[Recordatorio de entrada publicada el 06/08/2021] La
Comisión Europea acaba de publicar un nuevo documento oficialo , de fecha 05/08/2021, de "Información sobre el curso dado a las denuncias registradas con la referencia CHAP (2013)01917", es decir la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba en 2018 el
gran número de denuncias recibidas sobre
abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y
contra la solución de Gobierno y sindicatos de procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos
que le habían llegado de las campañas como las del abogado Martos en su asociación de interinos ANIL o la campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi, y muchos otros, especialmente durante los últimos meses y de la
que la última información oficial de la Comisión Europea hasta ahora sobre esta denuncia múltiple CHAP(2013)01917 databa de Octubre de 2020 y consistía en que había visto la sentencia del Tribunal Europeo del 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y
otros"-de asunto principal el de un informático nuestro y para la que la CE se había decidido esperar
un par de años antes - con su declaración de existencia de abuso y que
evaluaría si la futura
reforma del Estatuto del empleado Público anunciada en Junio de 2020
por la entonces ministra de
Función Pública era conforme a la Directiva y sentencias europeas.
También informaba en Octubre de 2020 la Comisión Europea que mantenía
abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la
posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco , procedimiento que podría acabar en una multa a España.
Recordemos una vez más que en dicha sentencia de 19/03/2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dijo , a nuestro juicio, que
-
también hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante
prolongada
por no cubrirla en el plazo debido mediante los procesos
convencionales, como es abuso la concatenación de contratos temporales
para funciones permanentes , y aunque sea en la función pública,
- este abuso requiere una sanción de "forma indispensable",
- que le corresponde al ordenamiento español
fijar,indicando el Tribunal
que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo, ni una
indemnización salvo que sea específica y realmente disuasoria, aunque
le corresponde finalmente a los órganos jurisdiccionales nacionales corroborarlo
El Decreto-Ley tuvo un fuerte rechazo por parte de las plataformas de temporales afectados y , para poder contar con el apoyo de socios de Gobierno y de investidura, en la sesión de convalidación, la nueva Ministra de Función Pública, se comprometió a modificar mediante proyecto de ley el Real Decreto Ley para incorporar que la oposición pueda no ser eliminatorias y que pueda utilizarse el concurso de méritos para las plazas de los temporales con más de 10 años en una misma plaza que no se haya convocado.
La Comisión está actualmente analizando esta última modificación y seguirá el futuro proceso legislativo de cerca con el objetivo de evaluar la conformidad del texto resultante con la Directiva 1999/70/CE y la jurisprudencia pertinente del Tribunal de Justicia [de la Unión Europea]
Los denunciantes serán informados a través de esta página web de los resultados de la investigación de la Comisión"
Recordemos a este respecto, que el abogado de los casos que dieron lugar a la sentencia europea de 19/03/2021, Javier Araúz afirma
que el Real Decreto-Ley vulnera la normativa de la Unión Europea,
hecho que ya ha denunciado ante la Comisión Europea -como otros
gabinetes, varias plataformas de temporales y multitud de empleados
públicos temporales- , solicitando que actúe contra el gobierno español.
- [09/09/2018] La Comisión Europea unifica el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y anuncia que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo al caso del informático del SERMAS que demanda la "fijeza"
- [10/10/2020] IMPORTANTE La Comisión Europea informa del curso de la denuncia múltiple abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" con su declaración de existencia de abuso, evaluará que la futura reforma del Estatuto del empleado Público anunciada por la ministra de Función Pública es conforme a la Directiva y sentencias europeas y mantiene abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco Precisamente este martes 13 se debate en Comisión Pública del Senado una moción del Senador Sánchez-Garnica de "consolidación administrativa" presentada en Mayo. El grupo de Izquierda confederal presentó otra recientemente de concurso de méritos restringido como solución al abuso,
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [04/03/2021] [El País] La Comisión Europea vincula una reforma para atajar el problema de la alta temporalidad en la administración pública con la obtención de los fondos europeos del Plan de Recuperación para España
- [17/06/2021] Acción colectiva con el gabinete de Navas y Cusi de queja ante la Comisión Europea y petición al Parlamento Europeo por incumplimiento de España de la normativa y jurisprudencia de la UE sobre abuso de temporalidad pública y, en sucaso, recurso ante el Tribunal Europeo por inacción de la Comisión y del parlamento europeo
- [28/06/2021] [Poder Judicial] '[La Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por superar el plazo de 3 años]
- [01/07/2021] Ampliado el plazo para participar en la acción colectiva con el gabinete de Navas y Cusí de denuncia masiva ante la Comisión Europea por incumplimiento de España de la normativa y jurisprudencia de la UE sobre abuso de temporalidad pública y, en caso de que no actúe con el procedimiento ya abierto, recurso ante el Tribunal Europeo por inacción de la Comisión
- [03/7/2021] Golpe del Tribunal Europeo en sentencia asunto IMIDRA a las excusas utilizadas por el Supremo para no declarar abuso : la interindad prolongada en único nombramiento también es abuso y no vale la excusa de la crisis económica
- [07/07/2021] [IMPORTANTE] Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
- [07/07/2021] [Arauz] 'Nota sobre el Real Decreto-Ley aprobado hoy' ["Es un día triste para el Gobierno de España y para los partidos políticos que lo sustentan", "si piensan, en su ignorancia, que vamos a dar un paso atrás están equivocados", " los juzgados y tribunales no están obligados a aplicar este Decreto-Ley si el mismo, como es, vulnera la Normativa comunitaria que dice estar aplicando", "denunciaremos el Decreto-Ley ante las instancias europeas para que actúen contra nuestro gobierno""]
- [21/07/2021] Convalidado el REAL DECRETO-LEY de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 con el compromiso de modificaciones por proyecto de ley urgente de posibilidad de oposición no eliminataroia y concursos de méritos para personal +10a en mismoi puesto
19 comentarios:
Que partido-sindicatos-juces no trilen con sus maniobras e invocaciones a Constitución... Aquí nos es el conflicto de acceso a la función pública es UNA CUESTIÓN DE REPARACIÓN DE DAÑO POR PARTE DE LAS AAPP (bueno, de los políticos de turno que han ido rotando- los tres Sindicatos de siempre - jueces y magistrados sastres a medida ello
Como ya es sabido lo inasumible por el Estado de las cantidades de indemnización y despido....Como no va a colar ni colará crear un fondo de contingencia o compensay para pagar pírricas indemnización; con la obligación legal de reparar el daño en toda su extensión posible, y esta posibilidad aparece con la CONSOLIDACIÓN EM LA PLAZA (al igual que la legislación laboral privada) ya que la Administración no va a cerrar y disolverse....ya están tardando Uds. en presentar a l@s afectad@s la firma de su FIJEZA y ahorrarse millones de euros en indemnizaciones y escaparse sin responder por la mayor Estafa cometida en este País.
Al de las 12:15, no sé con qué intención lo dices, pero igual intentas confundir al que no está bien informado, como si fueras un Troll. La fijeza es la sanción a la administración por abuso contra nosotras y ka indemnización es por reparación del daño sufrido, lo único que se pueden ahorrar los que vayan a incurrir en prevaricación; es su responsabilidad civil patrimonial si resultan condenados por prevaricar, simplemente no prevaricando y sacando nuestras puestos de trabajo de las OPES y emitiendo resoluciones concediéndole FIJEZA.
16:45... Buen gazpacho.
Cuando se tengan la humildad de recavar la información legal en lugar de descalificar a los que dicen lo que no nos gusta oír y va contra las ilusas ideas de hacerse con pasta-plazs-pasta y más pasta lo mismo se verá el fin de esta pesadilla no sin antes seguir reclamando y denunciando.
17:35 tienes razón, el lunes llamó a Arauz para que retire mi demanda; cuánto antes retiremos todas nuestras demandas antes nos darán la FIJEZA.
AVISO A NAVEGANTES: cuidado con este tipo de comentarios como los anteriores de este Troll, cada cuál que sepa discernir, aquí ya se acabó la pedagogía.
¿Dónde pone que se retiren las demandas?
Yo demandé hace año y medio.
En fin en los próximos tres meses se irá desvelando el tema ...y los sueños de riqueza de más de un@
A mí lo que más gracia me hace lo de las condenas por prevaricación!!!
Parece mentira que no sepáis dónde vivís...
Ya solo les falta salir gritando "Habrás corpus" "Habrás corpus"
El TS protege a los prevaricadores, pero puede dejar de hacerlo... la vida da muchas vueltas. Que lo mediten antes de prevaricar, aunque no creo que el intelecto les dé para ello; suelen ser los tontos útiles al modo de los Trolls que malmeten por aquí.
https://www.ifomo.es/articulo/cantabria/cantabria-uso-manifiestan-santander-protesta-interinos-fraude-ley/20210814142914198826.html
https://blogs.laopiniondemurcia.es/miguel-hernandez/2021/08/07/temporales-mucho-mas-que-un-problema-de-fijeza
¿De dónde sacarán el dinero para las indemnizaciones?:
https://www.elconfidencialdigital.com/articulo/politica/vuelven-espana-hombres-negro-bruselas-controlar-reparto-fondos-europeos/20210812124439268342.html
FIJO A EXTINGUIR CUMPLE LA DIRECTIVA, ES CONSTITUCIONAL Y ESTA PREVISTO EN EL ART. 83 DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO
Me parto con el de las prevaricaciones e indemnizaciones millonarias...que se habrá metido? Su abogado debe de flipar cuando se lo comenté...
Aunque se hallan reestablecido las relaciones con Marruecos y las élites de nuestro País sean de carácter esclavista NO VA A HABER INDEFINIDO NO FIJO, para mayor gloria de Jueces-Magistrados y sindicalistas.
CONSOLIDACIÓN Y FIJEZA POR PROCESOS SELECTIVOS "ESPECIALES"
Aquí manda (paga) Europa, así que ya no les merece a much@s seguir salibando posaderas de aquell@s que fueron... pero si va en la condición 🙄
Al troll 22:02 Pues,puede ser que os partan otra cosa de las partes baja-trasera en Europa.
Por más que se cierre el círculo sindipolicojudicial en ESPAÑISTAN y queráis enmascarar de legalidad, lo que es una violación y abuso de derechos durante muchos años,pero este partido no se en ESPAÑISTAN si no en Europa. A final PAGAREIS no te quepa duda.
!!LOS DELINCUENTES VIOLADORES SOIS VOSOTROS, NOSOTROS SOMOS VÍCTIMAS!!!!
Es una pena que un blog tan bueno tenga una pléyade de comentaristas tan mediocres, mezquinos y poco ilustrados, muchas veces o casi todas las veces se me asemejan a políticos.
Que pesao el de las prevaricaciones. Su abogado debería ganar el doble de lo que gana por tener que aguantarlo con cara de poker
Prevaricadores de la pradera!!! Te das kuen??!!
Los prevaricadores pendeis de un hilo; el de la justicia de Españistán que ahora os es favorable, pero pueden cambiar de criterio y hacer un buen escarmiento con algún prevaricador; yo no sería tan valiente de prevaricar sin ton ni son.
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