Por tanto, el proceso sigue su curso y esperamos qué en unos meses, probablemente en el segundo semestre del año 2023, tengamos la ansiada Sentencia del TJUE que de una vez por todas sancione los abusos producidos en España en la contratación temporal sucesiva del sector público, mediante la transformación de las victimas de estos abusos en empleados publico fijos, en aplicación de la directiva 1999/70 CE.
Esta resolución del TJUE, confirma la imperiosa necesidad de que todos los empleados públicos temporales formulen a la mayor brevedad posible reclamación de fijeza, a fin de que puedan garantizarse que se beneficiarán de la Sentencia que en su día dicte este Tribunal europeo'
- la del auto de 06/05/2022 cuestionando la jurisprudencia ratificada en Diciembre de la Sala de lo Contencioso , por un caso del abogado Javier Araúz y que es este asunto "Generalitat de Catalunya" o Asunto C-332/22
- y el de este auto de 12/05/2022, ya con el incumplimiento del derecho de la Unión Europea por la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad, reacción legislativa a su vez de España a la citada sentencia europea de 19/03/2020, y que es este asunto "Departamento de Justicia de la Generalitat de Catalunya" Asunto C-331/22
Además, procedentes del Orden de lo Social, donde se tratan los temas de empleados públicos laborales, están pendientes las 3 peticiones elevadas por esta sección de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid:
- por el Auto del TSJM de 21/12/2021 que ya comentamos aquí en una entrada, presentada al TJUE el 17/02/2022, y ya clasificada como asunto pendiente C-110/22 o "UNED"
- por el Auto del TSJM de 22/12/2021 que comentamos en esta otra entrada, presentada al TJUE el 27/01/2022, y ya clasificada como asunto pendiente C-59/22 o "Consejería de Presidencia"
- y por el Auto del TSJM de 03/02/2022 , que comentamos en esta otra entrada, presentada al TJUE el 03/03/2022, y ya clasificada como asunto pendiente C-159/22 o "Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid"
La cuestión prejudicial de un Juzgado de Barcelona de Julio de 2021, y por la que preguntaba únicamente si la figura del "indefinido no fijo" español, que se concede por la jurisprudencia actual del Supremo como la sanción para el abuso de temporalidad del empleado público laboral temporal, no debería considerarse un "contrato de duración determinada", un temporal, a los ojos de la normativa europea fue ya respondida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 26/04/2022 por un simple Auto en que dicha figura no deja de ser un temporal más según la normativa europea.
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jurisprudencia del Supremo y rechaza la fijeza como posible sanción al
abuso reconocido por no estar contemplada en la ley nacional y no
sentirse obligado por la jurisprudencia europea, y "condena" en costas
al demandante ante la "claridad" en la decisión, sin hacer mención
alguna que se trata del informático cuyo juzgado inicial tuvo dudas tan
fuertes como para plantear una consulta al Tribunal de Justicia de la
Unión Europea
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15 comentarios:
Por fin!!!
A ver si lo hacen cuánto antes que no se alargue está sangría, sin sentido y por fin impere el poder de la justicia
Algunos tendrán que dar muchas explicaciones...
Vaya vaya parece que al vende fijezas si le escuchan en europa y los chupagambas, donde los escuchan en las marisquerias quizas?
Las prejudiciales están muy bien planteadas, esperemos una respuesta contundente para que todos estos se den de morros contra el estado de derecho.
Somos europeos y como trabajadores tenemos nuestros deberes, pero también nuestros derechos, y ambos son de obligado cumplimiento.
Menos mal que estamos en Europa...
TS pasándose por el forro la futura sentencia del TJUE en 3, 2, 1...
Claro como en Hungría y Polonia
Nosotros solo estamos pa trincar pasta
Y las Directivas que las cumplan en el resto de países jejejeje
Manda Huevos!!
La mejor noticia de todo el verano. Arauz ayudará - con sus aclaraciones- a terminar con ese partido de Ping pong entre el TSJU y el Tribunal Supremo y espero se zanje definitivamente la cuestión
Lo que va a decir: la ley de interinos no cumple con Europa.
Lo que debería decir: fijeza sí o sí.
Esperemos que estas prejudiciales sean más claras que las de Sánchez Ruiz porque siguen ceses y ceses y quedan los procesos de estabilización...
10:13
Pues fíjate de aquí al segundo semestre de 2023 que salga, presumiblemente, la sentencia... no queda ni magú.
Se podrá salvar el que haya demandado, y aún le quedará un largo camino pues no se sabe el TS por donde saldrá... aunque nos lo imaginamos.
no importa si tarda un poco más pero que diga claramente que es fijeza sí o sí, que cierre todas las puertas, pero no me fío porque además ahora dirán que hay una sanción, aunque sea ridícula.
Si no lo dice, estamos bien jodidos, porque el rodillo de los ceses y procesos de estabilización no los para nadie.
Ya me han dicho sindicalistos que están las mesas de negociación que gente de diez y quince años se quedan fuera y que los de 18 o 20 ya se verá porque puede haber sorpresas.
Sálvese el que pueda...
Además con los procesos de estabilización la gente se ha relajado mucho y ya no quieren demandar a la espera de coger plaza.
A mi echan a la calle. No llevo los suficientes años para librarme y mi plaza sale a concurso.
Yo lo q quisiera es que después de estas prejudiciales nos tuvieran q readmitir pero me temo q sólo servirá para q revisen la sentencia y me paguen más indemnización.
Ya no se puede aguantar más!
y a todo esto el Iceta bailando la Conga y María Jesús Montero intentando aprender a hablar de una vez por todas
España es un país de pandereta....
Según Arauz, reclamar fijeza a la mayor brevedad posible. Alguien puede aportar información sobre cómo hacer esto, y si hay posibilidad todavía?. Porque se dice también que solo tienen posibilidad, con estas prejudiciales planteadas, los que ya lo han hecho.
Gracias
Los que hemos emprendido la lucha judicial antes de que existiera una ley vamos a parte.
Pero los que decidáis hacerlo ahora estaríais a la espera de que entre las cuestiones prejudiciales planteadas el TJUE tumbe como se espera, la ley actual que no traspone la directiva como admitió un diputado de Podemos. En ese caso al no existir una ley acorde a la directiva por ser tumbada, no hay una sanción y podréis reclamar también fijeza, o indemnización en el caso de conseguir plaza en estos procesos que llaman de estabilización.
Si tras tumbar la ley actual el gobierno de turno crea una que si cumpla, se acabó, la sanción es la que se fije.
Gracias.
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