lunes, 4 de octubre de 2021

Recordatorio. El Consejero con la Función Pública de la C. de Madrid , Fernández-Lasquetty, responde a pregunta de Más Madrid, sobre qué van a hacer ante la reforma estatal en tramitación sobre la temporalidad de larga duración , que publicar todas las convocatorias pendientes [de procesos de estabilización entre ellas] porque esa reforma solo les afecta a futuro. Añade que no le "cuadra" hacer fijos sin opositar.

 [Recordatorio de entrada publicada el 20/09/2021] El pasado miércoles 15/09/2021 compareció en Comisión de la Asamblea de la Comunidad de Madrid el Consejero  de Economía, Hacienda y Empleo, y que tiene las competencias de Función Pública,  Javier Fernández-Lasquetty, para informar de las líneas generales de su departamento. 

En su exposición inicial no abordó el asunto, pero en su turno, el portavoz de Más Madrid, Eduardo Gutiérrez,  preguntó qué medidas  va a adoptar el Gobierno Regional  ante la situación de más de 60 mil empleados públicos temporales, muchísimos de ellos en situación de abuso de temporalidad, ante la reforma legal en marcha en el Congreso que abrirá vías para estabilizar al personal de larga duración.

Respondió el Consejero  que van a publicar las convocatorias pendientes, antes de fin de año las que corresponden,  afirmando que el Real Decreto-Ley era muy negativo (sin especificar en qué) aunque en todo caso ya solo les afectaba a futuro y que "no le cuadra" que se puedan hacer funcionarios sin pasar por una oposición. 

Recordemos una vez más que  la Comunidad de Madrid, efectivamente,  ya tiene en marcha los anteriores y ahora denominados procesos de de "estabilización" de las leyes de 2017 y 2018 , que son cualesquiera procesos selectivos derivados de Ofertas Públicas de Empleo derivadas  a su vez de las normas legales habilitantes  establecidas en:

  1. la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017, en su artículo 19 , que habilitaba en ciertos sectores específicos -como Servicios de Salud, docentes de Educación Primaria y Secundaria, Administración de Justicia, Policías locales, etc-, a incluir sin computar en  tasa de reposición en Ofertas Públicas de Empleo [OPE] -que se debían publicar en los años 2017, 2018 y 2019-  hasta el 90% de sus puestos temporales más de 3 años a 31/12/2016 y todos los anteriores a 2005 así como todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia con la obligación de reducir la temporalidad a menos del 8% tras la última de dichas  OPEs
  2. la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018,  en su artículo 19, que  habilitaba ya al resto de sectores públicos a incluir en OPEs -que se debían publicar en los años 2018, 2019 y 2020- sin computar en  tasa de reposición hasta el 100% de sus  puestos temporales  más de 3 años a 31/12/2017,
  3. la D.A. 23ª de la  ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021  que modificaba la ley de 2017 para extender al 100%  de sus puestos temporales de  más de 3 años a 31/12/2016 para los ámbitos de los sectores que la ley de 2017 los limitaba sólo al 90%.

en todos los casos, Ofertas Públicas de Empleo para convocar con sus plazas procesos selectivos de libre concurrencia al no habilitar las mencionadas leyes sistema excepcionales o restringidos de procesos selectivos destinados a garantizar la consolidación del propio personal temporal de larga duración de dichos puestos, que son ya en todos los casos de temporalidades superiores a 6 años (y en muchos casos de décadas). Además el 24/06/2020 se  publicaba el Real Decreto Ley 23/2020 que en su artículo 11 extendía, donde fuera necesario, hasta el 31/12/2021 el plazo para publicar las convocatorias que vieran ya transcurrido desde la publicación de su OPE un tiempo superior al plazo de 3 años mencionado en el artículo 70.1


En cuanto ya a toda la administración institucional de la Comunidad de Madrid, teniendo en cuenta  los Anexos III sobre plazas por tasa de estabilización de la OPE 2017 de la C. de Madrid (Decreto 144/2017, publicado el 14/12/2017), la OPE 2018 de la C. de Madrid  (Decreto 170/2018, publicado el 20/12/2018) y el primer decreto de OPE 2019 de la C. de Madrid (Decreto 15/2019, publicado el 28/03/2019), el segundo Decreto de la Oferta Pública de Empleo en 2019 de la C. de Madrid  , para Sanidad, (Decreto 318/2019, publicado el 30/12/2019) y, por último, el primer Decreto de OPE 2020 (Decreto 123/2020, publicado el 30/12/2020), las plazas que están en OPEs de "estabilización" publicadas o aprobadas de la administración institucional de la propia Comunidad de Madrid (sin considerar sus empresas públicas y universidades),y por tanto, que  al menos son las que quedan reconocidas oficialmente con más de 6 años de antigüedad temporales a día de hoy son:

  • 17.237 del Servicio Madrileño de Salud explícitamente en dicha parte de estabilización , pero a buen seguro que más de 19 mil teniendo en cuenta las incluidas en la parte de reposición si se tiene en cuenta  que en dicha parte sólo se incluían -por ser en este caso por la primera ley de presupuestos generales del Estado de 2017-todas las de antes de 2005 y solamente el 90% de las restante de más de 3 años. De hecho, el SERMAS anunció que acabaría incluyendo entre ambas partes 19.700 plazas de larga duración.  Tienen publicadas convocatorias de la mayor gran parte, estando la primera parte de dichas convocatorias publicadas  desde hace tiempo a punto de finalizar con la publicación  anunciada de los primeros resultados finales para 3 categorías , lo que traería los primeros ceses masivos en el SERMAS. Las bases fueron firmadas en su  Mesa Sectorial  pero no con unanimidad: un concurso-oposición, con 50 % de peso para la oposición, en primer lugar y elimintaroia y un 50% de peso para el concurso de méritos, pesando la antiguedad un 35% del total. Esas bases han sido ahora publicadas en también en el BOCM como criterios que deberán cumplir las convocatorias ,conjuntas de plazas de reposición y de estabilización , de las OPEs 2018 y 2018 del SERMAS que siguieran pendientes .
  • ,
  • 8.167  de funcionarios y laborales de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid (ya incluidas en publicación de Decreteo de Oferta Pública de Empleo todas las previstas por las OPEs 2017 y 2018 comentadas,  si bien todas  las convocatorias de procesos selectivos de esas plazas siguen pendientes de convocatorias, y son, precisamente ,las que -cuando se lleguen a publicar si se cumple lo dicho por el Consejero, en su caso  deben cumplir las bases de la orden que se publicó precisamente el pasado 11 de Mayo.

    La Comunidad de Madrid tenía , de plazo para la publicación de las convocatorias hasta el 31/12/2021  al incluirse plazas de las OPEs 2017 y 2018  y haber sido prorrogado por el Decreto del Estado hasta esa fecha la posibilidad de su convocatoria aunque se supere el plazo de 3 años normalmente exigido como máximo entre OPE y convocatoria, si bien puede entenderse que con el Resl Decreto-Ley 14/2021 este plazo se extiende a 31/12/2022.Lamentablemente, además hay plazas con temporales de muchos años que fueron incluidas en OPE d ela C. de Madrid anteriores a éstas y se están realizando o siguen pendientes sus convocatorias, de oposición pura generalmente.

    ,,
  • 6.757 plazas de personal docente de la Comunidad de Madrid (las 4.057 de docentes incluidas en la OPE 2017  y las 3.155- 455 nuevas incluidas en en el primer decreto de OPE 2019  de la Comunidad de Madrid ) presumiblemente ya todas las previstas), con convocatorias de la primera fase de Secundaria YA ejecutadas y las convocatorias de la primera fase de Maestros publicadas
    y en ejecución,
  • Administración de justicia de la Comunidad de Madrid: todas ya incluidas en  las 5.093 plazas OPE 2017 y 2018 del Estado entre  su OPE de 2017 como su OPE de 2018 (con las convocatorias muy recientes), a quien le corresponde esa competencia incluso para los trabajadores de las CCAA. Ya hay varios procesos convocados pendientes de resolución  final, con unas bases de concurso-oposición primando la oposición eliminatoria y con número limitado de paso al concurso de méritos, pesando la antigüedad el 20% del total.
Es decir, la cifra de plazas reconocidas oficialmente por la Comunidad de Madrid en su administración institucional de larga duración son casi 35 mil más las que correspondan a Madrid de las 5 mil plazas de Justicia (y sin contar las de Universidades o sus empresas públicas). Aparte, de AAPP en la Comunidad de Madrid, estarían todas las de las entidades locales (ayuntamientos).


Ahora, el REAL DECRETO-LEY publicado con  el "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fija un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en dichos procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018, fijando esta vez que debe ser un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere. Precisamente, hoy este Decreto-Ley se está sometiendo a un trámite de modificación en el Congreso para introducir nuevas posibilidades de estabilización. 
 
Recordemos por otro lado que la sentencia esperanzadora del Tribunal de Justicia de la Unión Europea  de 19/03/2021 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros"- el del asunto principal, un informático nuestro- que también hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción de "forma indispensable"y que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre como lo son precisamente estos procesos de estabilización con puestos temporales ya más de 6 años y que en su inmensa mayoría están ocupados por personal temporal de antigüedades muy prolongadas y por tanto en la situación de abuso de temporalidad condenada por el Tribunal Europeo.
 


 
APISCAM ante la  problemática  del colectivo de informáticos del SERMAS con temporalidad elevada excepcional del 80% y sin ninguna convocatoria desarrollada desde las transferencias al SERMAS (al igual que Médicos de urgencias Hospitalaria s y Logopedas del SERMAS),  ante las consecuencias de la sentencia europea sobre abuso de temporalidad  con decenas de demandas del propio personal encurso, y además parte de la regularización en categorías informáticas comprometida por Sanidad todavía pendiente, SOLICITÓ -antes incluso de dicha sentencia europea a la vista del informe de la Abogacía de la UE- que no fueran incluidas de sus plazas temporales en procesos selectivos de concurso-oposición como la OPE "de estabilización" del SERMAS y solicitó después a los gobiernos , junto con varias asociaciones y organizaciones de empleados públicos de toda España la "fijeza" o estabilidad administrativa compatible con la sentencia Europea para evitar indemnizaciones y la pérdida de conocimiento. En paralelo, APISCAM ha presentado impugnación del 2ª Decreto de la OPE 2019 de la C. de Madrid en cuanto a las plazas de las categorías estatutarias de Sistemas y TEcnologías de la Información, y buena parte del personal con sus plazas afectadas por dicha OPE ha presentado además demandas personales de exclusión de su plaza de la OPE que se suman además a las demandas personales  de 2015-2016 de abuso de temporalidad y declaración de estabilidad equivalente a la fijeza en base a la normativa y jurisprudencia europea. Una de esas demandas, es, como decíamos, la que dio lugar a la famosa sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020

Entradas relacionadas:

5 comentarios:

Anónimo dijo...

A mi no me cuadra el Gobierno paripé de Ayuso con sus viajecitos, críticas e innaguraciones,.. Menuda capacidad y mérito demuestran..

Anónimo dijo...

Como lo hizo él.

Anónimo dijo...

8:29, eso me gustaría saber tb.... Porque muchos presuntamente entraron a dedo y luego demandaron la plaza por hacer labores estructurales y se quedaron fijos... Y ahora van indignados y son los máximos defensores de los procesos selectivos.... Me río por no llorar... Hipocresía a máximo nivel.

Anónimo dijo...

Al consejero Javier Fernández, así a bulto, dice "no me cuadra". Lo del TJUE, el Acuerdo Marco y todo eso ya es muy complicado. Yo no estabilizo a los interinos, porque eso "no me cuadra". Esque es mucho lío. No sé. ¡Este es el nivel de nuestros políticos! Su ineptitud se confunde con su corrupción. Son tontocorruptos. No dan para más. Y así va el país.

Anónimo dijo...

Pues si ese el nivel que tienen. Claro como para ser Consejero solo necesitas el carnet del partido, y ser d confianza del Presidente d la Junta. Tendrían más nivel si en lugar de entra por puesto d confianza, entraran por oposición. Esa oposición que piden que pasen los administrativos y auxiliares interinos.
En las urnas nos veremos.