miércoles, 22 de abril de 2026

Este miércoles 22 de Abril Pleno de Congreso con pregunta al Presidente del Gobierno sobre s medidas pendientes que prevé culminar

Según la agenda  del Congreso para esta semana , este miércoles 22 de Abril desde las 09:00 habrá Pleno del Congreso que contará en su orden del día con la pregunta  del Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu, al Presidente del Gobierno:  "¿Qué medidas pendientes prevé culminar en lo que queda de legislatura?" (Núm. expte 180/001012)

Es posible que informe que se piensa aprobar alguna medida sobre la temporalidad pública tras la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la UE del asunto Obadal y la comunicación de la Comisión Europea de retirada de 626 millones de fondos del Plan de Recuperación español por no haber aprobado el Gobiernonacional norma alguna válida para la sanción al abuso de temporalidad de los empleados públicos.


La sesión podrá seguirse en directo  desde el canal del Congreso así como en su canal en YouTube (subtitulado)

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56 comentarios:

Anónimo dijo...

Paralizar aquellos procesos selectivos que cuenten con plazas ocupadas en fraude de ley para que sean incorporadas en proceso de nacionalización propuesto en la Sentencia Obadal, es lo primero que tiene que hacer Gobierno, sino luego les vendrá todo muy largo

Anónimo dijo...

Por cierto el PP a verlas venir, que si dale con la regularización de los inmigrantes, y del millón de interinos ni mención, que vayan contando con mi voto

Anónimo dijo...

Hoy anunciara la proxima modificacion del EBEP.

Anónimo dijo...

Ione Belarra ya ha sacado el tema de la fijeza

Anónimo dijo...

https://www.lawandtrends.com/noticias/laboral/la-sentencia-del-tjue-de-14-de-abril-de-2026-un-nuevo-golpe-al-modelo-espanol-de-temporalidad-publica-1.html

Anónimo dijo...

El PP está a sus corruptelas y búsqueda de votos para que no les desbanquen de los chanchullos que tienen en las CCAA y Aytos desde el siglo pasado.

Anónimo dijo...

La portavoz de Podemos reclama «subir el SMI a 1.800 euros, hacer fijos a los trabajadores públicos en fraude de ley, reconocerles la pensión a los que han cotizado más de 40 años o bajar las ratios y contratar más sanitarios. Es dejar de hacerle la vida imposible a los sindicalistas combativos».

Anónimo dijo...

https://www.eleconomista.es/legal/noticias/13883739/04/26/un-juez-aplica-el-ultimo-fallo-del-tjue-sobre-interinos-e-indemniza-a-un-trabajador-temporal-pese-a-lograr-plaza-de-funcionario.html

¿20 días por año trabajado?¿Máximo doce mensualidades?¿Pero va en serio?

Anónimo dijo...

¿Y qué ha contestado el Gobierno a la portavoz de Podemos?

Anónimo dijo...

Pos si, 12,28 supongo que usted se habrá dado cuenta que la Sentencia se dicta el mismo dia que se emite la Sentencia del TJUE, supongo que se habra dado cuenta que esta es un refrito en el que se añade notas en Prensa del que la publica, interesadas de parte, supongo que sabrá que todavía no se ha pronunciado el TS,y por ultimo sabrá que aunque lo haya leido no es cierto todo lo que se publica, que tenga buen dia

Anónimo dijo...

al menos por lo pronto este juez/a deberia haber postpuesto la sentencia hasta que se pronunciase el TS, lo que no es entendible que de una indemnizacion de 20 dias cuando el TJUE acaba de decir que no son validas y que deben de ser indemnizaciones sin topes

Anónimo dijo...

Toda la razón, 14:44. ¿De verdad hay que esperar a lo que diga el TS para aplicar una sentencia que viene de Europa? Caemos siempre en la misma trampa. El Derecho Europeo está por encima del nacional.

Anónimo dijo...

https://cronicaglobal.elespanol.com/mas-economia/20260422/bruselas-desafia-espana-regularizar-funcionarios-interinos-temporalidad/1003742753791_0.html

Anónimo dijo...

No estaría mal que fuera así de fácil.

Anónimo dijo...

Sentencia Obadal:
["...47 De la jurisprudencia del Tribunal de Justicia resulta que, para que pueda considerarse conforme con el Acuerdo Marco una normativa nacional —en su caso en la forma en que es interpretada por la jurisprudencia nacional— que, en el sector público, prohíbe transformar en contrato de trabajo por tiempo indefinido una sucesión de contratos de duración determinada, el ordenamiento jurídico interno del Estado miembro de que se trate DEBE PREVER, en dicho sector, otra medida efectiva para EVITAR y, en su caso, SANCIONAR la utilización abusiva de sucesivos contratos de duración determinada [sentencias de 7 de septiembre de 2006, Marrosu y Sardino, C‑53/04, EU:C:2006:517, apartado 49, y de 7 de abril de 2022, Ministero della Giustizia y otros (Estatuto de los jueces de paz italianos), C‑236/20, EU:C:2022:263, apartado 62 y jurisprudencia citada]..."]

Y después, dice que en España ninguna de las medidas son válidas.

NO SE PODÍA IMPEDIR HACER FIJO

Pero, no solo eso, ahora que el abuso ya se ha producido, las indemnizaciones por si solas tampoco valen , porque ya no EVITAN.

AHORA YA SOLO VALE HACER FIJO, una indemnización, por si sola, nunca puede ser acorde con el Acuerdo Marco, pues ya no puede evitar el abuso.

Todo lo que no sea esto, la Comisión Europea, no lo puede aceptar.

Anónimo dijo...

Bien explicado. La consideración preliminar 47 de la sentencia es la clave para reclamar fijeza. Lo dice bien clarito. Si no hay sanción en nuestro ordenamiento, que no la hay, sólo cabe fijeza. Lo contrario va en contra de la directiva. No caben interpretaciones, sólo hay que leer. Y ya nos han dicho que todo lo que se ha utilizado hasta ahora como sanción válida, no lo es.

Anónimo dijo...

Pueden legislar sanción pero antes tiene que pasar por la CE para que tener el visto bueno, ¿verdad? Porque seguro que tiran a la baja.

Anónimo dijo...

Y q pasa con los cesados con sentencia de abuso objetivo?

Anónimo dijo...

Prescripción???

Anónimo dijo...

Como hablamos de miles de casos y todos ellos diferentes, esto no se puede judicializar más, por eso tiene que resolverse mediante ley.

Anónimo dijo...

Tienen encima de la mesa las propuestas, que incluyen estabilizar a los cesados, además estos son los que más tiempo han estado en abuso, solo tienen que aprobar la ley.

Anónimo dijo...

Tras salir la sentencia y leerla, y ver las reacciones que tuvo, incluida la del abogado Arauz, me surgieron muchas dudas.No veía nada claro en tema de la fijeza. Parecía que la sentencia no se pronunciaba al respecto, o era ambigua.

Hoy, una semana después, he leído con atención su comunicado a raíz de la sentencia, y su razonamiento es impecable. La sentencia es clara y cristalina con respecto a la fijeza, no deja margen a la duda ni la interpretación. Como decían más arriba, sólo hay que leer la consideración preliminar 47.

No hay más que dos opciones: o legislan rápido, o cualquier juez en un caso de abuso de temporalidad debe conceder fijeza automáticamente.

Animo a los que no habéis leído el comunicado que lo hagáis. Arauz tiene razón. Europa exige por lo menos fijeza para los abusados.

Anónimo dijo...

No es así. Y mira q soy ProFijeza. Exigir no exige, si no obliga no Exige. Otra cosa es q la Sentencia se ha redactado así x algo. Kumin y los otros 14 jueces saben el motivo ( y no se puede filtrar )

Anónimo dijo...

Lo q han hecho es algo así como, " cierra sus puertas y pide la Luna al Supremo que no te la va a dar ". Y así solo así, solo queda como posible Solución , la LUNA, y las multas de la Comisión.
Este tema en nuestro país, no tiene solución. Mejor asumirlo ...

Anónimo dijo...

Legislarán la LUNA? Solo si creen q les da votos!

Anónimo dijo...

A preparar los recursos que los hundimos es mi consejo

Anónimo dijo...

Y si llevas en la plaza vacante 2 años y 11 meses, y sacan la plaza a traslado 10 días antes de cumplir los 3 años y 1 día. Queda desierta y posteriormente convoca la plaza en los procesos de estabilización de la ley 20/2021, cubriéndose después de un total de 6 años en una plaza estructural, ¿Es abuso? Porque por dos veces desestimado por el Tribunal

Anónimo dijo...

Al ataqueeeel

Anónimo dijo...

Insisto. Leed con atención. Consideración preliminar 47. Claro como el agua. Otra cosa es que se acate o no. Pero dice lo que dice, no hay posibles matices ni interpretaciones.

Anónimo dijo...

Así es, claro,clarísimo, el abuso rompe el Contralegem y toda respuesta jurídica que no sea Fijeza

Anónimo dijo...

Si le dices a la IA que reformule con un lenguaje lo más claro posible, tenemos esto:

"En el sector público, si la ley prohíbe convertir automáticamente los contratos temporales seguidos en un contrato fijo, el Estado está obligado a ofrecer otra solución o castigo que sea efectivo.
Es decir: si no te hacen fijo tras encadenar varios contratos temporales, la ley debe garantizarte otra forma de evitar o sancionar ese abuso."

Esto ya no es una opinión personal. Lo dice una máquina, en teoría bien entrenada para entender el lenguaje humano y su significado. Y como todos sabemos, no existe castigo previsto por la ley.

Y también sabemos, que los que se han "utilizado" como compensación hasta ahora, la propia sentencia dice que no sirven.

No sé qué mas hace falta. Blanco y en botella.

Anónimo dijo...

El próximo día en la concentración solo hay que llevar una pancarta: "NO con mi voto". Que lo lean PSOE y PP que son los que no quieren acatar. Les va a votar su...

Anónimo dijo...

Y para terminar de 47 en 47, nada es casualidad.
Carta de los derechos fundamentales de la UE
Artículo 47 - Derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial
Toda persona cuyos derechos y libertades garantizados por el Derecho de la Unión hayan sido violados tiene derecho a la tutela judicial efectiva respetando las condiciones establecidas en el presente artículo. Toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa y públicamente y dentro de un plazo razonable por un juez independiente e imparcial, establecido previamente por la ley. Toda persona podrá hacerse aconsejar, defender y representar. Se prestará asistencia jurídica gratuita a quienes no dispongan de recursos suficientes siempre y cuando dicha asistencia sea necesaria para garantizar la efectividad del acceso a la justicia.

Es decir, el TJUE en Obadal, acaba de acreditar que al no haber sanción válida, además, se ha violado un derecho fundamental como es el Derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial.

Anónimo dijo...

No ha habido efectividad

Anónimo dijo...

Si ....la 47, definitivamente no queda más remedio que l a fijeza. Pero para los cesados, sueldos dejados de percibir y la fijeza. Y si no, idemnizacion disuasoria sin topes.

Anónimo dijo...

Con esto recalcan la primacía del derecho de la UE

Anónimo dijo...

Me encanta esta coincidencia numérica!

Anónimo dijo...

Y se cargaron el contra legem

Anónimo dijo...

Exacto, lo que viene a decir el punto 47. de Obadal es que si en el España no existe sanción al abuso las Constitución y sus principios de igualdad, mérito y capacidad son contrarios a la directiva, con lo cual no se pueden invocar para impedir la fijeza.

Anónimo dijo...

Nadie habla de las personas que han estado en abuso y que han sido pesadas tras la ley 20/2021 y los procesos de estabilización, si no siquiera serle reconocido el fraude de ley ni indefinido no fijo al estar los procesos de por medio. ¿Que pasaría con nosotros?

Anónimo dijo...

*cesadas

Anónimo dijo...

https://x.com/mer6553/status/2013016335094026651/video/1

Anónimo dijo...

Que pasaría si no existiese Apiscam, donde estarían las voces de esas personas??que pasaría si no hubiese gente que con su conocimiento aportan luz todos los días a este foro y nos van haciendo mas fuertes, por todo ello ello GRACIAS APISCAM Y GRACIAS GENTE ANONIMA

Anónimo dijo...

Están más preocupados por regularizar otras cosas, y a toda prisa...

Anónimo dijo...

Fui de los segundos en demandar Fijeza allá por el año 2019 (con un famoso abogado). Nos dieron palos hasta en el DNI a pesar de que todos los de mi grupo lo veíamos clarísimo (somos técnicos jurídicos).

Ahora, 7 años después seguimos en la misma situación. Pero después de esta Sentencia vamos a volver a DEMANDAR.

Es la única solución! DEMANDAD.

Gracias a los primeros (jueces interinos, los informaticos de APISCAM ...) hemos llegado hasta aqui. Esto no se gana de un sólo golpe, sino a base de ganar batallas y recibir muchos (muchos palos). Es la penultima batalla (espero que sea la última, pero nunca se sabe), hay que echar el resto!! DEMANDAD!

Solo ante una montaña de DEMANDAS o una MANIFESTACIÓN grande (10.000 personas o mas) van a mover ficha.

El volumen de la manifestación no está en la esfera personal del individuo, sólo está su asistencia.
La demanda está en vuestra esfera. Quien no haya demandado que lo haga! Por su bien (si no hay reconocimiento Judicial del abuso, no habrá consecuencia jurídica; bien sea fijeza, fijo a extinguir, indemnización o lo que inventen), por el de todos.

No me creáis a mi, leed a Arauz, a Jover, a Gerardo Perez, a Javier Ramón, incluso a los politicos que creen en ello.

DEMANDAD!

Anónimo dijo...

Muy bien seria una combinación de ambas presencia en las calles y demandas. Una cosa sin la otra no vale. Sobre todo demandas. Que aunque no lo reconozcan les encantan. Lo quieren judicializar todo. Por algo será?. Pensad.

Anónimo dijo...

Algún día los palos también se los llevaran ellos...

Anónimo dijo...

Demandado y como dices palos por todas partes, incluso como si fuera hasta personal. Sin reconocimiento del abuso y pendiente de recurso de casación. ¿Servirá, aplicarán la doctrina Europea, o seguirán en sus treces de desestimar todo?

Anónimo dijo...

9:08 NO hay nada que pensar, es como a los psicópatas les gusta acabar con las pretensiones del abusado, el descabello o la puntilla, aquí NO.

Anónimo dijo...

23,03 Deberíais de manifestaros, por lo menos que se escuchen vuestras voces, la no resignación es un acto de valientes

Anónimo dijo...

En resumen, nos tenían que haber hechos fijos a extinguir porque eso no era contra legem, pero en su lugar nos cesaron, con lo cual, vulneraron el 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, al negarnos la tutela judicial efectiva.

Pero no solo eso, cesaron a personas con más de 50 años, condenándolos a la exclusión social, incluso matrimonios, algunos con hijos menores, por lo que también violaron los artículos 24 (menor) y 33 (familia) de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, al no adoptar una solución que les brindara protección. Es decir, nos hicieron pagar a las víctimas por un error imputable a la Administración, a pesar de que la otra opción era de justicia social y laboral, hacernos fijos a extinguir.
ESTO ES UN ESCÁNDALO que solo podría compensar la FIJEZA + SALARIOS DEJADOS DE PERCIBIR.

Anónimo dijo...

Cesados en procesos libres que con sentencias de abuso en la mano y condenados en costas por el Supremo, sin sanción, ni condena a la Administración abusadora, solo cabe la Fijeza y salarios no obtenidos durante años. A los políticos que consientan esta injusticia, pues lo que dice el refrán.

Anónimo dijo...

Esto va tomando otro cariz.

Lo que no cuadra es el "error", nadie está exento del cumplimiento de las normas por desconocimiento, máxime cuando son autoridades las que obligadas a respetarlas dejan de cumplirlas, aposta.

Anónimo dijo...

Eso lo mínimo!

Anónimo dijo...

Un juzgado de Vigo condena a pagar 52.000 euros a una investigadora del CSIC indefinida no fija a pesar de que ya consiguió una plaza estable.

Anónimo dijo...

https://diariosabemos.com/analisis/interinos-no-conceder-fijeza-costara-gobierno-mas-40000-millones-euros_516465_102.html