' El Juzgado de lo Social número 15 ha dictado sentencia de fijeza en
el CSIC para un interino que llevaba prestando servicios durante más de
11 de años, y tras demanda presentada por USO. En este caso, además, “no
se habla de la figura de indefinido no fijo, que vulnera la doctrina
europea, sino que se habla directamente de fijeza”, destaca Luis
Deleito, secretario general de la Federación de Atención a la Ciudadanía
de USO.
En su fallo, la magistrada estima la demanda, “reconociendo que la
relación laboral con la entidad demandada es de carácter indefinido
(fijeza) desde el 1 de marzo de 2011, categoría de Titulado Superior
Actividades Técnicas y Profesionales, jornada a tiempo completo y
retribución acorde a la categoría, condenándose a la entidad demandada a
estar y pasar por esta declaración”. Todo ello, debido a que “debe
entenderse viciada la relación laboral, al haberse celebrado el contrato
en fraude de ley”, infringiendo tanto el Estatuto de los Trabajadores
como el Código Civil.
El trabajador lleva más de 11 años prestando servicios en el Centro
Superior de Investigación Científicas, con concatenación de contratos
(seis, durando uno de ellos más de tres años), pero realizando siempre
las mismas funciones. En la demanda, FAC-USO solicitaba la declaración
del carácter indefinido y fijeza de la relación laboral, basando las
pretensiones en la concurrencia de fraude contractual, al haberse
superado los elementos que habilitan el mantenimiento de una relación
temporal.