lunes, 16 de febrero de 2026

[Nicolás Alonso] ' Una sentencia firme reconoce una indemnización por abuso de temporalidad tras el cese de un empleado público que había aprobado el proceso de estabilización'

 'La cuestión del abuso de la contratación temporal en el empleo público ha sido uno de los grandes temas de discusión judicial de los últimos años, especialmente tras la entrada en vigor de la Ley 20/2021 y la generalización de los procesos extraordinarios de estabilización de los empleados públicos con contratos de interinidad por cobertura de vacante.

En los supuestos en los que el empleado público era cesado y no superaba uno de los procesos de estabilización, los tribunales han venido reconociendo el carácter fraudulento de los contratos de interinidad y, como consecuencia de ello, ha reconocido una indemnización amparada en la Ley 20/2021.

Sin embargo, los empleados que habían sido cesados y que habían ocupado un nuevo puesto tras haber superado un proceso de estabilización, no tenían amparo en la Ley 20/2021, y los tribunales han venido dando la razón a la Administración argumentando que no existía daño indemnizable cuando el empleado público había superado un proceso de estabilización y había obtenido una plaza fija, aunque hubiera pasado años encadenando contratos temporales o de interinidad por cobertura de vacante.


Este planteamiento acaba de recibir un cambio importante como consecuencia de la publicación de una Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 49 de Madrid en fecha 1 de diciembre de 2025, que reconoce una indemnización por abuso de temporalidad a un empleado público que había sido cesado y, al día siguiente, se había incorporado a un puesto fijo por haber superado un proceso de estabilización.



Se trata de uno de los primeros pronunciamientos firmes que afronta de forma directa esta situación y que puede marcar un punto de inflexión en futuras reclamaciones, pues la sentencia no ha sido recurrida por la AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL.


 

El supuesto enjuiciado: abuso, cese y estabilización



El caso analizado presenta una estructura muy frecuente en el empleo público:


[...] "

Fuente y texto completo: Comunicado del abogado Nicolás Alonso de 05_02/2026


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1 comentario:

Anónimo dijo...

No sabia de Usted, Nicolás Alonso, vaya por delante mi felicitación y decirle que es usted un Grande, Gracias