La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo ha publicado este reciente 22/03/2022 una comunicación de fecha 16/02/2022 sobre la Petición n.º 0832/2021, presentada por Juan Ignacio Navas Marqués, de nacionalidad española, en nombre de Empleados Públicos en Abuso (EPA), sobre la temporalidad en el sector público español , y en la que denunciaba que la doctrina emanada de los juzgados españoles, como la nueva doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 28/06/2021 tras la sentencia europea de 3 de junio de 2021, IMIDRA, (doctrina en la que pasaba a reconocer el abuso también en las interinidades de más de 3 años si bien concediendo sólo la figura del "indefinido no fijo" si no se ha superado un proceso selectivo para fijo) no es conforme a los pronunciamientos del TJUE ni a la interpretación que hace este sobre la Directiva 1999/70/CE y que existe un evidente incumplimiento por parte del Estado español en lo que respecta a la transposición y cumplimiento efectivo de la normativa de la Unión, citando la normativa entonces recién publicada , el Real Decreto-Ley 14/2021 publicado el 7/7/2021 y que sería después modificado con la en Diciembre por la publicación el 29/12/2021 de la nueva Ley 20/2021
Ahora en la Comunicación recientemente publicada se trasladan esta respuesta de la Comisión Europea, que a su vez trasladamos, literalmente en su traducción de Google: