Se ha publicado en el B.O.J.A. de este 02/08/2023 el "Decreto 197/2023, de 27 de julio, por el que se aprueba laa Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2023" con 778 plazas , por las plazas "de naturaleza estructural" que estaban ocupadas de forma temporal a 30 de diciembre de 2021 por personal con una relación temporal anterior a 1 de enero de 2016 que no hubiera superado los procesos selectivos de las anteriores OPEs de estabilización de 2017 y 2019 de la Junta de Andalucía en el sector de la Administración General, "de acuerdo con el artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023", recientemente aprobado por el Gobierno del Estado y que seguirá en vigor tras la convalidación por el Congreso hace unos pocos días. Y, de acuerdo con el RDL, este Decreto de OPE de un sector autonómico especifica en su artículo 4 que "el sistema selectivo será el de concurso y consistirá en calificar los méritos alegados y acreditados por las personas aspirantes". En cuanto a sus bases, "les será de aplicación la regulación contenida en el artículo 4 del Decreto-ley 12/2022, de 29 de noviembre, por el que se regulan los procesos selectivos derivados de la Ley 20/2021" para el caso de concurso de méritos, fijando que pesen 60% los méritos profesionales "estableciendo las convocatorias una diferente valoración en función de que los servicios se hayan prestado en el mismo cuerpo, especialidad, opción o subopción de la Administración General de la Junta de Andalucía al que se desee acceder o en cuerpos o escalas de otras AAPP".
Se trata, que sepamos, de la primera aplicación en un sector autonómico del artículo 217 del RDL 5/2023 que obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de "repesca" de la ley 20/2021 convocando un número de plazas igual al
número de plazas de los temporales que siguieran a 30/12/2021y que lo fueran desde antes de 2016, cuyas plazas hayan sido convocadas en otros procesos "de estabilización" previos con sistema selectivo diferente al concurso puro de méritos de la ley 20/2021 y que los temporales no lo hayan superado.