martes, 13 de septiembre de 2022

[Araúz] 'El Tribunal de Justicia de la UE concede a Araúz trámite de observaciones escritas en el proceso prejudicial planteado por el juzgado de lo C-A n° 17 de Barcelona' [al Tribunal europeo preguntando si la doctrina actual del Supremo es suficiente para el abuso del funcionario interino y , si ante falta de medidas, no cabe más que la fijeza]

'Después de admitir la cuestión prejudicial planteada por el Juzgado Contencioso Administrativo nº 17 de Barcelona que se tramita bajo el número C-332/22, el TJUE ha dictado resolución de fecha 1 de septiembre de 2022 por la que, teniéndonos como parte en este proceso prejudicial, nos concede plazo para formular observaciones escritas, junto con el Reino de España.
 
Por tanto, el proceso sigue su curso y esperamos qué en unos meses, probablemente en el segundo semestre del año 2023, tengamos la ansiada Sentencia del TJUE que de una vez por todas sancione los abusos producidos en España en la contratación temporal sucesiva del sector público, mediante la transformación de las victimas de estos abusos en empleados publico fijos, en aplicación de la directiva 1999/70 CE.
 
Esta resolución del TJUE, confirma la imperiosa necesidad de que todos los empleados públicos temporales formulen a la mayor brevedad posible reclamación de fijeza, a fin de que puedan garantizarse que se beneficiarán de la Sentencia que en su día dicte este Tribunal europeo'

Fuente: Nota del abogado Javier Arauz de 13/09/2022 recibida en APISCAM 

NOTA DEL EDITOR: Recordemos que en esta importante cuestión prejudicial, el juzgado de Barcelona preguntaba al Tribunal europeo si la doctrina actual del Supremo tras las sentencias europeas previas , como la de 19/03/2020 "Sánchez Ruiz" es suficiente ante norma UE para el abuso del funcionario interino y , si ante falta de medidas válidas de sanción no cabe más que la medida general del derecho laboral, la fijeza,.aplicando el principio de equivalencia.
 
De esta manera, las cuestiones prejudiciales pendientes en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre abuso de temporalidad procedenets dell Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17 de Barcelona , son:


Además, procedentes del Orden de lo Social, donde se tratan los  temas de  empleados públicos laborales, están pendientes las  3 peticiones elevadas por esta sección de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid:

La cuestión prejudicial de  un Juzgado de Barcelona de Julio de 2021, y por la que  preguntaba únicamente si la figura del "indefinido no fijo" español, que se concede por la jurisprudencia actual del Supremo como la sanción para el abuso de temporalidad del empleado público laboral temporal, no debería considerarse un "contrato de duración determinada", un temporal, a los ojos de la normativa europea fue ya  respondida  por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 26/04/2022 por un simple Auto en que dicha  figura no deja de ser un temporal más según la normativa europea.

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15 comentarios:

Anónimo dijo...

Por fin!!!
A ver si lo hacen cuánto antes que no se alargue está sangría, sin sentido y por fin impere el poder de la justicia
Algunos tendrán que dar muchas explicaciones...

Anónimo dijo...

Vaya vaya parece que al vende fijezas si le escuchan en europa y los chupagambas, donde los escuchan en las marisquerias quizas?

Anónimo dijo...

Las prejudiciales están muy bien planteadas, esperemos una respuesta contundente para que todos estos se den de morros contra el estado de derecho.
Somos europeos y como trabajadores tenemos nuestros deberes, pero también nuestros derechos, y ambos son de obligado cumplimiento.
Menos mal que estamos en Europa...

Anónimo dijo...

TS pasándose por el forro la futura sentencia del TJUE en 3, 2, 1...

Anónimo dijo...

Claro como en Hungría y Polonia

Anónimo dijo...

Nosotros solo estamos pa trincar pasta
Y las Directivas que las cumplan en el resto de países jejejeje
Manda Huevos!!

DESESPERADO MUNICIPAL dijo...

La mejor noticia de todo el verano. Arauz ayudará - con sus aclaraciones- a terminar con ese partido de Ping pong entre el TSJU y el Tribunal Supremo y espero se zanje definitivamente la cuestión

Anónimo dijo...

Lo que va a decir: la ley de interinos no cumple con Europa.

Lo que debería decir: fijeza sí o sí.

Esperemos que estas prejudiciales sean más claras que las de Sánchez Ruiz porque siguen ceses y ceses y quedan los procesos de estabilización...

Anónimo dijo...

10:13

Pues fíjate de aquí al segundo semestre de 2023 que salga, presumiblemente, la sentencia... no queda ni magú.
Se podrá salvar el que haya demandado, y aún le quedará un largo camino pues no se sabe el TS por donde saldrá... aunque nos lo imaginamos.

Anónimo dijo...

no importa si tarda un poco más pero que diga claramente que es fijeza sí o sí, que cierre todas las puertas, pero no me fío porque además ahora dirán que hay una sanción, aunque sea ridícula.

Si no lo dice, estamos bien jodidos, porque el rodillo de los ceses y procesos de estabilización no los para nadie.

Ya me han dicho sindicalistos que están las mesas de negociación que gente de diez y quince años se quedan fuera y que los de 18 o 20 ya se verá porque puede haber sorpresas.

Sálvese el que pueda...

Además con los procesos de estabilización la gente se ha relajado mucho y ya no quieren demandar a la espera de coger plaza.

Anónimo dijo...

A mi echan a la calle. No llevo los suficientes años para librarme y mi plaza sale a concurso.
Yo lo q quisiera es que después de estas prejudiciales nos tuvieran q readmitir pero me temo q sólo servirá para q revisen la sentencia y me paguen más indemnización.

Ya no se puede aguantar más!

Anónimo dijo...

y a todo esto el Iceta bailando la Conga y María Jesús Montero intentando aprender a hablar de una vez por todas

España es un país de pandereta....

Anónimo dijo...

Según Arauz, reclamar fijeza a la mayor brevedad posible. Alguien puede aportar información sobre cómo hacer esto, y si hay posibilidad todavía?. Porque se dice también que solo tienen posibilidad, con estas prejudiciales planteadas, los que ya lo han hecho.
Gracias

Anónimo dijo...

Los que hemos emprendido la lucha judicial antes de que existiera una ley vamos a parte.
Pero los que decidáis hacerlo ahora estaríais a la espera de que entre las cuestiones prejudiciales planteadas el TJUE tumbe como se espera, la ley actual que no traspone la directiva como admitió un diputado de Podemos. En ese caso al no existir una ley acorde a la directiva por ser tumbada, no hay una sanción y podréis reclamar también fijeza, o indemnización en el caso de conseguir plaza en estos procesos que llaman de estabilización.
Si tras tumbar la ley actual el gobierno de turno crea una que si cumpla, se acabó, la sanción es la que se fije.

Anónimo dijo...

Gracias.