[Recordatorio de entrada publicada el 03/03/2023]
- de las sentencias europeas se sigue que puede haber abuso de temporalidad en personal interino de vacante prolongada aunque sea en nombramiento único , o encadenada a otros tipos de nombramientos temporales anteriores, si bien esto debe establecerse en demandas personales del reconocimiento del abuso
- pero "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad si no está contemplada en la legislación nacional (como sería excluir la plaza o la indemnización de la demanda del caso de la sentencia de 30/11/2021 reiterada y la de este recurso de casación, o la fijeza de las otras)
Recordemos una vez más que está pendientes varias cuestiones prejudiciales, admitidas a trámite por el Tribunal de Justicia europeo, planteadas por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17 de Barcelona cuestionando precisamente que valga ante la normativa europea esta doctrina del Supremo ante el abuso de temporalidad del funcionario interino/estatutario temporal, en concreto:
- del asunto "Departamento de Justicia de la Generalitat de Catalunya" Asunto C-331/22 elevado por el juzgado en auto de 12/05/2022, (publicación en DOUE)
- el otro asunto , elevado por el auto de 06/05/2022 , por un caso del abogado Javier Araúz y es el asunto "Generalitat de Catalunya" o Asunto C-332/22, habiendo informado del abogado del caso, Javier Araúz, de la admisión a trámite también, con lo que el anuncio de las cuestiones también se publicará en próximas ediciones del DOUE
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abuso reconocido por no estar contemplada en la ley nacional y no
sentirse obligado por la jurisprudencia europea, y "condena" en costas
al demandante ante la "claridad" en la decisión, sin hacer mención
alguna que se trata del informático cuyo juzgado inicial tuvo dudas tan
fuertes como para plantear una consulta al Tribunal de Justicia de la
Unión Europea
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15 comentarios:
Se le hará bola cuando salgan las prejudiciales. No se cómo se lo van a tragar.
como mucho los de la Europa corrupta se la tendrán que mamar a los Magistrados del Supremo, eso como mucho, pero de ahí no pasa
a seguir tragando bilis
12:56. Vuelve pal sindicato que se te van a enfriar las gambas. Para los calamares ya no llegas, porque seguro que te acabas de levantar de la cama. Qué bien defendéis a los trabajadores...
12:56
Que perdido andas...!!! El sitio de las ratas son las cloacas. No lo olvides.
Pero vamos a ver, si el TJUE ha dicho ya veinte veces que es INDISPENSABLE tomar una medida y que para hacerlo deben saltarse incluso normas de rango constitucional ¿cómo va a ser compatible con eso una doctrina que dice que no hay que hacer NADA porque en España no se ha transpuesto la Directiva que es la primera obligación de cada Estado?
El TJUE está OBLIGADO a triturar al TS en las prejudiciales, es que si no lo hace se le estarían meando en la cara, y eso después de haberlo impuesto ya a otros países ¿Pero cómo puede haber gente aún pensando que esta doctrina del TS va a durar más de dos telediarios?
Como las pilas duracell y Durán y duran
Lo que queráis pero no están haciendo desaparecer. Yo trabajé durante años para que ahora se hayan rifado mi plaza entre todos y a por ella. Si lo llego a saber, hace un par de años me largo a otro puesto y nadie se la hubiera quedado por la cara porque no habría salido a concurso.
Esto no cambia y yo aparte de baja estoy bajo mínimos.
Cómo pensar hace años que tras 18 de trabajo en varias plazas, en varios cuerpos, todavía me quedaba pasar lo peor. Inimaginable.
No hagáis caso a tanto comentario gambero mal intencionados, el que ríe último ...
Ojalá ahora en las elecciones gamberas os comerais una M..... GRANDE y no os votará ni el Tato.
te tenías que haber largado a la privada, ahora vienen los lamentos, aunque a algunos no nos fuimos a la privada y nos ha salido muy bien la jugada y nos vamos a jubilar de interinos después de 40 años.
Eres un troll. Si hubieras estado tantos años de interino entenderías lo que es la precariedad laboral. Y los q hemos tenido muchos contratos, más precario.
9:22 No me lamento de nada, he hecho lo que tenía que hacer en cada momento, lo triste es que tengamos que depender de la suerte y no de la legalidad.
Qué pasa si en determinadas CCAA se están dando mucha prisa por terminar los procesos por concurso de méritos? Si se llega a nombrar a los nuevos funcionarios, hay posibilidad de vuelta atrás según sea la sentencia del TJUE? La plaza que ocupo como interina se la va a llevar alguien que no ha pisado el puesto ni un día y no tiene oposición aprobada, pero con los baremos que se han hecho, solo por llevar en la Admón mil años, pues hale! plaza y yo para casa, después de experiencia, ope aprobada y pasar dos veces examen de bolsas... Una maravilla
Los q estabilicen fijos seran como esta diciendo el TS, como terceros de buena fe, asi q por mucho q la ley 20/21 no cumpla muchas cosas (que las incumple) como mucho se subsanaran lo que sea y listo, mucho cadaveres va a dejar ya sea por que se aplica mal o por q no se aplica, con lo facil que podia ser estabilizar a cada cual en su puesto y una vez fijados ya luego movilidades el que quiera, pues no esto es un juego de sillas que lo sufrira el temporal afectado y el administrado, por nuevos a ciertos puestos q no tendran ni idea y sera atascos de todo tipor, todo por seguir con el cortijo de los comegambas y sus cadademias.....
Si se aplica mal o no se aplica, lo dirán los tribunales españoles.
Si la ley incumple, el TJUE lo dirá y el que haya reclamado a tiempo podrá beneficiarse de ello.
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