Tal
y como resume el medio y puede leerse en la sentencia, para el tribunal
superior regional madrileño, el demandante por un lado ya no puede
acogerse a la doctrina del Tribunal Supremo para el abuso en la concatenación de nombramientos estatutarios eventuales [doctrina que en la práctica supone la conversión a interino de vacante, algo que ya era el demandante]
por no ser eventual ya y por otro, una vez ya convertido a interino de vacante "no cabe
hablar de nombramientos consecutivos" dado que, para este Tribunal, “en
el caso de los interinos no se produce sucesión de
nombramientos que pueda considerarse abusiva" [es decir, este tribunal
superior regional afirma que no sólo un interino de vacante durante años no
supone una utilización sucesiva de contrataciones temporales, sino que
tampoco lo supone si va encadenado a otros contratos temporales previos de otro
tipo como es el estatutario eventual - el equivalente al funcionario interino de programa, de obra y servicio, etc-]
De esta manera, para el Tribunal superior de Madrid , este caso , por tanto no cae bajo la obligación de la Directiva Europea de que exista medida sancionadora y disuasoria de la Directiva Europea , y en consonancia no entra a estudiar ninguna medida y deniega la solicitada de la conversión a fijo. Es más, recuerda que, "en cambio se acordará el cese cuando se incorpore personal fijo” [sin indemnización alguna, dado que el Supremo ha rechazada la posibilidad de utilizar la figura- indemnizatoria en el cese- del "indefinido no fijo" para el personal funcionario y el estatutario de servicio de salud].
Así el TSJ madrileño desestima totalmente la demanda e impone el pago de hasta 1000 euros en costas a la parte demandante.
NOTA
DEL EDITOR: la sentencia del TSJ madrileño menciona que la demanda original
contiene petición del demandante de que se eleve la cuestión de fijeza
al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, afirmando el Tribunal
madrileño que "no encontramos razones" porque "el tema las consecuencias
de los nombramientos sucesivos como personal estatutario ha sido zanjado
en gran medida por la sentencia de 26 de septiembre de 2018" del
Tribunal Supremo , es decir, para este TSJ la mera interinidad de
vacante sin indemnización alguna ante el futuro cese ya es solución suficiente al abuso de temporalidad. La sentencia también menciona que , justamente, el puesto de este interino de vacante fue convocado con posterioridad a Oferta Pública de Empleo , que no superó, y por la que fue cesado , no cabiendo medida judicial alguna al no haber abuso de temporalidad ni indemnización contemplada para el cese de los interinos por cobertura reglamentaria de su vacante. De hecho, el Tribunal madrileño en la sentencia viene a validar la decisión adoptada por el Gobierno nacional de convocar a OPEs sin más los puestos de larga duración de temporalidad, y recuerda el acuerdo de los sindicatos
Hay que recordar que en la situación de este médico, se encuentran más de 10 mil empleados públicos del SERMAS tras los procesos masivos de interinización de eventuales de más de 2 años de antigüedad que finalizaron en 2017, habiendo sido incluidos la inmensa mayoría de estos puestos con posteridad en las OPEs "de estabilización". Por tanto, para el TSJ madrileño esto temporales no tendrían derecho a compensacion alguna si demandan el "fraude de ley" del abuso de temporalidad encadenado.
Hay que recordar que en la situación de este médico, se encuentran más de 10 mil empleados públicos del SERMAS tras los procesos masivos de interinización de eventuales de más de 2 años de antigüedad que finalizaron en 2017, habiendo sido incluidos la inmensa mayoría de estos puestos con posteridad en las OPEs "de estabilización". Por tanto, para el TSJ madrileño esto temporales no tendrían derecho a compensacion alguna si demandan el "fraude de ley" del abuso de temporalidad encadenado.
Hay
que reseñar que esta sentencia es una más de las habituales de la sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid en la que sigue la postura del Gobierno de la Comunidad de
Madrid de no considerar que pueda haber abuso de temporalidad en los
caso de interinos de vacante y sigue no sólo la doctrina del Supremo
sino su postura previa de que en los casos de funcionarios y
estatutarios interino de vacante ya es suficiente (más bien es el
Supremo el que ha elegido la postura de TSJs como el de Madrid,
contraria a las posturas de otros TSJs como el del País Vasco, Galicia o
Castilla-León que habían elegido sentenciar "indefinido no fijo" en eso
casos). Véase como ejemplos idénticos recientes (en todas el mismo tribunal razona , aún teniendo en cuenta la sentencia del asunto Pérez López del tribunal europeo de 2016, que no hay abuso de temporalidad del contemplado en la Directiva en la situación de un funcionario o estatutario interino de vacante, independientemente del número de años, posibilidad de abuso que reserva al a concatenación de nombramientos eventuales; condenando además en costas a los demandantes)
En todo caso, la jurisrprudencia actual actual del Tribunal Supremo , tanto sala de lo Contencioso-Administrativo (para demandas de funcionarios y estatutarios) como sala de lo Social (para demandas de personal laboral) es totalmente contraria a la concesión de la fijeza para empleados públicos bajo el EBEP.
- la sentencia de la misma Sala y Sección del TSJ de 05/10/2018 en el caso de un interino de vacante de larga duración de la Consejería de Economía , Empleo y Hacienda que fue cesado sin indemnización por la cobertura de su puesto en noviembre de 2016 por la resolución de una OPE
- la sentencia de la misma Sala y Sección del TSJ de 20/12/2018 en el caso de una interina de vacante de la Consejería de Hacienda durante más de 11 años desde 2005 , y que acabaría cesada en 2017 tras la cobertura de su puesto
- la sentencia del mismo TSJ del 15/01/2019 en el caso de una estatutaria odontóloga temporal del SERMAS en el mismo puesto desde el año 2000, de sustitución durante 4 años e interina de vacante desde entonces, dándose la circunstancia de que es un caso idéntico al de las de las 4 odontólogas en el Tribunal de Justicia Europeo, cuyo asunto ha sido acumulado al del informático del SERMAS, yendo precisamente entre la batería de preguntas que debe resolver el tribunal si un interino de vacante de tantos años es una situación e abuso de temporalidad de la Directiva
- y un sinfín más
En todo caso, la jurisrprudencia actual actual del Tribunal Supremo , tanto sala de lo Contencioso-Administrativo (para demandas de funcionarios y estatutarios) como sala de lo Social (para demandas de personal laboral) es totalmente contraria a la concesión de la fijeza para empleados públicos bajo el EBEP.
Por último, hay que recordar que están pendientes en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
, en casos justo de interinos de vacante , incluso, como en el caso del
informático del SERMAS, con un único nombramiento de interino de vacane
, eso sí ¡de más de 17 años!, cuestiones que debe resolver el
tribunal como la de si el interino de vacante de muchos años no entra
entre las situaciones de abuso de temporalidad dela directiva, si la
figura del indefinido no fijo o la de convocar a OPE el
puesto son suficientes medidas ante ese abuso
constatado y si no debería ser la fijeza dicha medida de las que exige
exista la mencionada claúsula 5ª . Precisamente decenas de casos de
demandas de fijeza en los juzgados inferiores han sido suspendidos pro
dichos juzgados para quedarse a la espera de las sentencias de estos
asuntos pendientes en el Tribunal Europeo. Por contra, el Tribunal
Superior de Justicia de Madrid rechaza toda solicitud de suspensión
idéntica.
En el juicio oral que recientemente tuvo lugar en el Tribunal Europea , la Comisión Europea afirmó que había abuso de temporalidad y que a conversión en interino o prolongación así ab infinitum no puede considerarse medida preventiva o de sanción válida y que España no tiene medidas contra el abuso de la temporalidad en el empleo público, descartando como válidas las OPEs de estabilización emprendidas con los puestos de los temporales abusados. En cambio, el Gobierno del Estado trasladó una postura idéntica a la seguida por el tribunal de justicia madrileño: no hay abuso de temporalidad en un interino de vacante y las OPEs de sus puestos sin más son una medida adecuada.
FRAUDE DE LEY DE ABUSO DE TEMPORALIDAD
En el juicio oral que recientemente tuvo lugar en el Tribunal Europea , la Comisión Europea afirmó que había abuso de temporalidad y que a conversión en interino o prolongación así ab infinitum no puede considerarse medida preventiva o de sanción válida y que España no tiene medidas contra el abuso de la temporalidad en el empleo público, descartando como válidas las OPEs de estabilización emprendidas con los puestos de los temporales abusados. En cambio, el Gobierno del Estado trasladó una postura idéntica a la seguida por el tribunal de justicia madrileño: no hay abuso de temporalidad en un interino de vacante y las OPEs de sus puestos sin más son una medida adecuada.
FRAUDE DE LEY DE ABUSO DE TEMPORALIDAD
- [02/12/2016] [lawatrends] Las 3 sentencias del Tribunal europeo sobre casos de abusos en la temporalidad en el empleo público de lla adminstración española [ El abuso en la concatenación de relaciones eventuales es contrario a la normativa europea Y la 1ª sentencia dice ADEMAS que nombrar interinos ante abuso de temporalidad también sería contrario a la norma europea por ser la relación interina temporal]
- [08/05/2018] IMPORTANTE: el Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si hacer fijo al personal temporal de Sanidad con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años es una solución acorde a las exigencias de la normativa europea [Publicado como Asunto C-103/18 del TJUE: Cuestión prejudicial del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid ]
- [09/09/2018] La Comisión Europea unifica el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y anuncia que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo al caso del informático del SERMAS que demanda la "fijeza"
- [05/11/2018] [TJUE] 'Sentencia en el asunto C-331/17 Martina Sciotto/Fondazione Teatro dell’Opera di Roma. Los trabajadores del sector de actividad de las fundaciones líricas y sinfónicas no pueden quedar excluidos de la protección contra los abusos de los contratos de trabajo de duración determinada' [Si los jueces nacionales determinaran que no existe otra medida efectiva en un sector donde se prohíbe la conversión a fijo por una norma nacional, podrían optar por aplicar la sanción prevista por la norma general del Derecho del trabajo y recalificar automáticamente a contrato por tiempo indefinido]
- [15/11/2018] IMPORTANTE: el Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad puede ser una solución del fraude de ley adecuada a la normativa europea, por una demanda de odontólogos del SERMAS, temporales durante más de 15 años sin convocatorias, en un juzgado de Madrid que también cuestiona ante el tribunal europeo la figura del indefinido no fijo - "se cambia temporalidad por temporalidad" - y se suma a la pregunta previa sobre si conceder fijeza que ya está en el Tribunal de Justicia Europeo, además de preguntar por una indemnización suficiente y realmente importante en caso contrario
- [27/02/2019] [Gabinete Araúz de Robles] 'La convocatoria de OPEs y procesos selectivos no libera a las administraciones empleadoras de su obligación de sancionar los abusos producidos con su personal interino y temporal de larga duración, ni puede ser una excusa para negar fijeza al empleado público objeto de un abuso incompatible con la Directiva 1999/70/CE'
- [08/04/2019] [El País Economía /Cinco Días] En el Tribunal de Justicia Europeo por casos de un informático y 4 odontólogas del SERMAS si se debe por Directiva europea de empleo temporal convertir en fijo al empleado público en abuso de temporalidad. Hay más de medio millón de temporales públicos así [muchos con sus plazas incursas en procesos de oposición que también están cuestionados en el Tribunal Europeo como solución válida]
- [10/05/2019] IMPORTANTE: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acumula los dos asuntos de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en empleados públicos del SERMAS y celebrará el juicio oral el próximo 15 de Mayo. La amplia batería de cuestiones lanzadas en ambos casos, al tratrarse de forma conjunta, podría , en caso de sentencias favorables, dejar pocos resquicios a la aplicación posterior en los tribunales nacionales. En cuestión también si convocar sin más a OPEs los puestos de los temporales abusados puede s ser una de las medida válidas que exige la Directiva europea
- [15/05/2019] [Arauz] Nota sobre la vista oral en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de hoy 15/05/2019 [en los asuntos acumulados de demanda de fijeza de empleados públicos del Servicio Madrileño de Salud en abuso de duración de temporalidad] [El Estado defiende los procesos de estabilización aprobados como medida de sanción y el propio Presidente del Tribunal le ha recordado que ya han sentenciado que los procesos selectivos no pueden ser por sí sólos una medida efectiva y acorde a la Directiva europea ante el abuso constatado de temporalidad]
- [16/05/2019] [Cinco Días/ El País] La Comisión Europea afirma en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que España no tiene medidas contra el abuso de la temporalidad en el empleo público, descartando como válidas las OPEs de estabilización emprendidas con los puestos de los temporales abusados
- [17/05/2019] [UGT Diputación de Sevilla] La Diputación de Sevilla, tras petición de UGT, acuerda paralizar las oposiciones de estabilización a la espera de las sentencias del Tribunal Europeo sobre las demandas de fijeza por abuso de duración de temporalidad
- [21/05/2019] [Diario Información] Ayuntamiento de Alicante, tras la petición de UGT, paraliza la OPE de estabilización de puestos de 300 funcionarios hasta que no se produzcan los pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en las cuestiones prejudiciales planteadas sobre la demanda de fijeza
- [30/05/2019] Cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y recursos de casación en el Tribunal Supremo en curso sobre estabilidad, indemnización ante ceses, etc en empleados públicos temporales de duración excesiva. Novedades recientes.Lectura general no profesional de la compleja y cambiante situación
INTERINIZACIONES
- [10/10/2016] [@jezquerra57 en RM] Nombrar interinos no es solución para el abuso a la temporalidad sino la fijeza
- [03/05/2017] [AMYTS] Resumen Mesa Sectorial de Sanidad CM 27 de Abril 2017: Orden de conversión en interinos de eventuales de más de 2 años de hospitales y SUMMA con vacantes libres en su gerencia
- [10/05/2017] [GobCM] 'La Comunidad aprueba el procedimiento que inicia la conversión de más de 5.000 eventuales en interinos'. Orden 406/2017 del Consejero de Sanidad publicada de conversión en interinos de eventuales de más de 2 años de hospitales y SUMMA con vacantes libres en su gerencia
- [23/05/2017] Últimas plantillas orgánicas publicadas en la web por el SERMAS y proyección de vacantes libres a partir de las plantillas efectivas publicadas
- [14/11/2017] [AMYTS] Resolución de RRHH del SERMAS de la 2ª fase de regularización de eventuales en hospitales del SERMAS y SUMMA [El resto de eventuales de más de 2 años serán nombrados interinos de nuevas vacantes o sustitutos de plazas en reserva de fijo existentes]
- [29/12/2017] [Gobierno CM] 'La Comunidad ha estabilizado el empleo de 10.175 eventuales de la Sanidad madrileña.Este mes de diciembre, 2.340 profesionales verán consolidada su estabilidad laboral con la segunda fase del proceso.Se trata de los profesionales que llevan más de dos años con contratos sucesivos en hospitales y en el SUMMA 112.La Consejería de Sanidad ha aprobado una OPE histórica de 19.700 plazas para los próximos tres años'
OPE EXTRAORDINARIA"DE ESTABILIZACION" DE PUESTOS DE MAS DE 3 AÑOS
- [29/03/2017] Texto íntegro del acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público: permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición
- [12/06/2017] [Redacción Médica] Informe sobre la temporalidad y la OPE extraordinaria para la reunión del Interrterritorial del 14 de Junio [desecha que haya procesos de consolidación ]
- [20/06/2017] [Diario Médico] Los sindicatos nacionales de sanidad rechazan la mera consolidación del personal actual en la OPE extraordinaria conjunta de todas las CCAA posible tras el acuerdo estatal
- [29/07/2017] Publicados los presupuestos generales del Estado de 2017: marco para las OPEs extraordinarias (permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE extra de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición)
- [03/10/2017] [Diario Médico] Grupo de Trabajo de Temporalidad de las CCAA en el SNS: interinos estatutarios cesados por la OPE extraordinaria, sin indemnización
- [29/11/2017] [CSIF] Mesa Gral de Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid 'Aprobado el Decreto de OPE para 2017 que permitirá la convocatoria de más de 23.500 puestos de trabajo' [incluyendo una parte de la oferta extraordinaria "de estabilización". Borrador del Decreto de la OPE, Anexos con relación de plazas Borrador del Decreto, Anexo con las plazas incluidas OPE normal con 1.656 plazas en SERMAS y 1ª fase OPE estabilización con 11.664 plazas en SERMAS para 6 primeras categorías]
- [07/12/2017] [Redacción Médica] Dir Gral de RRHH del SERMAS sobre las OPEs extra de "estabilización": 19.700 plazas en 3 años, se acordará con CCAA fechas y aspectos de las bases, no deberían expulsar a "tus interinos"
- [11/12/2017] Intervención del Dir. Gral de Recursos Humanos del SERMAS en la Asamblea el 05/12 sobre la OPE 2015 y la futura extraordinaria: quiere "estabillizar en el empleo a los profesionales del sistema"
- [12/12/2017] [Gob CM] 'La Comunidad de Madrid aprueba la Oferta de Empleo Público más amplia de los últimos 16 años, con 23.672 plazas' [13.322 en Sanidad, con primer grupo de categorías del macro-procesos de estabilización]
- [15/12/2017] [CSIT-UP] Publicado en BOCM el Decreto de OPE 2017 de la Comunidad de Madrid con la 1ª fase de categorías de la OPE de estabilizacion en el SERMAS. Se notificará al personal temporal afectado
- [22/12/2017] [CCOO Sanidad] 'Publicadas las fechas de los exámenes de cinco categorías más de la OPE excepcional de la Sanidad pública' [Médico de Familia , Pediatría AP, T.Sup. de Radiodiagnóstico, T. Sup. de LaboraL
- [29/06/2018] Publicadas en Boletín Oficial las convocatorias de Enfermeria, Matronas, TCAE, Fisioterapeuta, Celadores y Auxiliares Administrativos de la OPE 2017 del SERMAS, primeras con plazas de "estabilización" de los puestos temporales de más de 3 años, y con las bases aprobadas en la Mesa Sectorial de concurso-oposición y 35% peso de la antigüedad
- [20/12/2018] Publicado el Decreto de OPE 2018 de la Comunidad de Madrid con 2ª fase de plazas de OPE de estabilización que incluyen 9 mil plazas temporales más de 3 años adicionales a las casi 20 mil que ya se incluyeron en la OPE 2017
9 comentarios:
No le deis mas vueltas, están intentando que la gente no denuncie. Es un escándalo proponer que un interino de vacante no es una situación eventual, se les cae como el agua de las manos y ya no tienen más conejos en la chistera frente al TJUE que como ya dictaminó en Italia... ES UN ABUSO Y UNA VERGÜENZA!
Resulta bastante descarado que la Comunidad de Madrid ha pasado esta sentencia a Redacción Médica para desmoralizar al personal y que no crezca la bola que le viene encima con más demandas acumuladas a las del Tribunal de Justicia Europeo. Como es muy descarado que este medio que empezó cubriendo la noticia del paso de las cuestiones prejudiciales del informático del SERMAS al comienzo, luego dio carpetazo y silencio informativo al tema, no habiendo ni comentado nada ni del informe de la Comisión Europea contrario al SERMAS ni del reciente juicio oral. Ya sólo publica informaciones de los sindicatos y el SERMAS de que las OPEs reducen la temporalidad y bla, bla,bla y ahora casualmente esta sentencia del servil Tribunal regional, de los peores de España para los derechos de los empleados públicos
Según el resumen del juicio oral del pasado 15 de Junio realizado por el abogado de los demandantes el presidente del Tribunal se sorprendió de que "el Abogado de la Comunidad de Madrid dijera que un trabajador que lleva 18 años trabajando como Funcionario Interino, como es el Sr Sánchez Ruiz, no puede acogerse a la Directiva Comunitaria porque tenga un solo contrato, insinuando que el argumento sostenido por la Comunidad de Madrid no era admisible"
Como el Tribunal Europeo recoja explícita en su sentencia como parece, que por supuesto que un interino de vacante de muchos años está en una situación de abuso de temporalidad de las contempladas por la Directiva que merecen medida de sanción disuasoria ¿qué van a hacer el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y el Tribunal Supremo? ¿Pasársela por donde les dé la gana?
¡¡¡DENUNCIAD, DENUNCIDAD MALDITOS!!!
Con todos los respetos para la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, creo que está equivocado cuando dice que el nombramiento a interino de vacante es una especie de tabula rasa y no cuenta que esté encadenado con años y años de nombramientos eventuales abusivos. Es más este Tribunal no sigue la sentencia europea que cita en su sentencia, la del asunto Pérez López o C-16/15, un caso del mismo Servicio Madrileño de Salud, y una de las tres sentencias de aquel septiembre de 2016.
El apartado 55 de esa sentencia europea recoge explícitamente esa situación de concatenación abusiva de nombramientos estatutarios eventuales que viene seguida de un nombramiento interino de vacante, situación que llama "renovación de nombramientos de duración determinada para cubrir necesidades permanentes y estables", por tanto bajo el efecto de la cláusula 5ª de la Directiva.
Reproduzco dicho apartado 55 de la sentencia de Pérez López:
"En el caso de autos, es necesario observar que la normativa nacional controvertida en el litigio principal no entraña ninguna obligación de crear puestos estructurales adicionales para poner fin al nombramiento de personal estatutario temporal eventual que incumba a la Administración competente. Por el contrario, se desprende de las afirmaciones del juzgado remitente que los puestos estructurales creados serán provistos mediante el nombramiento de personal estatutario temporal interino, sin que exista una limitación en cuanto a la duración de los nombramientos de dicho personal ni en cuanto al número de sus renovaciones, de tal modo que, en realidad, la situación de precariedad de los trabajadores se convierte en permanente. Pues bien, esta normativa puede permitir, infringiendo la cláusula 5, apartado 1, letra a), del Acuerdo marco, la renovación de nombramientos de duración determinada para cubrir necesidades permanentes y estables, mientras que se desprende de las observaciones realizadas en el apartado 52 de la presente sentencia que en el Estado miembro de que se trata existe un déficit estructural de puestos de personal fijo. "
Es un cachondeo lo de los jueces, no estan por la labor de reconocer nada ni fraude ni abusos ni indemnizaciones, se saltan las ya existentes sentencias del TJUE por donde la espalda pierde su nombre..... espero que el TJUE sea contundente y duro, sin dejar resquicios para que se vayan por la gatera, y que cumplan la primacia del derecho europeo pese lo que les pese. es de traca que un interino de vacante de 18 años o de 10 digan que no hay abuso alguno, y tengan que venir de fuera a leerle la cartilla ...... Esperemos que la cosa cambie en unos meses por que la situación se pone fea.... Quieren que sigamos sin demandar, y mientras seguir con sus privilegios y hacer que todos pasen por sus ruedas de molino, y a la vez seguir en la situacion alegal que estamos y que interesa que siga asi, no se imponen sanción y no reconocemos nada... Vale ya de chapuzas .....
Pero, el informático del SERMAS que está en el tribunal europeo ¿tiene que pasar por este tribunal regional también o ya pasó?
Vaya nivel el del contencioso del tribunal superior de justicia madrileño!
El paquete completo junto al prepotente e inepto Gobierno con sus irresponsables Administradores y sus necesarios y comprados colaboradores, los sindicatos mayoritarios.
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