lunes, 24 de febrero de 2025

Recordatorio. [Araúz] Propuesta de Araúz de Disposición Adicional/Decreto Ley para dar cumplimiento en el sector publico a la Directiva 1999/70/CE tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 y de 13/06/2024

 [Recordatorio de entrada publicada el 07/02/2025]

 'Disposición …….….. Estabilización del personal público víctima de un abuso en su contratación temporal


  1. Con carácter excepcional y por una sola vez, como medida para prevenir, evitar y reprimir el abuso producido en su contratación temporal sucesiva, en aplicación de la Directiva 1999/70/CE y su Acuerdo marco, interpretada a la luz de la última jurisprudencia del TJUE, se obliga a los órganos competentes de todas las Administraciones territoriales y entes institucionales públicos que, a la fecha de publicación en el BOE de esta disposición legal, mantengan a funcionarios interinos, empleados estatutarios temporales y trabajadores temporales nombrados o contratados con anterioridad a 1 de febrero de 2022, cualquier que sea la causa o naturaleza de su nombramiento, para que en el plazo máximo de tres meses, procedan a su estabilización de la manera siguiente:


a) Respecto de aquellos empleados públicos interinos o temporales que hubieran accedido a su Administración empleadora o a su plaza tras haber superado un proceso selectivo de los previstos en el art. 61 del EBEP, esto es, una oposición, un concurso oposición o un concurso de méritos, celebrado con sujeción a los principios constitucionales de igualdad, capacidad, publicidad y libre concurrencia, se procederá a su transformación en empleados estatutarios fijos, funcionarios de carrera o trabajadores fijos, según corresponda, en la misma plaza y puesto de trabajo que ocupan y en las mismas condiciones de empleo que venían disfrutando con anterioridad a la transformación


b) Respecto de aquel personal público temporal que hubiera sido contratado o nombrado por una Administración empleadora sin haber superado un proceso selectivo de los del art. 61 del EBEP, se procederá a su estabilización mediante el reconocimiento administrativo de los mismos derechos y obligaciones que corresponden a los empleados estatutarios fijos, funcionarios de carreras o trabajadores fijos comparables, sin la atribución de esa condición, pero con sus mismas condiciones de trabajo, y sujetos a las mismas causas, requisitos y procedimientos para el cese en sus puestos de trabajo que la Ley establece para los homónimos funcionarios de carrera o empleados fijos comparables, atribuyéndoles la condición de “a extinguir”.


Estos empleados públicos temporales de larga duración a extinguir gozarán de los mismos derechos y condiciones de trabajo que los funcionarios de carrera, estatutarios fijos y laborales fijos comparables.

El Grupo Mixto del Congreso presenta una Proposición no de Ley para instar al Gobierno que haga una ley de establización de los empleados públicos temporales en fraude de ley por abuso de temporalidad, incluyendo los ya cesados

El Grupo Parlamentario Mixto del Congreso de los Diputados, representado por la diputada de Podemos  Ione Belarra, ha presentado este 18/02/2025 una Proposición no de Ley para que, en caso de que el Congreso la apruebe "instar al Gobierno a

  • Impulsar, en el marco de sus competencias un mecanismo legal, de estabilización de los trabajadores y trabajadoras públicas temporales contratados en fraude de ley por ser sus puestos estructurales, haber superado el tiempo máximo de contratación temporal o haber sido objeto de contrataciones sucesivas, mantengan o no en estos momentos la condición de empleado público, garantizándoles un puesto estable con todos los derechos para el que han acreditado sobradamente que cumplen los criterios de mérito y capacidad"

 

Publicadas las calificaciones definitivas del concurso de méritos, no de "estabilización" -de OPEs ordinarias 2022 y 2023 del SERMAS- de Médicos de Urgencia Hospitalarias, con las plazas del concurso-oposición de estabilización anterior que se acabó cancelando tras las movilizaciones de Somos Urgencias y el apoyo de AMYTS

Este 08/11/2024 se han publicado  en la página web del SERMAS dedicada a los procesos selectivos  en su apartado de las convocatorias 2024 de concursos de méritos de las  OPEs ordinarias de 2022 y 2023  para Facultativos y Enfermeros Especialistas, por tanto NO de estabilización, las calificaciones provisionales  para la primera de categorías de Facultativos Especialistas:  


Recordemos que el SERMAS había mantenido los procesos selectivos por concurso-oposición de los facultativos  especialistas de casi 4 mil plazas  que correspondían a las 2ª y 3ª fases de la OPE 2018 del SERMAS derivada de ley de estabilización anterior de 2017, proceso selectivos con oposición que fueron  convocadas en Diciembre de 2021  escasos días antes de la publicación y entrada en vigor de la nueva ley de estabilización 20/2021, con las que tendrían que haber sido convocadas por concurso de méritos excepcional de estabilización, concurso de méritos  de estabilización que finalmente salió para el caso de los médicos especialista muy minorado , por esa  cantidad ya convocada  al concurso oposición.

Y las plazas de las dos siguientes OPEs ordinarias fueron ya convocadas por concurso de méritos , tal y com figuraba en  el documento de salida de  la huelga de facultativos especialistas temporales. Finalmente, han sido 906 las plazas de facultativos computadas por el SERMAS para este segundo concurso de méritos, ya "no de estabilización", amparados en la actual Ley 55/2023 del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud en su artículo 31.1 “cuando las peculiaridades de las tareas específicas a desarrollar o el nivel de cualificación requerida así lo aconsejen”, y no derivados por tanto, de la Ley 20/2021 de estabilización . Así  fueron convocados con unas bases diferentes del concurso de méritos de estabilzación , conmenos peso  total la antigüedad y puntúa por igual la experiencia en cualquier servicios de salud.


Y en cuanto al  caso especial de los médicos de Urgencias Hospitalarias, hay que recordar que,  ante las numerosas movilizaciones del colectivo tras la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo de 19/03/2020 sobre abuso de temporalidad agrupado por la Asociación Somos Urgencias Somos Uno  y apoyado por el Sindicato médico madrileño AMYTS, el SERMAS sí  acabó desistiendo en este cso específico el concurso-oposición de 325 plazas de Médicos Urgencias Hospitalarias  que había sido convocado  en 2019 como concurso-oposición derivado de la OPE de 2018  de "estabilización" del SERMAS derivada de la ley estatal de  2017, siendo  una categoría con un índice de temporalidad superior  al 80% y sin ninguna convocatoria previa desarrollada por el SERMAS.  

Recordatorio. Adjudicado el puesto de Jefe del Area de SSII y Operaciones en la Dir. General de Salud Digital de la C. de Madrid a Laura Aranzueque, anterior responsable de informática del H. del Sureste

 [Recordatorio de entrada publicada el 31/01/2025]

 Se ha publicado en el BOCM del pasado  24/01/2025 la resolución por la que se adjudica el puesto convocado de Jefe del Area de SSII y Operaciones en la Dirección General de Salud Digital de la Consejería de Digitalización a Laura Aranzueque Román , Técnico Superior de Sistemas y TI del SERMAS y anterior responsable de informática del H. del Sureste (el ubicado en -Arganda del Rey). Recuérdese que la antigua Dirección General de SSII y Salud Digital del SERMAS de la Consejería de Sanidad fue integrada en 2023 en la nueva Consejería específica de Digitalización. 

[Gob. Estado/Min. de Transformación Digital y F.P.] 'Óscar López recoge el galardón “Proyecto público” que reconoce la calidad del servicio de Ayuda en Ciberseguridad 017 del INCIBE. En el año 2024, el 017 respondió 98.546 consultas relacionadas con la ciberseguridad, un incremento de más de un 21% frente a 2023'

 'El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Oscar López, ha recogido hoy el galardón “Proyecto público” que reconoce la gran calidad del servicio Tu Ayuda en Ciberseguridad 017 del Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE). El premio ha sido otorgado en el marco de los III Premios Nacionales de Ingeniería Informática, que organiza el Consejo General de Colegios Profesionales de Ingeniería Informática.

El ministro ha elogiado el papel que desempeñan el “medio centenar de expertos que ofrecen asesoramiento técnico, psicosocial y legal de 8 de la mañana a 11 de la noche, los 365 días del año” al frente de este servicio del INCIBE, “auténticos protagonistas de este premio”.

domingo, 23 de febrero de 2025

Entradas más vistas de la semana 17/02/2025-23/02/2025 en este blog: Tribunal Constitucional afirma que por la D.A.8ª de la Ley 20/2021 las plazas convocadas en procesos de estabilización anteriores que estuvieran ocupadas por temporales desde antes de 2016 cuando la convocatoria del concurso de méritos también se tenían que adicionar al número de plazas del concurso de méritos, Contencioso del Tribunal Supremo abordó el martes 11F los recursos de casación admitidos hace medio año tras la sentencia del Tribunal europeo de 13/06/2024, nueva cuestión prejudicial al TJUE por el contra legem de la STJUE de 13J, ...

 Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed), canal de "Informática sanitaria" (feed), entradas sobre sentencias, sobre jurisprudencia y sobre jurisprudencia pendiente , transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

sábado, 22 de febrero de 2025

Recordatorio 22 de febrero de 2024: El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024 a asuntos acumulados Consejería de Presidencia C.M./UNED/AMAS, reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad , tumba tanto la figura del indefinido no fijo para abuso de temporalidad del laboral público como que , en general, puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021

 [Recordatorio de entrada publicada en este blog el 22/02/2024 OJO justo hace un año] Este mismo jueves 22/02/204 a las 09:30, como  estaba previsto ha tenido lugar la lectura y publicación de la importante sentencia del del Tribunal de Justicia de la UE  de los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22, C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" , todos por cuestiones prejudiciales de la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En concreto, se trata de los asuntos:


Recordemos que en los dos primeros asuntos, ambos sobre personal laboral ya declarado previamente como indefinido no fijo, esta sección de la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid  cuestionaba en general la actual doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de conceder nada más que esa figura de indefinido no fijo al laboral empleado público como sanción al abuso de temporalidad y , preguntaba al Tribunal Europeo, refiriéndose en concreto ya a estos casos de personal ya indefinido no fijo:_
  •  si esa figura  del "indefinido no fijo" [INF] es un "contrato de duración determinada" de los de la cláusula 5ª en la Directiva 1999/70/CE [es decir, temporal], y si, en ese caso, no debería considerarse abuso de temporalidad según dicha cláusula 5ª de la Directiva permanecer a su vez  tiempo bajo esa figura de indefinido no fijo sin que se cumpliera con la obligación de cobertura inmediata del puesto con el proceso selectivo y cuál debería ser la consecuencia de este abuso, si en especial valdrían como sanción, considerando el tribunal remitente que no,:
    • la indemnización al cese de sólo 20 días por año trabajado con tope de 12 meses que ya tiene concedido al indefinido no fijo 
    • el ŕegimen de "responsabilidades" difuso e inconcreto establecido especialmente desde el Real Decreto-Ley 14/21  vigente cuando se emitieron los dos primeros Autos de los dos primeros asuntos, y que fue incorporado tal cual en la posterior nueva Ley 20/2021
    • los procesos selectivos denominados "de estabilización" pero que son de libre concurrencia y convencionales, por tanto de futuro incierto para la persona en abuso que puede acabar perdiendo el empleo, con oposición en general, tanto los derivados de las leyes estatales de 2017 y 2018 como los derivados del Real Decreto-Ley 14/2021 -los vigentes  cuando se emitieron los dos primeros Autos de los dos primeros asuntos-, estos últimos , los procesos derivados del RDL 14/2021, ya admeás  con una compensación de 20 días por año con tope 12 mensualidades en el caso de perder el empleo por dicho proceso selectivo,

  •  si se considera que no hay medidas válidas de sanción, es decir "en caso de considerar que no existen medidas suficientemente disuasorias en la legislación española", si la consecuencia deabuso de temporalidad en  un empleado público laboral indefinido no fijo mantenido años debe ser , en lugar del simple mantenimiento como indefinido no fijo hasta que la administración proceda con el proceso selectivo para la cobertura de su puesto o la amoritzación, pues "el reconocimiento  del trabajador como fijo plenamente, sin matizaciones", e  incluso aunque se esté interpretando por el Supremo  que el principio de igualdad en el acceso de la Constitución Española impide esa fijeza, preguntando entonces además, si dado que para esta Sala remitente no hay problema constitucional en dicha fijeza por abuso para los empleados públicos laborales, no sería válida esa "interpretación conforme" del derecho español al europeo que permite considerar que en estos casos de empleados laborales en abuso no se viola la Constitución con la conversión en fijo (siempre como única medida de sanción ya posible a falta de otras medidas de sanción contempladas en la ley , como sería el caso de cuando se pusieron las demandas si el tribunal no admite como válidas ni la permanencia en indefinidoo no fijo, ni su indemnización de 20 días al cese ni dichos procesos selectivos abiertos)

Sábado 22F 11.30 por la mañana en La 2 TVE, Comando Actualidad aborda el abuso de temporalidad en empleo público, con casos reales :

 Este sábado 22 de Febrero a las 11.30 por la mañana en La 2 de TVE el  programa "Comando Actualidad" ha abordado el abuso de temporalidad en empleo público, con casos reales  de empleados que pueden ser cesados tras décadas de  "interino" en la administración pública al ver convocado su puesto a una oposición abierta o que ya ha sido cesado:  "Caza tu Plaza. ¿Qué sucede cuando pierdes tu plaza en la administración después de décadas de trabajo? "


Puede seguirse en directo en este enlace



viernes, 21 de febrero de 2025

[Araúz] Juzgado de lo Social de Murcia , a instancia de Araúz, plantea una nueva cuestión prejudicial al TJUE, al entender que la transformación de los trabajadores temporales víctimas de un abuso en fijos es la única medida sancionadora que puede aplicarse conforme a la Directiva 1990/70/CE' [Pregunta al TJUE por el caso no cubierto en la Sentencia del TJUE de 13/06 #GenCat: qué hacer cuando la conversión en fjo implica una interpretación contra legem del Derecho nacional y no hay sanción válida contra el abuso de temporalidad recogida en la normativa nacional]

'Un Juzgado de lo Social de Murcia plantea una nueva cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, al entender que la transformación de los trabajadores temporales víctimas de un abuso en fijos es la única medida sancionadora que puede aplicarse en nuestro país, conforme a la Directiva 1990/70/CE.

 El Juzgado considera que esta conversión o estabilización automática del personal temporal del sector público víctima de un abuso en fijo, debe aplicarse aunque sea contraria a la Constitución y a las leyes españolas –contra legem-, razonando: 

(i) por un lado, que el TJUE ya ha establecido la eficacia directa de la obligación de imponer una medida sancionadora proporcionada a los incumplimientos por los Estados miembros de una Directiva, de forma que la primacía del Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido que impone a las autoridades nacionales la obligación de dejar inaplicada una normativa nacional que contraviene la exigencia de proporcionalidad de las sanciones 

(ii)  y, de otro lado, el TJUE se ha pronunciado reiteradamente a favor de esta conversión en aquellos casos en los que los Estados miembros no han fijado una medida sancionadora en el sector público para dar cumplimiento a esta Directiva 1999/70.

 

[Gob. Estado/Min. de T.D. y Función Pública] 'Función Pública entrega los premios a la calidad e innovación en la gestión pública' [Áccesit para el H. Gregorio Marañón en el premio a la Excelencia]

'El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Función Pública, ha celebrado el acto de entrega de la XVI y XVII edición de los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, en el que se ha reconocido el mérito de 18 iniciativas por su empeño constante en innovar, optimizar y poner al ciudadano en el centro de la gestión pública.

Estos premios, consolidados como instrumentos eficaces para impulsar una administración pública moderna, eficiente y comprometida, no solo celebran los logros de los premiados, sino que también permiten recordar que “el vínculo que une a las organizaciones con la ciudadanía es la confianza en nuestras instituciones y esta confianza solo se consolida si somos capaces de prestar servicios públicos de calidad, y hacerlo de forma participativa y transparente”, ha indicado la secretaria de Estado, Clara Mapelli, durante su discurso de clausura.

LISTA DE LOS GALARDONADOS

[CCOO Área Pública] 'CCOO y UGT piden a las Cámaras celeridad y consideración con lo pactado en los acuerdos con Función Pública Nos desvinculamos de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Socialista que propone ampliar de los 70 a los 72 años la edad de jubilación forzosa de los funcionarios y funcionarias.'

 'El Área Pública de CCOO y UGT Servicios Públicos valoran que el Gobierno haya dado el primer paso para regular en la ley el acceso a la jubilación parcial y anticipada de los funcionarios, tal como se contemplaba en el acuerdo que ambos sindicatos firmaron el pasado mes de diciembre. No obstante, se desvinculan de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Socialista que propone ampliar de los 70 a los 72 años la edad de jubilación forzosa de los funcionarios. Es una medida que no contemplaba el acuerdo suscrito por los sindicatos y que no apoyan.

CCOO y UGT esperan que, a través de enmiendas que el Grupo Parlamentario Socialista ha incluido para modificar la próxima Ley de Función Pública, se avance en la regulación que permite recuperar este derecho para el personal funcionario y estatutario. CCOO y UGT hacen un llamamiento a todos los grupos parlamentarios para que la tramitación de la ley respete las medidas contenidas en el texto firmado por ambas organizaciones sindicales y el Ejecutivo. 

[Gob. C. de Madrid/Consejería de Digitalización] 'La Comunidad de Madrid colaborará con el servicio de salud británico para avanzar en la transformación digital del sector sanitario. La delegación madrileña también ha mantenido un encuentro con representantes de Samsung Health para buscar posibles oportunidades de colaboración con la tecnológica coreana'

'La Comunidad de Madrid colaborará con el servicio de salud británico para avanzar en la transformación digital del sector sanitario. Así lo ha asegurado el consejero de Digitalización, Miguel López-Valverde, tras la reunión que ha mantenido hoy en Londres con la directora de la unidad Mobile First del National Health Service (NHS), Emma McLachlan, quien se ha interesado especialmente por el diseño y desarrollo de la Tarjeta Sanitaria Virtual, que, con sus más de 185 funcionalidades, es una de las más completas en Europa.

Igualmente, han solicitado información sobre la implantación de la Inteligencia Artificial (IA) en los centros sanitarios autonómicos, por ejemplo, para mejorar la predicción de diagnóstico de enfermedades raras, para agilizar el análisis de imágenes médicas o la gestión del servicio de Urgencias. López-Valverde ha destacado el interés que genera a nivel internacional el modelo de digitalización regional, que está modernizando los servicios públicos, especialmente en el ámbito de la salud. En este sentido, ha resaltado “lo relevante que son las alianzas entre administraciones, como esta que mantenemos con el Gobierno de Inglaterra, pues permiten que compartamos ideas y soluciones que nos van a ayudar, ahora y en el futuro, a seguir mejorando en el proceso de transformación digital y, por tanto, en la atención que prestamos a todos los ciudadanos”.

jueves, 20 de febrero de 2025

El Pleno del Tribunal Constitucional del 28 de Enero decidió inadmitir la cuestión de inconstitucionalidad del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sobre los concursos de méritos de la ley 20/2021 en cuanto a la valoración principal de la experiencia en el mismo cuerpo o una invasión de competencias autonómicas: inadmisión (sin entrar en el fondo de si son constitucionales o no las D.A.) al "ir la cuestión que plantea el TSJ de CLM más allá de la necesidad" para el proceso judicial en cuyo marco planteó la cuestión. El TC afirma que para el cómputo de plazas a concurso de méritos de la D.A.8ª de la ley no se exigen los requisitos del art. 2.1: las plazas convocadas en procesos de estabilización anteriores que estuvieran ocupadas por temporales desde antes de 2016 cuando la convocatoria del concurso de méritos, también se tenían que adicionar al número de plazas del concurso de méritos]

Acaban de publicarse los resultados del orden del día del Pleno del Tribunal Constitucional de 28/01/2025, que abordaba ya en primera deliberación, para poder dictar incluso una sentencia, la importante  cuestión de inconstitucionalidad  admitida a trámite, (nº CI 2796/2024) sobre  las  disposiciones adicionales 6ª y 8ª en sí de la ley 20/2021 de concursos de méritos excepcionales de estabilización, promovida por la sección 2ª de Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (en el marco del recurso nº 491/2022),  en cuanto a que en el concurso de méritos  haya de "valorarse principalmente la experiencia en el cuerpo o escala de que se trate" (según el artículo 2.4 de la ley), con lo que "podría resultar contraria al derecho de acceso a las funciones públicas en condiciones de igualdad (art. 23.2 CE)" . También examinará si esas D.A. violan la distribución constitucional de competencias "por exceder del carácter de base del régimen estatutario de los funcionarios públicos (art. 149.1.18 CE), vulnerando las potestades de autoorganización de las CCAA".

 Y el resultado que figura para esta importante cuestión de inconstitucionalidad es "inadmitir la presente cuestión de inconstitucional".

Publicadas las primeras relaciones de segundas vueltas de superados y elección de plazas desiertas del concurso de méritos de estabilización del SERMAS: categorías de facultativos slados en SERMAS antes del vera

El BOCM de este 19/02/2025 ha publicado la primera relación de resoluciones de  "segundas vueltas"   o de declaración complementaria de superados y proceso de elección de plazas que quedaron desiertas en la primera vuelta de los concursos de mñeritos excepcinonales de la  OPE  2022 de estabilización del SERMAS  según la ley estatal 20/2021]:, en concreto, para 24 categorías de personal facultativo, en concreto:

miércoles, 19 de febrero de 2025

Comisión de Hacienda de la Asamblea de Madrid este 19 de Febrero con preguntas al Gobierno regional sobre medidas para reducir la temporalidad en el empleo público de la C. de Madrid

 Este miércoles 19/02/2025 desde las 16:00 tenía lugar reunión de la Comisión de Presupuestos y Hacienda de la Asamblea de Madrid  contando  en su orden del día , entre otros puntos, con 

  • la pregunta de contestación oral en comisión (PCOC  5665/24) de Fernando Lara del Grupo Parlamentario Socialista al Gobierno regional sobre si  "Considera el Gobierno de la Comunidad de Madrid que ha adoptado las medidas suficientes para reducir la temporalidad en el empleo público de la Comunidad de Madrid"
  •  la pregunta de contestación oral en comisión (PCOC  730/25) de Esther Rodríguez del Grupo Parlamentario Más Madrid al Gobierno regional sobre  "planes del Gobierno para minimizar las tasas de temporalidad en la administración pública de la Comunidad de Madrid"
  •  la pregunta de contestación oral en comisión (PCOC  731/25) del Grupo Parlamentario Más Madrid  al Gobierno regional sobre s "medidas que va a tomar el Gobierno de la Comunidad de Madrid para asegurar la continuidad en la prestación de servicios afectados por cambios en las plantillas de personal como resultado de la resolución de los diversos procesos selectivos"