Acaba de publicarse en el BOCM de hoy 16/02/2017 una Orden de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid de "corrección de errores" de su Orden previa publica el 5/09/2016 sobre instrucciones de gestión del registro de pacientes en lista de espera quirúrgica del Servicio Madrileño de Salud, de tal manera que , entre otras "correcciones",
A) donde antes enumeraba como "causas de la suspensión del cómputo del tiempo máximo de espera quirúrgica":
1. Transitoriamente no programable por motivo médico.
ahora se dice que son causas de "la suspensión del cómputo del tiempo máximo de espera quirúrgica estructural"A) donde antes enumeraba como "causas de la suspensión del cómputo del tiempo máximo de espera quirúrgica":
2. Transitoriamente no programable por demora voluntaria del paciente.
3. En espera tras rechazar la derivación a otro centro alternativo de apoyo público o concertado.
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