En este sentido:
- se modifica tanto la Ley 1/1986 de Función Pública de la CM, mediante el establecimiento de posibles deducciones del complemento de productividad, y la 4/1989 de Provisión de Puestos de Trabajo, con el objeto de controlar y reducir el absentismo laboral
- se amplia el artículo 65 del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud con el fin de que el personal estatutario fijo pueda pasar a prestar servicios en Instituciones sanitarias acogidas a las nuevas formas de gestión sin que ello suponga perder su derecho a reincorporarse como personal estatutario en el SERMAS
- se extiende al personal sanitario que preste servicios en determinados centros sociales la posibilidad de compatibilizar un segundo puesto en el sector público socio sanitario
- se modifica la Ley 14/1995, de 21 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, con el fin de precisar el concepto de Alto Cargo para el caso de los gerentes de los hospitales y de entes de tipo sociedad mercantil
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