viernes, 16 de marzo de 2018

[FeSP UGT] 'UGT ratifica un Acuerdo que permitirá recuperar poder adquisitivo por primera vez desde 2009'. 'El proceso de estabilización se universaliza'

'La Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos (FeSP) de UGT ratifica en Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas el acuerdo Gobierno-sindicatos que establece las condiciones laborales de los empleados públicos para los próximos tres años.

El pacto asegura una subida del 6,1% fijo hasta 2020, que detiene la sangría de poder adquisitivo que los trabajadores de las administraciones públicas han sufrido durante la crisis. El acuerdo incluye fondos adicionales para distintos colectivos. El incremento salarial alcanzaría el 8,79% si se cumplen varias previsiones económicas como el crecimiento del PIB en 2019 y 2020 y el cumplimiento de déficit. En 2018 los empleados públicos percibirán un 1,75%, el siguiente año podrán llegar a percibir un 2,75% más en sus nóminas y en 2020 la subida salarial se podría situar en 3,85%. Al final del acuerdo, los empleados públicos tendrían una subida de 8,79% de salario.


Julio Lacuerda, secretario general de FeSP-UGT, ha señalado que "Los empleados y las empleadas públicas, como muchos otros colectivos, han sufrido la presión, la incertudumbre y la precariedad durante al menos los últimos ocho años. Desde UGT consideramos que en gran medida, el compromiso de los empleados públicos de nuestro país ha hecho posible mantener la calidad de nuestros servicios públicos en época de crisis y recortes. Este Acuerdo viene a reconocer este compromiso; repara y restituye lo sufrido en la crisis e inicia la senda de la recuperación de poder adquisitivo. Además obliga a los Gobiernos central, autonómicos y locales a negociar asuntos decisivos como jornada, incapacidad temporal, etc".

Restituir derechos: IT, Jornada y conciliación
Para UGT una de las virtudes del texto es la posibilidad de negociar en cada ámbito concreto para establecer las condiciones laborales de los empleados públicos en cuestiones como jornada laboral, Incapacidad Temporal y conciliación laboral.

En las CCAA y ámbitos de la Función pública se podrá acordar calendarios laborales que maticen y flexibilicen las 37 horas y media. Además los empleados públicos pueden acumular un 5% de su jornada anual -con carácter recuperable- para tareas de conciliación destinada al cuidado de familiares y el establecimiento de una jornada continua especial cuando se tienen a cargo a menores o discapacitados.

También se podrá volver a restituir el 100% de las retribuciones cuando se está en situación de incapacidad temporal. Para lograrlo el Acuerdo permite negociar en cada Administración un complemento retributivo sobre la prestación de la Seguridad Social en materia de IT, hasta alcanzar el 100% de las retribuciones que se perciben habitualmente, siempre que se justifique la ausencia mediante el correspondiente parte de baja o establecer catálogos de contingencias.

Empleo de calidad. Reducción de la temporalidad
El Acuerdo con el Gobierno posibilita crear nuevo empleo público y devuelve la capacidad de negociación y gestión a las administraciones autonómicas y locales. El proceso de estabilización -reducción de un 90% la temporalidad- se universaliza, al extenderse a todos colectivos y sectores de las Administraciones Públicas, así como a su sector público (agencias, organismos autónomos, etc.)

Las Administraciones Públicas que cumplan el objetivo de déficit, la regla de gasto y deuda pública podrán cubrir las bajas que se produzcan en todos los sectores, funciones y servicios, sean o no prioritarios. En estos casos, se podrá aprobar una tasa adicional de 8% sobre la tasa general en los sectores que se consideren necesario. Aquellas que no cumplan los requisitos, la tasa de reposición será del 100% en los sectores prioritarios como en Sanidad, Educación, Justicia, Servicios Sociales, atención a la ciudadanía, hasta un total de 20, y del 75% en el resto, un 25% más que el año anterior. Adicionalmente podrán fijar una tasa del 5% si lo necesitan.'


Resaltado en negrita cursiva nuestro

NOTA DEL EDITOR: El proceso de estabilización acordado es con los puestos del personal temporal de más de 3 años de antigüedad a 31/12/2017, en fraude de ley según la normativa vigente española y europea por tanto, (además de los puestos de los "indefinidos no fijos" por sentencia judicial), no estableciéndose en el acuerdo no establece que el proceso sea de consolidación por méritos.

Entradas relacionadas:



No hay comentarios: