jueves, 13 de marzo de 2025

[Recordatorio] 'La Comisaria europea de Empleo, Roxana Mînzatu, se reúne este jueves 13 con el Ministro español de Función Pública, Óscar López. Su dirección general de Empleo mantiene dos procedimiento de infracción contra España por los empleados públicos temporales'

 [Recordatorio de entrada publicada el 10/03/2025]

Según consta en la agenda de los comisarios de la Comisión Europea [ADDENDUM: y en la agenda del Gobierno español], este jueves 13 de Marzo [ADDENDUM: a las 11:30] Roxana Mînzatu, la nueva vicepresidenta y comisaria europea de Derechos Sociales, Capacidades, Trabajo de Calidad y Preparación recibirá en Bruselas al Ministro español de Transformación Digital y Función Pública, Óscar López.

Nótese que  Mînzatu es la comisaria  responsable de los procedimientos de denuncia múltiple y de infracción abiertos contra España sobre abuso de temporalidad en empleo público así como del procedimiento de infracción abierto sobre discriminación del empleado público temporal, mientras que Óscar López es el ministro español responsable de la normativa sobre los empleados públicos, y por tanto, es el receptor de la carta de Emplazamiento adicional a ESPAÑA  que envío  la Comisión Europea el pasado 3 de Octubre, instándole a que impida el abuso de temporalidad en el empleo público , afirmando que las nuevas normas nacionales, incluida la última ley de procesos de estabilización 20/2021-  "siguen sin abordar suficientemente los problemas detectados, en particular por lo que se refiere a la eficacia de las medidas sancionadoras" y dando un plazo a España de dos meses para presentar alegaciones.

La Comisión europea también  envió el pasado verano otra carta de emplazamiento por la discriminación de las condiciones de empleo de ciertos empleados públicos temporales.

Es de imaginar que este tema formará parte de la reunión o al menos asomará.

 

Recordemos que la Comisión Europea mantiene dos procedimientos de infracción desde hace años en relación al personal empleado público temporal o "interino":

  1. el procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224] en cuanto a discriminación con los fijos incumplimiento la cláusula 4ª de la Directiva Europea de empleo temporal [1999/70/CE], que es procedimiento "en el que la Comisión Europea  decidió  este verano enviar una 2ª carta de emplazamiento adicional" donde le "pide al Gobierno una solución en dos meses",

  2. y el procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] , por el que el 03/10/2024 envió una carta de emplazamiento complementaria,  sobre el incumplimiento de la cláusula 5ª  de la misma directiva por el abuso de temporalidad , tras la denuncia múltiple de empleados públicos españoles , también abierta, como CHAP(2013)01917, y por el que el Gobierno aprobó en  la Ley 20/2021, tanto medidas a futuro como unos procesos de estabilización, que las recientes sentencias europeas han dictaminado que no valen como sanción al abuso de temporalidad ya cometido por las AAPP de forma masiva

La Coordinadora Estatal de Trabajadores Públicos Temporales presentó ante la Comisión Europea un informe para este  Procedimiento de infracción contra España sobre abuso de temporalidad en empleo público que desmonta las tesis  del Estado español sobre la temporalidad ilícita de Empleados Públicos, solicitando el paso a Dictamen Motivado del procedimiento.  
 
Recordemos que el Ministerio de Función Pública vende como un éxito suficiente los 300 mil puestos temporales de larga duración "estabilizados" por cualquier proceso de estabilización , incluyendo los procesos con oposición sin indemnización de las leyes de 2017 y 2018 de Montoro, mientras que los datos estadísticos permiten deducir una cifra superior a 800 mil empleados públicos en abuso de temporalidad, que al menos medio millón ya sólo en las CCAA no han obtenido fijeza por procesos por méritos de la nueva ley 20/2021  (por no incluir suficientes plazas o por el baremo elegido) mientras que  el Tribunal de Justicia de la UE sentenció el 13/06/2024 que no valen como sanción al abuso de temporalidad los citados procesos de estabilización, incluidos lo de la ley 20/2021.
 
 

Recordemos por último los pasos de un procedimiento de infracción de la Unión Europea, que pueden conducir a importantes sanciones millonarias:

0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado  o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción


1. "Carta de emplazamiento" al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal de infracción. En teoría, en dos meses debe haber observaciones . Es éste el estado en el que se encuentra el procedimiento de infracción INF(2014)4334

2. "Dictamen motivado"    , si no hay respuesta o no es satifactoria. Plazo de dos meses para que el Estado se ajuste al cumplimiento del Derecho de la UE señalado. Puede haber complementarias

3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea", si no hay respuesta o no es satisfactoria, habitualmente con petición de la Comisión al Tribunal que imponga el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva.

4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la legislación lo antes posible

5. El asunto vuelve a remitirse al Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento estime la Comisión con nuevas propuestas de multas

Nótese por otro lado que la  Sala de lo Contencioso ha decididoLa Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo mantener su doctrina de no conceder ninguna sanción ante el abuso de temporalidad del funcionario interino al no existir ninguna ley nacional que la recoja-

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15 comentarios:

Anónimo dijo...

Buenos días, me ha llegado por redes que la Comisión ha impuesto que haya una indemnización a los empleados públicos en abuso de temporalidad de 1 año de sueldo cada 10 trabajados, con un tope de 24 mensualidades , sanción al abuso sin esperar al cese. ¿Sabéis algo?

Gracias!

Anónimo dijo...

Eso es en Italia!!

Y ha sido su Gobierno, eso sí, "acorralado" por la Comisión Europea por un procedimiento de infracción largo que data de la sentencia de lTribunal de Justicia de la UE Mascolo de Noviembre de 2014

La sentencia equivalente para los empleados públicos españoles es Sánchez Ruiz de Marzo de 2020, así que echa cuentas ...


Anónimo dijo...

Para 2031. Bien, no?

Anónimo dijo...

Bueno, el caso italiano ha ido lento pero por pasos , incrementales, similares en tiempo al caso español por ahora, pero con medidas más cercanas a una solución válida europea de primeras que en el caso español

Ése fue el caso de los procedimientos de estabilización, restringidos y sólo por antigüedad, de 2015 para docentes no universitarios (Mascolo era docente) y el de estabilización de 2017 para una amplia serie de empleados públicos.

La sanción económica la dejaron corta entonces -en Italia, algo muy relevante, porque los jueces sí la aplican a los empleados en abuso aunque su nombramiento de inicio fuera de antes; en Espaa está por ver-

Y es lo que por fin ya se cierra.

Bueno, queda acotar la temporalidad futura en unos casos muy especiales, pero ése es otro tema.

Si aquí se hubiera seguido lo de Italia ya habríamos tenido procesos restringidos (al temporal de más de 3 años) de estabilización por antigüedad, una sanción en ley genérica de 20 día spor año con tope de 14 meses además de una por daños que concederían siempre la justicia (ahora ni hay ley para los abusados con nombramiento antes del RDL 14/2021 ni el Contencioso da ni sanción genérica ni daños acreditados)

Anónimo dijo...

Creo que en españa el tema de la cantiddad de millon de interinos...ha frenado la aplicacion de cualquier via de resarcimiento...hasta que no baje de sus numeros...a saber cual seran...aqui no aplicaran ninguna medida hasta que no prescriban los derechos de los abusados o se hayan recolocado con los procesos selectivos y les cuadre...

Anónimo dijo...

Hay tarea, no solo hay que sancionar y reparar los abusos en la temporalidad cometidos por y en las Administraciones Publicas españolas sino todos los abusos que de éste, por no ser inspeccionado, perseguido ni sancionado, hayan podido derivar.

Espero que respondan solidariamente los tres poderes mas las OOSS de su inacción o actuación irresponsable y delictiva que provocaron daños de imposible reparación, que en ningún caso teníamos el deber de soportar.

Anónimo dijo...

Dónde se trasmite la reunión del ministro con la comisaria?

Gracias

Anónimo dijo...

RakutenTv

Anónimo dijo...

12:21 en el canal 69 de Netflix

Anónimo dijo...

Alguien piensa que nos puede sorprender D. Óscar, YO ROBOT ??

Anónimo dijo...

A 12:21, se retransmite este mismo jueves 13 de marzo a partir de las 23.10 horas en La 2 y en el Canal 24 horas de TVE

Anónimo dijo...

Es un político, no se va a salir del argumentario sectario que le da su partido

Anónimo dijo...

Gracias. A ver qué le dice éste ahora.

Anónimo dijo...

ya se sabe cuánto han mentido hoy?

Anónimo dijo...

Todavía siguen ... la han llevado a una marisquería por Bruxelas ;)