Reflejo amplio en los medios de prensa, y pese a la crisis del Coronavirus, de la importante noticias de ayer 19/03/2020: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de dictó su esperada sentencia al asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Álavrez y otros", sobre el abuso de temporalidad del personal público en
España y sobre su derecho a estabilidad en el empleo como sanción en base a la cláusula 5ª de la Directiva Europea 1999/70/CE, a raíz de unas cuestiones planteadas por dos juzgados de Madrid por los casos de un informático estatutario del Servicio Madrileño de Salud de la Comunidad de Madrid [SERMAS], "estatutario" [un tipo de funcionario de los Servicios de Salud] interino de
vacante ya 20 años de nuestra Asociación - de hecho, es nuestro Presidente-
y de 5 odontólogas también del
SERMAS, todas interinas de vacante cuando presentaron la demanda,
algunas de ellas tras decenas de nombramientos estatuarios "eventuales" (por obra y servicio o de fecha de fin) previo.
Como
era de esperar, ante un tema tan técnico y ante una sentencia de un
tipo por su naturaleza, compleja, pudiendo ser muy diferentes dos
noticias que sin cometer ningún error transmiten mensajes diferentes por
las omisiones -algo fácil involuntario por esa complejidad precisamente
- las informaciones incluidas en los subtítulos y sobre todo en el cuerpo de los medios son algo dispares,
aunque hay un consenso general esta vez -y en comparación cuando el
informe de la Abogada General -en el primer titular: el Tribunal Europeo
ha dictado que sí hay un abuso de temporalidad según la normativa
europea en la situación de estos empleados públicos de tipo funcionario
interino de vacante, algo no tan baladí como pudiera parecer a primera
vista, dado que la postura de que no hay abuso no es que sólo fuera la
postura del Gobierno -"entendible" como parte "empleadora"- sino que
además es, en la práctica, la jurisprudencia actual nacional fijada por
la Sala del Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo [titulares
entre comillas literales, entre paréntesis algún resumen nuestro de lo
dicho del cuerpo entre paréntesis, y posible comentario en su caso]:
- [RTVE y Telediario matinal] El Tribunal de Justicia de la UE falla contra la "abusiva" concatenación de contratos de los interino. La sentencia defiende a trabajadores de la Sanidad madrileña ante la ausencia de oposiciones [incluye corte del primer telediario cubriendo durante 1.30 la noticia su corresponsal a la Unión Europea, que hace un extracto casi literal y sin errores de parte de las respuestas dadas por el Tribunal en la sentencia: la de hay abuso, no importa que no se haya demandado antes ("se haya consentido"), hace falta sanción que le corresponde elegir al ordenamiento jurídico español; naturalmente se echa en falta que hubiera informado que de las 3 posibilidades que, efectivamente,el Tribunal Europeo, preguntado por ellas, responde en su sentencia le corresponde a la justicia nacional dirimir en última instancia si son válidas como medidas de sanción siempre según el nivel de exigencia europeo , pues el Tribunal Europeo además también ha "orientado" en su sentencia que las dos primeras -procesos selectivos de libre concurrencia e indefinido no fijo- no pueden ser tales medidas]
- [RTVE Telediario edición de la noche y noticiarios de RNE] [mismo corte pulcro y preciso de su corresponsal suplementado con un corte de segundos con declaraciones de Javier de Araúz , el abogado de los demandantes de los casos implicados , e impulsor en la práctica de las cuestiones planteadas por los juzgados madrileños al Tribunal Europeo, al ser precisamente el núcleo y fundamento de las demandas que se presentaron bajo la redacción de este abogado, pues la solicitud de que se elevaran éstas, entre otras, cuestiones prejudiciales]
- [Las mañanas de RNE] Precariedad en la sanidad: 20 años con contratos temporales. Uno de los problemas estructurales de la sanidad pública es el abuso de interinos.
Un porcentaje muy alto de trabajadores son temporales. Lajusticia europea ha abierto la puerta a protegerlos. [entrevista a un médico interino de Urgencias de un hospital público de la Comunidad de Madrid, "en la primera línea en la lucha contra el COVID-19", y miembro del colectivo Somos Urgencias, que denuncia la situación de precariedad por la temporalidad de un 85% entre los médicos de urgencias de los hospitales de Madrid tras 20 años sin OPE y una situación de exposición actual a un despido libre por la convocatoria ahora a OPEs de sus puestos; el entrevistador comenta que "ahora nos damos cuenta" de la necesidad de que este personal esté más protegido y pregunta por si con la sentencia mejorará su situación laboral; el médico dice que espera que sí, aagradeciendo al abogado Arauz su "lucha incansable"]
- [Cadena SER] La justicia europea habilita a los tribunales españoles a indemnizar a los interinos El Tribunal europeo afea a España que permita la concatenación de contratos temporales en plazas que requieren un puesto permanente. [confuso lo de la concatenación de contratos; noticia resumiendo como RTVE parte de las respuestas dadas por el Tribunal en la sentencia, ; naturalmente se echa en falta que hubiera informado que de las 3 posibilidades que, efectivamente,el Tribunal Europeo, preguntado por ellas, responde en su sentencia le corresponde a la justicia nacional dirimir en última instancia si son válidas como medidas de sanción siempre según el nivel de exigencia europeo , pues el Tribunal Europeo además también ha "orientado" en su sentencia que las dos primeras -procesos selectivos de libre concurrencia e indefinido no fijo- no pueden ser tales medidas]
- [El País] La Justicia europea falla contra el uso abusivo de interinos en la administración El TJUE deja en manos de los tribunales españoles la sanción a imponer como castigo [noticia sin errores resumiendo como RTVE parte de las respuestas dadas por el Tribunal en la sentencia, ; naturalmente se echa en falta que hubiera informado que de las 3 posibilidades que, efectivamente,el Tribunal Europeo, preguntado por ellas, responde en su sentencia le corresponde a la justicia nacional dirimir en última instancia si son válidas como medidas de sanción siempre según el nivel de exigencia europeo , pues el Tribunal Europeo además también ha "orientado" en su sentencia que las dos primeras -procesos selectivos de libre concurrencia e indefinido no fijo- no pueden ser tales medidas]
- [El Diario] La justicia europea falla que España abusa de los interinos y abre la puerta a reconocer indemnizaciones como sanción [noticia bastante completa de una periodista informada al sí incluir las importantes orientaciones del Tribunal sobre que no valen como sanciónal abuso los procesos selectivos ni el indefinido no fijo]
- [Cinco Días] 'El TJUE falla contra la perpetuidad de los interinos y abre la puerta a hacerles fijos o indemnizarles' [ noticia igualmente bastante completa de una periodista informada al sí incluir igualmente las importantes orientaciones del Tribunal sobre que no valen como sanción al abuso los procesos selectivos ni el indefinido no fijo; incluye declaraciones del Abogado de los casos, Javier Arauz]
- [El Confidencial] El TJUE reconoce el abuso con los interinos pero no concede la conversión en indefinidos. La Justicia Europea deja en manos de los tribunales españoles la decisión sobre la sanción a las administraciones públicas españolas y la compensación a los interinos por el abuso de la temporalidad [noticia amplia que sí incluye la parte del texto de la sentencia sobre las indemnizaciones; naturalmente se echa en falta que hubiera informado que el Tribunal orienta que los procesos selectivos y el indefinido no fijo no pueden ser medida de sanción válida]
- [El Periódico] La justicia europea recrimina a España el abuso de la temporalidad en el sector público El TJUE deja en manos de los tribunales nacionales resolver si deben convertirse en fijos [noticia sin errores resumiendo como RTVE parte de las respuestas dadas por el Tribunal en la sentencia, ; naturalmente se echa en falta que hubiera informado que de las 3 posibilidades que, efectivamente,el Tribunal Europeo, preguntado por ellas, responde en su sentencia le corresponde a la justicia nacional dirimir en última instancia si son válidas como medidas de sanción siempre según el nivel de exigencia europeo , pues el Tribunal Europeo además también ha "orientado" en su sentencia que las dos primeras -procesos selectivos de libre concurrencia e indefinido no fijo- no pueden ser tales medidas; incluye declaraciones de la Plataforma de Interinos de Cataluña y OJO de Función pública del Estado y de Cataluña]
- [El Español] El TJUE considera ilegal el abuso de contratos temporales en la sanidad en España [noticia también sin errores , omite la parte de las orientaciones del Tribunal sobre procesos selectivos, indefinido no fjio e indemnizaciones]
- [La Vanguardia] La justicia europea denuncia el abuso de la contratación temporal en la sanidad español El TJUE deja en manos de los tribunales españoles las medidas a tomar, como abrir procesos para plazas fijas o indemnizaciones [noticia resumiendo como RTVE parte de las respuestas dadas por el Tribunal en la sentencia, ; naturalmente se echa en falta que hubiera informado que de las 3 posibilidades que, efectivamente,el Tribunal Europeo, preguntado por ellas, responde en su sentencia le corresponde a la justicia nacional dirimir en última instancia si son válidas como medidas de sanción siempre según el nivel de exigencia europeo , pues el Tribunal Europeo además también ha "orientado" en su sentencia que las dos primeras -procesos selectivos de libre concurrencia e indefinido no fijo- no pueden ser tales medidas]
- [El Economista] El TJUE considera indefinidos no fijos a los interinos 'perpetuos' y les reconoce el despido improcedenteConsidera que existe abuso de las Administraciones en la contrataciónEl Ministerio alega que seguirá trabajando en Ofertas de Empleo Público [titular no muy acertado en cuanto a los indefinidos no fijos, omitiendo, naturalmente, que precisamente el Tribunal "orienta" en esta sentencia que no puede ser una solución válida pese a que sí ha sentenciado que le corresponde a la justifica española determinar si es una solución válida; incluye declaraciones del Ministerio de Función Pública]
- [Expansión] El TJUE se opone a la perpetuidad de los contratos de interinos en España [noticia resumiendo como RTVE parte de las respuestas dadas por el Tribunal en la sentencia, ; naturalmente se echa en falta que hubiera informado que de las 3 posibilidades que, efectivamente,el Tribunal Europeo, preguntado por ellas, responde en su sentencia le corresponde a la justicia nacional dirimir en última instancia si son válidas como medidas de sanción siempre según el nivel de exigencia europeo , pues el Tribunal Europeo además también ha "orientado" en su sentencia que las dos primeras -procesos selectivos de libre concurrencia e indefinido no fijo- no pueden ser tales medidas]
- [El Economista] El TJUE considera indefinidos no fijos a los interinos 'perpetuos' y les reconoce el despido improcedente Considera que existe abuso de las Administraciones en la contrataciónEl Ministerio alega que seguirá trabajando en Ofertas de Empleo Público [titular no muy acertado en cuanto a los indefinidos no fijos, omitiendo, naturalmente, que precisamene el Tribunal "orienta" en esta sentencia que no puede ser una solución válida pese a que sí ha sentenciado que le corresponde a la justifica española determinar si es una solución válida; incluye declaraciones del Ministerio de Función Pública]
- [EFE vía El Mundo] La Justicia Europea falla contra el abuso de los contratos interinos en la Sanidad española. Encadenar un gran número de contratos de interinidad durante un largo periodo de tiempo, a la espera de que se convoque una plaza vulnera la legislación europea que previene el abuso de los contratos temporales, según el TJUE [Noticia confusa en lo del "gran número de contratos", aunque no errónea porque precisamente el Tribunal Europeo dice que deben considerarse renovaciones implícitas las de cada año que continúa una interinidad de vacante prolongada , y errónea al afirmar en el texto que el tribunal ha puntualizado que indefinido no fijo es una medida adecuada. Contiene la respuesta de Función Pública]
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