Ya está disponible en la web de la Comunidad de Madrid la Memoria 2020 del Servicio Madrileño de Salud, acompañada esta vez de un "Resumen Ejecutivo"
Ya está disponible en la web de la Comunidad de Madrid la Memoria 2020 del Servicio Madrileño de Salud, acompañada esta vez de un "Resumen Ejecutivo"
Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:
La
Comisión Europea acaba de publicar un nuevo documento oficialo , de fecha 05/08/2021, de "Información sobre el curso dado a las denuncias registradas con la referencia CHAP (2013)01917", es decir la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba en 2018 el
gran número de denuncias recibidas sobre
abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y
contra la solución de Gobierno y sindicatos de procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos
que le habían llegado de las campañas como las del abogado Martos en su asociación de interinos ANIL o la campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi, y muchos otros, especialmente durante los últimos meses y de la
que la última información oficial de la Comisión Europea hasta ahora sobre esta denuncia múltiple CHAP(2013)01917 databa de Octubre de 2020 y consistía en que había visto la sentencia del Tribunal Europeo del 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y
otros"-de asunto principal el de un informático nuestro y para la que la CE se había decidido esperar un par de años antes - con su declaración de existencia de abuso y que evaluaría si la futura
reforma del Estatuto del empleado Público anunciada en Junio de 2020 por la entonces ministra de
Función Pública era conforme a la Directiva y sentencias europeas. También informaba en Octubre de 2020 la Comisión Europea que mantenía abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la
posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco , procedimiento que podría acabar en una multa a España.
Recordemos una vez más que en dicha sentencia de 19/03/2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dijo , a nuestro juicio, que
El Decreto-Ley tuvo un fuerte rechazo por parte de las plataformas de temporales afectados y , para poder contar con el apoyo de socios de Gobierno y de investidura, en la sesión de convalidación, la nueva Ministra de Función Pública, se comprometió a modificar mediante proyecto de ley el Real Decreto Ley para incorporar que la oposición pueda no ser eliminatorias y que pueda utilizarse el concurso de méritos para las plazas de los temporales con más de 10 años en una misma plaza que no se haya convocado.
'Los tribunales están dando la razón en el 90% de las demandas interpuestas por CCOO Sanidad Madrid para reclamar el pago de la Carrera Profesional que se abona a los y las profesionales temporales en la Sanidad Pública del SERMAS, en línea con la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que aseguran que todo profesional del SERMAS sea o no temporal debe cobrar dicho concepto en su nómina, en las mismas condiciones que el personal fijo.
CCOO considera, así, que el Gobierno de la Comunidad de Madrid está despilfarrando recursos económicos públicos en los tribunales para oponerse al abono por este concepto. A juicio del sindicato, está dilapidando porque conoce la doctrina de los Tribunales y es conocedor que, salvo defecto de forma, la gran mayoría de estas demandas van a ser favorables a los y las profesionales, con la consiguiente condena a costas y pago por los servicios jurídicos que necesitan para pleitear que deberían ser dedicados, entre otras cosas, a abonar de oficio este concepto a todos y todas los trabajadores del SERMAS.
'En vista de que ni el Estado ni las CCAA suspenden los procesos de oposiciones, un gran número de trabajadores están solicitando el poder sumarse a las acciones que estamos llevando a cabo a través del bufete Navas&Cusí en Bruselas. por ello, y con autorización del bufete, informamos que se mantendrá el plazo de adhesión abierto sin fecha de cierre y todo aquel que quiera unirse se añadirá su documentación a los procesos ya emprendidos.'
'Según la Real Academia de la Lengua REFORZAR es:
Pues bien, en la Comunidad de Madrid no saben o no quieren conjugar ninguna de las acepciones de esta palabra en relación a la Atención Primaria, pero se jactan de hacerlo, en un cruel acto de hipocresía frente a la población.
Llevamos desde el principio de la pandemia escuchando promesas reiteradamente incumplidas, viendo cómo se destinan a Atención Primaria presupuestos irrisorios que no llegan a cubrir siquiera las necesidades previas a la pandemia. Pero leer en la nota de prensa emitida hoy por la Comunidad de Madrid el verbo reforzar conjugado en presente, como si realmente hubiesen hecho algo para dar fuerza o siquiera alentar o dar espíritu a la Atención Primaria es sencillamente indignante e intolerable.
'La Comunidad de Madrid va a dotar a lo largo de este
año con 4.000 ordenadores portátiles a los funcionarios y personal estatutario de
la Administración de Justicia madrileña como medida para seguir desarrollando
la implantación del puesto de trabajo en remoto y avanzar en la digitalización del
sector público en nuestra región.
Para ello, el Consejo de Gobierno ha aprobado hoy un gasto de 3.028.222 euros
en concepto de incremento presupuestario de la Agencia para la Administración
Digital de la Comunidad de Madrid. Esta cuantía procede de los fondos que la
Comisión Europea transfiere a los estados miembros de la UE para poner en
marcha diferentes proyectos, entre ellos, los del ámbito de la transición digital.
Se trata de la primera inversión que realizará la Comunidad de Madrid con esta
inyección presupuestaria procedente del Mecanismo para la Recuperación y
Resiliencia, uno de los pilares sobre los que se articula el programa Next
Generation de la UE.
'Desde el colectivo de ‘Empleados Públicos en Abuso’ EPA, estamos denunciando el abuso de la
temporalidad española ante la Comisión Europea, a través del despacho de abogados Navas
& Cusí, despacho español especializado en derecho europeo con sede en Bruselas.
Pasada casi una década desde que se abrió expediente sancionador en 2013, Bruselas no hatomado ninguna decisión. “Es una pasividad inadmisible cuando estamos hablando de un abuso
que afecta a 800.000 españoles, ciudadanos europeos y sus familias, por un incumplimiento de
la directiva sobre Trabajo de Duración Determinada de 1999”.
Hasta la fecha se han sumado ya cientos de trabajadores a esta acción jurídica. Y serán miles los
que se sumen porque estamos hablando de un problema que afecta a todos los cuerpos de la
administración: educación, sanidad, servicios sociales, ayuntamientos, ejército, secretarios e
interventores, magistrados, y un largo etc.
Este pasado mes de junio comenzaron las acciones para forzar a la Comisión a
manifestarse sobre el abuso de la temporalidad en los empleados públicos.
La Ley española permite prolongar la temporalidad hasta que finalicen los procesos
selectivos y establece un plazo de 3 años para organizarlos.
'La Federación ha registrado escrito dirigido a Joan Ribó, alcalde de Valencia y Luisa Notario, concejala de Personal para mostrar su disconformidad en la decisión del consistorio de suspender el desarrollo de las ofertas de empleo público ya convocadas.
El Real Decreto Ley 14/2021, aprobado en el Congreso, traspone los contenidos del acuerdo alcanzado entre el Gobierno y las organizaciones sindicales más representativas en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, cuestión por la que el sindicato ha de hacer algunas consideraciones:
Se constata la vigencia del RDL 14/2021 que, en su disposición transitoria primera establece que: "Los procesos selectivos para la cobertura de plazas incluidas en las ofertas de empleo público aprobadas en el marco de los procesos de estabilización ... ... la convocatoria de las cuales hubiera sido publicada ... ... con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de este real decreto ley, seguirán ejecutándose con arreglo a las previsiones de las respectivas convocatorias ".
El 19/07/2021 se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea (nº C 289/7) el "fallo" de la importante sentencia al asunto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de número C-726/19 de nombre "Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo [Rural] Agrario y Alimentario" [IMIDRA], por el organismo de la Comunidad de Madrid de la empleadora demandante del caso, sentencia que tenía lugar sin que el Tribunal haya considerado necesario ni informe general de la Abogacía General de la Unión Europea ni "vista"(juicio oral) , seguramente porque vio tras las observaciones de las partes que podía dar respuesta reiterando lo ya dicho en otras sentencias o autos, sentencia de la que ya nos ocupamos ampliamente aquí en otra entrada.
Esta sentencia del Tribunal Europeo provocó una reacción inmediata de la Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo , la sala que lleva los asuntos del personal laboral público: sin ni esperarse a su publicación el DOUE cambió su doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE para pasar a considerar que una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, si bien no cambiaba en esa reacción que la consecuencia al abuso sea solamente la de conceder la condición de indefinido no fijo. Por ahora, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, la que lleva los asuntos del personal funcionario/estatutario, no ha mencionado esta sentencia euroepa, habiendo recibido también otro golpe en forma de Auto del 02/06/2021 del Tribunal Europeo a su doctrina que la mera interinización en vacante sea una sanción al abuso de temporalidad de la concatenación de nombramientos eventuales en el empleo público.
Con la publicación en el Diario Oficial se entiende comunicada oficialmente a todos los órganos judiciales nacionales y de obligado cumplimiento para los que establezcan las jurisprudencias nacionales (el Tribunal Supremo en el caso español).
Recordemos nuevamente con detalle que este asunto se trataba de una importante y demoledora petición de decisión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (es decir, un órgano judicial nacional que lleva un caso plantean unas cuestiones al Tribunal europeo sobre aplicación de normativa europea, y cuya respuesta es vinculante para la resolución por la justicia nacional tanto de este caso como de otros casos donde sea de aplicación dichas cuestiones) de la Sección 3ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre la conformidad de la actual legislación española más la jurisprudencia actual de la Sala de la Social del Tribunal Supremo- la que dicta doctrina sobre los trabajadores públicos de contrato laboral- sobre el abuso de la temporalidad para el caso de los laborales interinos de vacante de larga duración de las Administraciones Públicas a la la luz de la ya famosa cláusula 5ª de la Directiva Europea 1999/70/CE y de la jurisprudencia europea al respecto.
Del 22 al 23 de Septiembre tendrá lugar la XIX Reunión del Foro Salud Conectada o anterior Foro de Telemedicina, organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] - en formato híbrido, presencial en Barcelona y virtual, modalidad gratuita para los socios de la SEIS y de precio muy moderado para los profesionales del Sistema Nacional de Salud- centrado un año más especialmente en las soluciones y proyectos de Salud Conectada acelerados ante las evidentes necesidades de conectar a distancia profesionales y ciudadanos mediante las TIC por la pandemia de COVID- 19.
[...] ' ayer se nos informó que , de lo dicho referente a las plazas de estabilización, nada, que se convocará ni una sola.
Este nuevo bandazo de Función Pública en los procesos de estabilización de empleo temporal demuestra que el grado de improvisación en la gestión de los recursos humanos por parte de los actuales gestores. Parece que una de las primeras decisiones del nuevo Equipo de Función Pública ha sido paralizar, de un día para otro, la estabilización acordada con los Sindicatos y la Administración en la AGE. No es el mejor comienzo posible.
Podría decirse que ha entrado en juego "La Política" y que todo lo acordado en materia de estabilización quedará parado hasta que se estudie la incidencia que pueda tener sobre ello el trámite parlamentario , como Proyecto de Ley, del Real Decreto-Ley 14/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, acordado por los pelos el pasado 21 de julio, que ya veremos como se resuelve , previsiblemente en el mes de octubre.
Informa Valencia Plaza este 02/08/2021 que el ayuntamiento de Valencia ha acordado con las secciones sindicales dejar en suspenso temporalmente la negociación de las bases generales que regirán los procesos de la OPE de "estabiliacizón" con los puestos de los puestos temporales más de 3 años antes de 2018 , de 931 plazas, a la espera de la normativa final del Estado, tras el anuncio del Gobierno del Estado durante la sesión de convalidación en el Congreso del Decreto de reducción de temporalidad, que éste va a ser modificado por proyecto de ley urgente para introducir la posibilidad de oposición no eliminatoria y la de concursos de méritos puro para personal temporal +10 de años en el mismo puesto estructural.
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