martes, 27 de enero de 2015

[MATS] Recurso personal contra la claúsula de los nombramientos eventuales

Escribe el sindicato MATS en su web con fecha 22/01/2015 acerca de la clausula que acompaña a los recientes nombramientos de eventuales por un año y sobre la que AMYTS ya había publicado una nota: "No obstante, este nombramiento finalizará con anterioridad a la fecha indicada siempre que desaparezca la necesidad de Recursos Humanos de naturaleza temporal, coyuntutal o extraordinaria, como consecuencia del incremento de los efectivos existentes a la fecha del presente nombramiento en la categoría objeto del mismo". MATS opina que no se ajusta a derecho y por eso han preparado un modelo de recurso de alzada para que cualquier interesado impugne  la cláusula  en cuestión.

Recordemos que el 49% del personal con función informática de las instituciones sanitarias del  SERMAS no tiene regularizada su situación en plantilla de las categorías de informática. la mayoría de ellos por disponer de nombramientos eventuales precisamente.

En concreto:
  • 36 personas  (el 23% del total del personal informático) por encontrarse en la situación de nombramientos eventuales. en la práctica totalidad de los casos acumulados durante más de dos años y en la gran mayoría durante más de 10 años; 
  • 28 (el 18%) en nombramientos de plantilla de la categoría de Auxiliar Administrativo
  • 13 (el 8%) en nombramientos de sustitución en plazas de diversas categorías de la Función Administrativa

es decir, en los dos últimos casos en nombramientos irregulares al no ser nombramientos por las categorías de informática que son las únicas que recogen las funciones que vienen desarrollando desde hace años y años.

Entre las reclamaciones históricas e irrenunciables de este colectivo figura no sólo la creación de las 3 categorías de informática en Sanidad, satisfecha en 2010, sino también la opción de adscripción en plantilla de esas categorías a TODO el personal que realiza funciones de informática en el SERMAS, los fijos como fijos y los temporales de larga duración (los 2 años del Estatuto Marco) como interinos; sin olvidar el caso especial de la adscripción al personal actualmente contratado de forma irregular en nombramientos de sustitución o en grupos C2 de las categorías de la Función Administrativa pese a desarrollar funciones técnicas de informática reconocidas exclusivamente en las categorías de informática (la de grupo mínimo es de  grupo C1).


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