jueves, 9 de octubre de 2025

[Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de Octubre de 2025: 'La Comisión insta a ITALIA a adaptar su legislación sobre las condiciones laborales de los jueces honorarios al Derecho de la UE' ['La Comisión decide llevar a ITALIA ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no adaptar sus normas sobre las condiciones laborales de los jueces honorarios']

[08/10/2025] ' Hoy, la Comisión ha decidido incoar un procedimiento de infracción contra Italia (INFR(2025)2159) mediante el envío de una carta de emplazamiento por no adaptar su legislación sobre jueces honorarios al Derecho laboral de la UE. La carta de emplazamiento se refiere a los jueces honorarios que ya estaban en servicio el 15 de agosto de 2017. Dado que la legislación italiana establece normas diferentes para los jueces según si fueron nombrados antes o después del 15 de agosto de 2017, la Comisión está llevando a cabo dos procedimientos de infracción separados. Para los jueces honorarios contratados después de esa fecha, la Comisión ha decidido, también hoy, llevar a Italia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. 

Para esta categoría, la Comisión considera que la legislación italiana sigue incumpliendo las normas de la UE sobre trabajo de duración determinada, trabajo a tiempo parcial y tiempo de trabajo. La Comisión inició este procedimiento de infracción en julio de 2021 mediante el envío de una carta de emplazamiento a las autoridades italianas, seguida de una carta de emplazamiento adicional en julio de 2022, un dictamen motivado en julio de 2023 y un dictamen motivado adicional en octubre de 2024. La Comisión considera que los esfuerzos de las autoridades han sido insuficientes hasta la fecha y, por lo tanto, lleva a Italia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (INFR(2016)4081).

Más información en el comunicado de prensa [N.E.: reproducido más abajo] 

Además, según la legislación italiana, los jueces honorarios nombrados antes del 15 de agosto de 2017 deben renunciar a ciertos derechos garantizados por la legislación de la UE si desean convertirse en jueces permanentes o si lo solicitan pero no son confirmados con éxito. Estos derechos incluyen subsidios por enfermedad, accidentes y embarazo, tratamiento fiscal y vacaciones anuales pagadas. Los jueces que no obtienen un contrato permanente solo reciben un pago basado en los años de servicio. También deben renunciar a cualquier reclamación en virtud de la legislación de la UE previamente reconocida por el Tribunal de Justicia. La Comisión considera que estas normas infringen la legislación de la UE sobre el trabajo de duración determinada (Directiva 1999/70/CE), el trabajo a tiempo parcial (Directiva 1997/81/CE), el tiempo de trabajo (Directiva 2003/88/CE) y la protección de las trabajadoras embarazadas (Directiva 89/391/CEE). Italia ahora tiene dos meses para responder y tomar las medidas necesarias. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisión podría decidir emitir un dictamen motivado.'

Fuente: Nota de prensa de la Comisión Europea de 08/10/2025

Traducción de Google
Enlaces en el texto nuestros

'La Comisión decide llevar a ITALIA ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no adaptar sus normas sobre las condiciones laborales de los jueces honorarios al derecho de la UE'

 'La Comisión emite un dictamen motivado a BÉLGICA, ALEMANIA, ESTONIA, ESPAÑA y POLONIA por no haber transpuesto plenamente la Directiva relativa al intercambio de información entre las autoridades policiales.

La Comisión Europea ha decidido hoy llevar a Italia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber adaptado plenamente su legislación nacional sobre jueces honorarios al derecho laboral de la UE. Este caso se refiere a jueces honorarios contratados después del 15 de agosto de 2017. La Comisión considera que la legislación italiana sigue incumpliendo las normas de la UE sobre trabajo de duración determinada, trabajo a tiempo parcial y jornada laboral.   

La Comisión inició este procedimiento de infracción en julio de 2021 mediante el envío de una carta de emplazamiento a las autoridades italianas, seguida de una carta de emplazamiento adicional en julio de 2022, un dictamen motivado en julio de 2023 y un dictamen motivado adicional en octubre de 2024. La Comisión considera que los esfuerzos de las autoridades han sido insuficientes hasta la fecha y, por lo tanto, lleva a Italia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Al mismo tiempo, la Comisión ha abierto hoy un nuevo procedimiento de infracción contra Italia mediante el envío de una carta de emplazamiento relativa a los jueces honorarios que ya estaban en servicio el 15 de agosto de 2017. Dado que la legislación italiana establece normas diferentes para los jueces en función de si fueron nombrados antes o después de esa fecha, la Comisión está llevando a cabo dos procedimientos de infracción separados.

 

 Antecedentes 

 La Directiva sobre el trabajo de duración determinada (Directiva 1999/70/CE) garantiza que los trabajadores con contrato de duración determinada no reciban un trato menos favorable que los trabajadores indefinidos y exige a los Estados miembros que eviten los abusos derivados de sucesivos contratos de duración determinada. La Directiva sobre el trabajo a tiempo parcial (Directiva 97/81/CE) prohíbe la discriminación injustificada contra los trabajadores a tiempo parcial y tiene como objetivo mejorar la calidad del trabajo a tiempo parcial. Por último, la Directiva sobre el tiempo de trabajo (Directiva 2003/88/CE) establece normas mínimas sobre el descanso diario y semanal, la duración máxima del trabajo semanal y las vacaciones anuales retribuidas, protegiendo así la salud y la seguridad de los trabajadores.


En Italia, varias categorías de jueces honorarios (jueces de paz honorarios, fiscales adjuntos honorarios y jueces honorarios de tribunales) no gozan de la condición de «trabajadores» según la legislación italiana, sino que se consideran «voluntarios» que prestan servicios a título «honorario». Reciben un trato menos favorable que los jueces titulares comparables en lo que respecta a diversas condiciones laborales, como prestaciones por enfermedad, accidente y embarazo, tratamiento fiscal, vacaciones anuales retribuidas y modalidades y nivel salarial. No reciben compensación en caso de uso abusivo de sucesivos contratos temporales. Además, no existe un sistema para medir su tiempo de trabajo.'
 
Traducción de Google

NOTA DEL EDITOR: recordemos que la Comisión Europea mantiene dos procedimientos de infracción contraEspaña desde hace años en relación al personal empleado público temporal o "interino", también ya procedimientos de amplitud muy generales, y en el caso del 2º procedimiento por el abuso de temporalidad, con una decisión de generar una denuncia múltipe  y llevar el procedimiento a un ámbito generalidad a raíz de una  sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, la sentencia del TJUE de 19/03/2020 "Sánchez Ruiz" (un informático nuestro) , cuyos promotores -nuestra asociación junto con otro personal sanitario del SERMAS organizados por el sindicato médico madrileño AMYTS y el conocido abogado Javier Araúz- trataban en 2015 de trasladar a España lo que estaba sucediendo en Italia con la sentencia Mascolo

  1. el procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224] en cuanto a discriminación con los fijos incumplimiento la cláusula 4ª de la Directiva Europea de empleo temporal [1999/70/CE], que es procedimiento "en el que la Comisión Europea  decidió  este verano enviar una 2ª carta de emplazamiento adicional" donde le "pide al Gobierno una solución en dos meses",

  2. y el procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] , por el que el 03/10/2024 envió una carta de emplazamiento complementaria,  sobre el incumplimiento de la cláusula 5ª  de la misma directiva por el abuso de temporalidad , tras la denuncia múltiple de empleados públicos españoles , también abierta, como CHAP(2013)01917, y por el que el Gobierno aprobó en  la Ley 20/2021, tanto medidas a futuro como unos procesos de estabilización como medida para la temporalidad de larga duración existente, Precisamente las  sentencias europeas de 2024 habían dictaminado que no valen esos procesos d estabilización como sanción al abuso de temporalidad ya cometido por las AAPP de forma masiva. A día de hoy el Gobierno español no ha regulado normativa alguna en relación, ni tampoco  Empleo la Comisión Europea ha avanzado este procedimiento de infracción si bien Economía de la Comisión Europea decidió este verano, tras dichas sentencias del TJUE de 2024 suspender  626 millones de los fondos europeos  del Plan de Recuperación español al considera que no se ha cumplido con el hito de disponer de una ley en 2021 para reducir la temporalidad pública con medidas de prevención y sanción del abuso de temporalidad, que sólo podrán ser recibidos si España establece normativa válida antes de fin de año

Recordemos por último los pasos de un procedimiento de infracción de la Unión Europea, que pueden conducir a importantes sanciones millonarias:

0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado  o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción


1. "Carta de emplazamiento" al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal de infracción. En teoría, en dos meses debe haber observaciones . Es éste el estado en el que se encuentra el
procedimiento de infracción INF(2014)4334

2. "Dictamen motivado"    , si no hay respuesta o no es satifactoria. Plazo de dos meses para que el Estado se ajuste al cumplimiento del Derecho de la UE señalado. Puede haber complementarias

3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea", si no hay respuesta o no es satisfactoria, habitualmente con petición de la Comisión al Tribunal que imponga el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva.

4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la legislación lo antes posible

5. El asunto vuelve a remitirse al Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento estime la Comisión con nuevas propuestas de multas




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