'El pasado 29 de enero de 2016, se publicó en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid, la Orden de 22 de enero de 2016, de la Consejería
de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se dictan las Instrucciones
para la Gestión de las nóminas del personal de la Comunidad de Madrid 2016, en la cual, de las páginas 73 a la 80, se reflejan las distintas categorías profesionales de personal estatutario, en el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).
https://www.bocm.es/boletin/ CM_Orden_BOCM/2016/01/29/BOCM- 20160129-13.PDF
En dicha instrucción se detalla que en Atención Hospitalaria, existen un total de 57 categorías profesionales, de las que el Facultativo Especialista se subdivide a su vez en 52 especialidades médicas y los Técnicos Superiores Especialistas se subdividen en otras 6 especialidades. En Atención Primaria y SUMMA 112, existen un total de 29 categorías profesionales, en la que los Técnicos Superiores Especialistas, a su vez se subdividen en otras 3 especialidades.
El Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 83, de 7 de abril de 2015, en las páginas 29447 a 29461. En el mismo se detallan las especialidades existentes en las dos categorías profesionales anteriormente citadas, esto es, Facultativo y Técnico Superior Especialista.
https://www.boe.es/diario_ boe/txt.php?id=BOE-A-2015-3717
En la página web de la Consejería de Sanidad, en el portal salud, está publicado el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de febrero de 2016 sobre Selección de Personal Temporal en las instituciones sanitarias adscritas al SERMAS. En los apartados 4 y 5 del Acuerdo, se establece la creación de las Comisiones de Valoración en cada una de las Gerencias del SERMAS y el funcionamiento de las bolsas de empleo temporal (adaptación de los criterios, baremación y constitución).
https://www.boe.es/diario_ boe/txt.php?id=BOE-A-2015-3717
En la misma página web se especifican las bolsas que actualmente hay creadas para la contratación temporal en el SERMAS. En la misma se puede comprobar que existen 3 bolsas únicas, la de Médicos de Familia y SUMMA 112, Pediatras de Atención Primaria y Enfermero/a.
También existen 3 bolsas de empleo preferentes que emanan de los procesos selectivos, para las categorías de Matronas, Fisioterapeutas y Técnico Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería, las cuales suelen estar agotadas. Debido a ello, se publicaron bolsas adicionales, de estas 3 categorías, de las cuales actualmente ya están en pleno funcionamiento.
Bolsas de contratación temporal
Cabe resaltar que en Atención Primaria se acordó el pasado 30 de octubre de 2016 en Mesa Sectorial, la unificación de las bolsas de empleo de las categorías de Odontólogos, Trabajo Social, Higienista Bucodental, Auxiliar Administrativo y Celador, las cuáles a día de hoy todavía no están operativas.
Personal temporal en Atención Primaria
Una vez documentada la situación actual de las categorías existentes en el SERMAS, con sus consiguientes especialidades, los Acuerdos alcanzados en la Mesa Sectorial y la situación actual de las distintas bolsas únicas, preferentes y adicionales, CCOO denuncia:
1. Que un año después siguen sin constituirse en el 95 % de los centros sanitarios, las Comisiones de Valoración recogidas en el punto 4 del Acuerdo de 5 de febrero de 2016, lo que imposibilita que la contratación sea controlada o validada de manera eficiente por las organizaciones sindicales firmantes del pacto.
2. Que de las 57 categorías profesionales existentes en Atención Hospitalaria, más las 52 especialidades de Facultativos y las 6 de Técnicos, únicamente existen 4 categorías con bolsas centralizadas de la Consejería de Sanidad.
3. Que de las 29 categorías profesionales existentes en Atención Primaria y el SUMMA 112, más las 3 especialidades de Técnicos, únicamente existen 6 categorías con bolsas centralizadas de la Consejería de Sanidad.
4. Que el Acuerdo de la Mesa sectorial de Sanidad de 5 de febrero de 2016 sobre selección de personal temporal en las Instituciones Sanitarias adscritas al SERMAS, en su punto 5 (Funcionamiento de las bolsas de empleo temporal), especifica que "Hasta tanto no se constituyan bolsas centralizadas para otras categorías profesionales, las bolsas constituidas en los centros sanitarios se gestionarán en cada uno de ellos, teniendo en cuenta, en todo caso, los criterios de baremación establecidos en este Acuerdo. Para ello se procederá a la adaptación de las bolsas constituidas en cada centro".
5. Que en el citado 5 punto se acuerda que "Los centros que no dispongan de bolsas de empleo temporal en aquellas categorías en las que existan necesidades de contratación, deberán proceder a su constitución conforme a los criterios establecidos en este Acuerdo".
6. Que tras un año de vigencia del presente Acuerdo, la Dirección General de RR.HH. dictó instrucciones a todos los centros sanitarios, de no proceder a la adaptación de las bolsas constituidas en los centros directivos y en los casos de necesidad de contratación, una vez agotadas las bolsas de trabajo o no existiendo las mismas, en vez de constituir nuevas bolsas en los centros, procedieran entre otros a solicitar al Servicio de Empleo Público S.E.P.E, antiguo INEM, listado de candidatos.
7. Que estas actuaciones incumplen el Acuerdo adoptado entre las partes y vulneran los principios de igualdad, mérito, capacidad, competencia y publicidad. Sirva como ejemplo la contestación de las Direcciones de Recursos Humanos del Hospital La Paz y del Clínico San Carlos.
8. Que la bolsa única de Enfermeros/as tiene graves problemas de funcionamiento en un 80% de los centros, debido a su incapacidad de actualizarse de manera rápida, generando múltiples contratos a las mismas personas y al mismo tiempo. En otros casos se tienen que llamar a numerosos profesionales, porque no aparecen grabados como que están trabajando y esto origina múltiples llamadas por parte de los centros. En otros centros se utiliza a la propia gente que viene trabajando de manera habitual con ellos, para seguir contratándola. Se da el caso de algún Hospital de ofertar contratos de trabajo, vía tablón de anuncios, saltándose la bolsa única en esta categoría.
9. Que las bolsas preferentes y adicionales generan más de un 60% de problemas en su funcionamiento. Los problemas son parecidos a los de la bolsa única, en cuanto a grabar datos para que la tengan actualizada.
10. Que en las bolsas de empleo de otras categorías profesionales, ningún centro sanitario tiene constituidas bolsas de trabajo de Facultativos y en un 53 % de los centros si hay constituidas de otras categorías tales como celadores, pinches, mantenimiento, planchadoras, auxiliares administrativos, pero hay un 46% de los centros donde no hay constituidas bolsas de empleo.
11. Que de ese 53 % de centros que tienen bolsas de otras categorías profesionales donde no hay bolsas únicas, un 77% de esas bolsas no están actualizadas, y el principal razonamiento para no adaptarlas al Acuerdo firmado, es que tienen instrucciones de la Dirección General de RR.HH. del SERMAS de no actualizarlas.
12. Que en el caso de las bolsas de contratación creadas en los centros, el criterio para la selección de candidatos es la antigüedad en el propio centro de trabajo que crea la bolsa, sin establecer como mínimo el criterio de la antigüedad en las Instituciones Sanitarias Públicas dependientes del Sistema Nacional de Salud, de la Unión Europea o centros dependientes de la Administración de la Comunidad de Madrid.
13. Que en el 46 % de los centros que no tienen bolsas de contratación del resto de categorías, la respuesta de las Direcciones viene a ser la misma, en cuanto a que no abren ningún tipo de bolsas debido al gran volumen de trabajo que les supondría. En esos casos, la contratación pasa desde la entrega de curriculum, bolsines sin control, conocidos y familiares de cargos directivos, mandos intermedios, trabajadores o mediante llamamientos específicos a determinadas oficinas del INEM.
14. A continuación ponemos algunos ejemplos: Que en el Hospital Ramón y Cajal la contratación de categorías como técnicos superiores, celadores, auxiliares administrativos, celadores no se actualiza desde 2011 que se solicitó, la mayor parte de las contrataciones se hace por Curriculum Vitae, a cuyos datos no se da acceso a los representantes de los trabajadores.
15. Que en el Hospital Gregorio Marañón, aparte de llamar del INEM y de listas guardadas en los despachos, se utilizan las bolsas de categorías de personal laboral como son Auxiliares de Obras y Servicios y Auxiliares de Hostelería para contratar personal estatutario, en vez de crear bolsas.
16. Que en el Hospital Puerta de Hierro en aquellas categorías que no hay bolsas únicas, se llama por listados internos con antigüedad exclusivamente en el propio Hospital.
17. Que en el Hospital La Paz hay únicamente constituidas bolsas de trabajo de Técnicos en Cuidados Auxiliar de Enfermeria y celadores, pero esta sin actualizar y no hay información de cómo se contrata. Tras la denuncia de nuestra Organización, contestan ahora con un año de retraso, que en breve convocarán a la Comisión de Seguimiento de Selección de Personal.
18. Que en el Hospital Clínico, en los llamamientos de categorías que tienen bolsas únicas, como no están actualizadas al momento, después de hacer varias ofertas, el propio centro acude a bolsas internas para gestionar el contrato. Hay bolsas de otras categorías, pero llevan sin actualizarse desde hace más de 8 años. Se contrata del INEM, sin ningún tipo de información para celadores y auxiliares administrativos sobre todo, ya que las bolsas están agotadas y el mensaje para no actualizar estas bolsas son debido a instrucciones de la Dirección General de RR.HH. del SERMAS.
19. Que en el Instituto Psiquiátrico José Germain, no existe ninguna bolsa de empleo de personal estatutario y se desconoce de dónde se selecciona el personal.
20. Que en la Unidad Central de Radiodiagnóstico, no existe ninguna bolsa de empleo de personal estatutario ni laboral y se desconoce de dónde se selecciona el personal.'
https://www.bocm.es/boletin/
En dicha instrucción se detalla que en Atención Hospitalaria, existen un total de 57 categorías profesionales, de las que el Facultativo Especialista se subdivide a su vez en 52 especialidades médicas y los Técnicos Superiores Especialistas se subdividen en otras 6 especialidades. En Atención Primaria y SUMMA 112, existen un total de 29 categorías profesionales, en la que los Técnicos Superiores Especialistas, a su vez se subdividen en otras 3 especialidades.
El Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 83, de 7 de abril de 2015, en las páginas 29447 a 29461. En el mismo se detallan las especialidades existentes en las dos categorías profesionales anteriormente citadas, esto es, Facultativo y Técnico Superior Especialista.
https://www.boe.es/diario_
En la página web de la Consejería de Sanidad, en el portal salud, está publicado el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de febrero de 2016 sobre Selección de Personal Temporal en las instituciones sanitarias adscritas al SERMAS. En los apartados 4 y 5 del Acuerdo, se establece la creación de las Comisiones de Valoración en cada una de las Gerencias del SERMAS y el funcionamiento de las bolsas de empleo temporal (adaptación de los criterios, baremación y constitución).
https://www.boe.es/diario_
En la misma página web se especifican las bolsas que actualmente hay creadas para la contratación temporal en el SERMAS. En la misma se puede comprobar que existen 3 bolsas únicas, la de Médicos de Familia y SUMMA 112, Pediatras de Atención Primaria y Enfermero/a.
También existen 3 bolsas de empleo preferentes que emanan de los procesos selectivos, para las categorías de Matronas, Fisioterapeutas y Técnico Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería, las cuales suelen estar agotadas. Debido a ello, se publicaron bolsas adicionales, de estas 3 categorías, de las cuales actualmente ya están en pleno funcionamiento.
Bolsas de contratación temporal
Cabe resaltar que en Atención Primaria se acordó el pasado 30 de octubre de 2016 en Mesa Sectorial, la unificación de las bolsas de empleo de las categorías de Odontólogos, Trabajo Social, Higienista Bucodental, Auxiliar Administrativo y Celador, las cuáles a día de hoy todavía no están operativas.
Personal temporal en Atención Primaria
Una vez documentada la situación actual de las categorías existentes en el SERMAS, con sus consiguientes especialidades, los Acuerdos alcanzados en la Mesa Sectorial y la situación actual de las distintas bolsas únicas, preferentes y adicionales, CCOO denuncia:
1. Que un año después siguen sin constituirse en el 95 % de los centros sanitarios, las Comisiones de Valoración recogidas en el punto 4 del Acuerdo de 5 de febrero de 2016, lo que imposibilita que la contratación sea controlada o validada de manera eficiente por las organizaciones sindicales firmantes del pacto.
2. Que de las 57 categorías profesionales existentes en Atención Hospitalaria, más las 52 especialidades de Facultativos y las 6 de Técnicos, únicamente existen 4 categorías con bolsas centralizadas de la Consejería de Sanidad.
3. Que de las 29 categorías profesionales existentes en Atención Primaria y el SUMMA 112, más las 3 especialidades de Técnicos, únicamente existen 6 categorías con bolsas centralizadas de la Consejería de Sanidad.
4. Que el Acuerdo de la Mesa sectorial de Sanidad de 5 de febrero de 2016 sobre selección de personal temporal en las Instituciones Sanitarias adscritas al SERMAS, en su punto 5 (Funcionamiento de las bolsas de empleo temporal), especifica que "Hasta tanto no se constituyan bolsas centralizadas para otras categorías profesionales, las bolsas constituidas en los centros sanitarios se gestionarán en cada uno de ellos, teniendo en cuenta, en todo caso, los criterios de baremación establecidos en este Acuerdo. Para ello se procederá a la adaptación de las bolsas constituidas en cada centro".
5. Que en el citado 5 punto se acuerda que "Los centros que no dispongan de bolsas de empleo temporal en aquellas categorías en las que existan necesidades de contratación, deberán proceder a su constitución conforme a los criterios establecidos en este Acuerdo".
6. Que tras un año de vigencia del presente Acuerdo, la Dirección General de RR.HH. dictó instrucciones a todos los centros sanitarios, de no proceder a la adaptación de las bolsas constituidas en los centros directivos y en los casos de necesidad de contratación, una vez agotadas las bolsas de trabajo o no existiendo las mismas, en vez de constituir nuevas bolsas en los centros, procedieran entre otros a solicitar al Servicio de Empleo Público S.E.P.E, antiguo INEM, listado de candidatos.
7. Que estas actuaciones incumplen el Acuerdo adoptado entre las partes y vulneran los principios de igualdad, mérito, capacidad, competencia y publicidad. Sirva como ejemplo la contestación de las Direcciones de Recursos Humanos del Hospital La Paz y del Clínico San Carlos.
8. Que la bolsa única de Enfermeros/as tiene graves problemas de funcionamiento en un 80% de los centros, debido a su incapacidad de actualizarse de manera rápida, generando múltiples contratos a las mismas personas y al mismo tiempo. En otros casos se tienen que llamar a numerosos profesionales, porque no aparecen grabados como que están trabajando y esto origina múltiples llamadas por parte de los centros. En otros centros se utiliza a la propia gente que viene trabajando de manera habitual con ellos, para seguir contratándola. Se da el caso de algún Hospital de ofertar contratos de trabajo, vía tablón de anuncios, saltándose la bolsa única en esta categoría.
9. Que las bolsas preferentes y adicionales generan más de un 60% de problemas en su funcionamiento. Los problemas son parecidos a los de la bolsa única, en cuanto a grabar datos para que la tengan actualizada.
10. Que en las bolsas de empleo de otras categorías profesionales, ningún centro sanitario tiene constituidas bolsas de trabajo de Facultativos y en un 53 % de los centros si hay constituidas de otras categorías tales como celadores, pinches, mantenimiento, planchadoras, auxiliares administrativos, pero hay un 46% de los centros donde no hay constituidas bolsas de empleo.
11. Que de ese 53 % de centros que tienen bolsas de otras categorías profesionales donde no hay bolsas únicas, un 77% de esas bolsas no están actualizadas, y el principal razonamiento para no adaptarlas al Acuerdo firmado, es que tienen instrucciones de la Dirección General de RR.HH. del SERMAS de no actualizarlas.
12. Que en el caso de las bolsas de contratación creadas en los centros, el criterio para la selección de candidatos es la antigüedad en el propio centro de trabajo que crea la bolsa, sin establecer como mínimo el criterio de la antigüedad en las Instituciones Sanitarias Públicas dependientes del Sistema Nacional de Salud, de la Unión Europea o centros dependientes de la Administración de la Comunidad de Madrid.
13. Que en el 46 % de los centros que no tienen bolsas de contratación del resto de categorías, la respuesta de las Direcciones viene a ser la misma, en cuanto a que no abren ningún tipo de bolsas debido al gran volumen de trabajo que les supondría. En esos casos, la contratación pasa desde la entrega de curriculum, bolsines sin control, conocidos y familiares de cargos directivos, mandos intermedios, trabajadores o mediante llamamientos específicos a determinadas oficinas del INEM.
14. A continuación ponemos algunos ejemplos: Que en el Hospital Ramón y Cajal la contratación de categorías como técnicos superiores, celadores, auxiliares administrativos, celadores no se actualiza desde 2011 que se solicitó, la mayor parte de las contrataciones se hace por Curriculum Vitae, a cuyos datos no se da acceso a los representantes de los trabajadores.
15. Que en el Hospital Gregorio Marañón, aparte de llamar del INEM y de listas guardadas en los despachos, se utilizan las bolsas de categorías de personal laboral como son Auxiliares de Obras y Servicios y Auxiliares de Hostelería para contratar personal estatutario, en vez de crear bolsas.
16. Que en el Hospital Puerta de Hierro en aquellas categorías que no hay bolsas únicas, se llama por listados internos con antigüedad exclusivamente en el propio Hospital.
17. Que en el Hospital La Paz hay únicamente constituidas bolsas de trabajo de Técnicos en Cuidados Auxiliar de Enfermeria y celadores, pero esta sin actualizar y no hay información de cómo se contrata. Tras la denuncia de nuestra Organización, contestan ahora con un año de retraso, que en breve convocarán a la Comisión de Seguimiento de Selección de Personal.
18. Que en el Hospital Clínico, en los llamamientos de categorías que tienen bolsas únicas, como no están actualizadas al momento, después de hacer varias ofertas, el propio centro acude a bolsas internas para gestionar el contrato. Hay bolsas de otras categorías, pero llevan sin actualizarse desde hace más de 8 años. Se contrata del INEM, sin ningún tipo de información para celadores y auxiliares administrativos sobre todo, ya que las bolsas están agotadas y el mensaje para no actualizar estas bolsas son debido a instrucciones de la Dirección General de RR.HH. del SERMAS.
19. Que en el Instituto Psiquiátrico José Germain, no existe ninguna bolsa de empleo de personal estatutario y se desconoce de dónde se selecciona el personal.
20. Que en la Unidad Central de Radiodiagnóstico, no existe ninguna bolsa de empleo de personal estatutario ni laboral y se desconoce de dónde se selecciona el personal.'
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