lunes, 17 de agosto de 2020

Recordatorio. Nueva convocatoria de puesto de perfil informático en la Dirección General de Recursos Humanos del SERMAS abierta a personal estatutario explícitamente. Siguen sin utilizarse las categorías estatutarias de informática en los puestos informáticos de los Servicios Centrales del Servicio Madrileño de Salud, aunque esté explícitamente contemplado por ley y lo validara hasta el Consejo de Estado. Plazo hasta el 18 de Agosto

[Recordatorio de entrada publicada el 29/07/2020] Acaba de publicarse en el BOCM de 28/07/2020 la convocatoria de provisión por el procedimiento de libre designación y de un puesto de trabajo de Responsable Administrativo con un perfil informático en cuanto a los méritos exigidos para la "Unidad Técnica de Procesos Selectivos y Concurso de Traslados" de la Subdirección General de Selección del Personal y Provisión fe Puestos de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud  [DGRRHH] de nivel retributivo 18   grupos C/D , con la particularidad llamativa de que está explícitamente abierta en su articulado tanto a personal funcionario como estatutario de la Comunidad de Madrid ,  como ya lo estuvo la convocatoria en 2018  de un puesto de perfil de dirección de proyectos y equipo informáticos en la misma Dirección de Recursos Humanos del SERMAS , que quedó desierta.


Como ya decíamos en la entrada de aquella convocatoria, curiosamente, en cuanto al personal informático de las categorías estatutarias de Tecnologías y Sistemas  de la Información existentes, y ante las reclamaciones de esta asociación de que el personal informático propio estuviera regulado en las categorías estatutarias y que éstas fueran de uso en lo servicios centrales del SERMAS-, la propia Consejería de Sanidad y esta Dirección General de RRHH defendía en las reuniones de hace unos años con esta asociación que no era posible disponer de personal estatutario en los servicios centrales del servicio de Salud, llegando incluso a haber  un recurso de inconstitucionalidad del propio Gobierno del Estado al artículo de una ley aprobado por la mayoría de la oposición de la Asamblea de Madrid ante nuestra petición con el que se consiguió  extender el ámbito inicial de esas categorías estatutarias específicas de informática a los servicios centrales del SERMAS - totalmente externalizados y adonde se está llevando casi toda la función informática en un proceso de centralización, en parte lógico-.


Finalmente ese recurso de inconstitucionalidad del Estado no fue planteado definitivamente al no superar el trámite del Dictamen  del Consejo del Estado que consideró no sólo que era obvio que se puede sino que debería ser lo normal utilizar personal estatutario en los servicios centrales administrativos de un servicio de salud , tal y como lo establece el Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de Salud.

Esta vez, decimos que el perfil del puesto es informático porque los méritos principales exigidos para él son "Programación Avanzada en Access y Excel" ,
"Programación VBA" y "Diseño de Bases de Datos en Access". El plazo de presentación de solicitudes es hasta el 18 agosto 2020. Al tratarse de un proceso de provisión en principio está reservado a personal fijo (decimos "en principio" por no olvidar la posibilidad de que algún temporal consiga obtener el derecho judicialmente en base a la violación de la cláusula de no discriminación del
 
Por tanto, desde 2017 resulta evidente y certificado ni más ni menos que por el propio Consejo de Estado, que las categorías estatutarias de Sistemas y Tecnologías de la Información [S.T.I.] del SERMAS  son de aplicación en los Servicios Centrales [SSCC] del SERMAS, tras la aprobación con rango de ley de la extensión de las categorías estatutaras de S.T.I. a esos  SSCC con vigor el 01/01/2016,. con lo que no sólo es que sea posible abrir una convocatoria al personal estatutario de estas categorías tras una recalificación del puesto sino que deberían  crear los puestos con funciones de informática  en los Servicios Centrales (sean de la Dirección Geneal de SSII Sanitaria [DGSIS] como de cualquier otra Dir. Gral del SERMAS) en las categorías estatutarias con dichas funciones.


 

A este respecto, recordemos una vez más que en el SERMAS prosigue el proceso importante de centralización de la función informática a unos Servicios Centrales bajo la DGSIS que siguen en la práctica bajo la fórmula de externalización total de todas sus unidades (CESUS, CEDAS, MEDAS, Oficina de Proyectos, Oficina de Seguridad, etc), siendo testimonial o no oficial la presencia de personal propio  de tal forma que incluso los jefes de proyectos son personal externo de las correspondientes adjudicatarias (si bien hace unos años se incorporaron do -de manera funcional pero no orgánica ni oficial- varios informáticos propios a las diversas unidades procedentes de las extintas Unidades de Informática de Atención Primaria).



Desde la Asociación estamos convencidos que los puestos de  sudbirección TIC centrales, así como las de las unidades y servicios de informática de los centros y SSCC -tanto de la DGSIS como de la DGRRHH-, debe estar abierto al personal propio (así como muchas de las funciones de gestión y control e incluso técnicas de los mismos SSCC)  para poder realmente disponer de unos sistemas TIC bien gestionados por personal conocedor del sistema  y de la máxima efectividad al menor coste así como garantizar la permanencia del conocimiiento, de tal forma que podemos afirmar que la organización saldría muy beneficiada si contara con un cuerpo de personal informático propio ubicado en todas las unidades, para lo que es imprescindible la dotación de plazas en los Servicios Centrales de informática del SERMAS abiertas al personal estatutario con amplia experiencia en la función desde los propios centros sanitarios del SERMAS, incluidas las de nivel de subdirección.

Entradas relacionadas:

No hay comentarios: