jueves, 6 de agosto de 2020

El Tribunal Supremo vuelve a aplicar la sentencia del Tribunal Europeo de 2018 del asunto "Viejobueno Ibáñez" para fijar su doctrina de que los docentes interinos por curso cesados en verano no tienen derecho al cobro de esos meses en base al principio de no discriminación con el fijo

Recientemente se publicaba en el CENDOJ la sentencia de 16/07/2020 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo al recurso de casación (nº 793/2018) de la Comunidad de Madrid contra la  sentencia de 13/11/2017 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 10 de Madrid, sentencia de juzgado que había estimado la demanda de una profesora de un instituto de secundaria que encadenó nombramientos de interinidad por cursos desde 2012 a 2016, siendo cesada todos los años el 30 de Junio para ser contratada de nuevo al comienzo del curso en Septiembre sin cobrar los meses de verano, sentenciando dicho juzgado el derecho de la profesora -por desigualdad de trato con los funcionarios fijos que han realizado el mismo curso-, tanto a los salarios dejados de percibir como el cómputo a efectos de antigüedad de esos meses de julio, agosto y días de septiembre de todos y cada uno de los años. La empleada pública no había presentado demanda en los anteriores ceses.

El Tribunal Supremo admitía a trámite el recurso de la Comunidad de Madrid contra esta sentencia, precisando en su auto de admisión que la cuestión de interés casacional para la formación de jurisprudencia era "si un funcionario docente interino que ha sido cesado el 30 de junio y readmitido al inicio del curso escolar tiene derecho a percibir retribuciones por este periodo, cuando (i) ni existe norma, pacto o acuerdo que así lo reconozca, y (ii) ha aceptado el cese por no haberlo recurrido en tiempo y forma".

La cuestión básica, con algunos nuevos matices particulares del caso, la resuelve el Tribunal Supremo manteniendo en lo general su doctrina jurisprudencial establecida en su sentencia de 9 de julio de 2019 (rec.  nº 1930/2017) de la que ya informamos aquí:  " el cese de los funcionarios docentes interinos de los Cuerpos Docentes no universitarios al final del período lectivo del curso escolar, basado sólo en la causa de que en los dos meses restantes de éste (julio y agosto) desaparece la necesidad y urgencia que motivó su nombramiento, no comporta un trato desigual no justificado con respecto a los funcionarios docentes fijos o de carrera", sentencia que  en 2019 suponía un cambio de doctrina del alto tribunal español  "a la baja" con respecto a su doctrina anterior y que justificaba con su aplicación -desfavorable al empleado público. de la sentencia del  Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21/11/18 en el asunto C-245/17 o  asunto Viejobueno Ibáñez-Vara González , ante una petición de cuestión prejudicial  del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-la Mancha, y en la que el Tribunal Europeo respondía a la pregunta planteada en la dirección planteada por ese tribunal regional :  la cláusula 4ª de no discriminación entre personal fijo y temporal de la famosa Directiva Europea 1999/07/CE sobre el empleo temporal  no es violada por la resolución local castellano-manchega de extinguir  en la fecha en que finaliza el período lectivo la relación laboral de los funcionarios interinos, al desaparecer entonces la razón de urgencia y  necesidad propia de la interinidad -que no era objeto de cuestión de la demanda ni el posible abuso de temporalidad-, siendo posible justamente en ese caso -el fin de relación laboral- la diferencia de trato entre el fijo y el temporal.

De esta manera  y junto con otros matices específicos del caso, en esta nueva sentencia, el Tribunal Supremo estima el recurso de la Comunidad de Madrid y revoca la sentencia que, de haber resultado firme, hubiera beneficiado al empleado público, y  afirma que mantiene en cuanto a la cuestión de interés casaciona la nueva doctrina de su sentencia de 09/07//2019: los docentes interinos cesados en verano no tienen derecho al cobro del verano en base a discriminación con el fijo

Hay que recalcar una vez más que esa sentencia europea y las correspondientes del Tribunal Supremo se hiciera respondiendo a cuestiones prejudiciales y a demandas en casos en relación con la cláusula 4ª de no discriminación entre el temporal y el fijo de la famosa directiva 1999//70/CE -invocada en las demandas de los empleados públicos- y no  en relación con la cláusula 5ª sobre el abuso de temporalidad y su obligación indispensable de una sanción disuasoria, de actualidad tras la reciente sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz" de 19/03/2020, y cuya aplicación por el Supremo para diferentes tipos de demandas estableciendo posibles cambios de jurisprudencia está por ver

 
Recordemos que en 2018, siempre antes de esa sentencia del Tribunal Europeo del asunto Viejobueno Ibáñez, el mismo Tribunal Supremo  aplicando su interpretación entonces del principio de no discriminación europeo, había declarado nulo el cese en los meses de verano de los profesores interinos de centros no universitarios por una demanda de unos profesores de Murcia. Se da la circunstancia de que numerosos docentes interinos por cursos iniciaron demandas del reconocimiento de los veranos en base al principio europeo de no discriminación con el fijo ante las sentencia favorables de hace unos años, encontrándose por tanto "atrapados" en un escenario desfavorable para esa petición con ese fundamento tras este nuevo establecimiento de doctrina del Supremo.


Por supuesto, con mucha probabilidad, la gran mayoría de los puestos docentes  de estos profesores internios por cursos llevarnmuchos años cubiertos de esta forma temporal siendo realmente desde hace muchos años ya necesidades permanentes, y por tanto, fraudulento el uso de nombramientos interinos -sean de  10 meses una y otra vez sean incluso de vacantes no cubiertas ante la asuencia de convocatorias suficientes en su plazo-, situación que el Tribunal Europeo ha declarado en su sentencia de 19/03/2020 del asuntoacumulado "Sánchez Ruiz" puede tratarse  de una situación de abuso de temporalidad (por la cláusula 5ª de la Directiva Europea) que requeriría de una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientada que no puede valer como sanción ni la convocatoria a proceso selectivo libre ahora ni una figura como la del indefinido no fijo. 
 
Así,  el  Tribunal Superior de Justicia de Aragón ya ha utilzado esta sentencia europea de 19/03/2020 junto con otras como la del Asunto Mascolo - el caso similar de docentes italianos - para determinar que una situación de acumulación en un profesor de interinidades por curso, aún sin contrato en verano, ante la carencia de convocatorias para cubrir el puestos de forma fija, es un fraude de ley por abuso de temporalidad de la Directiva Europea y ante demanda de equivalente a indefinido no fijo concede derecho a una indemnización disuasoria por abuso a determinar en caso de cese

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21 comentarios:

Anónimo dijo...

Consecuentemente, por qué entonces no aplican la Claúsula 5 de abuso de la temporalidad? Es increíble, para lo que les interesa bien que aplican la cláusula 4 de no discriminación. Pero luego..... Tiempo al tiempo, pero ya estamos cansados y hartos de tanto mamoneo. Apliquen ya de una cochina vez la Claúsula 5 del tjue.

Anónimo dijo...

Aquí, desgraciadamente es lo que pida como referencia el abogado. Los interinos de educación en este país lo tienen muy mal para demostrar la injusticia que viven y de la que las AAPP se aprovechan.

Anónimo dijo...

Sectores clave para el desarrollo de la sociedad (Sanidad, Educación, Justicia) se ven precarizados de manera inestable e interina para dominar política-partidica y oligarquicamente haciendo de la vida y el progreso en nuestro País algo inestable y temporal salvo su dominio y beneficios que esos son fijos-perpetuos.

Anónimo dijo...

El día 5 de SEPTIEMBRE tenemos que ir TODOS A LA MANIFESTACIÓN. Que nos vean la cara y se entere todo el mundo que pretender despedir a mujeres y hombres que vamos a quedar en exclusión social después de tantos años dándolo todo por la Administración.
Ya basta de pasividad, es hora de actuar.

Anónimo dijo...

Yo no sé ha que espera la Junta de Andalucía, en aplazar para el año próximo las oposiciones de la Administración General.
Cada día suben más los contagios. Tenemos tantos como en marzo y abril, y entonces estábamos confinados.
No se a que espera el Consejero de Presidencia para aplazarlas.
Hasta el Consejero de Salud, está preocupado por la situación.
Se de mucha gente q tienen miedo, y si se contagian en el examen, denunciarán.

Anónimo dijo...

Me parece muy temerario lo de la Junta de Andalucía, lo de seguir con los exámenes, pq en concreto a los de administrativos y auxiliares se presentan mucha gente, y con el aumento de contagios...
Se la están jugando, primero incorporan a los funcionarios a trabajar, sin guardar distancias de seguridad en muchos despachos, y ahora quieren cesar a los interinos, en plena pandemia. Quieren dejarlos en la calle, con la crisis tan grande que hay, y la que vendrá.
Por eso quieren que sean pronto los exámenes, para cesarlos lo antes posible, sin importarles los contagios.
Después de llevar muchos más de veinte años trabajando, ahora quieren dejarlos sin trabajo. Me parece que es de no tener humanidad.

Reino de León dijo...

Humanidad los políticos ninguna, si no, no estarían donde están, los demás salvo los que representen sus intereses les importan poco o nada. Lo que si entienden es de sentencias europeas y de sus leyes, porque son las que se imponen, aunque si no les van tratan de dilatarlas lo máximo posible a ver si cuela o en su defecto que arree el que venga detrás. Así que el único camino es en el juzgado, y volver a Europa cuando nos la traten de colar a los que hemos demandado, no hay ley alguna para sancionar el abuso hasta que la aprueben en septiembre, así que a por la fijeza. El que demande después o no demande, que no sea por todas las advertencias, que las recuerde cuando se eche las manos a la cabeza.

Reino de León dijo...

Y lo de volver a Europa casi que es inevitable con esta gente en el Gobierno, y no hablo de partidos que son todos lo mismo, como sucedió con las clausulas suelo o el céntimo sanitario. Pero al final hay una leyes y hay que cumplirlas, a demandar, que los que hayamos demandado conseguiremos la fijeza, antes o después, no lo dudeis, ahora mismo no hay ninguna ley que sancione el abuso y sobre esto nos juzgarán, lo dejó bien clarín la jueza de Alicante, experta en Derecho Europeo.

Anónimo dijo...

Por eso es mas necesario que nunca de cara a las próximas elecciones estar con el PARTIDO POLÍTICO DE LOS EVENTUALES que se está creando en España, tanto a nivel nacional como autonómico y local. NO OS OLVIDÉIS... PODEMOS SER UN GRANO EN EL CULO COJONUDO! Y muchos se quedarán sin su puestito...

Anónimo dijo...

Lo que está claro que los interinos de Andalucía, no volverán a votar a los del PP ni Ciudadanos, por lo menos los del PSOE nunca cesaron a los interinos.
Quieren cesar primero a los interinos con más antigüedad, eso donde se ha visto. Siempre se cesan a los de menos antigüedad. No tienen vergüenza.
Así en el día 30 d julio, se levantaron en pleno todos los sindicatos d la reunión. Es q eso donde se ha visto.
Y luego a los docentes q hay trabajando en los organismos oficiales, esos no los cesan. Cada día más, amigos, mujer, hermanos de los jefes.
A eso no dice nada el PP ni Cs?


Reino de León dijo...

Si hay un partido político en las próximas elecciones de interinos no dudéis que tenéis el voto y el de mi familia. Sería un buen grano en el culo sin duda.

Anónimo dijo...

Contar también con el mío.

Anónimo dijo...

Y el mío, y el de toda mi familia y entorno.

Anónimo dijo...

Con el mío, y el de mis compañeros/as interinos/as.

Anónimo dijo...

El Supremo se va a pasar por el forro la sentencia del TJUE....
En este país políticos y jueces tienen el privilegio de poder cumplir o no la ley a su antojo.

Legislación a la carta si interesa la legislación europea la cumplimos y si no interesa pues no se cumple, así de fácil.

Sin embargo, para ir a llorar a Europa y coger las ayudas para eso sí somos europeos, para cumplir la normativa no....

África empieza en los pirineos...

Reino de León dijo...

El Supremo se podrá pasar por el forro las leyes europeas, al final terminaran interviniendo la justicia española supongo, pero esas leyes prevalecerán, les preste o no al Supremo, políticos y sindicatos, y si hay que volver a Europa pues se vuelve, como volvieron los del céntimo sanitario o los de las clausulas suelo, ya sabemos lo que hay aquí. Los que hemos denunciado antes de que España cree una normativa, que debe aprobar a su vez Europa, pues nos tendrán que readmitir en el caso de haber sido cesados, pagar los sueldos no percibidos, más la indemnización que daños causados. Supongo que seremos pocos cuando en septiembre salga la ley nacional, los que hayamos demandado, pero supongamos que unos 50000, la broma les saldrá por un pico, y en mi caso me podrán recolocar, pero en el de los aytos van tener que doblar plazas. La que van liar estos elementos..

Anónimo dijo...

En mi Universidad había uno que era el más caradura y aprovechado con el resto de compañeros que existía.
Ya por aquel entonces se beneficiaba de todo tipo de becas y ayudas, para llevar un tren de vida bastante alto.
Resulta que años más tarde me entero que se había metido en política.
No digo el partido por que para mi son todos iguales.
Ese es el perfil mayoritario de políticos que tenemos en este pais, políticos listillos que solo sirven para aprovecharse del dinero público y que no están dispuestos a acatar la ley y mucho menos el derecho Europeo.

Anónimo dijo...

Vamos compis, ánimo.... Si la justicia española no acata, iremos a Europa....no se si somos muchos o pocos, los que hemos demandados, pero los suficientes para batallar conjuntamente si fuese necesario y ahora debemos ser fuertes.... Mi entorno y yo tb, votaríamos a ese partido, espero que luego no se quede en un decir, que PODEMOS nos apoyaba y mira.... No ha hecho nada al respecto...Un saludo y feliz verano!!!!

Anónimo dijo...

"quien salva una vida salva al universo entero". TENEMOS RAZON Y HAY QUE LUCHAR.

Anónimo dijo...

Parece buena noticia, por si tienen la tentación de usar el reciente fondo comunitario para pagar indemnizaciones.

El recién de fondo comunitario es para promover la estabilidad en los puestos de trabajo, lo dice en su texto.

https://elpais.com/internacional/2020-08-09/la-primera-fiscalia-europea-vigilara-los-fondos-y-la-recaudacion-del-iva.html

Anónimo dijo...

Le están acotando el cerco a los corruptos.
Con la Junta de Andalucía van a tener faena.