Publicaba el pasado 25/10/2019 la sección sindical de UGT del Ayuntamiento de Cantabria el Informe del Gabinete Técnico Federal de la Federación de Servicios Públicos de UGT sobre las ya famosas Conclusiones
de la Abogada General de la Unión Europea en el juicio en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre abuso de
duración de temporalidad en empleo público, [en concreto, los asuntos acumulados C-103/18 y C-429/18 o "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros" e, es decir, el asunto originalmente "Sánchez Ruiz" o asunto C-103/18 de nuestro informático en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] tras su demanda con el gabinete de Javier Arauz y Robles de que reconozca el abuso en la interinidad de vacante prolongada 17 años y se sancione con la fijeza el abuso en la duración de la temporalidad personal en el empleo públco ante la ausencia de medida de sanción disuasoria y efectiva exigida por el Acuerdo Marco la Directiva
Europea 1999/70/CE de empleo temporal en su cláusula 5ª, y al que el Tribunal europeo decidió acumular con posterioridad el asunto C-429/18 o asunto "Fernández-Alvárez y otros" del caso de 5 odontólogas también del SERMAS]
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Así este Gabinete Técnico de la FesP de UGT, comienza aclarando que
- este informe de conclusiones no es vinculante y habrá que esperar a la sentencia del Tribunal europeo
- si bien "la doctrina jurisprudencial hasta ahora se ha apartado en muy contadas ocasiones de la línea argumental que recogían las conclusiones de los Abogados Generales",
- el mismo día de 17 de octubre se publicaron las conclusiones del Abogado General de otro asunto Almudena Baldonedo, opinando que los funcionarios interinos no tienen derecho a indemnización, que la prensa publicitó sin mencionar que en este caso es bajo el supuesto que no se constata "abuso en la contratación"
En su análisis este sindicato entiende que la Abogada General de la Unión Europea en sus conclusiones del asunto sobre abuso de temporalidad opina y recomienda que sentencie el Tribunal:
- la cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre abuso también debe aplicarse
al mantenimiento de un único nombramiento o relación de servicio
temporal cuando su continuación por tiempo indefinido se debe a que no
se han cumplido las exigencias legales relativas a la cobertura de
plazas vacantes [es decir, también hay abuso en la interinidad de vacante prolongada]
, - viola la norma europea considerar "razones objetivas" -que impidan el reconocimiento de abuso- las normas legales nacionales que permiten la renovación de contrataciones temporales cuando la necesidad de personal es en realidad permanente y duradera
, - lo establecido por el ordenamiento nacional actual sobre que vale "mantener la relación de servicio hasta que se ocupe con carácter permanente la plaza supone un cheque en blanco" y en en realidad, "perpetúa la inseguridad",con lo que viola la norma europea que exige una sanción disuasoria y efectiva
, - interpretar la falta de impugnación en el pasado de los diferentes nombramientos y ceses como consentimiento del abuso para no sentenciar sanción viola la normativa europea,
- no basta como sanción procesos selectivos de “libre” concurrencia , donde el acceso a la fijeza por la persona que ha sufrido el abuso, sea
imprevisible e incierto
, - en cuanto a la conversión en fijo como sanción,
no debería interpretarse la cláusula 5ª de tal manera que permita al
juez nacional obviar la prohibición del derecho nacional y proceder al
“reconocimiento inmediato” de un puesto fijo , es decir , no autoriza a la conversión
automática del temporal en fijo por sentencia
, - Sin embargo,
se reconoce, que la fijeza sí sería sanción válida, y la norma nacional
que la prohíbe sólo puede ser válida si se establece otra medida de
sanción. Ante la falta de esas medidas de sanción, la conversión en fijo
sería posible pero sólo si es con un "procedimiento ordenado" , donde
se determina , sobre la base de criterios objetivos y transparentes, el
orden de los nombramientos
, - sí sería válido [también] como sanción reconocer para el afectado este conjunto:
- continuar en el puesto de trabajo hasta que se cumplan las legalidades previstas [hasta su cobertura fija -por ejemplo por OPE- o amortización]
- indemnización completa de los perjuicios que le haya
causado el abuso por Pérdida de ingresos en su caso y Pérdida de oportunidades. - un mecanismo de sanciones "efectivo y disuasorio" adicional , para lo que se sugiere a obligación adicional de pago de una indemnización por un importe a tanto alzado [por años trabajados], dejando en manos de los tribunales nacionales si la indemnización del despido improcedente satisface las exigencias
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- [17/10/2010] [FesP UGT Nacional y Madrid] ' La Abogada General del Tribunal de Justicia europeo responde sobre el caso de posible abuso de duración de temporalidad en empleo público '
- [17/10/2019] [FesP UGT Nacional] 'La abogada general del Tribunal de Justicia Europeo ha planteado que el nombramiento abusivo de personal temporal no debe sancionarse con su conversión automática en personal fijo'.'Pone en valor el esfuerzo y responsabilidad demostrados por FeSP-UGT en la puesta en marcha de procesos de estabilización del personal temporal'
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OTRAS SECCIONES SINDICALES DE UGT
- [21/05/2019] [Diario Información] Ayuntamiento de Alicante, tras la petición de UGT, paraliza la OPE de estabilización de puestos de 300 funcionarios hasta que no se produzcan los pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en las cuestiones prejudiciales planteadas sobre la demanda de fijeza
- [21/10/2019] [FesP UGT C. Valenciana] ' La Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea censura con dureza la alta temporalidad de las administraciones públicas españolas y considera que no cabe la automaticidad en la condición de “fijeza”. [Pero contempla la transformación en relación fija mediante procedimiento ordenado]. 'El TJUE deberá proponer dobles o triples indemnizaciones como medidas disuasorias en los supuestos de abusos de temporalidad' [ y 'no basta con convocar procesos selectivos de libre concurrencia']
OTRAS ENTRADAS RELACIONADAS
- [08/05/2018] IMPORTANTE: el Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si hacer fijo al personal temporal de Sanidad con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años es una solución acorde a las exigencias de la normativa europea [Publicado como Asunto C-103/18 del TJUE: Cuestión prejudicial del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid ]
- [09/09/2018] La Comisión Europea unifica el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y anuncia que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo al caso del informático del SERMAS que demanda la "fijeza"
- [15/11/2018] IMPORTANTE: el Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad puede ser una solución del fraude de ley adecuada a la normativa europea, por una demanda de odontólogos del SERMAS, temporales durante más de 15 años sin convocatorias, en un juzgado de Madrid que también cuestiona ante el tribunal europeo la figura del indefinido no fijo - "se cambia temporalidad por temporalidad" - y se suma a la pregunta previa sobre si conceder fijeza que ya está en el Tribunal de Justicia Europeo, además de preguntar por una indemnización suficiente y realmente importante en caso contrario
- [10/05/2019] IMPORTANTE: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acumula los dos asuntos de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en empleados públicos del SERMAS y celebrará el juicio oral el próximo 15 de Mayo. La amplia batería de cuestiones lanzadas en ambos casos, al tratrarse de forma conjunta, podría , en caso de sentencias favorables, dejar pocos resquicios a la aplicación posterior en los tribunales nacionales. En cuestión también si convocar sin más a OPEs los puestos de los temporales abusados puede s ser una de las medida válidas que exige la Directiva europea
- [15/05/2019] [Arauz] Nota sobre la vista oral en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de hoy 15/05/2019 [en los asuntos acumulados de demanda de fijeza de empleados públicos del Servicio Madrileño de Salud en abuso de duración de temporalidad] [El Estado defiende los procesos de estabilización aprobados como medida de sanción y el propio Presidente del Tribunal le ha recordado que ya han sentenciado que los procesos selectivos no pueden ser por sí sólos una medida efectiva y acorde a la Directiva europea ante el abuso constatado de temporalidad]
- [16/05/2019] [Cinco Días/ El País] La Comisión Europea afirma en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que España no tiene medidas contra el abuso de la temporalidad en el empleo público, descartando como válidas las OPEs de estabilización emprendidas con los puestos de los temporales abusado
- [21/10/2019] Informe
de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea en el asunto
acumulado "Sanchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros" en el Tribunal
europeo sobre abuso de duración de temporalidad en empleo público: la
interinidad de vacante prolongada en personal estatutario también es
abuso que requiere sanción y no vale como sanción al abuso en
temporalidad ni los procesos selectivos de libre concurrencia ni la
jurisprudencia actual del Tribunal Supremo para el personal de tipo
funcionario. Decepción al no dar como opción de sanción que los jueces
nacionales puedan sentenciar directamente fijeza, que supedita sea vía
procesos "ordenados" de concursos de méritos restringidos. Como opción
de sanción propone que se introduzcan indemnizaciones por año trabajado y
disuasorias adicional a la de daños y perjuicios, dejando al juzgado
valorar utilizar la del despido improcedente (actualmente en 33 días por
año trabajado). En el caso de que la sentencia del Tribunal europeo
fuera así, ante la imposibildad de asumir tales indemnizaciones sin
costes irresponsables para la prestación de servicios públicos,los
Gobiernos podrian verse obligados a concursos de méritos para dar la
fijeza
, - [24/10/2019] [Cinco Días/El País] La Abogada General de la Unión Europea del juicio en Tribunal Europeo sobre abuso de temporalidad en el empleo público, asunto Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros, rechaza que la sanción al abuso pueda ser la que decidió el Gobierno con las OPEs de "estabilización": convocar procesos selectivos de libre concurrencia. APISCAM señala que aunque niegue la fijeza por sentencia avala la fijeza por procesos restringidos ordenados
- [24/10/2019] [Diario de Sevilla] Los interinos del Ayuntamiento y Diputación de Sevilla se concentran exigiendo la paralización del la OPEs con sus puesto temporales de larga duración hasta la sentencia del juicio en el Tribunal Europeo sobre el abuso de temporalidad en empleo público español
- [29/10/2019] La Asociación de informáticos del Servicio Madrileño de Salud, APISCAM, con casos en el juicio europeo sobre abuso de temporalidad, PIDE la no inclusión de sus plazas temporales de más de 3 años en las categorías de informática -de un 80% de temporalidad- en procesos selectivos de concurso-oposoción como la OPE "de estabilización" del SERMAS. La Abogacía General de la Unión Europea ya ha dicho que no pueden ser solución al abuso evidente. Exigen, como vienen haciéndolo, un proceso especial de consolidación por méritos de antigüedad y las lógicas espera a la sentencia europea y la regularización comprometida por Sanidad en Mesa Sectorial en plantilla informática del personal informático que sigue en categorías administrativas como paso previoantes de acometer cualquier proceso selectivo que sería el PRIMERO del colectivo
- [01/11/2019] [A.M. Barrachina -Letrada del Ayto Alicante] 'Análisis de las Conclusiones de la Abogada General en el asunto acumulado sobre abuso de temporalidad en el Tribunal europeo: consecuencias expansivas a todo el empleo público, hay abuso generalizado, y la jurisprudencia del Supremo ni los procesos selectivos valen como sanción, siendo necesario procesos de consolidación "restringidos" -que un Ayuntamiento no puede legislar y no le cabe más que esperar lo haga el Gobierno- o indemnizaciones por años trabajados adicionales a las de daños y perjuicios
2 comentarios:
Entonces, sí UGT ha llegado a esas conclusiones (lógicas por otro lado), qué esta haciendo para que se materialicen? Por qué van en sentido contrario sus reivindicaciones? No se está acercando el momento de empezar la vía penal?
Porque la directiva nacional del sindicato ha debido entender que al propio sindicato no le interesa que se materialicen, al menos en estos momentos con una oportunidad importante de ingresos -necesarios- por cursos de preparación para las fases de oposición.
Eso no significa que la directiva haya ignorado este análisis de su gabinete técnico con la verdad del informe de la Abogada General de la UE; lo ha tenido muy en cuenta para decidir
- enviar el comunicado a las secciones y plantillas ocultando que esas OPEs libres no valen como solución al abuso y "poniendo en valor" su solución firmada con el gobierno: OPEs de libre concurrencia
- pedir al Gobierno nacional y al de muchas autonomías donde le siguen el juego sus secciones autonómicas que se aceleren las convocatorias -siempre con fase de oposición- de las OPEs de "estabilización" justo con todos esos puestos
No creo que sea delito penal que una directiva mire por el mejor futuro para la organización que dirije ...
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