Publica Ignasi Beltrán en una entrada de su blog la importante sentencia del Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid sobre el caso de la empleada público laboral de la Comunidad de Madrid, Montero Mateos, aplicando según la interpretación del juez local la importante y reciente sentencia de semanas atrás del
Tribunal de Justicia Europeo que era la respuesta a la consulta
previa ("cuestion prejudicial") que había realizado este juzgado sobre
si podía no resultar contrario a
la normativa europea la normativa española de no conceder indemnización
alguna al personal laboral interino de la Administración Pública cuando
es cesado por la cobertura "reglada" de su puesto
(como fue elcaso de una Oferta Pública de Empleo), y, pese a lo
aparentemente recogido en sentido contrario de una del as tres famosas sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público,
la del caso Diego-Porras, donde al menos para eso caso el más alto
tribunal europeo sentenció que sí se debía dar una indemnización igual a
la del personal laboral fijo ante un "despido por bausas objetivas"
(que en España es de 20 días por año trabajado).
En esa importante sentencia de semanas atrás el
Tribunal de Justicia Europeo, tal y como se temía desde aquellas declaraciones del presidente del Tribunal europeo
tras su cita con el Gobierno español -por otra parte muy interesado en
que no haya que abonar indemnizaciones ante los miles de ceses previstos
por las OPEs extraordinarias masivas, esperándose una
"rectificación" en el sentido negativo para los empleados públicos
interinos- "reculaba" con respecto al Caso Diego Porras
y sentenciaba que, efectivamente, como preguntaba el juzgado de Madrid
de forma más explícita, no es contrario a la normativa europea(la famosa
Directiva 199/70/CE) la normativa
vigente española del Estatuto General de los Trabajadores de no
conceder indemnización alguna al personal laboral interino cesado
po la cobertura normal o prevista de su puesto, como es elcaso de la
resoluciónde una Oferta Pública de Empleo por la quela demandante
Montero Mateos fue cesada tras 8 años de interina en la Agencia Madrileña de Atención Social de la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la CCAA de Madrid.
Ahora bien, y aunque no era el objeto de la cuestión preguntada por el juzgado madrileño TJUE, éste en su sentencia realizaba una intrigante observación, en su ya famoso apartado 64: "Dicho esto, incumbe al juzgado remitente examinar si, habida cuenta de la imprevisibilidad de la finalización del contrato y de su duración, inusualmente larga, ha lugar a recalificarlo como contrato fijo", lo que ha generado esperanzas de si esa sentencia negativa sería aplicable solamente para interinos que no estén en "fraude de ley" por una duración más larga de lo legalmente previsto - 3 años, en el caso del empleado público español, por la normativa vigente suma del Estatuto General de los Trabajadores y del artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público-, y, que de hecho sería al contrario: esta sentencia del Tribunal Europeo contiene de hecho un mandato del tribunal para que el juzgado español declara al demandante -siempre si es personal laboral y con fraude de ley en cuanto a la duración de su temporalidad- bajo contrato fijo (y por tanto dicte sentencia local de despido improcedente con la consiguiente readmisión o la elevada indemnización de 45 días por año trabajado por la normativa española).
Ahora bien, y aunque no era el objeto de la cuestión preguntada por el juzgado madrileño TJUE, éste en su sentencia realizaba una intrigante observación, en su ya famoso apartado 64: "Dicho esto, incumbe al juzgado remitente examinar si, habida cuenta de la imprevisibilidad de la finalización del contrato y de su duración, inusualmente larga, ha lugar a recalificarlo como contrato fijo", lo que ha generado esperanzas de si esa sentencia negativa sería aplicable solamente para interinos que no estén en "fraude de ley" por una duración más larga de lo legalmente previsto - 3 años, en el caso del empleado público español, por la normativa vigente suma del Estatuto General de los Trabajadores y del artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público-, y, que de hecho sería al contrario: esta sentencia del Tribunal Europeo contiene de hecho un mandato del tribunal para que el juzgado español declara al demandante -siempre si es personal laboral y con fraude de ley en cuanto a la duración de su temporalidad- bajo contrato fijo (y por tanto dicte sentencia local de despido improcedente con la consiguiente readmisión o la elevada indemnización de 45 días por año trabajado por la normativa española).
De esta manera el juez local en su sentencia examina con detalle las consecuencias del punto 64 de la sentencia del Tribunal Europeo interpretando que "mandata al juez nacional para verificar si las circunstancias concurrentes en el caso: imprevisibilidad de la duración del contrato de interinidad y su duración inusualmente larga, no darían lugar a su recalificación como contrato fijo, lo que me obliga a reanalizar la controversia, dando la solución que corresponda".
Así,
el juez del Juzgado de lo Social número 33 , tras dar un repaso a la
normativa y jurisprudencia española, y en especial , recordar el
artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público y la figura
jurisprudencial del "indefinido no fijo", concluye que:
Es decir, aunque parecían perdidas las esperanzas de cobrar indemnización al menos para el empleado público laboral interino cesado por OPES tras la última sentencia del Tribunal Europeo con estas sentencias de juzgados o tribunales españoles se recuperan para el caso al menos de los empleados laborales interinos cesados con más de 3 años en la vacante , incluso aunque no hubieran adquirido la condición de laboral indefinido por sentencia antes del cese, si bien,dista mucho de estar asentado y puede variar notablemente en función de los juzgados, tribunales y especialmente cuando llegue al Supremo.
Por otro lado , cabe preguntarse si puestos a aplicar el apartado 64 de la nueva sentencia europea como un mandato, el juzgado español no debería o podría haber dictado la consideración de "contrato fijo" (en vez de "indefinido no fijo" ) y por tanto despido improcedente, como parece es de la opinión Ignasi Beltrán.
También cabe preguntarse por las posibles consecuencias de la aplicación de ese mismo apartado al personal funcionario interino y al estatutario temporal, en cuyos estatutos de no existe el despido del personal fijo, y donde determinar un cese improcedente porque debeŕia considérarsele el estatus de fijo ,pues siempre conllevaría una readmisión , es decir, la fijeza.
A este respecto hay que recordar que siguen pendientes la batería de cuestiones prejudiciales puestas por los juzgados de lo Contencioso de Madrid que parecen dispuestos a que quede establecido por el tribunal europeo cuáles deben ser las consecuencias del fraude de ley por abuso de temporalidad en el caso del personal funcionario interino y estatutario temporal:
Y no olvidar la reciente e importante dese el punto de vista político. resolución del Parlamento Europeo que pide que se incluya en la normativa nacional española la conversión a personal fijo como medida ante abuso de temporalidad, sin perjuicio de sanción e indemnización adicional , condenando el despido por este fraude de ley
- para un empleado público interino, son 3 años desde su el contrato el tiempo que superado ha de considerarse para calificarlo de "duración inusualmente larga" y por tanto fraudulento
- la solución establecida en la jurisprudencia nacional para el fraude de ley por abuso de temporalidad en el caso los empleados públicos laborales es la del "indefinido no fijo" , estando asentada jurisprudencia del supremo de una indemnización igual a la del despido objetivo (de 20 días por año con límite máximo de 12 mensualidades) para el caso de cese por la cobertura de su puesto por una OPE
- y sentencia que la interina Montero Mateos era realmente ya una indefinida no fija y se le debe conceder la indemnización de de 20 días por año con límite máximo de 12 mensualidades
Es decir, aunque parecían perdidas las esperanzas de cobrar indemnización al menos para el empleado público laboral interino cesado por OPES tras la última sentencia del Tribunal Europeo con estas sentencias de juzgados o tribunales españoles se recuperan para el caso al menos de los empleados laborales interinos cesados con más de 3 años en la vacante , incluso aunque no hubieran adquirido la condición de laboral indefinido por sentencia antes del cese, si bien,dista mucho de estar asentado y puede variar notablemente en función de los juzgados, tribunales y especialmente cuando llegue al Supremo.
Por otro lado , cabe preguntarse si puestos a aplicar el apartado 64 de la nueva sentencia europea como un mandato, el juzgado español no debería o podría haber dictado la consideración de "contrato fijo" (en vez de "indefinido no fijo" ) y por tanto despido improcedente, como parece es de la opinión Ignasi Beltrán.
También cabe preguntarse por las posibles consecuencias de la aplicación de ese mismo apartado al personal funcionario interino y al estatutario temporal, en cuyos estatutos de no existe el despido del personal fijo, y donde determinar un cese improcedente porque debeŕia considérarsele el estatus de fijo ,pues siempre conllevaría una readmisión , es decir, la fijeza.
A este respecto hay que recordar que siguen pendientes la batería de cuestiones prejudiciales puestas por los juzgados de lo Contencioso de Madrid que parecen dispuestos a que quede establecido por el tribunal europeo cuáles deben ser las consecuencias del fraude de ley por abuso de temporalidad en el caso del personal funcionario interino y estatutario temporal:
- del juzgado nº 4 sobre si sería una solución adecuada a la normativa y objetivos de la Directiva Europe, transformar la relación temporal en una de igual esabilidad que la del funcinoario/estatutario fijo
- juzgado nº 14de Madrid si serían una solución adecuada, además de la solución planteada por el nº 4 (con la opinión previa por el juez local que sí)
- convocar a OPEs convencionales el puesto, opinando la jueza que no
- declarar una figua de indefinido no fijo, opinando la jueza que no dado que se cambiaría "temporalidad por temporalidad"
- adquirir el derecho a una indemnización equivalente a la del despido improcedente del personal laboral
Y no olvidar la reciente e importante dese el punto de vista político. resolución del Parlamento Europeo que pide que se incluya en la normativa nacional española la conversión a personal fijo como medida ante abuso de temporalidad, sin perjuicio de sanción e indemnización adicional , condenando el despido por este fraude de ley
Entradas relacionadas:
- [20/09/2016] [lawatrends] Las 3 sentencias del Tribunal europeo sobre casos de abusos en la temporalidad en el empleo público de lla adminstración española
- [10/10/2016] [@jezquerra57 en RM] Nombrar interinos no es solución para el abuso a la temporalidad sino la fijeza
- [11/10/2016] [Blog "El Criticón de Julián Ezquerra"] El concurso de méritos para ser fijo como solución a la temporalidad abusiva en el SERMAS
- [11/10/2016] El Estatuto Básico del Empleado Público también permite concursos de méritos para ser fijo y habilita explícitamente procesos de consolidación que el SERMAS no ha realizado
- [02/12/2016] [MATS] 'Contra la precariedad laboral: EMPLEO FIJO Y DE CALIDAD, CONCURSO DE MÉRITOS YA'
- [29/03/2017] Texto íntegro del acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público: permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [16/11/2016] [Redacción Médica] Opinión de De Lorenzo: hay fraude de ley en el abuso de la temporalidad ante la justicia europea
- [20/01/2017] [Europa Press] ANIL impugnará el acuerdo de interinizaciones del Servicio Andaluz de Salud: interino no es suficiente para satisfacer sentencias y normativa europea
- [11/04/2017] Los Presupuestos Generales del Estado incluye una prohibición de convertir de oficio en indefinidos no fijos a los contratados laborales de más de 3 años
- [03/10/2017] [Diario Médico] Grupo de Trabajo de Temporalidad de las CCAA en el SNS: interinos estatutarios cesados por la OPE extraordinaria, sin indemnización
- [07/11/2017] El Tribunal Supremo plantea una pregunta al Tribunal Europeo sobre indemnización ante cese de empleada público laboral con abuso de temporalidad
- [08/01/2018] [El Independiente] Tras la respuesta de la Abogada General de la Unión Europea, posible rectificación del Tribunal Europeo en contra del derecho a indemnizaciones ante ceses de interinos
- [29/01/2018] [Redacción Médica] La Abogada General de la Unión Europea defiende la readmisión del temporal despedido ilegalmente
- [06/03/2018] NOVEDAD JURÍDICA IMPORTANTE: juzgado de Madrid traslada al Tribunal de Justicia Europeo si hacer fijo al estatutario temporal con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS interino más de 17 años
- [04/04/2018] [Fabián Valero en zeres.es] La figura del indefinido no fijo en la AAPP [puede ser cesado por OPE convencional de su puesto, indemnización de 20 días, asentado en el ámbito laboral, primeras sentencias en el ámbito funcionarial]
- [08/05/2018] IMPORTANTE: el Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si hacer fijo al personal temporal de Sanidad con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años [Publicado como Asunto C-103/18 del TJUE: Cuestión prejudicial del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid ]
- [27/05/2018] Cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y recursos de casación en el Supremo en curso sobre estabilidad, indemnización, carrera profesional en empleados públicos temporales
- [19/06/2018] NOTICIA IMPORTANTE: juzgado de Madrid cuestiona ante el Tribunal de Justicia Europeo que convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad pueda ser una solución del fraude de ley adecuada a la normativa europea, por una demanda de odontólogos del SERMAS, temporales durante más de 15 años sin convocatorias. También cuestiona la figura del indefinido no fijo: "se cambia temporalidad por temporalidad" y se suma a la pregunta previa sobre si conceder fijeza ya en el Tribunal de Justicia Europeo, además de preguntar por una indemnización suficentemente importante en caso contrario
AGREGADO DE NOTICIAS SOBRE SENTENCIAS
- [19/10/2016] [CSIF] Andalucía. El TSJA declara interina a una estatutaria que encadenó varios años de nombramientos de sustitución y eventuales
- [07/12/1016] [SalamancaHoy] 1ª sentencia de indemnización por el cese de un laboral interino empleado público
- [19/12/2016] [Acta Sanitaria] Sentencia del Tribunal de Justicia Vasco tras la respuesta del de Europa que declara indefinido "no fijo" a una estatutaria eventual y reconoce derecho a indemnizaciones mientras no cambie la ley si se la cesa como a un interino
- [12/01/2017] [LaVozDeGalicia] Juez aplica doctrina europea y dicta readmisión de 3 empleadas públicas temporales no renovadas tras encadenar nombramientos durante muchos años
- [19/12/2016] [Acta Sanitaria] Sentencia del Tribunal de Justicia Vasco tras la respuesta del de Europa que declara indefinido "no fijo" a una estatutaria eventual y reconoce derecho a indemnizaciones mientras no cambie la ley si se la cesa como a un interino
- [20/01/2017] [Europa Press] ANIL impugnará el acuerdo de interinizaciones del Servicio Andaluz de Salud: interino no es suficiente para satisfacer sentencias y normativa europea
- [22/02/2017] [Redacción Médica] Un juzgado de Extremadura reconoce interina a estatutario eventual aplicando sentencia europea [pero rechaza su pretensión de fija indefinida]
- [06/03/2017][La Voz de Galicia] F. Valero: La Xunta pasa a relación funcionarial a sus laborales temporales para poder cesarlos sin indemnización
- [09/03/2017] [El Economista] El Gobierno esperará a sentencias "definitivas" de Europa antes de aprobar indemnizaciones a interinos
- [14/03/2017] [CSIF] 'La Comunidad de Madrid prefiere indemnizar a readmitir a trabajadores interinos que están ganando sentencias por despido improcedente' [en contratos laborales ante los juzgados de lo social]
- [11/04/2017] [Redacción médica Nuevo sanitario laboral eventual indefinido no fjo por sentencia, gana además desarrollo profesional
- [11/04/2017] [CCOO Andalucía] Nueva sentencia de temporal laboral de AAPP declarado "indefinido no fijo" [~interino de vacante] por superar 3 años de contrato
- [12/04/2017] [Laborando] Sentencia del Supremo incrementa la indemnización para los empleados públicos que ganen indefinidos "no fjios" por sentencia
- [25/07/2017] [CSIF] 'CSIF logra la primera sentencia del TSJ de Madrid que reconoce el derecho de una interina [bajo contrato laboral] a ser indemnizada tras concluir su relación laboral' [pero sentencia válido su despido al cubrirse su puesto de forma definitiva por proceso selectivo pese a su antigüedad de 13 años]
- [11/07/2017] [CSIF] 'La justicia reconoce por primera vez en España el derecho a indemnización a un funcionario [no laboral] interino, tras su cese'
- [01/08/2017] [CCOO] 'La Fundación de Investigación Biomédica de La Paz, condenada por fraude en la contratación de una investigadora'
- [02/08/2017] [EFE/Nueva Tribuan] La justicia declara indefinida a laboral eventual de 9 años de la Fundación de Investigación del H. La Paz. [Texto de la Sentencia]
- [17/1072017] [Cinco Días ] Sentencia contraria a la declaración de interina indefinida a una funcionaria temporal por programas de más de 10 años de antigüedad
- [24/10/2017] [CCOO Sanidad Madrid] 'La FSS CCOO Madrid gana nueva sentencia judicial en el CNIO'
- [08/11/2017] Nueva sentencia de un juzgado que reconoce indemnización a un funcionario interino, cesado tras convocar su plaza de 11 años, aplicando las recientes sentencias europeas
- [20/12/2017] El Tribunal Superior de Justicia de Madrid niega la fijeza, readmisión e indemnización alguna así como la condición de indefinino no fijo a estatutaria temporal cesada tras 7 años y afirma que los funcionarios interinos no tienen derecho a indemnización ni indefinido no fijo por no ser laborales pese a las sentencias europeas, si bien está pediente la jurisprudencia al respecto del Supremo.
- [15/01/2018] Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León reconoce la indemnización como indefinidos no fijos, a un grupo de personal estatutarios sanitarioS cesados por oposiciones tras 6 años de temporalidad
- [05/03/2018] [Salamanca24horas/Salamanca al Día/Diario de León] Nueva sentencia en Castilla y León de indemnización a estatutaria interina cesada en abuso de temporalidad. Se prevén reclamaciones masivas ante los ceses de las OPE de enfermería que supondrían 3 millones de euros al erario público
- [24/05/2018] [Blog de Ignasi Beltrán] El Tribunal Supremo reconoce la posiblidad de la promoción profesional a empleados públicos LABORALES "indefinidos no fijos" pero mantiene su carácter temporal ante convocatorias de OPEs de su puestos
- [05/06/2018] El Tribunal de Justicia Europeo recula y sentencia que no es contrario a la normativa europea la normativa española de no conceder indemnización alguna al laboral interino cesado por cobertura normal de su puesto (como una Oferta Pública de Empleo)
- [12/06/2018] [Diario de Cádiz] Juzgado de lo Contencioso niegan a un funcionario interino de 30 años cesado la condición de "indefinido no fijo" por no ser "laboral" así como cualquier indemnización pese a reconocer el fraude de ley en el abuso de la temporalidad
No hay comentarios:
Publicar un comentario