'La Consejería de Sanidad quiere que sean los
propios profesionales sanitarios los que gestionen los centros de salud
que se van a externalizar, cuya propiedad seguirá perteneciendo al
sistema público. La convocatoria inicial incluye a cuatro centros y, en
función de los buenos resultados previstos, se extenderá a un máximo de
27 conforme se vayan constituyendo las sociedades profesionales.
Según el informe presentado al Consejo de Gobierno, el personal
sanitario que concurra a la concesión de un centro de salud deberá
asociarse en sociedades profesionales de acuerdo a la normativa estatal
y, al menos, la mitad más uno de los miembros de los órganos de
administración (el 51%) tiene que haber trabajado uno de los últimos
cinco años en la sanidad pública. De esta manera, serán los
profesionales sanitarios quienes tengan la última palabra en las
decisiones que se adopten en el centro de salud.
La gestión externalizada tendrá una vigencia de diez años, con
posibilidad de prórroga. Además, los centros de salud externalizados
contarán como mínimo con la misma cartera de servicios que ya ofrecen y
los mismos productos sanitarios y no sanitarios que tienen el resto de
los centros de salud de gestión directa de la región, ofreciéndoles la
posibilidad de adherirse a las compras centralizadas que se hagan en
ellos.
Se les ofrecerá la posibilidad, eso sí, de ampliar la cartera de
servicios siempre y cuando sean servicios referidos a la atención
primaria. La prestación de los servicios podrá incluir otros
complementarios que no se encuentren incluidos en la cartera de
servicios de la Comunidad de Madrid tales como podología, servicios
ampliado bucodental o de fisioterapia, aquí ya con las tarifas marcadas
por los Colegios correspondientes.
Una reivindicación histórica de los profesionales
El Servicio Madrileño de Salud pagará a cada sociedad profesional que
gestione un centro una cantidad fija por persona y año para cubrir la
atención de su población de referencia y una cantidad variable en
función del cumplimiento de objetivos. Los centros externalizados
tendrán, como mínimo, el horario que tenía el centro antes de su
adjudicación y utilizar los mismos sistemas de información.
La idea de la Comunidad de Madrid es introducir progresivamente, y en
diferentes fases, este cambio de modelo, que no supondrá ninguna
modificación para los pacientes en su relación diaria con los centros de
salud y así dar respuesta a una reivindicación histórica de los propios
profesionales de atención primaria en la que pedían hacerse partícipes
de la gestión de los centros.
Para que las sociedades de profesionales puedan acreditarse, deberán
remitir a la Dirección General de Ordenación e Inspección de la
Comunidad de Madrid el original y fotocopia de la escritura de
constitución y del contrato social; el documento que acredite la
contratación de la póliza de responsabilidad civil obligatoria que
establece la Ley de sociedades profesionales; la certificación que
expende el órgano competente del respectivo colegio profesional, y el
certificado colegial de los datos identificadores de los profesionales
que sean socios y de su habilitación.
Una vez que las sociedades profesionales han sido adjudicatarias de
uno de los centros de salud que se van a externalizar, tendrán que
firmar un contrato de gestión de servicio público con el Servicio
Madrileño de Salud por el que se garantizará la igualdad en el acceso a
la salud de todos los usuarios de la sanidad madrileña.'
Fuente: Comunidad de Madrid 21/03/2013
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