'Acuerdo por el que se autoriza la modificación del presupuesto de explotación y de capital de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, con un incremento de su importe global de 3.267.214,04 euros'
'Acuerdo por el que se autoriza la modificación del presupuesto de explotación y de capital de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, con un incremento de su importe global de 3.267.214,04 euros'
Este 29/11/2023 se ha publicado en la página web del SERMAS dedicada al proceso selectivo del concurso de méritos de 2022 según la Ley 20/2021 para la categoría de Enfermero del SERMAS, la Resolución de 24 de Noviembre de 2023 de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, , por la que declara la exclusión de más de 200 aspirantes en este concurso de méritos de 2.782 plazas , que habían sido incluidos en la lista definitiva de 11.084 admitidos al proceso publicada el pasado 31/04/2023, por haber obtenido la condición de personal estatutario fijo en la categoría , del propio Servicio Madrileño de Salud, tras la resolución del anterior proceso selectivo convocado en 2019 según la ley de estabilización de 2017 en la categoría por concurso-oposición, cuyos primeros nombramientos de 281 nuevo personal fijos, fueron publicados el 10/04/2023 por resolución de 30/03/2023 y tuvo más nombramientos en Agosto de 2023.
También se publican este 29/11/2023 la resolución de 4 exclusiones más de la categoría de Médico de Atención Primaria, por ser ya fijos en esta categoría en el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
Nótese que son las dos categorías de las que quedan pendientes ya solamente la publicación de los resultados provisionales de los concursos de méritos del SERMAS.
'El Juzgado de lo Social nº 19 de Madrid ha dictado Sentencia el 24 de noviembre de 2023, en la que concede a una auxiliar de la Consejería de Economía y Hacienda de la CAM, una indemnización de *20.011,31€* como consecuencia de su despido al haberse provisto la plaza que ocupaba por un empleado laboral fijo a través de un concurso de traslados.
Este miércoles 29/11/2023 hay Reunión de la Comisión de Digitalización de la Asamblea de Madrid y contará en su orden del día , entre otros puntos, con:
Ha trascendido en redes sociales el borrador de "Acuerdo de Oferta Público de Empleo 2023, Oferta Adicional de estabilización de Empleo Temporal y Promoción Profesional" de la Dir. General de Función Pública de la CCAA de Murcia", en negociación en la correspondiente mesa sectorial de este sector autonómico de personal funcionario y laboral de administración general y servicios , con 172 plazas , "plazas de naturaleza estructural, ocupadas de forma temporal a 30 de diciembre de 2021 por personal con una relación temporal anterior a 1 de enero de 2016 que no han superado los procesos selectivos de estabilización convocados con un sistema selectivo distinto" del concurso de méritos previsto por la disposición adicional 8ª de la Ley 20/2021", de acuerdo con el artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023",aprobado este verano por el Gobierno del Estado , ratificado con la convalidación por el Congreso y de obligado cumplimiento para todas las AAPP.
El borrador de OPE regula que dichas plazas se convocarán por (el obligado sistema de) concurso de méritos con las mismas bases ya negociadas y utilizados para los concursos de méritos para este sector convocados en la CCAA de Murcia por la Ley 20/2021.
También incluye una modificación del número de plazas de la OPE ordinaria de 2022 , reduciéndola en 87 plazas , "ante la necesidad de disponer de plazas vacantes suficientes para la convocatoria del concurso adicional de estabilización".
Por tanto, se trataría, de un nuevo caso de aplicación en un sector autonómico del artículo 217 de dicho RDL 5/2023 , tras el caso del personal de Administración y Servicios de la Junta de Andalucía.
[Recordatorio de entrada publicada el 30/10/2023]
Informa Levante El Mercantil Valenciano este 30/10//2023 que el Juzgado Contencioso Administrativo nº 2 de Alicante ha sentenciado, ante un recurso de un funcionario interino del Ayuntamiento junto con UGT Serveis Públics de Alicante, que fue cesado tras 15 años en la plaza por un proceso de "estabilización" , la concesión de la indemnización al cese de 20 días por año trabajado (con tope de un año de sueldo) para los cesados en procesos de estabilización de la Ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021 [que había sido introducida en vigor realmente antes, el 07/07/2023 con el Real-Decreto Ley 14/2021 de 6 de julio de 2021 por su artículo 2.6, mantenido en la posterior ley 20/2021 que reemplazó al RDL 14/2021 casi por completo] dado que el mencionado cese había sido posterior a la entrada en vigor del Real Decreto-Ley (el 7/07/2023) y aunque el proceso de estabilización fuera anterior a dicho Real Decreto-Ley.
'REAL DECRETO por el que se nombra secretario de estado de Sanidad a D. JAVIER PADILLA BERNÁLDEZ
Licenciado en Medicina por la Universidad Autónoma de Madrid, especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, ha trabajado en diferentes ámbitos relacionados con la sanidad y las políticas de salud. En los últimos dos años, ha sido diputado regional en la Asamblea de Madrid, habiendo desempeñado el puesto de portavoz de Sanidad.
'La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha reiterado hoy al Gobierno central su petición para que reduzca los plazos de llegada de nuevos medicamentos a España. “Es algo que venimos reclamando desde hace tiempo, porque no es aceptable que tardemos más de 600 días en incorporar nuevos fármacos, 900 en casos de algunos contra el cáncer de mama, frente a los 133 días de Alemania, 240 de Francia o 180 que recomienda la Unión Europea”.
En su visita al Centro I+D en Salud Global de la empresa biofarmecéutica GSK en Tres Cantos, Díaz Ayuso ha pedido al Ejecutivo central “que se ponga en esta tarea y lo haga de la mano de asociaciones de pacientes, sociedades científicas, administraciones, colegio e industria farmacéutica, y juntos así lograrlo”. “En este camino van a encontrar siempre el compromiso de la Comunidad de Madrid para ampliar la libertad, eliminar las trabas burocráticas que lastran el libre desarrollo y, sobre todo, frenan el talento para innovar, emprender y descubrir nuevas oportunidades de creación de bienestar, riqueza y empleo”, ha añadido.
[Recordatorio de entrada publicada el 10/11/2023] SE CONVOCA a TODOS los SOCIOS de APISCAM Y A TODOS LOS MIEMBROS DEL COLECTIVO de profesionales de la informática de la sanidad pública madrileña, personal propio empleado público bajo la Consejería de Sanidad o la Dirección General de Salud Digital recogidos en nuestro censo SEAN O NO SEAN SOCIOS de APISCAM a la Asamblea Extraordinaria de APISCAM , privada y de acceso restringido [*], que tendrá lugar el próximo día Martes 28 de Noviembre a las 16:15 horas, en primera convocatoria y a las 16:45 en segunda convocatoria, en el H. Ramón y Cajal, con este orden del día:
Acaba de publicarse en en el CENDOJ la sentencia de la Sección 1ª de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 08/11/2023 al recurso de casación nº 3499/2022 de la Xunta de Galicia contra una de las sentencia de fijeza del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en las que concedía la fijeza como sanción al abuso de temporalidad público, en lugar de la figura del indefinido no fijo, si se tenía aprobado un proceso selectivo, en concreto, contra la sentencia de 27/05/2022 que había concedido la fijeza a una empleada laboral con contrato de interinidad de la Consejería de Política Social durante 14 años de temporalidad teniendo en cuenta que había aprobado la fase de oposición de un proceso selectivo para ser fijo sin llegar a obtener plaza quedando contratada como temporal en su lugar durante un plazo superior a 3 años (en una situación que, no se habría dado en general si el número de plazas convocadas hubiera sido el adecuado para cubrir de forma fija todas las vacantes), con la importante particularidad con respecto a anteriores sentencias de fijeza de este tribunal superior regional de que concedía ya la fijeza aplicando -en su interpretación- la conocida como doctrina "AENA" de la propia Sala de lo Social del Supremo .
Recordemos la doctrina actual de la Sala de lo Social del Supremo para el personal laboral público ( (y de sociedades empresariales públicas con acceso bajo el EBEP) tras las sentencias europeas "Sánchez Ruiz" de 19/03/2020, general pero por casos de personal público "estatuario" y no laboral, e IMIDRA de 03/06/2021, ya sobre personal laboral público:
Para el caso de personal laboral público que tenga aprobado un proceso
selectivo sin obtener plaza, sólo existía tras dichas sentencias europeas a nivel de recurso de casación, la sentencia de 16/11/2021 , la que decíamos conocida como "doctrina AENA", por la que esta Sala de lo Social del Supremo, concedía la fijeza a un temporal en mismo puesto 10
años en dicha sociedad empresarial con normativa de selección bajo los principios del Estatuto Básico del Empleado Público, teniendo en cuenta que había aprobado el proceso selectivo para ser fijo sin obtener plaza, pero quedaba la duda de si el mismo Supremo aplicaría la misma sentencia de fijeza a casos de AAPP o si había algún aspecto adicional en el caso de AENA que consideraría esencial también cumplir en otras AAPP (y sociedades empresariales públicas con principios de acceso bajo el EBEP) para que el Supremo concediera la fijeza.
Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed), canal de "Informática sanitaria" (feed), entradas sobre sentencias, sobre jurisprudencia y sobre jurisprudencia pendiente , transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:
Este 24/11/2023 se han publicado en la página web del SERMAS dedicada a los procesos selectivos en su apartado de las convocatorias 2022 de procesos de estabilización de empleo temporal de la OPE 2022 del SERMAS más listados provisionales de calificaciones de Concursos de Méritos según Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad en el caso del Servicio Madrileño de Salud, para un sexto conjunto de categorías tras el primero, segundo , tercero , cuarto , quinto , sexto y séptimo publicados hace unos días o semanas.
En concreto se han publicado los listados provisionales de las categoría de personal Sanitario de Grupo C Subgrupo C2 de "Técnico Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería" (categoría con 789 plazas convocadas y aprox. 1450 aspirantes con más de 21 puntos obtenida en experiencia profesional), abriéndose un plazo para presentar reclamaciones , que se realiza desde la opc desde la aplicación RMER , del 27 de noviembre al 1 de diciembre del 2023 (ambos incluidos). 21 puntos corresponde a una experiencia en el SERMAS de justo 7 años, es decir, para el caso de personal temporal en el SERMAS que lo fuera a 1/1/2023 sería personal temporal de antes de 2016.
Se ha publicado en el B.O.C.M. de este 21/11/2023 una corrección de errores de la convocatoria de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid [o "Madrid Digital", antigua ICM] de procesos selectivos por concurso-oposición para ser personal laboral fijo de la Agencia de plazas de las Ofertas Públicas de Empleo ordinarias -es decir, correspondientes a tasa de reposición- de 2020, 2021,2022 y 2023, de las áreas de actividad de "Informática y Técnica" y de Servicios que había sido publicada el 03/11/2023.
En concreto, además de erratas en denominaciones de productos SW, se ha corregido que la experiencia se tendrá en cuenta a fecha de fin del día de finalización del plazo de presentación en lugar de a fecha de publicación, como se publicó inicialmente.
Además se acuerda "ampliar el plazo en 30 días hábiles,contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución." (es decir hasta el 8 de enero).
Se han publicado en el BOCM de este 23/11/2023 :
[Recordatorio de entrada publicada el 29/06/2023] En el BOE de este 29/06/2023 se ha publicado el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que "se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea" , aprobado en el último consejo de Ministros, y que tal como se avanzó en la posterior rueda de prensa contiene una medida sobre estabilización del empleo público.
Así, la exposición de motivos, explica literalmente, en un primer apartado:
"en materia de empleo público se autoriza una tasa adicional a las Administraciones Públicas para que convoquen procesos selectivos conforme a la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas para reducir la temporalidad en el empleo público. La aplicación de esta norma está teniendo un impacto muy importante en la estabilidad en el empleo público de todas las administraciones, aunque en la ejecución de los procesos de estabilización derivados de la misma han confluido procesos que derivaban de normas anteriores, generando diferencias respecto del sistema selectivo previsto por la disposición adicional octava de la citada ley, con la consecuencia de que en función del territorio los procesos de estabilización para supuestos similares pudieran haberse convocado con reglas diferentes.
Por tanto, es necesario ofrecer un proceso que, garantizando los principios de igualdad, mérito, capacidad y libre concurrencia, permita a quienes cumpliendo los requisitos para poder participar en un proceso de estabilización con las reglas de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, no hayan tenido la posibilidad de hacerlo. Con el fin de asegurar el cumplimiento, en las administraciones públicas, de los procesos de estabilización de las plazas vacantes de naturaleza estructural, ocupadas de forma temporal por personal con anterioridad a 1 de enero de 2016, se incluye un mandato dirigido a todas las administraciones para que convoquen los procesos de estabilización en los términos previstos en la mencionada disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre"
Recordemos que la Disposición adicional (la 8ª) llamada "Identificación de las plazas a incluir en las convocatorias de concurso", de la Ley 20/2021 [a nuestro entender] ya regulaba que también se incluyeran en los concursos de méritos las plazas vacantes que estuvieran ocupadas a día de 30/12/2021 [día de entrada en vigor de la ley 2021] por temporales que ellos mismo hubieran sido temporales (en la actual vacante o en otro puesto) en la misma Administración Pública [¿sobre entendiendo que igual cuerpo/categoría o forma oficial que haya de clasificar "funciones"?] desde antes de 01/01/2016.
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