Publica Economist&Jurist este 02/09/2024 una tribuna de opinión de Pablo Guntiñas, responsable del Área de Empleo Público del despacho de Abogados Vento , sobre la situación de abuso de temporalidad masivo en las Administraciones Públicas españolas, contrastada con datos del Boletín estadístico del personal al servicio de las AAPP que sigue cifrando a fechas de Enero de 2024 en más de 1 millón los empleados públicos temporales, un 37,6% del total, llegando al 51% en el caso de las instituciones sanitarias.
El conocido abogado señala en su análisis que con las propias cifras reconocidas por el gobierno , el compromiso con la UE es sólo de 300 mil plazas a estabilizar con los procesos de estabilización , a lo que se suma el "terremoto judicial" que han supuesto las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 22 de febrero y de 13 de junio de 2024, que han dictaminado la invalidez de dichos procesos de estabilización como la obligada sanción al abuso colisionando ,según ciertos estamentos judiciales, sindicales y políticos nacionales, con una supuesta doctrina constitucional que dificultaría conceder la fijeza como sanción, la solución propuesta por el propio TJUE a falta de sanción recogida en la ley española , como es el caso.
El abogado concluye que los "procesos de estabilización son fallidos", y esta "jurisprudencia europea, en concurso con la nacional" ha llevado a las personas en abuso en la temporalidad de las AAPP a "un callejón sin salida, envueltos en un maremágnum de procesos judiciales sin fin y condenados a una situación de interinidad infinita o al desempleo", pidiendo el autor que se haga una lectura de la Constitución Española " amplia y generosa, respetuosa con los principios de igualdad, mérito y capacidad, pero a la vez cumpliendo con las exigencias de la normativa comunitaria" dado que "a día de hoy no existe sanción para el abuso en la temporalidad" , y , resaltando que la práctica totalidad de los empleados públicos temporales en abuso ya accedieron al puesto temporal cumpliendo , en su medida adecuada para lo que iba a ser un puesto temporal que se prolongó luego abusivamente en el tiempo, con los citaos principios constitucionales y así propone que el Estado legisle una "ley de punto final", una "norma única y extraordinaria" , de fijeza para todo ese personal temporal que ha superado un proceso selectivo de los que exige el EBEP para ser temporal, , pudiendo tener la fijeza que se adquiera no la condición de funcionario sino una laboral o la de "fijo a extinguir".
Y que se acompañe de
medidas obligatorias para todas las AAPP que aseguren tanto que la contratación temporal a partir de ahora sea puntual y excepcional haya procesos selectivos
anuales y regulares , con lo que "habría sitio para todos y todas, opositores y opositoras, dado que cada año se deberían convocar unas 100.000 plazas para que el acceso al empleo público" antes las jubilaciones masivas previstas
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conceder una sanción ante un abuso de temporalidad y niega por
inexistentes o prohibida en la normativa nacional para personal
funcionario la indemnización, la figura del indefinido no fijo de los
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abuso reconocido por no estar contemplada en la ley nacional y no
sentirse obligado por la jurisprudencia europea, y "condena" en costas
al demandante ante la "claridad" en la decisión, sin hacer mención
alguna que se trata del informático cuyo juzgado inicial tuvo dudas tan
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estabilización e indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021.
Ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción
debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho
nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción,
modificando la jurisrpudencia incompatible del Supremo, siendo posible
en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma
condiciones de cese que el funcionario de carrera
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28 comentarios:
Me parece muy bien pero la realidad es que no están tomando ninguna medida y por ahora no tiene pinta de que lo vayan a hacer. Mientras tanto nos están mandando al paro y muchas somos mujeres de más de 50 y con cargas. Nos pilla mayores para volver a estudiar y comenzar en el mercado laboral de nuevo es muy difícil porque la experiencia en la administración no es en muchos casos trasladable o no sirve para la empresa privada.
Si la vía política no funciona hay que reclamar judicialmente. Esto se ha visto desde siempre.
Si se hubiese reclamado de forma masiva pues otra cosa hubiese sido pero...como hemos reclamado 4, nos pensabamos que esto ya nos serviría, y el gobierno hará lo que el TS diga, sin descartar tener que ir al TDHE.
Las manifestaciones de interinos, en muchos casos, han sido rídiculas. Nunca han visto en este tema un verdadero problema
En mi entorno mucha gente ha demandado, sobre todo a lo largo de este año y todas los cesadas, esas, todas y todos. No creo que les importe que estemos demandando masivamente.
Cómo les va a importar si controlan al Supremo en esto (y en más cosas), y saben que con su configuración actual no va a dar absolutamente nada a todos los que demanden que les importe
las denuncias empezaron en 2018. las sentencias del TJUE no han llegado de la nada, y el TS tiene que acatar lo que viene de Europa, así que por respeto a las personas que llevan años peleando, dejad de decir que el TS "no va dar nada" porque el TS no da ni deja de dar.
La configuración del TS ha ido cambiando a lo largo del tiempo a la par que los pronunciamientos del TJUE.
Y si, las denuncias masivas hubiesen servido y manifestaciones multitudinarias también.
Ahora se admiten los recursos de casación y esto ha tenido como antecedente la inadmisión de muchos otros. Que fácil habláis de dar o no dar, y de la vida de muchas personas.
Ahora a 3 de Septiembre de 2024 se está en eso en la misma situación que el 3 de Septiembre de 2021: meses atrás, en Febrero de ese año, la Sala de lo Contencioso, tras la sentencias europea de 19 de marzo de 2020, y tras un período inadmitiiendo a trámite todo recurso de casación sobre abuso desde sus sentencias de casación de 2018 fijando doctrina, la Sala de lo Contencioso pasaba a admitir a trámite recursos de casación.
Y el 30 de Noviembre empezó a dictar sentencias en todos aquellos recursos que admitió a casación, concluyendo que pese a la sentencia europea "Sánchez Ruiz" no "podía" dar ni fijeza ni indemnización, porque lo primero violaría supuestamente los principios de acceso a la función pública que recoge la constitución y porque ninguna de las dos cosas viene recogida explícitamente como sanción al abuso de temporalidad en una ley española, y es un tribunal administrativo que no puede dar lo que no venga recogido en la ley explícitamente.
En sus palabras literales, el Tribunal de Justicia de la UE ha dicho que la sanción al abuso es "es indispensable pero lo que no ha dicho es que sea ineludible"
Toda infracción tiene una sanción. Es algo básico en el ordenamiento jurídico, que no es necesario explicar en una sentencia.
Los tribunales españoles tienen obligación de aplicar la ley española y el derecho comunitario. La Sentencia de marzo de 2020 no se refería a la sanción sino a la situación de abuso y lso procesos selectivos, lo mismo que la de junio de 2021.
El TJUE en sus sentencias interpreta el derecho comunitario y sus principios, no juzga, si bien declara probados los hechos de una de las interinas que no había accedido por oposición. De ahí que hable de una aplicación extensiva del derecho nacional y adecuada al Derecho Comunitarios.
Las sentencias de 22 de marzo y de 13 de junio son las que se refieren expresamente a que un abuso no se puede quedar sin sancionar y se debe hacer un esfuerzo en interpretar las normas españolas para ello.
Un tribunal administrativo, por encima de la ley española, debe aplicar el derecho comunitario y debe acoger la jurisprudencia española.
los principios de acceso los viola, en su caso, la administración, no el trabajador. Si es que se violan...
y esos principios establecidos en un texto 1978, en ningún sustentan la situaciones de abuso creadas por las administraciones, 30 años más tarde, e inexistente en ese momento.
Perelló y mañana Escrivá Out. ✌️
No Teso, no Escrivá. Si Perelló, si Mapelli.
Ni una, ni 2. Así q mejor Out.
Lo que habrá que hacer cuando llegue el momento es no votarlos y recomendad a nuestras familias y allegados que no los voten, veras como entonces caerán en la cuenta, cerca de un millon de interinos por cuatro son millones de votos , veamos si hay alguien que los gana, de momento Escriva pierde.-
https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/el-pleno-del-cgpj-se-reune-este-martes-ampliando-la-lista-de-candidatos-a-presidente/
https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/recta-final-de-los-procesos-de-estabilizacion-de-interinos-los-abogados-no-creen-que-la-temporalidad-baje-del-20/
Ha sido nombrada Perello, ojala nos traiga suerte por su buen hacer.-
Ha sido nombrada Perello, , de momento parece que la cosa puede ir bien, por su experiencia en lo Contencioso, creo que sera receptiva a la causa de hacer fijos a los interinos en abuso de temporalidad y arreglar el tema.-
https://globalpoliticsandlaw.com/blog/2024/09/02/funcionarios-interinos-y-derecho-europeo/
Nada de "a extinguir" Ya está bien de que encima de abusados y tratados como escoria haya que aceptar una medida "graciable" de fijeza sui generis de segunda categoría que limita muchísimo los derechos de los trabajadores. La norma europea es clara y no quiere discriminación entre fijos.
Chinpum --> https://cadenaser.com/nacional/2024/09/03/jose-luis-escriva-sera-nombrado-este-miercoles-nuevo-gobernador-del-banco-de-espana-cadena-ser/
El Tribunal Supremo legisló o saco de la chistera🎩 lo de INF.
El TJUE ya ha dicho que la jurisprudencia del TS no es conforme con el derecho de la Unión Europea.
Estoy expectante a ver qué dice ahora el TS.
Del Ministro de Disfunción Pública, me conformo con que baje la tapa del baño después de usarlo, no creo que de para nada más.
Ojala sea Ministra. Clara Mapelli, se lo merece.
Con Perello de Presidenta en el TS, creo que se ha ganado mucho, se va viendo la luz.-
Que cosas, escriva lo mismo sabe de funcion publica que de finanzas.
A ver q implica este cambio y el de la nueva señora
Escrivá es economista. Tal vez pegue menos en función pública que en el BE.
Nos dedican una linea. https://archive.ph/xrWet
No se merecen nada ningún. Y los dos q entran ya veremos
El tema de los interinos no les preocupa.
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