado público laboral temporal -un indefinido no fijo concretamente. despedido ilegalmente , por comparación con el derecho que sí tiene el laboral fijo en la misma Administración. En principio,  aquí no se plantea qué debe hacerse judicalmente ante el cese de un interino de larga duración por cobertura reglamentaria de la plaza, como una Oferta Pública de Empleo, pero la respuesta aquí podría servir de adelanto si en otras cuestiones pendientes sobre ceses por OPE se acabara determinando en un futuro que el cese por OPE de um temporal de duración abusiva pues no es legal o procedente.



    NOTA: Inventario muy incompleto, pero esperemos que aún así, de alguna utilidad



    Cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea con origen el orden contencioso-administrativo español (sobre nombramientos de funcionarios/estatutarios):
    • [Asunto C-103/18 Sanchez Ruiz] del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid sobre si hacer fijo a estatutarios temporales de larga duración es una solución acorde a la exigencia europea  (caso de un estatutario interino de vacante , informático del SERMAS,  ver aquí más información, OJO PRIMERA CUESTION PREJUDICIAL AL TJUE sobre FIJEZA POR SENTENCIA para EMPLEADOS PÚBLICOS y además desde el orden más difícil, en el contencioso!!!))

    • [Asunto C-429/18 Pendiente de publicación en Diario Oficial Europeo] del  Juzgado de Madrid nº 14   (caso de 5 odontólogas del SERMAS) de personal estatutario temporal (es decir, como el funcionario interino, y no bajo contrato laboral):
      • cuestiona si convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad pueda ser una solución del fraude de ley del abuso de la temporalidad
      • idem si conceder la figura del indefinido no fijo asentada en la jurisprudencia para laborales, al entender que cambia "temporalidad por temporalidad"
      • se suma a la pregunta al TJUE del JCA nº8 de Madrid de si hacer fijo sería la solución más adecuada
      • y añade, en caso de que la respuesta fuera no a la pregunta de fijeza , si lo sería una indemnización equivalente al despido improcedente del laboral