martes, 9 de marzo de 2021

Se debate y vota este jueves 11 de Marzo la Proposición No de Ley de Ciudadanos en el Congreso para instar al Gobierno del Estado a que regule una norma que obligue a las AAPP a inspeccionar el abuso de temporalidad y no incluyan los puestos en Ofertas Públicas de Empleo mientras no se aplique una sanción , cumpliendo con sentencias europeas. Máxima expectación tras las declaraciones del Ministro de Función Pública del pasado viernes acerca de este problema

Este Jueves 11 de Marzo y tras la finalización del Pleno del Congreso -presumiblemente ya por la tarde- tendrá lugar sesión de la Comisión de Política Territorial y Función Pública del Congreso en la que, según su orden del día, se debatirá y votará la Proposición No de Ley (nº 161/1894) que el  grupo de Ciudadanos en el Congreso  registró el pasado 11/01/2021 relativa al "establecimiento de sistemas específicos de inspección y régimen sancionador para las Administraciones que realicen conductas abusivas en materia de contratación pública, específicamente en la contratación sucesiva de personal temporal en fraude de ley"

La parte dispositiva de su texto íntegro (publicado en BOCG-Congreso nº 207 de 22/01/2021), tras exponer sus proponentes  Inés Arrimadas García y  Pablo Cambronero Piqueras la situación de "abuso sistemático de la temporalidad en la contratación pública" que "afecta a más de 800.000 familias españolas, y no solo a ellos, también a los 47 millones de españoles que reciben servicios públicos de manos de personas contratadas bajo una situación de fraude" y que los Tribunales de Justicia Europeos han  condenado  como la Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo de 14 de septiembre de 2016 "requiriendo precisamente a la comprobación de la naturaleza y motivación de la renovación de estos contratos temporales", reza literalmente:


[FAC USO Nacional] 'Sentencias positivas de reconocimiento de fijeza' [sentencia de laboral fijo por Juzgado de Bilbao a laboral de contrato de interinidad de vacante prolongada de la UPV y sentencia de laboral fijo discontinuo por Tribunal Superior de Justicia de Extremadura a utilización abusiva de contratos laborales eventuales por circunstancias de la producción para campañas contra incendios]

'Como sabéis, por parte de la FAC USO se ha apostado sin tapujos por la fijeza del los Empleados Públicos que están en situación de Fraude de Ley, o como diría el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en situación de “abusibilidad”. Para ello tenemos en marcha desde hace años una Campaña en este sentido que abarca los ámbitos políticos, sindicales y jurídicos... área esta en la que tenemos interpuesta a día de la fecha cientos de demandas... y otras tantas que se van a interponer en los próximos meses...

Ayer mismo tuvimos conocimiento de dos Sentencias recaídas en procedimientos tramitados por la FAC USO que suponen un existo muy importante para conseguir este objetivo.

En la primera de ellas, el Juzgado de lo Social Número 11 de Bilbao declara FIJA a una trabajadora de la Universidad del País Vasco, reconociendo que su contrato era abusivo, ya que llevaba en precariedad desde 2003. No la declara indefinida no fija, como hasta ahora venían haciendo algunos Juzgados y Tribunales, sino FIJA directamente. Consideramos que la Sentencia, de mas de 16 páginas, es impecable, no solo por el Fallo de la mismas, que es conforme a nuestras pretensiones, sino porque esta muy bien fundamentada, llena de referencias jurisprudenciales, no solo del TJUE, sino también del Tribunal Supremo (TS)... entrando a considerar la cuestión de la falta de un proceso selectivo y/u oposición, tal como establece el Artículo 103 de la Constitución Española (CE), que es lo que siempre oponen los Letrados de la Administración... Concluyendo de forma tajante, en el último párrafo de su Fundamentación Jurídica, con estos argumentos, que trascribimos a continuación:

Ciudadanos, El Pi y PP presentan iniciativas parlamentarias en Baleares sobre el abuso de temporalidad en el empleo público. En el debate hoy de la moción del PP, PSOE de Baleares dice que ya está en marcha una solucion de normativa desde el Estado que prohibirá a futuro contratos de más de 3 años pero también "regularizará el pasado con procesos de consolidación de plazas"

  • Ciudadanos, una PNL para inspección y sanción con la figura de "personal fijo a extinguir". 
  • El Pi, una PNL para un concurso de méritos con prioridad la antgüedad en los puestos, 
  • PP, una moción que insta al Gobierno del Estado y Balear a cambios normativos y mientras tanto la exclusión de OPEs de los puestos del personal en abuso y que se debatió este Martes 9 en el Pleno del Parlamento Balear, siendo rechazados esos puntos, salvo la realización de un informe, con los votos en contra del Gobierno Balear 
  • Podemos y PSOE dicen que ya está en marcha una resolución normativa efectiva desde el Estado, como aseguró el Ministro, detallando el PSOE que por un lado prohibirá a futuro contratos de más de 3 años pero también "regularizará el pasado  con procesos de consolidación de plazas"

 

 

Los 3 grupos parlamentarios de Ciudadanos, Partido Popular y El Pi-Proposta per les Illes Balears, tras reunirse y atender la petición de la Coordinadora de interinos y temporales de les Illes Balears, han presentado iniciativas en relación a la temporalidad abusiva en las Administraciones Públicas que se debatirán y votarán en próximos días en el Parlamento Balear.

 

Ciudadanos registró el pasado 19/02/2021 una Proposición No de Ley (nº expdte 10-2021/PRON-0074), que se debatirá en la "Comissió d'Assumptes Institucionals i Generals", para "el establecimiento de sistemas específicos de inspección y régimen sancionador para las Administraciones que realicen conductas abusivas en materia de contratación pública, específicamente en la contratación sucesiva de personal temporal en fraude de ley" cuyo texto dispositivo (publicado en el BOPIB nº 89 pàgina 5071, tras su admisión a trámite) reza, siempre motivado por la Directiva Europea 1999/70/CE y la reciente jurisprudencia europea en  torno al abuso de temporalidad en el empleo público:

lunes, 8 de marzo de 2021

Recordatorio. La Junta de Andalucía reguló en 2010 por Decreto de su Gobierno autonómico una Disposición transitoria que garantizaba la estabilidad real de sus funcionarios docentes interinos de entonces con más de 55 años y una antigüedad minima de 5 años de servicio. Algunas plataformas y sindicatos de empleados públicos y grupos parlamentarios solicitan una regularización administrativa que garantice la estabilidad laboral de todo el personal público en fraude de ley de abuso de temporalidad de las AAPP para dar cumplimiento de forma eficiente a la sentencia europea de 19/03/2020 y a la Directiva Europea 1999/70/CE

 [Recordatorio de entrada publicada el 15/01/2021

En 2010 la Junta de Andalucía, y tras un acuerdo de estabilidad de los interinos de más de 55 años firmado por  CCOO, ANPE, CSI-CSIF, FETE-UGT y Ustea, aprobó y publicó en el Boletín Oficiial de la Junta de Andalucía,  el  Decreto 302/2010, de 1 de junio, "por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes", que incluía esta  importante Disposición transitoria primera:

"1. De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, se garantiza la estabilidad laboral al personal funcionario interino asimilado a los distintos cuerpos y especialidades docentes que, durante los años de implantación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, haya cumplido cincuenta y cinco años de edad y tenga reconocido, al menos, cinco años de servicio en las bolsas de trabajo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2. Los requisitos recogidos en el apartado anterior se entenderán referidos al 31 de agosto de cada año."


Es decir,esta disposición vino a establecer la garantía de estabilidad laboral, que el personal que cumpliera esos requisitos -mayores de 55 años y  una antigüedad mínima de 5 años de servicoi- ha podido estar usando después todos estos años (la gran mayoríaa ya se habrá jubilado)  para hacer efectivo que su puesto no fuera ofertado en procesos de adjudicación de vacantes , no siendo por tanto cesados, y teniendo en la práctica las mismas condiciones de cese que el funcionario docente fijo (sin llegar a serlo).


Respuesta del Consejero de AAPP de Andalucía a pregunta de Adelante Andalucía sobre el abuso de temporalidad en el empleo público y la necesidad de buscar una fórmula de regularización administrativatras las sentencias europeas: el objetivo es reducir la temporalidad para lo que están tramitando las convoctorias de los procesos de estabilización, no hay fraude de ley ni mucho menos y la sentencia europea dice que para que el personal temporal sea fijo por mucho tiempo que lleve debe superar el proceso selectivo correspondiente

El pasado 19/23/2020 tuvo lugar en la  Comisión de Presidencia, Administración Pública e Interior del Parlamento de Andalucí, la Pregunta  al Gobierno andaluz, (expdte 11-21/POC-000200) a petición del portavoz  del grupo parlamentario de Adelante Andalucía, Ismael Sánchez sobre el abuso de la contratación temporal en la AAPP de la CCAA de Andalucía.

En su intervención  [ ver retransmisión en canal de Youtube de Adelante Andalucía ], Ismael Sánchez dijo, entre otras cosas:

  • "activar la inspección, ir viendo caso a caso, y podremos llegar al número total de personal temporal y funcionarios interinos que se está abusando por parte de las administraciones respecto a la temporalidad"
  • "estamos hablando de miles de personas, personas, que no plazas, que puede que están pagando las consecuencias de una situación que ellos y ellas no han provocado"
  • "tenemos como usted sabe ya, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 19 de marzo, tenemos un auto de Portugal de septiembre, una sentencia respecto a algo similar en Grecia de la semana pasada
  • "yo no sé si la mejor forma de garantizar la estabilidad de estos trabajadores y trabajadoras es a través de la nueva ley de función pública, es a través del desarrollo de la iniciativa legislativa popular, con las modificaciones que haya que hacerle; lo que sí sé es que hay que darle una solución definitiva a este problema"
  • "tenemos que buscar la fórmula para que se quede, tenemos que buscar la regulación administrativa que garantice la fijeza de estos miles de trabajadores y de trabajadoras"


Compareció para dar respuesta Elías Bendodo, Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía [ ver vídeo con parte de su retransmisión en este tweet del Sindicato de Interinos Justicia Acción] quien afirmó:

Recordatorio: IMPORTANTE: la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo admite tramitar en recursos de casación de estatutarios temporales del SERMAS ya interinos de vacante durante 8 a 20 años y que demandaban la fijeza o equiparación como sanción al abuso y los derechos del fijo en condiciones de trabajo, si teniendo en cuenta ya la sentencia europea de 19/03/2020 puede considerarse que hay abuso de temporalidad según la Directiva europea 1999/70/CE y cuáles deberían ser las consecuencias laborales y/o económicas para los demandantes. También admite la cuestiones de si el estatutario temporal tiene derecho a la movilidad vertical y a la horizontal por discriminación con el fijo según la misma Directiva Europea. El Tribunal Supremo admite los recursos por afectar a un gran número de situaciones que trascienden los casos de los procesos

 [Recordatorio de entrada publicada el 02/03/2021

La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo admitió a trámite entre el  pasado 27/01/2021 y el 5 de Febrero de forma seguida un buen número  recursos de casación  de personal estatutario temporal del Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] (y de algún otro servicio de Salud, en concreto, del de Canarias)   interinos de vacante durante entre 8 y 20 años, que demandaban lo mismo que los estatutarios interinos del SERMAS,  con la asistencia jurídica del abogado Javier Araúz,  de los asuntos acumulados del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "Sanchez Ruiz /Fernández Álvarez y otros" (el asunto principal el de un informático nuestro) que dieron lugar a  la famosa y esperanzadora sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020:

  1. el reconocimiento de situación de abuso de temporalidad y del carácter fijo o equiparado de su relación de servicio como sanción a dicho abuso  en base a la cláusula 5ª de la Directiva Europea sobre empleo temporal 1999/70/CE
  2. el derecho a la carrera profesional y  a la movilidad horizontal (participar en concursos de traslado, provisiones de vacantes) y a la movilidad vertical (promoción interna, ascensos y carrera administrativa) en base a la cláusula 4ª de no discriminación con el fijo de la citada Directiva

Por ejemplo,, se encuentran estas admisiones de recursos de casación por ese conjunto de demandas por el mismo gabinete (Araúz) en casos del SERMAS y de algún otro servicio de Salud, como el canario o el aragonés:

Desierta la convocatoria de puesto informático de gestión de los CPD centralizados del Servicio Madrileño de Salud. Se vetaba participar al propio personal informático estatutario del Servicio Madrileño de Salud

Recientemente se ha publicado en el BOCM (nº 3 de 2021, de 5 de Enero) la resolución, con la declaración de desierto del puesto de trabajo, de la convocatoria de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda para la Consejería de Sanidad,  de la provisión por el procedimiento de libre designación  de un puesto de  Técnico de Apoyo  de Grupo A (de Nivel 28) en el Área de Explotación de Centro de Proceso de Datos de la Subdirección General Arquitectura de Sistemas y Sistemas de Información bajo la Dirección General de Sistemas de Información y Equipamientos Sanitarios del Servicio Madrileño de Salud [DGSIES].

 
Recordemos que se daba la especial circunstancia que se trata del puesto de igual número al liberado por la anterior responsable por el SERMAS de la unidad centralizada -y externalizada íntegramente en cuanto a la ejecución del servicio- de administración de lo Sistemas y los CPD centrales ["CEDAS"] del Servicio madrileño de Salud  , tras conseguir el puesto de  Subdirectora General de Equipamiento y Mantenimiento de los SSII en esa misma Dir. Gral de la informática del SERMAS.


Como, lamentablemente, es habitual en los puestos bajo las Subdirecciones de informática del SERMAS, la convocatoria parecía restringida a funcionarios de carrera de cualquier Administración Pública, y por  tanto, nuevamente no parece que se admita al propio personal estatutario fijo de las categorías de  informática del propio SERMAS,  en algunos casos con amplia experiencia en Centros de Procesos de DAtos hospitalarios, perdiéndose la oportunidad de aprovechar para abrir a este personal estatutario del SERMAS este puesto, que sigue bajo la provisión de la Consejería de Hacienda pero no deja de ser del Servicio Madrileño de Salud y por tanto de un servicio público de salud


A este último respecto, no podemos olvidar :

La Comisión Europea informa que ha recibido muchas denuncias sobre que las recientes sentencias del Tribunal Supremo español no respetan las del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] en relación al índice IRPH en contratos hipotecarios. La Comisión recuerda que los órganos jurisdiccionales nacionales están obligados a tener en cuenta la jurisprudencia del TJUE y si hay pruebas de que los órganos jurisdiccionales de un Estado miembro no respetan las sentencias a Comisión Europea podrá incoar un procedimiento de infracción contra el Estado miembro

La Comisión Europea acaba de publicar un documento de "Acuse de recibo y carta previa al archivo de una denuncia múltiple sobre la presunta infracción de la Directiva 93/13/CEE sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores y de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión
Europea a través de las sentencias del Tribunal Supremo español relativas al índice IRPH" en el que informa que
forma que:
  • ha recibido "un gran número de denuncias" [de ciudadanos españoles] sobre la "posible incompatibilidad" de las sentencias del Tribunal Supremo español conocidas el pasado 12 de noviembre de 2020 con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] -en especia su sentencia de 3 marzo y de 9 de julio de 2020- en relación a demanda sobre el índice IRPH en contratos hipotecarios
  • ha agrupado dichas denuncias en una denuncia múltiple de número de referencia CHAP (2021) 00759,
  • los órganos jurisdiccionales nacionales están obligados a tener en cuenta la jurisprudencia del TJUE y, si tras una sentencia , dichos órganos jurisdiccionales siguen teniendo dudas pueden plantear nuevas cuestiones de decisión prejudicial para solicitar aclaraciones sobre
    cuestiones que consideren no han sido aclaradas en las sentencias anteriores
  • si una sentencia del TJUE en una decisión prejudicial establece que  alguna norma o  jurisprudencia nacional no se ajusta al Derecho de la UE, la Comisión hace un seguimiento [de la aplicación] de dicha sentencia del TJUE en el Estado en cuestión [para ver si deja de tener lugar dicho incumplimiento]
  • si hay pruebas de que los órganos jurisdiccionales de un Estado miembro no respetan las sentencias del TJUE, la Comisión Europea podrá incoar un procedimiento de infracción contra el Estado miembro 
  • dado que en este tema en concreto, dos juzgados de Barcelona e Ibiza han planteado nuevas cuestiones prejudiciales , en principio la Comisión Europea no incoará procedimiento de infracción y archivará esta denuncia múltiple (específica sobre esas sentencias del Supremo) si no recibe nueva información en 4 semanas que le permita llegar a una conclusión diferente

domingo, 7 de marzo de 2021

Entradas más vistas de la semana 01/03/2021-07/03/2021 en este blog: el Tribunal Supremo admite a trámite recursos de casación de abuso de temporalidad de estatutarios del SERMAS, la Comisión Europea exige a España solucionar el problema de la temporalidad pública para poder recibir los fondos europeos, el ministro de Función Pública dice que habrá u proceso para resolver los temporales de mucho tiempo y que tienen derecho a la permanencia en una plaza, ...

Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

Publicada en el Boletín Oficial de la C. de Madrid la Orden que actualiza las zonas con restricciones de movilidad extraordinarias ante la pandemia de COVID-19

Se han publicado en el B.O.C.M. de ayer 06/03/2021 la Orden 286/2021, de 5 de marzo, de la Consejería de Sanidad  de la C. de Madrid, por la que "se modifica la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica", que implementa lo también anunciado por la Comunidad de Madrid el día anterior , actualizando  en la C. de Madrid a las zonas  con restricciones extraordinarias de movilidad  (las medidas de la Orden 1405/2020, de 22 de octubre) desde las 00:00 horas del día 8 de marzo de 2021 y hasta las 00:00 horas del día 15 de marzo de 2021, sin perjuicio de su prórroga a:

viernes, 5 de marzo de 2021

[Diari de Miquel Iceta] ''Intervención en la toma de posesión de diversos altos cargos del Ministerio de Política Territorial y Función Pública' [Extracto sobre la temporalidad] ["En esta legislatura deberíamos culminar ... un proceso que además resuelva la cuestión de aquellos y aquellas que llevan ya mucho tiempo trabajando en la Administración desde este puesto de interinos y que tienen todo el derecho a que se les atribuya en permanencia una plaza"]

 [...] 'Siempre hay cosas por resolver, en la Administración. Nadie puede pensar que la labor se acaba un día. Pero hay algunas que estos días están ocupando espacios en los medios de comunicación, la de la temporalidad de los interinos. La oportunidad, sobre la que Javier viene trabajando ya hace tiempo de reformar el Estatuto básico del empleado público. Y además ahora con una cierta urgencia o presión adicional porque la propia UE nos dice que es una cuestión que debemos resolver.

Vamos a reformar ese Estatuto Básico, la semana que viene ya tenemos las primeras reuniones con los sindicatos. Sabéis que estamos hablando de trabajadores que, muchos de ellos, muchas de ellas, ejercen una labor que aquí llamamos estructural, pero que, en cambio, su relación contractual es interina y no por lo tanto no son titulares de una plaza fija.

 


 

Para un trabajo fijo, necesitamos un contrato fijo, necesitamos fijeza . [En el discurso real dijo: "no me gusta mucho la palabra fijeza pero"] Define perfectamente lo que necesitamos. Y entonces quiero lanzar aquí un mensaje a los trabajadores de la función pública a los servidores públicos: somos conscientes de este tema y desde luego vamos a abordarlo.

[Cadena Ser Hora25] "Interinos: ultimátum de Bruselas" [La Comisión Europea da un ultimátum al Gobierno español para que regularice a los interinos en fraude de ley de abuso de temporalidad, el 92% de lo más de 800 mil empleados públicos temporales antes de la pandemia]

Hora 25 de Los negocios de la cadena Ser en emision nacional este 04/03/2021 estuvo dedicada a la noticia del día adelantada El País , la Comisión Europea ha dado un ultimátum al Gobierno Español para que todos los empleados públicos en régimen irregular contratados como interinos pero haciendo labores estructurales de funcionario sea regularizados, siendo más de 800 mil los temporales antes de la pandemia, el 92 % de ellos en esa situación de fraude de ley de abuso de la temporalidad.

[Gob. C. de Madrid] 'La Comunidad de Madrid mantiene restricciones de movilidad por COVID-19 en 15 zonas básicas de salud y las levanta en tres áreas y una localidad. ' [Criterios: 'umbral superior a 400 casos, observación de transmisión comunitaria y la tendencia.']

'La Comunidad de Madrid mantendrá la limitación de entrada y salida por COVID-19, salvo por motivos justificados, en 15 zonas básicas de salud (ZBS), mientras que levanta las restricciones en tres áreas y una localidad. En estos núcleos de población que se mantienen con restricciones desde el próximo lunes viven 390.865 madrileños, el 4,7% de la población de nuestra región, y en ellos se concentra el 8% de los casos de contagios. Así lo han anunciado el viceconsejero de Salud Pública y Plan COVID-19, Antonio Zapatero, y la directora general de Salud Pública, Elena Andradas, que hoy han comparecido para informar sobre la situación epidemiológica y asistencial de Madrid.

En este sentido, la directora de Salud Pública ha explicado que debido a la situación epidemiológica se fijan las restricciones con los siguientes criterios: umbral superior a 400 casos, observación de transmisión comunitaria y la tendencia.

[El País] La mitad de los trabajadores del SERMAS son temporales y más de 20 mil tienen más de 3 años de temporalidad según una respuesta del Gobierno de la Comunidad de Madrid a una pregunta parlamentaria, mientras su despido es gratuito. Más Madrid denuncia el fraude de ley condenado por el Tribunal de Justicia Europeo en su sentencia de marzo de 2020.

Informa El País este 05/03/2021 que según la respuesta que ha dado el Gobierno de la Comunidad de Madrid a una pregunta parlamentaria sobre el número de emplaados públicos temporales de más de 3 años de la Consejería de Sanidad:  20.842 trabajadores, más de la cuarta parte de sus trabajadores , situación que Más Madrid califica de "fraude", especialmente tras  la  Sentencia  del  Tribunal  de  Justicia  de  la  Unión  Europea,  del  pasado  19/03/2020· de los asuntos “C-103/18  y  C-429/18" [es decir ,los asuntos acumulados "Śánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros",  siendo el  asunto principal el de un informático del SERMAS nuestro], tras la que la Comunidad se enfrenta a posibles sanciones.

El medio señala que este personal, a diferencia del de las empresas, no tiene  derecho a indemnización ante su despido.

[FeSP UGT Madrid] 'Criterios generales de los procesos selectivos de los procesos selectivos de estabilizacion, promoción interna y funcionarización para el personal funcionario y laboral de la administración y servicios de la Comunidad de Madrid' [Para los[los de estabilización de puestos temporales más de 6 años, concurso-oposición en general puntúa igual la antigüedad en otra AAPP; oposición para funcionarios A1 de Administración General y categorías de menos de 5 plazas]

 'En estos documentos mostramos mediante unas tablas la comparativa entre la propuesta que presentó la Administración sobre los criterios que debían regir los procesos selectivos para el personal funcionario y laboral (estabilización, promoción interna, funcionarización y disposición adicional decima del Convenio Colectivo) y el acuerdo al que se ha llegado mejorando las condiciones que establecía la administración: