lunes, 9 de mayo de 2022

[UGT Servicios Públicos Madrid ] 'UGT dice no a la propuesta de Oferta de Empleo' [del sector de la Administración y Servicios de la C. de Madrid , que propone 2.348 plazas, 642 de ellas de estabilización por la nueva ley 20/2021 con solo 29 plazas por concurso de méritos , al no incluir, entre otros, los más de 8 mil puestos de la OPE de estabilización de la ley anterior que convocó días antes de la entrada en vigor de la ley]

[06/05/2022]  'Hoy, 6 de mayo de 2022 ha tenido lugar la reunión de la Mesa General al objeto de negociar la oferta de empleo público de 2022, para el personal laboral y funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid.

La propuesta de plazas de la Administración se distribuye de la siguiente manera:

  • Personal de nuevo ingreso: 1.489 (personal funcionario 1.223, laborales Convenio 250, laborales Agencia Digital 16).
  • Promoción interna: 217 (personal funcionario 167, personal laboral 50).
  • Estabilización: 642 (personal funcionario 6, personal laboral 615, personal laboral funcionarizable 21).
  • Total plazas: 2.348.

En cuanto a las 642 plazas de estabilización, la intención de la administración es acumular 613 plazas a los procesos de estabilización correspondientes a 2017 y 2018, ya convocados. Y cuyo sistema de selección es el de concurso oposición con las bases acordadas antes de la entrada en vigor de la Ley 20/2021, y solamente 29 serán ofertadas por el sistema de concurso que establece la citada Ley y que están ocupadas con anterioridad al 1 de enero de 2016.

Al igual que lo ocurrido en la reunión de la Mesa técnica de Selección del pasado 29 de abril, UGT ha reiterado la insuficiencia de las plazas convocadas a Oferta Libre y Promoción Interna para el Personal Laboral.

Seguimos sin estar de acuerdo con la acumulación de plazas ocupadas de forma temporal al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020, correspondientes a las OEP de 2021 y 2022 a los procesos de estabilización ya convocados. A nuestro entender todas aquellas plazas que no hayan sido convocadas a día de hoy deben regirse por lo estipulado en la Ley 20/2021, y le hemos manifestado a la Administración que, si las acumula a los procesos convocados, solicitamos la renegociación de los criterios generales que rigen los procesos de estabilización de las OEP 2017 y 2018, a los efectos de incorporar que la fase oposición no sea eliminatoria y que se valore en el concurso de méritos la experiencia en la Comunidad de Madrid por encima de la experiencia en otras Administraciones.

Tampoco la Administración acepta la propuesta de UGT, de que a partir de este momento los procesos de promoción interna (incluidos los procesos de funcionarización) se convoquen, con carácter general a través del sistema de concurso de méritos y en aquellos en los que por su singularidad se entienda que no puede ser sólo a través de concurso, sino que sea mediante concurso-oposición, consistiendo en este caso la fase de oposición en la superación de un curso selectivo.

De igual manera hemos solicitado a la Administración la identificación de la totalidad de las plazas de estabilización, tanto de las que se regirán por el sistema de concurso –oposición, ocupadas antes del 31 de diciembre de 2020, como las del sistema de concurso de méritos ocupadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2016 y no nos lo facilita en esta reunión en la que tenemos que decidir si avalar o no la OPE, sino aplazándolo al momento de la negociación de criterios para el concurso de méritos.

Por todo ello UGT dice NO a la Oferta de Empleo Público de 2022'

Fuente: Comunicado de  UGT Servicios Públicos de Madrid  de 06/05/2022

Resaltados en negrita cursiva y enlaces en el texto nuestros


NOTA DEL EDITOR:  Recordemos que la Comunidad de Madrid  había computado en los mencionados anteriores "procesos de estabilización",  derivados de las leyes estatales de 2017 y 2018  supuestamente, todas las plazas todas de naturaleza estructural temporales  más de 3 años a 31/12/2017 , por tanto, todas son plazas anteriores a 01/01/2015 y de más de 6 años a 31/12/2020, y que por tanto, todas las  plazas de los procesos de estabilización de la Comunidad  de Madrid anteriores , por definición, cumplían con los requisitos, para ser convocadas por Concurso de Méritos ya sólo por la Disposición Adicional 6ª(  UGT en esta nota  se está  refiriendo siempre exclusivamente al  personal funcionario y laboral de la Administración y Servicios de la C. de Madrid: aparte va el personal de los Servicios de Salud,  de la Administración de Justicia, los docentes no universitarios de Educación, los de las empresas publicas...). Pero la Comunidad de Madrid  publicó todas las convocatorias de plazas de Administración y Servicios incluidas en esas OPEs de "estabilización" anteriores  con el sistema de concurso-oposición y oposición eliminatoria que había acordado tiempo atrás con los sindicatos de la Comunidad, esquivando así la obligación -según su interpretación de la nueva Ley- de convocar todas estos puestos a concurso de méritos puro (entre otros más). 

Así, en esta última reunión de la mesa técnica de selección para negociar la Oferta de empleo público 2022 de estabilización para la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid según la nueva ley Estatal 20/2021 ¡la Comunidad de Madrid no incluye, entre otros, los más de 8 mil puestos de la OPE de estabilización de la ley anterior que convocó  sñolo días antes de la entrada en vigor de la ley. Si no los hubiera convocado o anulara esas convocatorias todavia sin listados de admiditos , tendría que convocar más de 8 mil plazas a concurso de méritos.


Repitamos una vez más  que, en cuanto ya. a toda la administración institucional de la Comunidad de Madrid, teniendo en cuenta  los Anexos III sobre plazas por tasa de estabilización de la OPE 2017 de la C. de Madrid (Decreto 144/2017, publicado el 14/12/2017), la OPE 2018 de la C. de Madrid  (Decreto 170/2018, publicado el 20/12/2018) y el primer decreto de OPE 2019 de la C. de Madrid (Decreto 15/2019, publicado el 28/03/2019), el segundo Decreto de la Oferta Pública de Empleo en 2019 de la C. de Madrid  , para Sanidad, (Decreto 318/2019, publicado el 30/12/2019) y, por último, el primer Decreto de OPE 2020 (Decreto 123/2020, publicado el 30/12/2020), las plazas que estaban en las anteriores OPEs de "estabilización" publicadas o aprobadas de la administración institucional de la propia Comunidad de Madrid (sin considerar sus empresas públicas y universidades),y por tanto, que  al menos son las que quedan reconocidas oficialmente por tanto con más de 7 años de antigüedad temporales a día de hoy son:

  • 17.237 del Servicio Madrileño de Salud explícitamente en dicha parte de estabilización , pero a buen seguro que más de 19 mil teniendo en cuenta las incluidas en la parte de reposición si se tiene en cuenta  que en dicha parte sólo se incluían -por ser en este caso por la primera ley de presupuestos generales del Estado de 2017-todas las de antes de 2005 y solamente el 90% de las restante de más de 3 años. De hecho, el SERMAS anunció que acabaría incluyendo entre ambas partes 19.700 plazas de larga duración.  Tienen publicadas convocatorias  la inmensa mayor gran parte, habiendo publicado la Comunidad de Madrid días antes de entrada en vigor el gran bloque que le quedaba de los facultativos especialistas, estando la primera parte de dichas convocatorias publicadas  desde hace tiempo a punto de finalizar con la publicación  anunciada de los primeros resultados finales para varias categorías , lo que traería los primeros ceses masivos en el SERMAS. Las bases fueron firmadas en su  Mesa Sectorial  pero no con unanimidad: un concurso-oposición, con 50 % de peso para la oposición, en primer lugar y eliminitoria y un 50% de peso para el concurso de méritos, pesando la antigüedad un 35% del total.
    ,
  • 8.167  de funcionarios y laborales de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid (ya estaban incluidas hace años en publicación de Decreto de Oferta Pública de Empleo todas las previstas por las OPEs 2017 y 2018 comentadas,  y que fueron publicadas sus convocatorias en el mes de Diciembre de 2021 por parte de la Comunidad días antes de entrada en vigor de la Ley estatal 20/2021 y  según  bases de la orden del 11 de Mayo de 2021, concurso-oposición eliminatoria cuando con la nueva ley todas estas plazas (al menos) las tendría que haber convocado a concurso de méritos puro..

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  • 6.757 plazas de personal docente de la Comunidad de Madrid (las 4.057 de docentes incluidas en la OPE 2017  y las 3.155- 455 nuevas incluidas en en el primer decreto de OPE 2019  de la Comunidad de Madrid ) presumiblemente ya todas las previstas), con convocatorias de la primera fase de Secundaria y  de Maestros YA ejecutadas,

  • Administración de justicia de la Comunidad de Madrid: todas ya incluidas en  las 5.093 plazas OPE 2017 y 2018 del Estado entre  su OPE de 2017 como su OPE de 2018 (con las convocatorias muy recientes), a quien le corresponde esa competencia incluso para los trabajadores de las CCAA. Ya hay varios procesos convocados pendientes de resolución  final, con unas bases de concurso-oposición primando la oposición eliminatoria y con número limitado de paso al concurso de méritos, pesando la antigüedad el 20% del total.
Es decir, la cifra de plazas que ya habían sido reconocidas  oficialmente en 2018 por la Comunidad de Madrid en su administración institucional de larga duración son 35 mil plazas más las que correspondan a Madrid de las 5 mil plazas de Justicia (y sin contar las de Universidades o sus empresas públicas). Aparte, de AAPP en la Comunidad de Madrid, estarían todas las de las entidades locales (ayuntamientos), destacando el Ayuntamiento de Madrid, que, por contra a la Comunidad de Madrid, decidió esperarse a la nueva ley sin convocar sus masivas OPEs de estabilizaión anterior, y ahora publicará las convocatorias bajo concurso de méritos que obliga la nueva ley 20/2021.
 
 
Por otro lado  la Comunidad de Madrid publicó a final de año su  Oferta de Empleo Público 2021 donde contabilizó 1.119 plazas más  de personal funcionario y laboral de Administración y Servicios y 2.635 de docentes de estabilización computadas según el Real Decreto-Ley 14/2021 , por tanto,todas temporales más de 3 años a 31/12/2020, es decir, temporales ya más de 4 años.
 

 

Recordemos por otro lado una vez más que la sentencia esperanzadora del Tribunal de Justicia de la Unión Europea  de 19/03/2021 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros"- el del asunto principal, un informático nuestro- que también hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción de "forma indispensable"y que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre como lo son precisamente estos procesos de estabilización con puestos temporales ya más de 6 años y que en su inmensa mayoría están ocupados por personal temporal de antigüedades muy prolongadas y por tanto en la situación de abuso de temporalidad condenada por el Tribunal Europeo.
 


El Estado acabaría reaccionando ante esa sentencia -y las movilizaciones de interinos y la presión de la Comisión europea- con la 
publicación el 29/12/2021 en el BOE de una nueva Ley de reducción de temporalidad pública, que obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales de antes de 2016 y las vacantes ocupadas por personal temporal con antigüedad en la AAPP anterior a 2016, al menos si no están ya en convocatorias en marcha que la AAPP no decida paralizar/modificar. En días y semanas anteriores a la publicación de esa ley hubo "carreras" por muchas AAPP, entre ellas la Comunidad de Madrid, convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores , intentando así -aparentemente-esquivar tener que convocarlas al concurso de méritos de la nueva ley.

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