martes, 14 de febrero de 2017

Anulado el nuevo concurso del servicio de citas centralizado del SERMAS o CAP tras recurso a sus bases. El SERMAS deberá repetirlo con bases modificadas

Se acaba de publicar en  el Portal de Contración Pública de la Comunidad de Madrid el "desestimiento" (cancelación) del nuevo concurso de externalización íntegra del servicio de citas centralizado del SERMAS  o CAP, con el correspondiente anuncio por parte del SERMAS de que iniciará o otro concurso de bases modificadas, tras la estimación por parte del Tribunal Administrativo de Contratación Pública [TACP] de un recurso presentado por la empresa INNOVA BPO S.L contra las bases del concurso y que obliga al SERMAS a desistir del concurso actual y repetir su convocatoria de nuevo con bases con bases modificadas.

En concreto, el TACP ha estimado que es contraria a la ley la inclusión en los pliegos de condiciones del concurso de las exigencias para el puesto de Director del CAP de "experiencia en sistemas de gestión sanitaria de 10 años" y de "certificado PMP del project Management Institute (PMI)" así como exigir de forma acumulativa unas declaraciones de medios materiales al requisito de cumplir con una clasificación cuando deberían ser alternativas, resolviendo el TCAP que "deben suprimirse convocando una nueva licitación".

Los pliegos de claúsulas administrativas  exigían a las empresas candidatas solvencia técnica demostrada por tener experiencia de haber puesto en marcha y gestionado una plataforma de relación con cliente  en ámbito sanitario que haya tramitado más 3 millones de citas en un año o bien estar incluidas en una cierta clasificación, exigiéndose además dos declaraciones de medios personales -entre ellas la de la experiencia del potencial Director- y materiales, entre éstas últimas, la de haber puesto en marcha un SSII de relación con clientes [CRM] con mensajería SMS superior a 150 mil mensajes en el año 2015, así como una aplicación móvil que permita realizar citas sanitarias con un volumen de más de 4 millones de mensajes en 2015Ver aquí la resolución íntegra del TACP de la CM


En el propio desestimiento se informa que la única empresa que se había presentado a esta nueva edición del concurso era INDRA, la empresa actual adjudicataria y que era la adjudicataria desde el primer concurso en 2010, y a la que se le concedieron las dos posibles prórrogas previstas hasta  1/05/2016, fecha para la que, de seguir externalizado, ya tendría que haberse adjudicado un nuevo concurso adjudicado. Pero antes de esa fecha la Asamblea de Madrid  aprobó una proposición no de Ley para su internalización, con los votos a favor de la oposición y en contra de partido del Gobierno regional. El Gobierno de Cifuentes decidió ir realizando renovaciones extraordinarias por meses a Indra validando por Consejo de Gobierno sin convocar un nuevo concurso en su tiempo ni tampoco internalizar el servicio (a tener en cuenta el período electoral nacional en que vinieron a coincidir el fin de prórrogas del anterior concurso). 

Finalmente, se acabaría  publicando un concurso a finales de Noviembre que certificaba lo que ya había acabado  reconociendo : que el servicio de citas seguiría externalizado si bien el SERMAS "reforzaría" su control público mediante una unidad de personal del propio SERMAS dentro del propio CAP para las labores de seguimiento y control de la ejecución del contrato.



Concretando más en el recurso a este concurso, según  la propia resolución 1/2017 del TACP de la Comunidad de Madrid:
  • el Tribunal considera la empresa INNOVA legitimidad para ponerlo al  ser un potencial adjudicatario
  • INNOVA había puesto como primer motivo del recurso la exigencia de que el centro para prestar el servicio se ubicara en la Comunidad de Madrid, habiendo estimado el Tribunal la argumentación del SERMAS de esa necesidad al tener que aportra espacio para alojar también a es aunidad de personal del SERMAS
  • en la exigencia de 10 años de experiencia en gestión de sistemas sanitarios, INNOVA argumentaba que era desproporcionado los 10 años y que no era correcto circunscribir la experiencia al ámbito sanitario en un concurso cuya naturaleza básica es la de un sistema gestión de citas en lo esencial como el de cualquier otro ámbito, argumentos estimados ambos por el Tribunal
  • en cuando a la exigencia del certificado PMP para el perfil de Director de Proyecto, INNOVA argumentaba que se trata de una "certificación ofrecida por una organización, el Project Managet Institute [PMI] ,que es una "organización privada estadounidense" y que el título PMP "carece de validación académica ni reconocimiento oficial", argumento que también estima el tribunal comentando que "se trata por tanto de la exigencia de una titulación académica específica para ejercer responsabilidades que son comunes a todos los directores de proyectos, expedida por una determinada organización, cuando existen otras entidades certificantes y otros certificados por lo que su exigencia resulta no admisible ni proporcionada con las necesidades del proyecto, debiendo admitirse otros medios de prueba válidos"

NOTA DEL EDITOR: 1ª versión de esta entrada publicada el 13/02/2017. Segunda versión actualizada con el enlace a la resolución del TACP de la CM
 
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1 comentario:

Anónimo dijo...

Hola, que sabéis de esto, he oído que Indra ya no quiere llevar esta campaña.