viernes, 16 de julio de 2021

Recordatorio [21/06/2021] Rechazada en el Congreso la Proposición No de Ley del Partido Popular para instar al Gobierno a que reduzca la temporalidad en el empleo público impulsando los procesos de estabilización acordados garantizando que sean procesos de concurso-oposición abiertos y convocados en todas las AAPP antes de 31/12/2022. PSOE presenta enmienda para que se negocie con las AAPP y sindicatos la solución. Cs para que se identifiquen las situaciones de abuso y se negocie una solución sin OPEs acorde a las sentencias europeas . Podemos pide que se estudie la figura del fijo a extinguir

 [Recordatorio de entrada publicada el 21/06/2021] Siguiendo la agenda del Congreso, en el día de hoy 21/06/201 tenía lugar en el 5º punto del orden del día de la Comisión de Función Pública el debate y votación de la Proposición No de Ley del Partido Popular (nº de iniciativa 161/002523), de la que nos hicimos eco aquí cuando se presentó, y por la que se instaba al Gobierno a que reduzca la temporalidad en el empleo público impulsando los procesos de estabilización acordados, garantizando que las convocatorias sean procesos de concurso-oposición abiertos y convocados en todas las AAPP antes de 31/12/2021

La sesión de la Comisión Pública del Congreso puede seguirse en este enlace

Recordemos que el Partido Popular en el Congreso había registrado esta  PNL el pasado 5 de Mayo justo tras la publicación por parte del Gobierno de su plan de reforma presentado a la Comisión Europea y que en su redacción original, publicada en el Boletín del Congreso de  18/05/2021 (Núm. D-274 de 18/05/2021 Pág.: 61), tras razonar en su exposición de motivos que

  • " en la comparecencia del pasado mes de noviembre, con motivo de la tramitación de los Presupuestos Generales del Estado, el ex Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública afirmó que existía una gran temporalidad en el empleo público, con mayor incidencia en las Comunidades Autónomas
  • en el "II Acuerdo de Estabilización y Consolidación del Empleo Público " alcanzado en marzo de 2018 por el Gobierno del Partido Popular con los Sindicatos mayoritarios de la función Pública (CSIF, CCOO y UGT) ya se estableció que  durante los tres años siguientes se llevaría a cabo el proceso para dotar de estabilidad los puestos ocupados de forma interina o temporal y que se haría mediante convocatorias de procesos selectivos abiertos bajo la forma del "concurso-oposición"
  • que con este proceso selectivo de concurso-oposición "se garantiza el cumplimiento de los principios constitucionales de la libre concurrencia, igualdad , mérito, capacidad y publicidad al tiempo que permite que en cada una de las Administraciones Públicas convocantes pueda ser objeto de negociación colectiva la valoración, en la fase de «concurso», de los méritos que se establezcan y, entre ellos, el poder puntuar el tiempo de servicio prestados a la Administración, para de esa forma llegar a consolidar el empleo que se ocupa de forma temporal y precario"

concluía  que "el Ministerio de Política Territorial y Función Pública debe, por tanto, impulsar activamente este proceso para garantizar la consolidación del empleo público debiendo requerirá las distintas Administraciones la remisión de la información sobre las plazas que ya han sido estabilizadas y las que quedan por estabilizar, así como solicitarles un cronograma de la realización de los procesos selectivos para que se lleven a cabo como máximo antes de 31 de diciembre de 2022"  y así , finalmente  PROPONIA en la parte dispositiva  literalmente:

"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que a través del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, promueva e impulse el proceso de estabilización y consolidación del empleo público temporal, requiriendo del resto de Administraciones Públicas, Autonómica y Local, la convocatoria de los puestos ocupados de forma temporal o interina.


2. Que a través del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, garantice que las convocatorias de los correspondientes procesos selectivos de los “concurso-oposición”, por parte de las administraciones
autonómicas y locales, estén ejecutadas antes del 31 de diciembre de 2021."

 
Nótese que el Partido Popular no propone mencionar que exista algún abuso de temporalidad o normativa europea infringida que exija alguna reparación para el personal temporal de más de 3 años que ocupa masivamente estas plazas ni tampoco ninguna indemnización al cese de los que no superen los procesos selectivos en libre concurrencia. Hay que tener presente que hay numerosas CCAAs y grandes ayuntamientos gobernados por el PP -como también sucede con el PSOE por supuesto aunque en menor grado- que anunciaron OPEs de estabilización o iniciaron las convocatoria  de sus procesos selectivos como una gran oportunidad de trabajo a la ciudadanía ya dantes de las elecciones autonómicas y municipales de 2019.


Resumen de algunas intervenciones del debate de la PNL

[Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de Julio. Derecho laboral: la Comisión pide aclaraciones a ESPAÑA sobre las prohibiciones y restricciones al trabajo a través de empresas de trabajo temporal en el sector público; la Comisión insta a ITALIA a modificar su legislación sobre las condiciones de trabajo de los magistrados honorarios .

La Comisión pide aclaraciones a ESPAÑA sobre las prohibiciones y restricciones al trabajo a través de empresas de trabajo temporal en el sector público

'La Comisión ha decidido hoy incoar un procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento a España, en la que solicita aclaraciones sobre la compatibilidad de la legislación de Extremadura y Andalucía con la Directiva relativa al trabajo a través de empresas de trabajo temporal (la Directiva 2008/104/CE). Esta Directiva mejora la protección de los trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal al tiempo que ofrece flexibilidad a las empresas y establece el principio de igualdad de trato de los trabajadores cedidos en las empresas usuarias a partir de su primer día de destino. P

 

jueves, 15 de julio de 2021

El miércoles 21 se debatirá y votará en el Congreso de los Diputados la convalidación del Real Decreto-ley 14/2021 de reducción de la larga temporalidad pública mediante un último proceso de estabilización de concurso-oposición libre

Acaba de publicarse en la página de convocatorias de sesiones plenarias del Congreso de los Diputados, que el próximo miércoles 21 de Julio desde las 09:00 de la mañana habrá Pleno del Congreso, y contará en su punto 3º del orden del día con la convalidación del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021, (iniciativa de nº expte 130/000054).

Recordemos que el Gobierno del Estado aprobó ese "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público tras el acuerdo con los sindicatos y que pro él se pretende  un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: concurso-oposición con indemnización al cese de 20 días por año y tope de 12 mensualidades.

Para la convalidación del un Decreto-ley basta la mayoría simple- .

[CEPPT/COBAS/Confederación Intersindical/Solidaridad Obrera/...] Comunicado tras las rueda de prensa delante del Congreso de los Diputados para exigir la retirada del Real Decreto-Ley 14/2021 de reducción de temporalidad pública "ya que atenta contra los derechos de los y las trabajadoras públicas y supondrá que se perpetúe la precariedad laboral en el sector público"

'Las Organizaciones sindicales COBAS, Confederación Intersindical, CUT Aragón, CUT Galiza, ESK, IAC, Intersindical Valenciana, ISTA, SAS, Solidaridad Obrera, STEILAS, STEs-i, Interinok_Taldea y la Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal, hemos comparecido esta mañana en rueda de prensa delante del Congreso de los Diputados para exigir la retirada del RDL 14/2021 por las siguientes cuestiones:

  1. El acuerdo alcanzado por el Gobierno y CCOO, UGT y CSIF es un nuevo proceso de estabilización en términos similares a los firmados por estas centrales sindicales con Cristóbal Montoro en 2017 y 2018. Se profundiza, por tanto, en unos acuerdos que han acreditado su ineficacia. Es un acuerdo que no soluciona, en absoluto, el fraude de ley del personal en abuso de temporalidad.

El RDL 14/2021, lejos de defender el trabajo de los empleados y empleadas públicas, mediante su estabilización, puede provocar miles de despidos. No es verdad que el Gobierno vaya a hacer fijas a 300.000 personas interinas que han sufrido abuso en la contratación temporal.

Tampoco es cierto que el acuerdo asegure indemnizaciones para todas las personas que no obtuvieran su puesto fijo ni el rescate a través de bolsas para las que no superen los procesos selectivos. Justificar la firma del “acuerdazo de Iceta” que pone en riesgo el puesto de trabajo de miles de trabajadores y trabajadoras públicas con mentiras es totalmente inaceptable.

[USCAL] Petición de USCAL a los grupos parlamentarios del Congreso para que NO convaliden con su voto el Real Decreto Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público

'La Unión Sindical de Castilla y León (USCAL), como sindicato mayoritario de empleados públicos de la Junta de Castilla y León, RECHAZA el Real Decreto-ley (RDL) 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOE núm. 161, de 07 de julio de 2021), por estas razones:

Primera.- El citado RDL no se acompaña de una memoria de impacto normativo y económico y, además, incumple lo establecido en la Ley 30/2003, de 13 de octubre, sobre medidas para incorporar la valoración del impacto de género en las disposiciones normativas que elabore el Gobierno. Efectivamente, el Boletín Estadístico del personal al servicio de las Administraciones Públicas, a enero de 2021, ofrece datos de temporalidad en todo el sector público que se resumen aquí:

Este jueves 15 de Julio Pleno de la Asamblea de Madrid con una pregunta al Gobierno de la C. de Madrid sobre las medidas de reducción de la temporalidad pública que adoptará tras el acuerdo del Gobierno nacional con los sindicatos

Este jueves 15/07/2020 vuelve a haber Pleno  de la Asamblea de la Comunidad de Madrid de forma telemática entre muchos otros, estos puntos del orden del día relacionados con Sanidad o la temática de este blog:

  • la Pregunta de contestación oral  al Gobierno de la Comunidad de Madrid Gobierno del  grupo Socialista "sobre las medidas que va a adoptar el Gobierno Regional para acabar con la temporalidad en la contratación de personal en la Administración Pública de la Comunidad de Madrid, tras el acuerdo alcanzado entre el Gobierno de España y los sindicatos"
  •  la Comparecencia del Consejero de Sanidad da petición del grupo Socialista sobre la "Evolución de las listas de espera de pruebas diagnósticas / terapéuticas de los hospitales de la red pública de la Comunidad de Madrid"
  • además de varias  Preguntas de contestación oral a la Presidenta del Gobierno de varios grupos sobre los planes del nuevo gobierno o el uso de los fondos europeos

 

[CSIF Sanidad nacional] 'Reunión de Sanidad con los sindicatos: CSIF traslada el malestar de las plantillas por la falta de refuerzos, en la quinta ola del covid - Saturación de UCIs, cierre de camas y centros sanitarios, sustituciones insuficientes: hay que impulsar la estabilización de plazas y convocatorias de empleo en la sanidad de todas las CC.AA' [ "Hay que adaptar al sector sanitario el acuerdo firmado con el Min. de Función Pública" y "acelerar las convcoatorias de plazas", sin rastro de la propuesta de concurso de méritos]

'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, trasladó hoy al Ministerio de Sanidad el malestar de las plantillas por la falta de recursos humanos ante la quinta oleada de covid, ya que no hay personal suficiente para atender la presión asistencial y cubrir los contratos de verano.

En el marco de la reunión del Ámbito de Negociación (mesa de negociación en la que están representados Sanidad y los sindicatos representativos), CSIF lamentó la falta de previsión del Consejo Interterritorial, que una vez más se ha puesto en evidencia con la evolución de la pandemia.

Saturación de UCIs en Cataluña y Comunidad Valenciana (en esta comunidad, los hospitales ya suspenden operaciones y reservan salas), cierre de camas y centros de Atención Primaria en la práctica totalidad de las autonomías, unido a la falta estructural de personal y la llegada de personas desplazadas por sus vacaciones de verano, la campaña de vacunación y la ‘explosión’ de contagios suponen la combinación perfecta para volver a poner en jaque a la sanidad española.

Ante esta situación, CSIF reclama a Sanidad que lidere de manera urgente las reformas que requiere el Sistema Nacional de Salud para mejorar el nivel de calidad en la asistencia y las condiciones laborales. De entrada, hay que adaptar al sector sanitario el acuerdo para estabilizar el empleo recientemente firmado con el Ministerio de Función Pública y acelerar las convocatorias de plazas en coordinación con las comunidades autónomas. Tras la petición por escrito de CSIF, Sanidad ha anunciado la convocatoria de la mesa de temporalidad para el próximo día 27.

miércoles, 14 de julio de 2021

[Función Pública de Unidas Podemos ] Carta a la Ministra de Hacienda Función Pública pidiendo modificaciones del proceso de estabilización del Real Decreto-Ley aprobado: sin renunciar a la fijeza, "lo mínimo" es que la oposición no sea elminatorias y pueda utilizarse la mejor nota en cualquier proceso anterior

'Estimada Ministra de Hacienda y Función Pública:

En primer lugar, reciba la enhorabuena de parte del grupo parlamentario confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común por la asunción de sus nuevas responsabilidades.

Le escribimos preocupados por la situación de los interinos y al hilo del Real Decreto-ley que pronto vendrá al Congreso de los Diputados para su convalidación. Se trata de un colectivo que ha sido maltratado por las Administraciones Públicas y al que este gobierno de coalición progresista tiene la obligación de mejorar su situación. Aunque el actual Real Decreto-ley aporta algunos avances importantes, es todavía insuficiente para reparar el maltrato antes mencionado, hacer justicia con ellos y ellas y también garantizar la eficiencia de nuestro sector público no desaprovechando la experiencia acumulada por estas personas. Así lo piensan buena parte de los colectivos concernidos y así lo piensa también nuestro grupo parlamentario.

Desde nuestro punto de vista, solamente haría falta voluntad política de reformar los textos legales correspondientes para que se pudiera encajar en nuestro ordenamiento jurídico la propuesta de fijeza que demanda buena parte del colectivo de interinos y, desde luego, nosotros no renunciamos a ella. En todo caso y siendo conscientes de que hay posiciones distintas en el seno de la coalición al respecto de esta materia, entendemos que lo mínimo que hay que comprometerse a modificar del Real Decreto-ley antes de ser votado en el Congreso son los términos del proceso selectivo en el artículo 2.4:

[FeSP UGT Nacional] 'UGT exhorta al Ministerio a fijar un calendario para negociar el desarrollo del Plan de choque para reducir la temporalidad en el Sistema Nacional de Salud ' [Reunión del grupo de trabajo sobre temporalidad en la Sanidad Pública el próximo 27 de julio]

 'UGT Servicios Públicos ha solicitado un calendario de negociación para  desarrollar, en el Sistema Nacional de Salud (SNS), el Plan de Choque para  reducir la temporalidad en las Administraciones. UGT Servicios Públicos ha  subrayado su apuesta por un SNS que sea motor de empleo. La semana  pasada, esta organización sindical firmó el acuerdo del Plan de choque para  reducir la temporalidad en las Administraciones Públicas. Este texto,  aunque no cumple todas las expectativas del sindicato pues no elimina la  tasa de reposición, mejora sustancialmente los acuerdos de 2017 y 2018  respecto al personal interino y temporal. Entre sus principales virtudes están  las medidas preventivas y sancionadoras para evitar las irregularidades que  convierten a España cíclicamente en un país en abuso de temporalidad.  

El sindicato considera que, para el correcto desarrollo de la acción sindical  en el ámbito del personal estatutario de los Servicios de Salud, se precisa  un profundo cambio del actual marco normativo, la ley 55/2003, aclarando  su relación jurídica con el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). 

[Mi15F] Campaña de correos eletrónicos masivos a los diputados del Congreso "15 razones para votar NO" a la convalidación del "Icetazo" o Decreto-Ley de reducción de la temporalidad de larga duración con más Ofertas Públicas de Empleo libre

[...] 'El objetivo de la campaña es sensibilizar a todos los diputados y hacerles partícipes de nuestra visión del problema.

Cuanta más difusión demos a esta iniciativa entre todos los grupos de afectados, más posibilidades tendremos de que se hagan oír nuestras demandas. Esta es otra iniciativa más que complementa todas las llevadas a cabo hasta la fecha. Hay que seguir haciéndose visible para que nuestro problema no quede en el olvido.
 
[...] Información a rellenar:

martes, 13 de julio de 2021

[Confilegal] Javier Arauz pide al Congreso que no convalide el Real Decreto-Ley aprobado por el Gobierno porque generará paro y gasto público incontrolado y por incumplir la normativa europea, hecho que denunciará ante la Comisión Europea.

Informa  Confilegal este 13/07/2021 que el REAL DECRETO-LEY aprobado hace una semana, con el "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020, debe validarse en el Congreso en un plazo de 30 días para seguir en vigor, y traslada la petición del conocido abogado Javier Araúz  a los grupos parlamentarios del Congreso de que no apoyen este texto porque "solo generará paro y más precariedad en el empleo” y “no se puede solucionar un abuso con más abuso", además de incumplir la Directiva y jurisprudencia europea. El medio traslada que el abogado va a denunciar este incumplimiento  ante ante la Comisión Europea.


[Plataformas de interinos/Mi15F] '15 RAZONES por las que DEBE VOTAR NO al DECRETO DE REFORMA DEL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO (EBEP) '

'1. EL DECRETO INCUMPLE LA NORMATIVA COMUNITARIA PREVALENTE SOBRE EL DERECHO INTERNO Y LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE)
La Directiva 1999/70/CE del Trabajo de Duración Determinada se debería haber traspuesto al Sector Público en 2001, igual que se hizo en el Sector Privado, en el Estatuto de los Trabajadores, artículo 15. Las Administraciones públicas llevan 20 años incumpliendo la Directiva en materia de contratación temporal y las medidas del Decreto también la incumplen.

2. INVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA Y TRAMITACIÓN CUESTIONABLE
Tras 20 años de incumplimiento de la normativa nacional (EBEP VIGENTE) y Europea (Directiva 1999/70/CE), y las sentencias del TJUE, su tramitación de urgencia no se sostiene, El EBEP es una ley básica, y se está privando al Parlamento del debate político y de la información de un informe preceptivo del Consejo de Estado, y en ningún momento se ha escuchado al colectivo.

3. DECRETO NO INTRODUCE MEDIDAS QUE GARANTICEN EL OBJETIVO DE LA DIRECTIVA
El fin último de la Directiva 1999/70/CE es proteger del uso abusivo de la contratación temporal a los trabajadores, sin discriminar entre públicos o privados; y reparar y compensar a las víctimas del abuso. El nuevo EBEP NO SOLO NO REPARA, SINO QUE CASTIGA DE NUEVO A LOS EMPLEADOS PÚBLICOS, CUANDO QUIEN HA ABUSADO ES LA ADMINISTRACIÓN. El nuevo EBEP NO CONSOLIDA PERSONAS, SINO PLAZAS.

4. TJUE RECHAZA CUALQUIER PROCESO SELECTIVO COMO MEDIDA PARA SANCIONAR EL ABUSO, sentencia 19 de marzo 2020 (apartados 97 a 101) y Auto 2 de junio 2021 (apartados 43 a 47. Su organización es independiente de establecer una sanción por abuso de las relaciones de servicio. EL ACUERDO IMPONE SU USO PARA DISMINUIR LA TEMPORALIDAD MEDIANTE EL DESPIDO DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS TEMPORALES.


El alto tribunal rechaza estos procesos para el personal en abuso por las siguientes razones:
‐ La Administración no ha cumplido los plazos de 3 años establecidos por el EBEP en los artículos 10 y 70
‐ El personal en abuso no puede concurrir a un proceso libre en el que compita con quienes no han sido víctimas del abuso
‐ Los procesos selectivos para cumplir con la Directiva deben ser de resultado cierto, para garantizar la estabilidad en el empleo, como fin último de la Directiva.
‐ No tienen ningún efecto negativo para el empleador, en este caso las administraciones que han abusado de los contratos temporales para cubrir plazas estructurales

ADEMÁS EL DECRETO ESTABLECE QUE SI NO SE SUPERA EL PRIMER EJERCICIO DEL PROCESO SELECTIVO, NO PUEDES VOLVER A UNA BOLSA DE INTERINOS, TE DEJAN EN LA CALLE SIN OPCIONES.

5. TJUE RECHAZA COMO MEDIDA DE SANCIÓN AL ABUSO LA FIGURA DEL INDEFINIDO NO FIJO, TAL CUAL LO ENTIENDE EL TRIBUNAL SUPREMO POR SEGUIR SIENDO UNA FIGURA TEMPORAL SUJETA A CESE POR OCUPAR LA PLAZA UN FUNCIONARIO DE CARRERA (sentencia 19 marzo 2020, apartado 102) TJUE entiende que sería una medida acorde con la Directiva, la figura del INDEFINIDO NO FIJO, como FIJO A EXTINGUIR, sujeto a las mismas causas de cese que los funcionarios de carrera, pero sin adquirir esa condición. (figura incluida en los presupuestos generales del Estado 2021 y apoyada por el informe jurídico de la expresidenta del Tribunal Constitucional, Dña. Emilia Casas).

6. TJUE RECHAZA COMO MEDIDA SANCIONADORA UNA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO IMPROCEDENTE DE 20 DÍAS POR AÑO TRABAJADO POR NO SER SUFICIENTEMENTE DISUASORIA Y NO ES UNA SANCIÓN ESPECÍFICA RECOGIDA EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO CONTRA EL ABUSO EN EL SECTOR PÚBLICO. Para que fuera suficientemente disuasoria, proporcionada y efectiva, como manda el TJUE para evitar el abuso a futuro, debería incorporar una sanción por daños y perjuicios.
ADEMÁS, EN EL DECRETO, LAS PERSONAS ABUSADAS QUE NO SE PRESENTEN INCLUSO POR CAUSA JUSTIFICADA AL PROCESO SELECTIVO NO TENDRÁN DERECHO A INDEMNIZACIÓN.

7. NO SE HA ESTABLECIDO NINGUNA MEDIDA SANCIONADORA DISUASORIA CONTRA LAS ADMINISTRACIONES
QUE HAN COMETIDO FRAUDE DE LEY. Dejar sin cubrir una plaza por personal interino cuando la Administración a futuro incumpla los plazos legales de convocatoria, no es una medida disuasoria y el que sufre esa sanción es el trabajador y el ciudadano que se queda sin servicio.
El TJUE en su reciente sentencia del 3 de junio de 2021 dice que en España no existe ninguna medida que sancione el abuso y que garantice el efecto útil de la Directiva.

8. EL DECRETO MIENTE CUANDO DICE QUE EUROPA NO APRUEBA LA CONVERSIÓN A INDEFINIDO DEL PERSONAL EN ABUSO
El Parlamento Europeo en su Resolución de mayo de 2018 establece que la medida más eficaz para terminar con el abuso de temporalidad en la contratación, tanto en el sector privado, como en el sector público es la transformación del contrato temporal en indefinido.
 

[Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal] 'Denuncia el Real Decreto-ley 14/2021 (Icetazo) ante la Comisión Europea' [Guía por Internet]

[CEPPT] 'Os presentamos una guía para denunciar el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, ante la Comisión Europea. Para hacerlo, hay que rellenar el Formulario de denuncia por infracción del Derecho de la UE en https://ec.europa.eu/assets/sg/report-a-breach/complaints_es/ siguiendo los siguentes pasos:

Recordatorio [07/07/2021] Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere, indemnización de la que se quedarían fuera el personal cesado por los procesos selectivos con plazas de estabilización ya convocados. Entra en vigor mañana 08/07/2021

 [Recordatorio de entrada publica el 07/07/2021] Acaba de publicarse en el BOE de hoy 07/07/2021 el esperado REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público  acordado este lunes  con los sindicatos CCOO,  UGT y CSIF, fijando un último proceso de estabilización con los puestos temporales +3a a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018,: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos hata el 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere

Al ser un Decreto Ley entra en vigor directamente mañana 08/07/2021, pero debe convalidarse en el Congreso (por mayoría simple) en el plazo de 30 días

Finalmente y más en detalle, según este Decreto, como ya contemplaba el acuerdo sindical:

  •  para evitar el abuso de temporalidad a futuro en el empleo público, se introduce, mediante una reforma del artículo 10 del EBEP, un límite de 3 años a la convocatoria en proceso selectovo de la interinidad de vacante, si se incumple "penalizando" a la AAPP con la pérdida de la plaza durante un año y el cese del interino, indemnizado en 20 días por año de servicio con tope de 12 mensualidades , es decir, justo la indemnización actual que se concede a los "laborales indefinidos no fijos" que cesados la demanden
  • para la enorme bolsa de abuso de temporalidad actual que sigue habiendo -pese a ser en su mayoría de muy larga duración y pese a las sentencias europeas que establecen que es una situación de abuso que requiere una sanción para la que no valen ni procesos selectivos ni indemnizaciones al cese como la del indefinido no fijo- realizar en cada AAPP un último proceso selectivo libre extraordinario denominados de  "estabilización"  
    • con los puestos de los temporales más de 3 años a 31/12/2020 que no estén ya incluidos en los procesos de estabilización anteriores derivados de los acuerdos de 2017 y 2018,  que en el acuerdo se cifra en 300 mil plazas, contemplando ahora una  indemnización de 20 días por año con tope de 12 mensualidades al temporal  que teniendo su puesto en dicho proceso se presente y no lo supere, siendo cesado por tanto
    • la OPE de  este último proceso de estabilización  en cada AAPP deberá publicarse antes de 31/12/2021, 
    • la convocatoria del proceso selectivo en sí derivado de esa OPE antes  de 31/12/2022 y la resolución final del proceso deberá estar antes de fin de 2024 , debiendo situarse la tasa de temporalidad por debajo del 8%
    • siendo  el sistema selectivo un concurso-oposición (salvo para el personal investigador en los casos como hasta ahora y "sin perjuicio de lo establecido en su caso en la normativa propia de función pública de cada AAPP o la normativa específica")
    • con oposición eliminatoria  
    • con un peso de la fase de concurso de méritos del 40%,
    •  siendo los méritos "mayoritariamente" por la antigüedad "en el cuerpo o escala o categoría o equivalente" (OJO no dice "puesto en la misma AAPP")
    • habrá una na  indemnización de 20 días por año de servicio con tope de 12 mensualidades al temporal  que teniendo su puesto en dicho proceso se presente y no lo supere, siendo cesado por tanto (en el caso del laboral será la diferencia con la indemnización ya contemplada en algunos tipos de contrato por su extinción de tal forma que el total sea la misma de 20 días...)
  • se explicita en la Disposición transitoria 1ª qué pasa con las convocatorias derivadas de  OPEs de estabilización actuales que ya estén publicadas: deben seguir ejecutándose como  están . OJO NO se indica explícitamente el derecho de indemnización al cese para personal temporal que cese por estas OPEs de estabilización (ni para el de más de 3 años con su plaza fuera computada por tasa de estabilización, ni para el de más de 3 años en general ni para ninguno, con lo que a falta de regulación muy probablemente las AAPP entiendan en que los procesos selectivos ya convocados no se indemniza el cese en ningún caso, ni siquiera en los procesos selectivos con plazas de estabilización para el personal que tuviera más de 3 años de temporalidad)
  • ¿qué pasa con las convocatorias derivadas de las OPEs de estabilización actuales de las leyes de 207 y 2018 pendientes de publicar? ¿debe suponerse que pasa lo mismo que con las de última OPE extraordinaria de estabilización ,convocado todavíay deben por tanto publicarse antes de 31/12/2021 con la imposición ya de realizarse igualmente con el sistema de concurso-oposición y un máximo peso de la fase de concurso del 40%?
  • habilita un plazo de un año para que la normativa específica del personal estatutario y equivalente de los servicios de salud y el personal docente se adapte a la reforma del EBEP contenida en este decreto

[Fesp UGT Sanidad] 'Incidencia del acuerdo de temporalidad en el ámbito sanitario' ["Debe tener un gran impacto: afectará a todas las plazas estructurales temporales más de 3 años a 21/12/2020" N.E: ¿Y las que ya han sido convocadas?]

['El Acuerdo Gobierno-Sindicatos en materia de temporalidad en las Administraciones Públicas, que UGT-Servicios Públicos firmamos en el día de ayer, es un acuerdo importante porque da seguridad jurídica al personal temporal y a las Administraciones y se adapta a la normativa jurídica nacional y europea.

En el ámbito de los Servicios Públicos de Salud, el Acuerdo debe tener un gran impacto, desde una doble perspectiva:

  • Proceso de estabilización:
    • Extraordinario por el número de plazas a convocar y Excepcional en cuanto a los mecanismos a emplear
    • Afectará a todas las plazas de carácter estructural, ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos los 3 años anteriores a 31 de diciembre de 2020
    • Mecanismo general: concurso-oposición, libre y abierto
    • Prevé una oposición más flexible que en procesos anteriores
    • Concurso:  obliga a que se valore mayoritariamente la experiencia
    • Fecha de Publicación: antes del 31/12/2021
    • Resolución: Antes del 31/12/2024 (fecha límite improrrogable)
    • Personal que no supere el proceso selectivo: las convocatorias podrán prever la inclusión en las bolsas de empleo
    • Personal que no supere el proceso selectivo y que ocupe el puesto o la plaza objeto de estabilización: compensación económica con 20 días (retribuciones fijas) por año trabajado y hasta un máximo de 12 La no participación en el proceso selectivo NO generará compensación alguna
  • Modificación de la normativa en el ámbito sanitario, con el fin de evitar la reproducción de la temporalidad, para lo que se adaptará en el plazo de 1 año, su legislación a las previsiones de la reforma del TREBEP