martes, 21 de septiembre de 2021

Ampliado el plazo, por tercera vez, hasta el 29 de Septiembre para la presentación de enmiendas parciales en la tramitación en el Congreso de la modificación , como Proyecto de Ley por procedimiento de urgencia, del Real Decreto-Ley 14/2021 de medidas para la reducción de la temporalida pública que comprometió el Gobierno para introducir nuevas posibilidades a cambio de su convalidación

 Acaba de publicarse en la web del Congreso una nueva ampliación , la tercera,del plazo de presentación de enmiendas parciales  ("al articulado")  en el "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" (nº de iniciativa  121/000063), proyecto de ley  de modificación  del famoso  Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio del mismo asunto , que había sido aprobado por el Gobierno en esa fecha, publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , entrado  en vigor desde el 8 de Julio  y finalmente convalidado por el Congreso en su  sesión de debate del pasado 21 de Julio que tratamos ampliamente en una entrada aquí, y cuya transcripción íntegra fue publicada en el la página 40 del Diario de Sesiones de Sesiones del Congreso de los Diputados Núm.117 de 21/07/2021. El acuerdo publicado en el BOCG  vino acompañado del texto de partida de este Proyecto de Ley, texto que es, naturalmente, el del Real-Decreto Ley publicado del que "procede", y que, hay que señalar sigue en vigor en todos sus términos al haber sido convalidado.

Inicialmente se declaró, siguiendo el procedimiento con tramitación de "urgencia" abierto "un plazo de ocho días hábiles, que expiraba el día 9 de septiembre de 2021, en el que los Sres. Diputados y los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas". El plazo inicial era la mitad del habitual para este paso en la tramitación de un Proyecto de Ley, por ser procedimiento de urgencia, si bien es posible su ampliación mediante prórrogas si un grupo lo solicitad y lo acuerda la Mesa del Congreso. Así ya se amplió una primera vez  el plazo para las enmiendas parciales hasta el 15 de Septiembre, una segunda hasta el 22 y ahora se ha ampliado el plazo hasta el 29 de Septiembre de 2021. El plazo para las enmiendas a la totalidad ya finalizó con el plazo inicial, habiendo presentado la CUP una proponiendo la fijeza administrativamente al temporal más de 3 años que, precisamente, se debate este jueves en el Pleno del Congreso.


Recordemos que el Gobierno del Estado había aprobado esa medida dereducción de la temporalidad en el empleo público tras el acuerdo con los principales sindicatos de la Función Pública y que por él se pretende -además de modificar la normativa para evitar el abuso de temporalidad para los nuevos nombramientos temporales-  un último proceso extraordinario de "estabilización de plazas" con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en las Ofertas Públicas de empleo para  procesos de estabilización de las leyes estatales  de 2017 y 2018 y que las convocatorias de plazas de procesos de estabilización sean, en general salvo excepciones de normativa propia específica, bajo la modalidad de un concurso-oposición con indemnización al cese de 20 días por año y tope de 12 mensualidades,  sin afectar en sus términos ya previstos a las convocatorias de  procesos con plazas de estabilización que ya estuvieran publicadas a fecha de 08/07/2021.

El Decreto-Ley había tenido desde la firma del acuerdo con los sindicatos un fuerte rechazo por parte de las plataformas de temporales afectado y el socio de Gobierno Unidas Podemos pidió modificaciones a este proceso de estabilización del Real Decreto-Ley, diciendo que  sin renunciar a la fijeza, "lo mínimo" es que la oposición no sea eliminatorias y pueda utilizarse la mejor nota en cualquier proceso anterior

En la sesión del Congreso, la Ministra de Función Pública anunció que se había alcanzado un acuerdo [para su voto favorable con ERC y Unidas Podemos fundamentalmente, y con otros PNV y Más País para su abstención] para continuarlo como proyecto de ley por la vía urgente,  para incluir tras una supuesta modificación por este proyecto que la fase de oposición  de los estos procesos no convocados con plazas de estabilización pueda no ser eliminatoria y que pueda utilizarse por las AAPP el sistema de concurso puro de méritos para plazas de funcionarios interinos de más de 10 años que no estén ya incluidas en procesos ya convocados [para las plazas de personal laboral, el artículo 61.7 del Estatuto Básico del Empleado Públicoya contempla la posibilidad del concurso de méritos en general, pero que , por ahora, no están utilizando las grandes AAPP].

El Gobierno parecía tener especial "urgencia" en tener en Julio una norma aprobada en vigor de reducción de temporalidad pública, como es el RDL en vigor, porque así lo habría comprometido como parte del Plan de reformas presentadas para poder optar a los primeros fondos del Plan de recuperación de la Unión Europea.

El decreto , tras este "compromiso", se convalidó por sólo un voto de diferencia y sigue en vigor . Se aprobó , en cambio por mayoría abrumadora la tramitación como proyecto de ley por procedimiento de urgencia, algo que es habitual -y en principio, lógico- en normas de rango legal que comienzan con un Real Decreto-Ley del Gobierno -supuestamente utilizable por el Gobierno sólo por razones de urgencia-. En principio, un proyecto de ley por este procedimiento de urgencia -que por el reglamento del Congreso obliga a reducir los plazos del procedimiento ordinario a la mitad- puede llegar a aprobarse incluso en un plazo de dos meses tras el inicio de su tramitación, pero existe la posibilidad de aprobación de "prórrogas" que postergue su debate hasta incluso dejarlo "morir" con el fin de la legislatura en curso, situación que está siendo, de hecho, lo habitual con estos Proyectos de Ley urgentes derivados de Real Decretos-Ley supuestamente también urgentes.

Hay que señalar que, días después de esta convalidación del Decreto con anuncio de su inmediata modificación, la  Comisión Europea informó del curso  del procedimiento de  denuncia múltiple  que mantiene abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles con un procedimiento de infracción vinculado, diciendo que ha visto este Real Decreto-Ley aprobado y que se tramitará un proyecto de ley para modificarlo, y avisando que "vigilará" que su modificación respeta la jurisprudencia (sentencias y autos) del tribunal europeo. Una posible vinculación de esta "vigilancia" de la parte de la Comisión  Europea encargada de tramitar esa denuncia con la parte encargada del cumplimiento del plan de reformas y entrega de los fondos, podría resultar trascendente para la futura evolución de las modificaciones, en especial, si se señalara que para poder recibir más fondos , reducción de temporalidad tiene que venir con medidas acordes a la jurisprudencia europea, que entre dichas medidas acordes no está ofertas a convocatorias libres de futuro incierto el puesto del temporal sin una indemnización efectiva y que no debe incurrirse en costes presupuestarios innecesarios.  


Por este motivo, varias plataformas o agrupaciones de temporales mantienen iniciativas de denuncia masiva ante la Unión Europea como :


Recordemos ,más en detalle, lo que contempla ese Decreto-Ley en VIGOR, y que es lo que contemplaba el acuerdo sindical:
  •  para evitar el abuso de temporalidad a futuro en el empleo público, se introduce, mediante una reforma del artículo 10 del EBEP, un límite de 3 años a la convocatoria en proceso selectovo de la interinidad de vacante, si se incumple "penalizando" a la AAPP con la pérdida de la plaza durante un año y el cese del interino, indemnizado en 20 días por año de servicio con tope de 12 mensualidades , es decir, justo la indemnización actual que se concede a los "laborales indefinidos no fijos" que cesados la demanden
  • para la enorme bolsa de abuso de temporalidad actual que sigue habiendo -pese a ser en su mayoría de muy larga duración y pese a las sentencias y autos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, como la famosa sentencia de 19/03/2020 -de asunto principal el de un informático nuestro y que ha desencadenado la reacción del Gobierno mediante estas iniciativas legislativas- o el reciente auto del TJUE de 02/06/2021, que establecen que es una situación de abuso que requiere una sanción para la que no valen ni procesos selectivos ni indemnizaciones al cese como la del indefinido no fijo- realizar en cada AAPP un último proceso selectivo libre extraordinario denominados de  "estabilización"  
    • con los puestos de los temporales más de 3 años a 31/12/2020 que no estén ya incluidos en los procesos de estabilización anteriores derivados de los acuerdos de 2017 y 2018,  que en el acuerdo se cifra en 300 mil plazas, contemplando ahora una  indemnización de 20 días por año con tope de 12 mensualidades al temporal  que teniendo su puesto en dicho proceso se presente y no lo supere, siendo cesado por tanto
    • la OPE de  este último proceso de estabilización  en cada AAPP deberá publicarse antes de 31/12/2021, 
    • la convocatoria del proceso selectivo en sí derivado de esa OPE antes  de 31/12/2022 y la resolución final del proceso deberá estar antes de fin de 2024 , debiendo situarse la tasa de temporalidad por debajo del 8%
    • siendo  el sistema selectivo un concurso-oposición (salvo para el personal investigador en los casos como hasta ahora y "sin perjuicio de lo establecido en su caso en la normativa propia de función pública de cada AAPP o la normativa específica")
    • con oposición eliminatoria  
    • con un peso de la fase de concurso de méritos del 40%,
    •  siendo los méritos "mayoritariamente" por la antigüedad "en el cuerpo o escala o categoría o equivalente" (OJO no dice "puesto en la misma AAPP")
    • habrá una na  indemnización de 20 días por año de servicio con tope de 12 mensualidades al temporal  que teniendo su puesto en dicho proceso se presente y no lo supere, siendo cesado por tanto (en el caso del laboral será la diferencia con la indemnización ya contemplada en algunos tipos de contrato por su extinción de tal forma que el total sea la misma de 20 días...)
  • se explicita en la Disposición transitoria 1ª qué pasa con las convocatorias derivadas de  OPEs de estabilización actuales que ya estén publicadas: deben seguir ejecutándose como  están . OJO NO se indica explícitamente el derecho de indemnización al cese para personal temporal que cese por estas OPEs de estabilización (ni para el de más de 3 años con su plaza fuera computada por tasa de estabilización, ni para el de más de 3 años en general ni para ninguno, con lo que a falta de regulación muy probablemente las AAPP entiendan en que los procesos selectivos ya convocados no se indemniza el cese en ningún caso, ni siquiera en los procesos selectivos con plazas de estabilización para el personal que tuviera más de 3 años de temporalidad)
  • ¿qué pasa con las convocatorias derivadas de las OPEs de estabilización actuales de las leyes de 207 y 2018 que dichas convocatorias estén pendientes de publicar? ¿debe suponerse que les debe ya pasar lo mismo que con las convocatorias que se deriven de esa última OPE extraordinaria de estabilización que regula el Decreto-Ley en su artículo 2 y por tanto, su fecha máxima de publicación de la convocatoria del proceso selectivo pasa a ser antes de 31/12/2022 y con la imposición ya de realizarse igualmente con el sistema de concurso-oposición y un máximo peso de la fase de concurso del 40%?
  • habilita un plazo de un año para que la normativa específica del personal estatutario y equivalente de los servicios de salud y el personal docente se "adapte" a la  parte de reforma del EBEP contenida en este decreto para evitar y "sancionar" a futuro el abuso de temporalidad [pero desde mañana también estará en vigor para este personal todo lo aprobado sobre la  temporalidad actual, y en especial, las nuevas normas de publicación de una última OPE d eestabilización y nuevas reglas para las convocatorias de estabilización pendientes- que YA  entra en vigor PARA TODOS LOS SECTORES]

En cuanto a los detalle del procedimiento de Proyecto de Ley  ahora iniciado, hay dos tipos de enmienda que pueden presentar los grupos en este plazo -siempre sobre el texto que se publicó en el BOE del Real-Decreto Ley, y que sirva de texto base a enmendar, en su caso, ahora parcial o completamente  - fue finaliza el 9 de Septiembre: de "Totalidad" con una propuesta de texto alternativo íntegro del que partir, y al "Articulado o parciales" ya de supresión, modificación o adición de algún artículo o varios.

El paso siguiente , en caso de presentarse enmiendas de totalidad,  es el DEBATE DE TOTALIDAD, que en caso de que en él se rechace el texto original por un texto alternativo provocaría, nuevo plazo de enmiendas parciales, ya sobre el nuevo texto.

Tras el plazo de enmiendas -o el debate de totalidad, si lo hubiera- se abre un plazo de 15 días (8 en procedimiento de urgencia) para que la Comisión  redacte la PONENCIA o informe sobre las enmiendas, que se lleva al DEBATE EN COMISIÓN  y con el texto posiblemente modificado por las enmiendas aceptadas en este debate, tiene lugar normalmente después el DEBATE EN PLENO del Congreso, si bien este paso se puede y se ha decidido suprimir, pasando después el texto posiblemente modificado al Senado, que puede introducir más enmiendas o incluso vetarlo , devolviéndolo al Congreso en esos casos, o simplemente aprobarlo en su estado para pasar ya a su publicación como normal legal en vigor.

Por término medio, un proyecto de ley tarda 5 meses y por el procedimiento de urgencia puede llegar a tardar 2 meses, mínimo unos 45 días, pero está siendo "habitual" que los proyectos de ley procedentes de Reales Decreto-Ley por exigencia del Congreso luego se vean prorrogados en su tramitación indefinidamente.

39 comentarios:

Anónimo dijo...

Si les cortan los fondos lo resuelven de urgencia pero de la de verdad.

Anónimo dijo...

Estamos, estamos, reunidos, reunidos,

... "Estamos... estamos trabajando en ello", ya mañana si eso nos ponemos...

Anónimo dijo...

PRORROGAS del improrrogable plazo de 3 años de las OPES.
PRORROGAS del plazo de 30 días CERRADO EN LA CONSTITUCIÓN para el Real Decreto ley.
Todo para no trasponer un Directiva ni cerrar el flujo de subvenciones a los sindicatos gestores de las Academias, QUE VERGUENZA. QUE IMPOTENCIA, QUE DESAMPARO, QUE CORRUPCIÓN.

Anónimo dijo...

Que prorroguen de igual manera las OPEs! Que vergüenza. Y luego nos piden mérito y capacidad los que carecen de lo uno y de lo otro...

Anónimo dijo...

Entre la tradición (más de 30 años sacando dinero por la puerta de atrás) y la devoción (camada de chorizos TODOS) es difícil despedirse de "las costumbres".

Además todavía están corre que te corre a reordenar el poyo de plazas cubiertas - no cubiertas y medio pensionistas, devolver a jefes ficticios, jefecillos y lameculos a sus puestos de origen, ver cómo y qué hacen con "l@s suyos" , tapar un poco el desastre y sobre todo ....a ver si se trinca "el cacho" del mes de septiembre y si es posible el de octubre.

Pepe dijo...

Asco de gente!! Y todavía no veis qué está pasando? Hoy mismo, el PSOE en Navarra convoca oposiciones libres!!!

https://bon.navarra.es/es/anuncio/-/texto/2021/223/0

Anónimo dijo...

Dónde está Europa?. Ni está ni se la espera. Esto es una vergüenza. España lleva 20 años sin cumplir una Directiva europea, y no pasa absolutamente nada. Los eurodiputados hacen bien su trabajo?. La justicia funciona?. En fin

Anónimo dijo...

Eso que ni se le espera a Europa.... para ti. Yo ya he puesto mi demandita (doble demanda España-Europa) también con Navas a nivel europeo y veremos lo que pasa. Si pasan nuestros queridos eurodiputados de nosotros mejor ya que iremos al TJUE donde nos darán la razón SÍ o SÍ.

Anónimo dijo...

Qué huevos tienen!!! Y luego dicen que de las medidas que aprueben (si es que algún día aprueban algo) no se podrán beneficiar los que tienen las plazas convocadas, pero mientras tanto siguen convocando... Gentuza!!!

Anónimo dijo...

Llevamos 2 años desde que salió la sentencia europea. ¿Dónde está Europa? De qué me vale que me den la razón cuando tenga 100 años y esté en el otro barrio... Y mientras, por unos y por otros OPEs a saco y somos los interinos los que seguimos pagando el pato. Totalmente decepcionado con España y con Europa. Todos iguales

Anónimo dijo...

Europa ha tenido 20 años para reclamar a España que cumpla la Directiva. No ha hecho ni caso. Estamos completamente desamparados. Al final la mayoría, con demanda y sin demanda, acabaremos en casa. Esto es una vergüenza. Y de la justicia, ni hablamos

Anónimo dijo...

ESPAÑA 0 VS EUROPA 0
TDA LA MISMA MIERDA, 10:28 exacto , y el TIEMPO ?
Pateticos.

Anónimo dijo...

Tenéis razón, y los abogados nos Dan esperanzas en el TJUE

Anónimo dijo...

Troll toma la medicación contra la hiperactividad con un cuenco de gambas que hoy estás muy atacado.

Anónimo dijo...

Prorrogas y más prorrogas, quieren ganar tiempo para echarnos. Es una Vergüenza. Si quisieran en 5 minutos, estaba arreglado el asunto. Nos están torturando, con ésta lenta agonía. Para al final sacar nuestras plazas y echarnos. Y la justicia está de su parte

Anónimo dijo...

Buaaaahhhhh, buaaaahhhhhh... que no nos quiere nadieeeee... buaaaahhhh... que todos están en nuestra contraaaaaaa... buaaaahhhhhh buaaaaahhhhh.

Menos lloriqueos de florecilla y más luchar, demandar, salir a la calle y lo que haga falta!!! Mientras os quedéis en casa haciéndoos las víctimas y lloriqueando no vais a conseguir nada!!!

FIJEZA YA!!!

Reino de León dijo...

Claro que quieren eliminar a todos los posibles, y dado que habremos demandado un diez por ciento, lo tendrán muy fácil para meter a sus "cuñados".
El resto seguimos con la vía judicial, tanto en España como en Europa, y tener bien presente que antes o después tendrán que cumplir la ley.
Si la Comisión Europea los pone firmes cómo se espera que termine haciendo, tener presente también que los trileros nacionales tratarán de dejar fuera al máximo posible, los que queden fuera, pues a seguir peleando en el juzgado hasta que se reconozcan sus derechos.
Estamos en Europa no lo olvidéis, pero somos lo más atrasado y corrupto junto con Hungría, Polonia y Lituania, así que no queda otra que luchar, y menos lamentar, véase el ejemplo de los de las hipotecas.
Mucha fuerza y ni puto caso al multi-troll, están rabiados es lógico.

Anónimo dijo...

Saldremos al calle para tomar una cerveza, para protestar y hacer huelga, eso es imposible en este país...

Y mientras los políticos como pez en agua, y los sindicatos al gambeo

Anónimo dijo...

Tanta ampliación, tanta ampliación para al final no hacer NADA, COMO SIEMPRE

Anónimo dijo...

Las Directivas Europeas en España son papel mojado. España las incumple y no pasa nada.las oposici ones libres con nuestras plazas salen cada dia y nadie las para. Y nosotros mientras esperando y esperando. Y nunca pasa nada a nuestro favor. Q vergüenza! !

Anónimo dijo...

Ellos tienen al TS y al Constitucional. Nosotros a troll-demandas y a interino-gruñon, que prediccion que hacen, predicción que se cumple

Anónimo dijo...

No te esfuerces 15.56, sabemos que el troll eres tú.

Anónimo dijo...

El tiempo pasa y cada vez más j*******. El ayuntamiento de mi ciudad (Zaragoza) acaba de pisar el acelerador y ha publicado tribunales y listas de admitidos de 31 procesos, nada más y nada menos.

Los primeros ceses de gente que lleva unos 25 años de servicio fechados para el 5 de octubre. Hay interpuestas unas 400 demandas...les da todo absolutamente igual.

Los exámenes complicados a más no poder, no estabiliza ni Blas, todo es un despropósito y un sinsentido (Y no, no soy ningún troll y sí, sí he puesto la demanda hace ya días)

Anónimo dijo...

Buf! Este país es para salir corriendo...

De todas formas, y siendo un poco autocríticos, me parece que deberíamos luchar mucho más de lo que estamos luchando!! Pero lucha real, no la de Twitter o redes sociales!!!

Anónimo dijo...

Parece ser que en este grupo decir la verdad esta reñido con la interposición de la demanda. Me encantaría que alguien me dijera si hay algún interino o interina que haya conseguido la fijeza y no se haya recurrido. Yo soy prodemanda, promanifestacion, prohuelga... Pero a los hechos me remito y lamentablemente, Europa no hace nada y lo único que está haciendo España es convocar oposiciones. Creo que tenemos que parar esto YA. Porque esta visto que la justicia es lenta y los políticos nos dan largas. Yo creo que tenemos que parar los servicios públicos indefinidamente y hacer visible nuestro trabajo con un huelga. Como lamentablemente ocurre con Canarias, aquí el volcan no termina de activarse y como no hagamos ver a la gente la lava desde cerca y ver lo que le afecta (porque no pueden atender a sus hijos en urgencias, en el cole o un necesitado no va a cobrar ese mes la ayuda social, no hay clases por huelga de profesores), me temo que nuestros políticos van a ganar tiempo e interinos se van a ir a la calle mientras tanto. A largo plazo la demanda está muy bien, y las manifestaciones tampoco son en valde, pero creo que tenemos que ponernos más que serios y parar ya si queremos permanecer en nuestros puestos de trabajo.

Anónimo dijo...

Ahora saldrá troll-demandas a decirle al de Zaragoza que el tribunal de derechos humanos de la UE lo solucionará todo de aquí a 10 años

Anónimo dijo...

17.24 tu sindicato comegambas seguro que no será quien lo solucione salvo el cupo de los que coloque.
No tienes otro sitio para ir a cagar el marisco? Es que ya aburres.

Anónimo dijo...

De acuerdo con 17:24. El haber puesto la demanda no quita que seamos conscientes que la situación es tremendamente complicada para nuestros intereses. Estamos perdiendo la inmensa mayoría de las demandas, pero hay que intentarlo( todos nos podemos permitir invertir 2000 euros a favor de nuestros intereses), pero es verdad que lamentablemente el colectivo de interinoss se moviliza poco o nada. Una huelga indefinida de médicos/enfermeras interinos si lograría algo, pero esto es una utopía

Anónimo dijo...

https://cnt.gal/o-supremo-ratifica-a-improcedencia-dos-despedimentos-do-persoal-en-fraude-de-lei/

Anónimo dijo...

El megatroll se responde a si mismo, no sé a quién pretendes engañar, el que no demande no tiene nada, en caso de conseguir "algo" con buen abogado y a largo plazo. Y pretendes que nos ausentemos del puesto de trabajo para incurrir en causa de cese.

Anónimo dijo...

Vaya nivel... Desde cuándo la huelga es causa de cese????? Tela marinera

Anónimo dijo...

Lo de CNT, indefinido no fijo más la indemnización al cese. El TS sigue a lo suyo, entiendo

Anónimo dijo...

la huelga es un derecho de los trabajadores, otra cosa es ejercitar correctamente a los ojos de tu admon. empleadora ese derecho.

Anónimo dijo...

Los interinos ejercitamos nuestros derechos correctamente, como tiene que ser. Y para eso están los servicios mínimos también. Así que de cesar a alguien por ir a la huelga, nada de nada..Triste realidad: nos cuesta ir a la huelga dios y ayuda, y es la mejor arma, como se ha visto en Canarias. Arma que no utilizamos

Anónimo dijo...

Es un arma valiosísima, si se hace bien, pero como medida de presión en una negociación con la patronal por parte de un sindicato de clase obrera. Si tu tienes algo que ver con los gamberos, la teoría te la conoces mucho mejor que yo, que te voy a contar. Por otra parte si solo un 10% aprox. de los ttp's en abuso han iniciado un proceso demandando FIJEZA, esa supuesta huelga "fantasma" contaría con muy poco respaldo. Solo podemos pelear individualmente para conseguir una prejudicial que lleve nuestro nombre, mientras el TS no acate el derecho de la Unión Europea. Porque si vamos al TS para que nos inadmitan el recurso, es tontería.

Anónimo dijo...

Entonces hay que conseguir 80.000 prejudiciales?

Anónimo dijo...

Al de 19:03, sobre lo de la CNT, veo que sabes leer pero tienes dificultad en entender lo que lees, te lo pongo más fácil
https://mobile.twitter.com/asociatem1
No te preocupes por lo de procesar lo que se lee a muchos le pasa lo mismo. Por tu comentario una noticia extraordinaria pasa a ser una minucia.

Anónimo dijo...

Se entiende perfectamente. El TS aplica su doctrina: los trabajadores de más de 3 años, al estar en abuso, los considera inf luego no pueden ser cesados hasta cobertura de su plaza vía ope. Los tiene que readmitir la Xunta, pero cuando termine la ope y se cubra la plaza, el que no apruebe a la calle con los 20 días de imdemnizacion. Te lo resumo, por si te cuesta leer: el TS está aplicando su doctrina: inf+ 20 días

Anónimo dijo...

El TS es malo. Nada bueno puede venir de él. A ver qué pasa en la sala del contencioso-administrativo, para los no laborales: meterán también los 20 días o ni eso?