martes, 24 de enero de 2023

[SAF] 'Recurrimos la convocatoria de procesos selectivos de estabilización por el sistema de concurso' [para cuerpos de personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía exclusivamente]

'A raíz de la aprobación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se vienen convocando en las distintas Administraciones española procesos selectivos en los que, aquellas plazas que se encuentren ocupadas de forma ininterrumpida por personal interino desde antes de 2016, podrán ser cubiertas por el sistema de concurso, sin que exista fase de oposición alguna.


Teniendo en cuenta que en estos concursos está previsto que se valoren una serie de méritos entre los que se prima exageradamente la experiencia profesional en la misma Administración convocante, estos procesos parecen estar claramente diseñados para que el mismo personal que ya lo ocupa de forma interina pase a la condición de personal funcionario de carrera sin siquiera tener que superar un examen.


En este contexto, el pasado 30 de diciembre se publicó en BOJA la Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en diferentes cuerpos, especialidades y opciones de la Administración General de la Junta de Andalucía para estabilización de empleo temporal en cumplimiento del Decreto 91/2022, de 31 de mayo, y el Decreto 263/2021, de 21 de diciembre, por el sistema de concurso.

Consideramos que existen argumentos contundente para considerar que este tipo de convocatorias estarían lesionando los Art. 14 y 23.2 de la CE: derecho de igualdad en el acceso a las funciones públicas.

Desde el SAF siempre hemos tenido una postura clara y nítida en esta cuestión, mostrándonos radicalmente en contra. De hecho ya en diciembre de 2021 nos desplazamos al Congreso de los Diputados para trasladar a todos los Grupos Parlamentarios un informe jurídico de elaboración propia que advertía de la inconstitucionalidad de lo que en ese momento se pretendía aprobar. Así mismo participamos en movilizaciones de colectivos de opositores en esas mismas fechas.

Pese a ello el Decreto-Ley se aprobó sin oposición parlamentaria y posteriormente se convalidó, quedando aprobada la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Es importante subrayar que ningún partido político ha interpuesto recurso de inconstitucionalidad alguno contra esta Ley pese a poder hacerlo y existir fundados motivos para ello.

En consonancia con las actuaciones de la Asociación Defensa Turno Libre en otras CC.AA. y ante la citada convocatoria realizada a finales del pasado año por parte de la Junta de Andalucía, desde el SAF no nos podíamos quedar impasibles, por lo que recientemente hemos recurrido la citada resolución ante el juzgado competente por la vía de Derechos Fundamentales.


Así mismo anunciamos que hemos solicitado la suspensión cautelar del procedimiento en tanto se resuelva judicialmente esta cuestión (la suspensión cautelar SÓLO afectaría a convocatorias por concurso, no a las que lo son por concurso-oposición, contra las cuales interpondremos recurso ordinario).

Informamos también que se ha solicitado al juzgado que eleve cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional contra los artículos de la ley estatal y autonómica que han servido de base para la elección del sistema de concurso, para que sea éste el que entre a valorar el encaje constitucional de estos procesos selectivos.

Desde el SAF queremos mostrar una vez más nuestro compromiso con la defensa de los preceptos constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público y nuestra posición contraria a toda aquella medida dirigida a que un colectivo concreto pueda verse beneficiado de forma grosera frente al resto de los que forman el colectivo funcionarial.'

Fuente: Comunicado del Sindicato Andaluz de Funcionarios de 23/01/2023


 

 

NOTA DEL EDITOR [03/12/2022]: Recordemos que , con anterioridad, siguiendo el primer Acuerdo estatal con sindicatos sobre temporalidad del empleo público que fue incluido en el artículo 19.Uno.6 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y que habilitaba a incluir en Ofertas Públicas de Empleo hasta el 90% de los puestos temporales más de 3 años computados a 31/12/2016 en una relación de sectores (entre ellos Servicios de Salud, docentes y administración de justicia) en "procesos de estabilización" - sin restricción o normativa alguna más allá de la de cualquier OPE convencional-  y el 100% de los puestos anteriores a 2005 para cualquier sector y AAPP - La junta de Andalucía ya había reconocido entonces 37.115  puestos temporales de más de 3 años (ahora serían de má de 9 años), computados así:

  • 18.618 plazas de su Servicio de Salud  incluidas en el Anexo III de la OPE extraordinaria de 2017 de la Junta de Andalucía, ya realizada
  • 12.603 de docentes de Educación,  con 6 mil ya incluidas en la OPE extraordinaria de 2017 de la Junta de Andalucía , ya realizada en gran parte
  • 1.515 plazas de  la Administración General incluidas en la OPE extraordinaria de 2017 , , en concreto 535 plazas de funcionario y 146 de personal laboral para estabilización y 185 de funcionario y 36 para consolidación, que acabó realizando y están en marcha en casos , con numerosos ceses de personal temporal de larga duación
  • 388 puestos de la Administración de Justicia, cuya Oferta Pública y convocatorias son  competencia del Estado, también realizadas o en marcha
  • 3.991 del Sector Público Instrumental (empresas públicas) , 869 de ellas en Agencias Sanitarias, que quedaron pendientes de oferta 

así como 613 plazas de indefinidos no fijos que también quedaron pendientes de oferta. 

En 2018, llegaría el segundo Acuerdo estatal con sindicatos sobre temporalidad del empleo público, con la normativa plasmada en el artículo 19.Uno.9 de la  Ley de Presupustos Generales del Estado para 2018 y que universalizaba a todos los puestos temporales de más de 3 años computados a 31/12/2017 del restos de sectores (ahora serían puestos de más 8  años) la posibilidad de incluirlos en más OPEs "de estabilización" y por la que  la junta de Andalucía aprobó la "Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía para 2019" incluyendo  plazas habilitadas "de estabilización" por ese segundo acuerdo así como las "de consolidación" o anteriores a 2005 del primer acuerdo que seguían pendientes, suponiendo:

  • 2.692 plazas de la Administración General; 2.517 plazas de "estabilización" y 175 de consolidación de la Disposición Transitoria 4ª del EBEP.
  •  4.500 de la Administración Educativa

 pero ninguna más de estabilización para el Servicio Andaluz de Salud.

 Después llegaría el Real Decreto Ley 14/2021 del Estado habilitando más OPEs de "estabilización", convencionales, para las plazas temporales de más de 3 años a 31/12/2020 (más de 5 años ahora) . Así

  •  se publicó en el BOJA 247 num 247 de 28 de Diciembre de 2021 el Decreto 263/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para 2021. Esta OPE es la primera de la que deriva la convocatoria  de procesos selectivos que el SAF dice ha recurrido.
  •  en el BOJA, num 250 de 2021, 30 de Diciembre de 2021 , con el Decreto 296/2021, se había publicado la OPE de estabilización del Servicio Andaluz de Salud para 2021,  originalmente según el Real Decreto Ley 14/2021.1.

 

Luego, en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se aprobaron los Decretos:

  • Decreto 90/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz para el año 2022; 
  • Decreto 91/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2022
    Esta OPE es la segunda de la que deriva la convocatoria  de procesos selectivos que el SAF dice ha recurrido
  • y el Decreto 93/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración Educativa de la Junta de Andalucía para el año 2022.

es decir , sin ninguna del Servicio Andaluz de Salud. 

 

Por último se publicaron  en el B.O.J.A de 30/12/2022, entre muchas otras como otras de personal laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía

  • la convocatoria del concurso de méritos para la estabilización de empleo temporal de cuerpos de funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, con plazas de las dos  OPE de  estabilización de empleo temporal para 2021 y 2022 de la Administracion General de la Junta de Andalucía, que es la única convocatoria de estabilización que el SAF dice ha recurrido y con petición de suspensión cautelar

  • la convocatoria del concurso oposición para la estabilización de empleo temporal de cuerpos de funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, con plazas de las dos  OPE de  estabilización de empleo temporal para 2021 y 2022 de la Administracion General de la Junta de Andalucía, y de la que el SAF dice que recurrirá, sin petición de suspensión cautelar


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24 comentarios:

Ciudadano europeo. dijo...

Lo que digan éstos me la pela, ellos y toda la normativa española que se pasa por el forro el Derecho Europeo. Lo que me importa es lo que diga el TJUE en unos meses, y que el Supremo no le de la vuelta sin que actúe de una puñetera vez la Comisión Europea.
El otro día una eurodiputada húngara en el Parlamento Europeo se preguntaba el porqué de la inacción contra el Estado Español que está pisoteando el Estado de Derecho de una manera que ellos ni se lo plantearían. Yo también me lo pregunto, a ver si en la respuesta al Defensor del Pueblo Europeo nos dan alguna pista del motivo.

Anónimo dijo...

Funcionarios con su puesto de trabajo seguro, recurriendo las convocatorias de otras personas que llevan años luchando por su estabilidad. Moralmente está muy mal ese proceder

Anónimo dijo...

Luchando por la estabilidad y haciendo el mismo trabajo con la misma responsabilidad que los ffcc de cuerpos superiores, pero a ellos también les preocupan muchísimo las plazas y las están protegiendo.

En un país tan absurdo como éste cómo no se va a nombrar en una Universidad Pública alumna ilustre a una payasa?

Anónimo dijo...

El único sindicato decente de este país. Gracias Saf por luchar contra el regalo de plazas

Anónimo dijo...

Regalo de plaza? Tú tuviste suerte ese día al aprobar...podía haber aprobado otra persona y tu no. Pero los interinos que van por concurso, llevan demostrando 10 años o más su valía. Tu puedes haber aprobado un examen...pero has demostrado tu valía después? No sé, no sé

Anónimo dijo...

Del sindicato este como del resto de los que no se enteran de que Europa manda, ya les pasará el rodillo del TJUE en un año como mucho.
Sus caras serán un poema, y a más de uno.se le atragantaran las gambas y los Doritos.

Anónimo dijo...

Y cuando se hicieron las transferencias de competencias (2.001 - 2.004) ¿no se consolidaron por un examen de 1, 2, 3 responda otra vez? ; aquí, ahora, se está valorando en el Baremo las convocatorias (EXÁMENES) superadas por esos interin@s que por eso lo están, porque aprobando no se dispusieron las plazas por tasa de reposición condenando a la gente al esclavismo.

Anónimo dijo...

No aprobó por suerte sino porque había estudiado

Anónimo dijo...

No les entra en la puñetera cabeza que es una sanción a la administración por no transponer la puñetera normativa 70/99.
Como no pones una sanción a la administración, la sanción la pone Europa y es la fijeza del trabajador. En serio es tan difícil de entender...?

Anónimo dijo...

Ya lo entenderán no te preocupes. No se enteran que la soberanía legislativa y judicial es europea, pero lo irán comprendiendo.
Tampoco lo deben de haber entendido la mayoría de nuestros compañeros dado que en el juzgado solo estamos una minoría, es lo que tiene no enterarse de nada.

Anónimo dijo...

Los sindicatos subvencionados han abandonado a su suerte a los funcionarios interinos abusados ¿por qué? y mientras tanto Europa ¿qué hace?
la falta de diligencia en resolver esta situación que se prolonga ya más de una década y el hecho de no aplicar la -fijeza ya para los abusados cesados- los hace cómplices a todos ellos. Ya llegarán las urnas...

Anónimo dijo...


El castigo en las urnas es insuficiente para reparar el daño real que delegados sindicales concretos han causado a víctimas de diversos abusos haciendo causa común con gestores públicos y sus retorcidas e ilegales políticas de rrhh.

La sanción para todos ellos debe ser ejemplarizante además de reparadora para los abusados que además de ser despojados de unos mínimos derechos laborales han sido cesados ilegalmente.

Anónimo dijo...

¿Y el TJUE? La fijeza pá cuándo??? eooooooo ¿hay alguien ahíííí???
Está tardando demasiadoooo

Anónimo dijo...

Cuántos interinos en fraude habrán votado a estos sindicatos antes de ser cesados? Ahí lo tienes, no hace falta explicar nada más.
Pero alla ellos, a lo como dije, lo que me importa es lo que dicte el TJUE y todo el personal que está luchando debidamente para que se imponga la ley, la única posible, la de Europa.

Anónimo dijo...

Después de años luchando,haciendo y yendo a huelgas y manitas, demandando, impugnando y soportando incluso desprecios de compañeros igualmente abusados pero pasivos, he virado hacia la postura de desear la fijeza única y exclusivamente por sentencia judicial para quienes hemos luchado por ella. Qué cada palo aguante su vela.

Anónimo dijo...

15:25 Toda la razón. Cuando desde tu administración te invitan desafiante y reiteradamente a demandar tanto el abuso en la temporalidad como el cese ilegal pues no hay inspección a la que acudir, y los sindicatos se lavan las manos con un simple levantamiento de hombros, la única salida es la demanda.

Los que hemos actuado tal y como nos dijeron, por obedientes, esperamos la recompensa en forma de estabilidad.

Anónimo dijo...

Visto lo visto, ya vale de que quienes gestionan la Administración Pública y sus sindicatos amigos piensen y actúen como que es de SU propiedad y así usar y tirar a quienes han sido abusados por ellos durante tantos y tantos años y no responder con SU patrimonio, como sucede en cualquier empresa privada de este país. El TJUE debe actuar sin falta.

Anónimo dijo...

mucho recurso, muchas prejudiciales pero el rodillo de méritos sigue su curso...

Anónimo dijo...

Así es, el rollito de meritos sigue su curso, pasito a pasito y lo de los abusados no avanza. Esto es como una pesadilla.

Anónimo dijo...

Lo peor q se puede hacer es soltar opiniones creadas por los farsantes de todos los SINDICATOS. La ley 20/21 solo tuvo un objetivo marear a EUROPA ( y vaya la CE) no hemos de confundir , OPEs , CONCURSO DE MÉRITOS, bla bla con el FRAUDE DE LEY, las demandas en este marco siguen su rumbo.
Tdo tdoooo lo demás creerme es malabarismo de los SINDICATOS q no saben como sostener el sistema de Bienestar QUE SE DERRUMBO.
Paciencia, criterio y silencio.

Anónimo dijo...

Criterio hemos tenido los abusados siempre, y la Administración que se empeñe en negar para así continuar el abuso sobre sus temporales tiene un grave problema.
La Paciencia se nos va agotando, no pueden seguir poniendo excusas los sindicatos ni los jueces, todos ellos colaboradores necesarios para llevar más de 20 años en Silencio, unos ocultando y otros consintiendo sin pedir explicaciones a los responsables de las AAPP abusadoras y los legisladores que debían trasponer la D 1999/70.

Región Leonesa dijo...

Pues no queda otra, paciencia y un buen abogado.
Y el que pueda que saque la plaza para seguir la vía judicial hasta que se le otorgue una indemnización efectiva y disuasoria.
A ver si hay suerte, en ello estoy taco.

Anónimo dijo...

Está clara la jugada...!!! La ley 20/21 sigue adelante...,arrojando todo a su paso. El que no tenga suerte en el concurso, concurso-oposicion y no haya denunciado es un cadáver de guerra. Solo consolidarán los que contemple la ley 20/21 y los que hayan demandado. El TJUE antes del 2024 no saca prejudiciales, bueno con un poco de suerte igual en noviembre-diciembre del 2023. Para ese entonces todos los procesos de la ley 20/21 estarán finalizados y muchos interinos que no hayan denunciado estarán en la calle sin derecho a réplica.

Anónimo dijo...

Al de las 18:13. Eso es.
Demandar para que se cumpla la ley 20/21 sin fraude de ley y...
Demandar para acogerse a las prejudiciales si te quedas fuera de la ley y...
Demandar el cese, si se produce y...
Conservar la salud mental y del estado de ánimo.
Es lo que nos toca, ¿Qué le vamos a hacer?.
Yo creo que ir a por ello.
Paciencia, ánimo y suerte a todos y todas.