Blog de APISCAM
ATAJOS:"Entradas importantes", "Entradas nuestras"
(feed) y canal de "Informática sanitaria"(feed). Entradas sobre sentencias, sobre jurisprudencia (Supremo y TJUE) y sobre jurisprudencia pendiente
martes, 20 de noviembre de 2018
[ Sanidad de FeSP de UGT de Madrid] Resumen de la Reunión Grupo de Trabajo de Carrera Profesional del SERMAS de 19/11/2018 [ RRHH propone que eventuales y sustitutos se incorporen en la carera desde ahora y no desde 2010]
'La Administración hace entrega de un borrador de acuerdo para el personal eventual y sustituto.
Se inicia una ronda por las organizaciones sindicales.
Es unánime el planteamiento de las Organizaciones Sindicales y se ponen encima de la mesa los siguientes puntos:
[CCOO Sanidad Madrid] 'Los investigadores continúan con sus movilizaciones para exigir condiciones de trabajo dignas. A as 12:00 horas se concentran en la puerta principal del Hospital Ramón y Cajal'
'La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO (FSS-CCOO
Madrid) que representa mayoritariamente a los más de 1.200
investigadores que trabajan en las fundaciones de investigación
biomédica de los hospitales madrileños, continúa con las movilizaciones
para reivindicar condiciones de trabajo dignas y que la Consejería de
Sanidad se siente en la mesa de negociación, antes del próximo 18 de
diciembre, para sacar adelante un convenio colectivo y la preparación de
un modelo de carrera profesional.
lunes, 19 de noviembre de 2018
Disparidad de criterios de las secciones del Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre si dar indemnización alguna al empleado público laboral cesado por OPE tras muchos años interino de la vacante, tras la "rectificación" del Tribunal de Justicia Europeo en su sentencia del asunto "Montero Mateos": la 1ª concede indefinido no fijo sin readmisión y su indemnización, la sección 6ª NADA
Gracias a la ingente labor de recopilación que realiza el profesor Ignasi Beltrán en esta entrada de su blog
conocimos las recientes sentencias dispares que están dando dos
secciones diferentes de la Sala Social -la que juzga los asuntos
de los empleados públicos laborales pero no las de los funcionarios ni la
de los
estatutarios del Servicio de Salud- del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid -la segunda instancia para reclamaciones laborales individuales e
inmediatamente superior a los Juzgados de lo Social- sobre las
indemnizaciones para trabajadores públicos laborales cesados tras muchos
años interinos de vacante por convocatorias de procesos selectivos
derivados de una Oferta Pública de Empleo (como puede ser el caso de las masivas en número de
plazas previstas en la Administración de la Comunidad de Madrid por
las plazas incluidas en la Oferta Pública de Empleo 2017 y la de inminente en publicación Oferta de Empleo Público
2018, derivadas de la "solución" decidida por el Gobierno del Estado
-con
acuerdo sindical- para el fraude del abuso en duración de temporalidad
así como las de alguna convocatoria de OPEs de años anteriores en
ejecución que también incluían -computadas por tasa de reposición-
plazas con personal temporal de más de 3 años, el plazo asentado en la
jurisprudencia para considerar un interino de vacante en "fraude de ley")
En concreto nos referimos a las 2 sentencias de 26/06/2018 de su sección 1ª (ejemplificada por su sentencia 607/2018), que deciden conceder a posteriori la figura del "indefinido no fijo" y su indemnización ante ceses -20 días por año trabajado con tope de un año- al laboral interino de vacante longevo cesado por OPE aunque no tuviera la declaración previa de "indefinido no fijo por sentencia" y las 4 sentencias de 19/07/2018 de su sección 6ª (ejemplificada por su sentencia 1499/2017 ) que deciden, por contra, no dar absolutamente nada al también laboral interino de vacante longevo cesado por OPE, aplicando ambas secciones la misma jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre trabajadores laborales y la misma reciente sentencia del Tribunal Europeo conocida como "Montero Mateos", que aplicannpor tanto de manera diferente
En concreto nos referimos a las 2 sentencias de 26/06/2018 de su sección 1ª (ejemplificada por su sentencia 607/2018), que deciden conceder a posteriori la figura del "indefinido no fijo" y su indemnización ante ceses -20 días por año trabajado con tope de un año- al laboral interino de vacante longevo cesado por OPE aunque no tuviera la declaración previa de "indefinido no fijo por sentencia" y las 4 sentencias de 19/07/2018 de su sección 6ª (ejemplificada por su sentencia 1499/2017 ) que deciden, por contra, no dar absolutamente nada al también laboral interino de vacante longevo cesado por OPE, aplicando ambas secciones la misma jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre trabajadores laborales y la misma reciente sentencia del Tribunal Europeo conocida como "Montero Mateos", que aplicannpor tanto de manera diferente
Recordemos que el 09/03/2017 el Tribunal Supremo - el tribunal nacional por encima de los Tribunales Superiores de Justicia autonómicos- asentaba en su sentencia
nº 201/2017 su nueva doctrina al fraude de ley en el contrato laboral interino (de
vacante) en el empleo público, aplicando su interpretación del artículo
70 del Estatto Básico del Empleado Público ¡de 2007! (pero no ninguna
sentencia europea de las reciente todavía):
[Cadena SER] Enfermeras del H. La Paz dan parte al juzgado ante los problemas de posible mala praxis con el nuevo sistema clinico informático
Informaba la Cadena Ser el pasado 15/11/2018 de
las quejas de enfermeras de las urgencias del Hospital de La Paz sobre el mal
funcionamiento del nuevo sistema informático clínico HCIS, hasta el punto
de haber dado parte al juzgado por si algún paciente denuncia mala praxis.La Consejería de Sanidad asegura que el mismo sistema ya está implantado en el Gregorio Marañón, en el Ramón y
Cajal, en el Niño Jesús, en el Santa Cristina y en el Hospital de la
Cruz Roja y que no está dando problemas, achacando los ocurridos en la Paz a problemas en red y de comunicación no
vinculados al HCIS en sí.
domingo, 18 de noviembre de 2018
Entradas más vistas de la semana 12/11/2018-18/11/2018 en este blog: en el Tribunal de Justicia Europeo si las OPEs son solución al fraude del abuso en temporalidad acorde a la exigencia europea; puestos afectados por la OPE18 "de estabilización" de la CM, HP-HCIS, ...
Por si te perdiste algunas entradas que podrían haber sido de tu interés
en el día a día por culpa del alto volumen de publicación de este blog,
además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras"
(feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:
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El pasado 15/10/2018 se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea la importante "petición de decisión (o cuestión) prejudic...
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Ha trascendido en las redes sociales la relación provisional , al nivel de Número de Puesto de Trabajo por cuerpo/escala/especialidad o ca...
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'Ya hace aproximadamente un año y medio que el SERMAS se empeñó en implantar el HP-HCIS , una aplicación de Historia Clínica Electróni...
viernes, 16 de noviembre de 2018
[El Boletín] Plataforma de temporales presiona a los partidos de la Asamblea de la Comunidad de Madrid para que aprueben la Ley de Concurso de Méritos en el SERMAS, ya para debate parlamentario, como solución a su fraude de ley
Informa El Boletín este 14/11/2018 que la proposición de Ley de Podemos de Concurso de Méritos
para alcanzar la condición de fijo en el SERMAS con los puestos
temporales más de años como la solución adecuada a la normativa europea
a ese fraude de ley por abuso de temporalidad ha sido admitida a trámite parlamentario por la Mesa de la Asamblea de Madrid y que la Plataforma de Personal Temporal de las AAPP en la Comunidad de Madrid ha reclamado
a los grupos parlamentarios de PP, PSOE y Ciudadanos en la Asamblea de
Madrid que apoye esta propuesta para lo que les ha solicitado una
entrevista, señalando además que esta primera ley para este cuerpo
especial de empleados públicos [los "estatutarios" de Servicio de Salud]
“allanaría el camino para el resto de los empleados públicos de los
demás sectores”
[FeSP UGT Madrid] 'Los salarios de los empleados públicos subirán un 2,25% el próximo año, con o sin presupuestos generales para 2019'
'El Gobierno se ha comprometido a aprobar en enero el aumento salarial
del 2,25% previsto para los empleados públicos, aunque no haya
Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2019. La medida afectará a
los más de dos millones y medio de empleados públicos de todo el país.
Esta afirmación se ha producido hoy en el transcurso de la reunión de
seguimiento del Acuerdo para la Mejora del Empleo Público y las
Condiciones de Trabajo que UGT y el resto de sindicatos de Función
Pública firmaron el pasado 9 de marzo.
[MEDSAP] #MareaBlanca74 este Domingo 18: concentración en el H. del Norte para exigir hospitales y sus laboratorios 100% públicos
Informa la Mesa en Defensa de la Sanidad Pública de Madrid [MEDSAP] que ha convocado para este domingo 18 de Noviembre su 74ª Marea Blanca "Abrazo al Hospital del Norte Infanta Sofía", concentración desde las 12h en dicho hospital con el lema "hospitales 100% públicos, laboratorios y técnicos de laboratorio tambíén"
en referencia a la parte de servicios no saniarios que sigue
privatizada de este hospital aunque ya se desechara por la Comunidad la
privatización de su parte sanitaria y al reciente anuncio de que
seguirá privatizado el servicio de laboratorio centralizado de varios hospitales públicos.
seguirá privatizado el servicio de laboratorio centralizado de varios hospitales públicos.
[Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo señala que el modo de adquisición del grado personal [el nivel de complemento de destino soncolidado en el sueldo] de los funcionarios de carrera [fijos] es aplicable a los interinos' [los funcionarios temporales], tras recurso de un funcionario interino que ocupó durante 12 años un puesto de nivel superior al desempeñado en la actualidad [ y a diferencia del fijo cuando lleva 2 años en un nivel superior, no le consolidaron ese nivel superior en su sueldo por ser temporal , violando la directiva comunitaria que prohíbe discriminar en condiciones de trabajo al personal temporal del fijo]
La Sala Tercera, de lo
Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha dictado una
sentencia en la que fija que el artículo 70.2 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995, que establece el modo de adquisición del
grado personal en la Administración del Estado, resulta de aplicación no
sólo a los funcionarios de carrera sino también a los funcionarios
interinos. Dicho artículo señala que todos los funcionarios de carrera
adquirirán un grado personal por el desempeño de uno o más puestos del
nivel correspondiente durante dos años continuados o tres con
interrupción.
Recordatorio. Publicado en el Boletín Oficial el Acuerdo de la Mesa General de Empleo del Ayuntamiento de Madrid de 11/09/2018 sobre los criterios a aplicar en los procesos de estabilización y consolidación derivados de los acuerdos nacionales incluidos en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018: serán concurso-oposición, incluso para laborales (aun siendo posible sin necesidad de ley un concurso de méritos que desechan los firmantes) y se convocarán todos los puestos de más 3 años a 31/12/0217 y los de los indefinidos no fijos por sentencia
[Recordatorio de entrada publicada el 19/10/2018]
Se ha publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid del 16/10/2018 el acuerdo , que se había firmado en Septiembre por el Gobierno del Ayuntamiento y los sindicatos CCOO UGT y CITAM ( pero NO firmado por los sindicatos CSIF y CGT) y que , siguiendo lo permitido previamente por los acuerdos nacionales "de estabilización del empleo temporal" incluidos con rango de Ley en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado
establece que [entre corchetes en cursiva apreciaciones nuestras]
Se ha publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid del 16/10/2018 el acuerdo , que se había firmado en Septiembre por el Gobierno del Ayuntamiento y los sindicatos CCOO UGT y CITAM ( pero NO firmado por los sindicatos CSIF y CGT) y que , siguiendo lo permitido previamente por los acuerdos nacionales "de estabilización del empleo temporal" incluidos con rango de Ley en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado
- de 2017 , que autoriza a sacar a OPEs
- los puestos de todos los interinos de antes de 2005 de cualquier sector de cualquier AAPP según la disposición transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado público,
- además, exclusivamente para un grupo de sectores -como Servicios de Salud y docentes- hasta el 90% de todos sus puestos temporales de más de 3 años a fecha de 31/12/2016 con la obligación de que la temporalidad total quede por debajo del 8%
- además todos los puestos de los indefinido no fijos por sentencia lde cualquier AAPP
- y de 2018 que universaliza la autorización a
- ya todos los temporales de más de 3 años y a fecha ya de 31/12/2017 ya de todos los sectores públicos de todas las AAPP
- además todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia de cualquier AAPP
establece que [entre corchetes en cursiva apreciaciones nuestras]
- se convocarán todos los puestos de funcionarios y laborales más de 3 años temporales a fecha de 31/12/2017 [la nueva fecha establecida por la ley de PGE de 2018]
- se convocarán los puestos del personal laboral indefinido no fijo por sentencia [confirmando la consideración de su carácter temporal también para esta Administración Pública que es el Ayuntamiento de Madrid]
- el proceso selectivo será en todos los casos el concurso-oposición "ante la falta de cobertura legal para la utilización del concurso de valoración de méritos en un proceso único", [en
clara referencia a que aunque es posible utilizar la figura del
concurso de méritos para el personal laboral sin necesidad de ley, tal y
como establece el artículo 61.7
del Estatuto Básico del Empleado Público y tal y como recuerda como
posibilidad para las convocatorias para laborales de estos procesos
incluido en el último documento del Gobierno a las AAPP sobre recomendación de criterios comunes para los procesos de estabilización; en cambio para el personal funcionario y estatutario sólo es
posible, tal y como establece el artículo 61.6 del mismoEstatuto Básico
del Empleado Público. si hay una ley específica que lo habilite -¡como
podían haber
sido las leyes de Presupuestos!-; ante esta situación ¡los firmantes de
este
acuerdo de una entidad local, el Ayuntamiento de Madrid, están de
acuerdo que no haya concurso de méritos ¡para nadie!]
VIII Foro de Gobernanza de las TIC en Salud de la SEIS el 21 y 22 de Noviembre en Palma de Mallorca. Ponentes de Sanidad de Madrid
Del 21 al 22 de Noviembre tendrá lugar en Palma de Mallorca el VIII Foro de Gobernanza de las TIC en Salud, las jornadas organizadas por la Sociedad Española de Informática de la Salud (SEIS) destinadas a "responsables
TIC del sistema sanitario" que este año cuentan con el lema "Nuevos retos de la era Digital" y tres áreas
diferenciadas: la "Gobernanza basada en datos", la "amenaza del
IOT" y por último, "CISO: Seguridad/Continuidad de negocio/estrategia".
Según el programa de detalle los participantes en las mesas, conferencias, etc de Sanidad de Madrid serán:
Según el programa de detalle los participantes en las mesas, conferencias, etc de Sanidad de Madrid serán:
jueves, 15 de noviembre de 2018
IMPORTANTE: el Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad puede ser una solución del fraude de ley adecuada a la normativa europea, por una demanda de odontólogos del SERMAS, temporales durante más de 15 años sin convocatorias, en un juzgado de Madrid que también cuestiona ante el tribunal europeo la figura del indefinido no fijo - "se cambia temporalidad por temporalidad" - y se suma a la pregunta previa sobre si conceder fijeza que ya está en el Tribunal de Justicia Europeo, además de preguntar por una indemnización suficiente y realmente importante en caso contrario
El pasado 15/10/2018 se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea la importante "petición de decisión (o cuestión) prejudicial" al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE] que había presentado el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid el pasado 8 de Junio de 2018 como ya avanzamos aquí, por una demanda de fijeza
de empleados públicos temporales "en fraude de ley" por abuso de
temporalidad de su administración pública, en concreto, por una demanda
de 5 odontólogas estatutarias del Servicio
Madrileño de Salud [SERMAS] de la Comunidad de Madrid. Ha quedado bajo el Asunto C-429/18
De esta manera pasa a estar ya oficialmente en el TJUE (bajo el Asunto C-429/18 "Fernández Álvarez y otros") una nueva consulta vinculante, como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas de 2016, que en caso de obtener respuesta favorable por parte del tribunal de justicia europeo que está por encima de todos los españoles y, que, por la jurisprudencia que establecería, y al igual que pasó con los complementos de sueldo de antigüead [o "trienios"] podría tener consecuencias de dimensiones monumentales, trascendentales y favorables para la estabilidad real de al menos los más de 100 mil empleados públicos con más de 3 años de temporalidad con el mismo tipo de relación de empleo , la de régimen administrativo utilizada en los servicios de Salud [los "estatutarios de Sanidad"], de todas las Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión, para el resto de centenares de miles de funcionarios temporales -con su relación de empleo igualmente bajo régimen administrativo, y por tanto, en la justicia, bajo el Orden de lo Contencioso-Administrativo- de todas las Administraciones públicas y de todos los ámbitos estatal, regional y local, si bien el camino para lograr algo "en firme" podría ser largo si la aplicación del juzgado que presentó la cuestión de una sentencia supuestamente europea favorable es luego recurrida por la Comunidad de Madrid hasta incluso el Supremo. Sin duda, también debería efectos sobre los empleados públicos bajo relación de empleo de tipo "laboral", y por tanto, en la justicia española bajo el Orden de lo Social (otros juzgados) , y hasta ahora mucho mejor posicionados en otro tipo de demandas: las de indemnizaciones, pero en idéntica posición en cuanto a algo firme conseguido para la cuestión de la fijeza.
De esta manera pasa a estar ya oficialmente en el TJUE (bajo el Asunto C-429/18 "Fernández Álvarez y otros") una nueva consulta vinculante, como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas de 2016, que en caso de obtener respuesta favorable por parte del tribunal de justicia europeo que está por encima de todos los españoles y, que, por la jurisprudencia que establecería, y al igual que pasó con los complementos de sueldo de antigüead [o "trienios"] podría tener consecuencias de dimensiones monumentales, trascendentales y favorables para la estabilidad real de al menos los más de 100 mil empleados públicos con más de 3 años de temporalidad con el mismo tipo de relación de empleo , la de régimen administrativo utilizada en los servicios de Salud [los "estatutarios de Sanidad"], de todas las Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión, para el resto de centenares de miles de funcionarios temporales -con su relación de empleo igualmente bajo régimen administrativo, y por tanto, en la justicia, bajo el Orden de lo Contencioso-Administrativo- de todas las Administraciones públicas y de todos los ámbitos estatal, regional y local, si bien el camino para lograr algo "en firme" podría ser largo si la aplicación del juzgado que presentó la cuestión de una sentencia supuestamente europea favorable es luego recurrida por la Comunidad de Madrid hasta incluso el Supremo. Sin duda, también debería efectos sobre los empleados públicos bajo relación de empleo de tipo "laboral", y por tanto, en la justicia española bajo el Orden de lo Social (otros juzgados) , y hasta ahora mucho mejor posicionados en otro tipo de demandas: las de indemnizaciones, pero en idéntica posición en cuanto a algo firme conseguido para la cuestión de la fijeza.
Recordemos que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid planteaba al Tribunal Europeo [ver auto judicial] , dentro del procedimiento judicial P.A. 125/2017 de 5 Facultativos Especialistas de Odontología del Servicio Madrileño de Salud, que presentaron la demanda con el despacho Araúz de Robles a iniciativa del sindicato médico AMYTS, t, entre varias importantes cuestiones, su cuestionamiento de si , como ha planteado el Gobierno del Estado tras el acuerdo sindical nacional y también defiende la Comunidad de Madrid, que se convoquen a Ofertas de
Empleo Público Temporal "convencionales" los puestos estatutarios de temporales de más de 2 o 3 años pueda considerarse la medida adecuada que la ley europea exige debe existir para "sancionar" a la administración y compensar al personal en situación de abuso de temporalidad , como es evidentemente la situación de estos odontólogos estatutarios temporales en
el mismo puesto en su Centro de Salud entre 12 y 18 años, con nombramientos tanto interinos de vacante, de
sustitución o eventuales (en un caso, ¡concatenando 227 nombramientos!)
sin mediar proceso selectivo alguno hasta un concurso-oposición en 2015,
donde además primaba la fase de oposición.
[AFEM] 'Comunicado de prensa sobre el actual caos informático en la Sanidad madrileña'
'Ya
hace aproximadamente un año y medio que el SERMAS se empeñó en
implantar el HP-HCIS, una aplicación de Historia Clínica Electrónica
llamada a ser el referente en los grandes Hospitales de Gestión Pública
madrileños. Comenzó antes implantándose en el Hospital 12 de Octubre con
escasa aceptación por parte de los profesionales y ahora tocaba
generalizar sin más. HCIS ha resultado ser una aplicación más
administrativa que clínica con escasa utilidad y un deterioro en los
hospitales que ya manejaban Historia Clínica Electrónica. Casi 16
millones de euros ha costado la broma con unas prestaciones malas e
incompletas.
En el tercer trimestre de 2018 se está implantando otra aplicación que denominan Módulo Único de Prescripción (MUP) y que pretende ser una forma de prescripción de recetas unificada, sin papel. Un sistema unificado de este tipo parece a priori ser una buena idea, ahorraría trabajo, ahorraría burocracia y facilitaría al paciente la adquisición de sus recetas y medicamentos.
Pero en estos meses hemos vivido un verdadero caos sanitario. La implantación del MUP, prevista hace tiempo, se ha acelerado el pasado mes, iniciándose en el conjunto de los Centros de Salud el mismo día, con un apresuramiento y una falta de previsión que ha convertido la labor asistencial en una auténtica pesadilla para los médicos de familia y el resto de los profesionales de Atención Primaria, con continuas caídas de los servidores y de todas las aplicaciones informáticas. Frecuentes y prolongadas caídas de todo el sistema informático se han dado también en grandes Hospitales como La Paz y 12 de octubre.
En el tercer trimestre de 2018 se está implantando otra aplicación que denominan Módulo Único de Prescripción (MUP) y que pretende ser una forma de prescripción de recetas unificada, sin papel. Un sistema unificado de este tipo parece a priori ser una buena idea, ahorraría trabajo, ahorraría burocracia y facilitaría al paciente la adquisición de sus recetas y medicamentos.
Pero en estos meses hemos vivido un verdadero caos sanitario. La implantación del MUP, prevista hace tiempo, se ha acelerado el pasado mes, iniciándose en el conjunto de los Centros de Salud el mismo día, con un apresuramiento y una falta de previsión que ha convertido la labor asistencial en una auténtica pesadilla para los médicos de familia y el resto de los profesionales de Atención Primaria, con continuas caídas de los servidores y de todas las aplicaciones informáticas. Frecuentes y prolongadas caídas de todo el sistema informático se han dado también en grandes Hospitales como La Paz y 12 de octubre.
Proyecto de Presupuestos 2019 de la Comunidad de Madrid - III: notable aumento del presupuesto TIC de los Servicios Centrales del SERMAS Sanidad -que siguen creciendoy con una estrategia de centralización sin mencionar si acompañada de personal propio- y de la Agencia para la Administración Digital de de la Comunidad de Madrid (ex ICM) - que crece también de forma importante-
Continuamos
ahora analizando el proyecto completo de ley de presupuestos de la Comunidad de Madrid para 2019, aprobado
en el pasado Consejo de para su remisión a la
Asamblea de Madrid, donde puede recibir enmiendas tanto en fase de
Comisión de Presupuestos como en Pleno, y ya publicado en el Portal de la Comunidad de Madrid, con esta entrada dedicada a los presupuestos en Tecnologías de la Información y Comunicaciones [TIC] centralizados, tanto en
la Consejería de Sanidad bajo el gobierno de la Dirección General de Sistemas de
Información Sanitaria del SERMAS, como en la Agencia para la Administración Digital de la CM (antigua Agencia de Informática y
Comunicaciones de la comunidad de Madrid),.
En general, se observa un importante aumento del 16% del presupuesto de las Tecnologías de la Información gestionadas por los Servicios Centrales de Sanidad [SSCC] bajo la Dir. Gral de Sistemas de Información [SSII] Sanitaria del
SERMAS [DGSIS] - para superar la barrera de los 50 millones de euros, aumento especialmente importante en la contratación de servicios externalizados- y con -nuevamente.- un importante énfasis en la memoria de los presupuestos sobre la centralización de SSII recursos y servicios de los hospitales , y con una ausencia de mención a estrategia alguna en la línea de contar con informáticos propios del SERMAS en los SSCC de TI del SERMAS , abandonando su externalización total actual , pese lo anunciado el verano de 2016 en la Mesa Sectorial trasladando compromisos previos compromisos previos de la Consejería de Sanidad
"alcanzados", si bien es cierto, en un escenario de movilización en
tiempos preelectorales. Si la Consejería de Sanidad no abandona ese
modelo de externalización total de esos SSCC de TI y continúa con la
centralización allí, como parece, de servicios informáticos prestados
con recursos propios de los centros hospitalarios en la actualidad,
necesariamente aumentará el nivel de privatización informática, y por
tanto de una privatización en Sanidad, en contra del propio programa del
partido en el Gobierno.
Si era cierta esa necesidad de crecimiento antes de 2018 en hasta 106 profesionales propios -más lógicamente donde apenas hay y adonde va la informática: en los SSCC- anunciada entonces como necesaria para dar respuesta al Plan de Sistemas, ya debería haberse presupuestado alguna partida en los presupuestos de este año en la forma de plazas RRHH para esos SSCC, especialmente tras quedar sólidamente establecido por el Consejo de Estado y el Tribanal Constitucional que por supuesto que puede haber informáticos estatutarios de las categorías estatutarias del SERMAS en los SSCC del SERMAS.
En cuanto a la antigua Agencia de informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid (ICM), ahora Agencia para la Administración Digital de la CM , también experimenta un ligero aumento del presupuesto no mencionándose que se plantee fusión alguna entre ambos entes regionales de Tecnologías de la Información, si bien, este tipo de medidas es más propia de la Ley de Medidas Fiscales o "de acompañamiento de los presupuestos".
Si era cierta esa necesidad de crecimiento antes de 2018 en hasta 106 profesionales propios -más lógicamente donde apenas hay y adonde va la informática: en los SSCC- anunciada entonces como necesaria para dar respuesta al Plan de Sistemas, ya debería haberse presupuestado alguna partida en los presupuestos de este año en la forma de plazas RRHH para esos SSCC, especialmente tras quedar sólidamente establecido por el Consejo de Estado y el Tribanal Constitucional que por supuesto que puede haber informáticos estatutarios de las categorías estatutarias del SERMAS en los SSCC del SERMAS.
En cuanto a la antigua Agencia de informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid (ICM), ahora Agencia para la Administración Digital de la CM , también experimenta un ligero aumento del presupuesto no mencionándose que se plantee fusión alguna entre ambos entes regionales de Tecnologías de la Información, si bien, este tipo de medidas es más propia de la Ley de Medidas Fiscales o "de acompañamiento de los presupuestos".
miércoles, 14 de noviembre de 2018
Relación provisional de casi 3 mil puestos de funcionarios y laborales de la administración de la Comunidad de Madrid de más de 3 años de temporalidad afectados por la parte extraordinaria de la inminente OPE 2018 de la Comunidad de Madrid, que según el acuerdo/convenio de personal funcionario/laboral recientemente aprobado se enfrentarían a procesos selectivos de concurso-oposición en el caso general y de concurso de méritos en ningún caso
Ha trascendido en las redes sociales la relación provisional , al nivel de Número de Puesto de Trabajo por cuerpo/escala/especialidad o categoría, de los casi 3 mil puestos funcionarios y laborales de la administración de la Comunidad de Madrid, que podrían verse afectados -de publicarse así definitivamente-, todos puestos temporales de más de 3 años, por los denominados "procesos de estabilización" que la Comunidad de Madrid plantea incluir en la parte extraordinaria de su inminente Oferta Pública de Empleo 2018 en cuanto al personal funcionario y laboral de su Administración.
Recordemos que según los los respectivos artículos 19 de
Así, la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2017, ya incluía plazas en su Anexo III para estos "proceso de estabilización": 342 de personal funcionario de los Cuerpos de Administración General y Especial, de 3.866 de personal laboral de Administración y Servicios., 11.664 de Personal Estatutario del Servicio Madrileño de Salud y 4057 de Personal Docente , sin perjuicio de que buena parte de las 3.665 plazas computadas por tasa de reposición también de personal temporal más de 3 años. Esa parte "extraordinaria" de estabilización de la OPE 2017 de la Comunidad de Madrid se hizo con la entonces restrictiva habilitación que daba la Ley de PGE de 2017.
Recordemos que según los los respectivos artículos 19 de
- la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 que habilita a las Administraciones Públicas a sacar a OPEs hasta el 90% de los puestos temporales más de 3 años a 31/12/2016 en ciertos sectores -que incluyen los servicios públicos de salud- y todos los puestos de antes de 2015 en los términos de la Disposición Adicional 4ª de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público , obligando a las AAPP a que realice estos procesos en los sectores afectados para que la temporalidad no supere el 8%
- y de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, que universaliza esa habilitación a todos los sectores de todas las AAPP en todos sus puestos de más de 3 años a 31/12/2017
Así, la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2017, ya incluía plazas en su Anexo III para estos "proceso de estabilización": 342 de personal funcionario de los Cuerpos de Administración General y Especial, de 3.866 de personal laboral de Administración y Servicios., 11.664 de Personal Estatutario del Servicio Madrileño de Salud y 4057 de Personal Docente , sin perjuicio de que buena parte de las 3.665 plazas computadas por tasa de reposición también de personal temporal más de 3 años. Esa parte "extraordinaria" de estabilización de la OPE 2017 de la Comunidad de Madrid se hizo con la entonces restrictiva habilitación que daba la Ley de PGE de 2017.
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