jueves, 7 de octubre de 2021

Recordatorio [30/09/2021] Finalizó el plazo de enmiendas en el Proyecto de Ley de modificación del Real Decreto-Ley de reducción de la temporalidad. El PSOE propone permitir a las AAPP la posibilidad de concurso de méritos libre con las plazas temporales más de 10 años que no se hayan convocado y, para el resto de futuras convocatorias de procesos de estabilización, la posibilidad de que los ejercicios de la oposición no sean eliminatorios. EL Partido Popular propone ampliar las plazas bajo los procesos de estabilización y garantizar que las AAPP los ejecuten como concurso-oposición, proponiendo solamente la posbilidad de no hacer oposición a quien tenga superarado sin plaza uno de los procesos selectivos anteriores. Podemos propone concurso de méritos obligatorio con valoración especial de la antigüedad en el puesto para los puestos temporales más de 5 años y oposición no eliminatoria para el resto


  • NI PSOE, ni PP ni Podemos propone la paralización o exclusión de las plazas de personal temporal en abuso de los procesos ya convocados
  • Coalición Canaria presenta enmiendas  con la fijeza como sanción al abuso de temporalidad  al personal público actual temporal más de 3 años en puestos o plazas de función estructural  mediante la figura de personal "fijo a extinguir", la suspensión de las OPEs estabilización convocadas e indemnizaciones disuasorias a futuro para evitar nuevos abusos. 
  • ERC presenta una amplia batería de enmiendas con multitud de alternativas para procesos de estabilización extraordinarios: desde fijeza a extinguir a OPEs no eliminatorias, pasando por concursos de méritos restringidos y libres, con y sin eclusión de plazas de las OPEs
  • Ciudadanos propone la fijeza a extinguir para el interino entre 3 y 9 años y concurso de méritos restringido para ser funcionario de carera al interino de más de 10 años 
  • Más Páis propone una inspección para determinar el personal en abuso, prohibiendo nuevas convocatorias mientras tanto, y un concurso de méritos para el personal en esa situación quedando como fijo a extinguir si no lo supera

 

[Recordatorio de entrada publicada el 30/09/2021Se ha actualizado la página  web del Congreso de la iniciativa con el paso a nuevo estado de "Informe" [de Ponencia de la Comisión], lo que corrobora que finalizó ayer el plazo de presentación de enmiendas parciales  ("al articulado")  en el "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" (nº de iniciativa  121/000063), proyecto de ley  de modificación  del famoso  Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio del mismo asunto , que había sido aprobado por el Gobierno en esa fecha, publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , entrado  en vigor desde el 8 de Julio  y finalmente convalidado por el Congreso en su  sesión de debate del pasado 21 de Julio que tratamos ampliamente en una entrada aquí, y cuya transcripción íntegra fue publicada en Diario de Sesiones de Sesiones del Congreso. El texto de partida de este Proyecto de Ley es el texto que es el del Real-Decreto Ley publicado del que "procede", y que, hay que señalar, sigue en vigor en todos sus términos al haber sido convalidado.


Ana Oramas de Coalición Canaria ha presentado una serie de enmiendas  al final de la mañana de ayer. En ellas  propone

  • la estabilidad directa como sanción al abuso de temporalidad acorde a la normativa y sentencias europeas para todo el personal público "no fijo" (funcionario interino, estatutario temporal, laboral indefinido no fijo y temporal) en puestos o plazas con funciones de naturaleza estructura durante más de 3 años, mediante una figura de personal "fijo a extinguir" a conceder de oficio por procedimiento obligatorio y urgente de regularización administrativa 
  • las  suspensión de las OPEs con plazas estabilización ya convocadas para incluir el personal temporal de más de 3 años en el proceso [la propuesta tienen una evidente errata al señalar las convocadas con anterioridad de la entrada en vigor del RDL, cuando debería decir , con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley]
  • regulación de indemnizaciones disuasorias proporcionales al tiempo de exceso sobre 3 años -sin perder el empleo- para evitar el abuso de temporalidad a futuro, 
  • ... 
Huelga señalar que la mera presentación de una enmienda por un grupo a propuestas de uno de sus partidos no implica su aprobación automática. A este respecto conviene recordar que la semana pasada el pleno del Congreso rechazó ampliamente la enmienda a la totalidad  que presentó la CUP con una conversión a fijo al temporal de más de 3 años en lugar de OPEs muy similar al texto que quedaría en caso de aprobarse tal cual todas las enmiendas de Coalición Canaria (salvo que además, en ese hipotético caso, se regularía una indemnización disuasoria por abuso a futuro) con lo que  , salvo sorpresas o novedades de última hora, cabe esperar el mismo rechazo por parte de la mayoría delos grupos de la cámara de estas enmiendas de Coalición Canaria. A buen seguro que  los colectivos y paltaformas de temporales que defienden la fijeza como solución al abuso acorde a la normativa y jurisprudencia europea dirigirán sus esfuerzos en convencer a los grupos parlamentarios que rechazaron la enmienda de la CUP (en lugar de centralos a que Coalición Canaria modifique el literal del texto de su enmiendas). Las enmiendas parciales pueden -antes de ser votadas- ser variadas  (a veces de forma muy importante) o "transaccionadas" en la fase posterior de debate parlamentario para llegar a nuevas redacciones consensuadas entre grupos , que en ese caso son las que se someten a votación. Por último , se vota el texto completo con las enmiendas parciales que se hayan aprobado.
 
El resto de enmiendas que hayan presentado el resto de grupos parlamentarios se publicarán en la web -en principio- y , preceptivamente, en el boletín del Congreso.

 [ADDENDUM] Enmiendas presentadas por ERC: una amplia batería que incluye 
  • varias propuestas alternativas para la estabilización con multitud de combinaciones y vairantes sobre estas ideas:
    • fijeza a extinguir para temporales de antes de 31/12/2016 con acceso a la AAPP por proceso selectivo y concurso de méritos para el resto,
    • concurso de méritos restringido para todos
    • concurso de méritos libre con 40% de peso la antigüedad en la AAPP para temporales más de los 3 años antes de 31/12/2020, 
    • procesos de consolidación EBEP con fase de selección con memorias o trabajos
    • oposición no eliminatoria, 
    • ejercicios sueltos no elimatorio pero fase total eliminatoria 
    • obligatorio, sólo habilitando a cada AAPP que decida,
    • etc
  • sobre las plazas de las OPEs de estabilización actuales también ofrece varias alternativas: desde la exclusión de la OPE a quienes cumplan las mismas caracteristicas que el proceso de estabilización nuevo : de esté como esté la convocatoria de la OPE a sólo si no está convocada o no se ha cubierto la plaza tras finalizarla

De esta manera todas esas opciones se tendrán que debatir y votar en el Congreso.



[ADDENDUM 30/09/2021 15:00] Ya son públicas  todas las enmiendas presentadas de todos los partidos:

  • PSOE propone en sus enmiendas:
    •  habilitar a las AAPP la posibilidad de un proceso excepcional de concurso de méritos según el artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público [por tanto, de libre concurrencia y con bases a determinar por cada AAPP] con las plazas "ocupadas  de forma ininterrumpida durante más de 10 años por personal funcionario interino o laboral temporal y no hubieran sido objeto de convocatoria" [a la entrada en vigor de la Ley, en su caso]
    • modificar el Artículo 2 de los procesos de estabilización introduciendo para las futuras convocatorias de procesos de estabilización que puedan no  ser eliminatorios los ejercicios de la fase de oposición
    • ampliar a 4 meses después de la entrada en vigor de esta ley la publicación de las Ofertas público de empleo, manteniendo que todas las convocatorias pendientes y futuras de estabilización se publiquen antes de 31/12/2022 y todos los procesos finalicen antes de fin de 2024
      ,
  • El Partido Popular propone en sus enmiendas:
    • ampliar el número de plazas incluidas en los procesos de estabilización a las temporales más de 3 años a la entrada en vigor de la ley [y no a 31/12/2020 como figura en el RDL]
    • posibilidad de realizar sólo la fase de méritos solo para quien haya "superado" uno de los  proceso selectivos anteriores pero "no hubiera obtenido plaza"
    • medidas para garantizar que realmente las AAPP ejecutan los procesos de estabilización [en los términos del RDL ,es decir, concursos oposición de libre-concurrencia]
    • que el Estado permita endeudarse a las AAPP para pagar las indemnizaciones contempladas en el RDL
  • Unidas Podemos propone en sus enmiendas:
    •  ampliar el número de plazas incluidas en los procesos de estabilización a maś de 3 años a la entrada en vigor de la ley [y no a 31/12/2020 como figura en el RDL]
    • obligación de convocar en concurso de méritos [libres]  las plazas temporales más de 5 años , admitiendo interrupciones de 90 días, que no hayan sido convocadas, valorando especialmente los méritos en el puesto y administración convocante
    • que la fase de oposición no sea eliminatoria para el resto
    • subir las indemnizaciones de compensación en  caso de no superar los proceso (y haya o no participado) y futuras disusasorias a 33 días por año con tope 24 mensualidades
  • Ciudadanos propone en sus enmiendas:
    • para el personal funcionario interino en abuso por tener entre 3 y 9 años de temporalidad, la declaración de fijo a extinguir
    • para el personal funcionario interino más de 10 años, un concurso de méritos restringido para la obtención de la condición de funcionario de carrera
    • la indemnización del despido improcedente a futuro cuando se superen los 3 años de temporalidad para disuadir el abuso
  • Más Páis propone en sus enmiendas
    • auditoría para determinar el personal en situación de abuso de temporalidad según la normativa y sentencias europeas
    • prohibición de nuevas convocatorias de procesos selectivos con plazas que no hayan sido objeto de la auditoría o  exclusión de las plazas determinadas en abuso
    • concurso de méritos para el personal determinado en situación en abuso de temporalidad para alcanzar la condición de funcionario de carrera/laboral fijo, quedando como fijo a extinguir el personal en abuso que no lo supere
  • Compromís: posibilidad de ejercicios de la oposición no eliminatorios 
  • Junts Per Cat: habilitar a las CCAA para hacer leyes de personal a extinguir a temporales  más de 3 años,  concursos de méritos restringidos para temporales más de 3 años que hayan superado una fase de oposición ,.concursos de méritos libres u oposiciones no eliminatorias en general para plazas de estabilización 
  • PNV: concursos de méritos restringidos para más de 3 años
  • PdCat: concursos de méritos s u OPEs no eliminatorias  a elegir por cada AAPP, ambos restringidos a temporales durante más de 3 años en los últimos 6
  • Bildu: concurso de méritos a más de 3 años que tengan aprobado sin plaza proceso y oposiciones no eliminatorias en general
  • Vox no ha planteado enmiendas


Recordemos una vez más  que el Gobierno del Estado había aprobado el RDL como  medida de reducción de la temporalidad en el empleo público tras el acuerdo con los principales sindicatos de la Función Pública y que por él se pretende -además de modificar la normativa para evitar el abuso de temporalidad para los nuevos nombramientos temporales-  un último proceso extraordinario de "estabilización de plazas" con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en las Ofertas Públicas de empleo para  procesos de estabilización de las leyes estatales  de 2017 y 2018 y que las futuras convocatorias de plazas de procesos de estabilización sean, en general salvo excepciones de normativa propia específica, bajo la modalidad de un concurso-oposición con indemnización al cese de 20 días por año y tope de 12 mensualidades,  sin afectar en sus términos ya previstos a las convocatorias ya publicadas de  procesos con plazas de estabilización que ya estuvieran publicadas a fecha de 08/07/2021.

En la sesión de su convalidacion el Congreso, la Ministra de Función Pública anunció que se había alcanzado un acuerdo [para su voto favorable con ERC y Unidas Podemos fundamentalmente, y con otros PNV y Más País para su abstención] para continuarlo como proyecto de ley por la vía urgente,  para incluir en ese proyecto de ley  una supuesta modificación por este proyecto que la fase de oposición  de los estos procesos no convocados con plazas de estabilización pueda no ser eliminatoria y que pueda utilizarse por las AAPP el sistema de concurso puro de méritos para plazas de funcionarios interinos de más de 10 años que no estén ya incluidas en procesos ya convocados [para las plazas de personal laboral, el artículo 61.7 del Estatuto Básico del Empleado Públicoya contempla la posibilidad del concurso de méritos en general, pero que , por ahora, no están utilizando las grandes AAPP].

El Gobierno parecía tener especial "urgencia" en tener en Julio una norma aprobada en vigor de reducción de temporalidad pública, como es el RDL en vigor, porque así lo habría comprometido como parte del Plan de reformas presentadas para poder optar a los primeros fondos del Plan de recuperación de la Unión Europea.

 
Recordemos ,más en detalle, lo que contempla ese Decreto-Ley en VIGOR, y que es lo que contemplaba el acuerdo sindical:
  •  para evitar el abuso de temporalidad a futuro en el empleo público, se introduce, mediante una reforma del artículo 10 del EBEP, un límite de 3 años a la convocatoria en proceso selectovo de la interinidad de vacante, si se incumple "penalizando" a la AAPP con la pérdida de la plaza durante un año y el cese del interino, indemnizado en 20 días por año de servicio con tope de 12 mensualidades , es decir, justo la indemnización actual que se concede a los "laborales indefinidos no fijos" que cesados la demanden
  • para la enorme bolsa de abuso de temporalidad actual que sigue habiendo -pese a ser en su mayoría de muy larga duración y pese a las sentencias y autos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, como la famosa sentencia de 19/03/2020 -de asunto principal el de un informático nuestro y que ha desencadenado la reacción del Gobierno mediante estas iniciativas legislativas- o el reciente auto del TJUE de 02/06/2021, que establecen que es una situación de abuso que requiere una sanción para la que no valen ni procesos selectivos ni indemnizaciones al cese como la del indefinido no fijo- realizar en cada AAPP un último proceso selectivo libre extraordinario denominados de  "estabilización"  
    • con los puestos de los temporales más de 3 años a 31/12/2020 que no estén ya incluidos en los procesos de estabilización anteriores derivados de los acuerdos de 2017 y 2018,  que en el acuerdo se cifra en 300 mil plazas, contemplando ahora una  indemnización de 20 días por año con tope de 12 mensualidades al temporal  que teniendo su puesto en dicho proceso se presente y no lo supere, siendo cesado por tanto
    • la OPE de  este último proceso de estabilización  en cada AAPP deberá publicarse antes de 31/12/2021, 
    • la convocatoria del proceso selectivo en sí derivado de esa OPE antes  de 31/12/2022 y la resolución final del proceso deberá estar antes de fin de 2024 , debiendo situarse la tasa de temporalidad por debajo del 8%
    • siendo  el sistema selectivo un concurso-oposición (salvo para el personal investigador en los casos como hasta ahora y "sin perjuicio de lo establecido en su caso en la normativa propia de función pública de cada AAPP o la normativa específica")
    • con oposición eliminatoria  
    • con un peso de la fase de concurso de méritos del 40%,
    •  siendo los méritos "mayoritariamente" por la antigüedad "en el cuerpo o escala o categoría o equivalente" (OJO no dice "puesto en la misma AAPP")
    • habrá una na  indemnización de 20 días por año de servicio con tope de 12 mensualidades al temporal  que teniendo su puesto en dicho proceso se presente y no lo supere, siendo cesado por tanto (en el caso del laboral será la diferencia con la indemnización ya contemplada en algunos tipos de contrato por su extinción de tal forma que el total sea la misma de 20 días...)
  • se explicita en la Disposición transitoria 1ª qué pasa con las convocatorias derivadas de  OPEs de estabilización actuales que ya estén publicadas: deben seguir ejecutándose como  están . OJO NO se indica explícitamente el derecho de indemnización al cese para personal temporal que cese por estas OPEs de estabilización (ni para el de más de 3 años con su plaza fuera computada por tasa de estabilización, ni para el de más de 3 años en general ni para ninguno, con lo que a falta de regulación muy probablemente las AAPP entiendan en que los procesos selectivos ya convocados no se indemniza el cese en ningún caso, ni siquiera en los procesos selectivos con plazas de estabilización para el personal que tuviera más de 3 años de temporalidad)
  • ¿qué pasa con las convocatorias derivadas de las OPEs de estabilización actuales de las leyes de 207 y 2018 que dichas convocatorias estén pendientes de publicar? ¿debe suponerse que les debe ya pasar lo mismo que con las convocatorias que se deriven de esa última OPE extraordinaria de estabilización que regula el Decreto-Ley en su artículo 2 y por tanto, su fecha máxima de publicación de la convocatoria del proceso selectivo pasa a ser antes de 31/12/2022 y con la imposición ya de realizarse igualmente con el sistema de concurso-oposición y un máximo peso de la fase de concurso del 40%?
  • habilita un plazo de un año para que la normativa específica del personal estatutario y equivalente de los servicios de salud y el personal docente se "adapte" a la  parte de reforma del EBEP contenida en este decreto para evitar y "sancionar" a futuro el abuso de temporalidad [pero desde mañana también estará en vigor para este personal todo lo aprobado sobre la  temporalidad actual, y en especial, las nuevas normas de publicación de una última OPE d eestabilización y nuevas reglas para las convocatorias de estabilización pendientes- que YA  entra en vigor PARA TODOS LOS SECTORES]

Tras el plazo de enmiendas se abre un plazo de 8 días por ser procedimiento de urgencia [por tanto, finaliza el Lunes 11 de Octubre, salvo que haya prórroga aprobada por la Mesa del Congreso] para que la Comisión competente, la de Hacienda y Función Pública, redacte la "PONENCIA" o su  razonado sobre las enmiendas presentadas, que se lleva al DEBATE EN COMISIÓN  y con el texto posiblemente modificado por las enmiendas aceptadas en este debate, tiene lugar normalmente después el DEBATE EN PLENO del Congreso, si bien este paso se puede y así se había decidido suprimir, pero, precisamente, el Pleno del Congreso decidió la semana pasada, a propuesta de ERC, la "avocación al Pleno, y por tanto, sí pasará y será votado en Pleno.

Después el texto - posiblemente modificado- pasa  al Senado, que puede introducir más enmiendas o incluso vetarlo , devolviéndolo al Congreso en esos casos, o simplemente aprobarlo en su estado para pasar , en su caso, ya a su publicación como normal legal en vigor.






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31 comentarios:

Anónimo dijo...

Madre Mía que miedo !!!

Lo que sí tengo claro que voy a terminar ocupando plaza en el otro mundo por Infarto Restringuido.

Todo esto pedazos de c....nes lo váis a pagar, os va a votar vues..........dre

Anónimo dijo...

8 días . Si son naturales termina el viernes, mañana. Si son hábiles y sin saber si el lunes es hábil para el congreso y suponiendo que no pues como muy tarde el jueves que viene. ¿Alguien sabe si luego pueden tardar mas para llevarlo a pleno?

Anónimo dijo...

A 31 tiene que estar todo votado y aprobado…asi que nos esperan 3 semanas de incertidumbre…

Anónimo dijo...

OJO ��!!! Que dispone un plazo de aplicación de hasta un año para las CC.AA y organismos, que siga el Fraude y la Esclavitud, esto no va a acabar nunca; vamos que nuevas RECLAMACIONES-DEMANDAS para que te reconozcan la aplicación de la ley.

PORCA MISERIA ����!!!

Anónimo dijo...

Lo que salga del congreso tiene que pasar por el Senado. El ultimo pleno este mes en el Senado es el 21. Luego....... o lo hacen ya o nos vamos a noviembre.

Anónimo dijo...

Y q % de representacion tienen cada partido para saber el peso de cada uno? De todos modos aunque faltara lo del Senado ya a grandes rasgos se sabría no?

M.A. dijo...

Por si es de interés:

https://www.lainformacion.com/juridico/interinos-ley-temporalidad-sentencia-denuncia/2850491/

Anónimo dijo...

Yo lo d q no sean eliminatorios creo q como no cambien el sistema a 1 o 2 ejercicios lo veo inviable..imaginaos q tienen q corregir todos de los ejerecicios de todos??? Imposible. Q pongan 1 tipo test bien largo y a correr!!!!

Anónimo dijo...

Me meo , opiniones de desgraciaos , esperáis limosnas , hablais de ejercicios , pueblo débil y doblegado , por eso estamos dde estamos , jaja . ESTO VA DE TJUE . FRAUDE DE LEY , pero hay mucho esclavo esperando la migaja de los políticos y sindicatos q asco.
Que xupado q esta para los gobiernos y eso de 800.000 🐢 , aquí hemos demandado como mucho 30.000 hasta la UE se parte frente a los trabajadores cobardes.

Anónimo dijo...

"Como no nos guste la ley demandas masivas..."
- demandando qué? FIJEZA o LIMOSNA?

a buenas horas mangas verdes!!!

Anónimo dijo...

18 y 10. Lo digo pq han puesto cosas imposibles, no otra cosa. Lo de los ejercicios es una m. Bien grande hajs

Anónimo dijo...

Habrá hermanamiento entre la justicia española y polaca? Habrán estudiado en las mismas facultades?


https://elpais.com/internacional/2021-10-07/polonia-se-rebela-contra-la-justicia-europea-y-coloca-el-pais-al-borde-de-la-ruptura-legal-con-la-ue.html

Anónimo dijo...

pues dice mucho estar al mismo nivel que los polacos

7 de cada 10 sanciones por incumplimiento de normativa europea van para españa

yo no sé como dan fondos europeos para este estado fallido, supongo que por el dicho de :

too big to fall

Anónimo dijo...

Estos sátrapas son capaces de provocar un North-Moroccexit,antes que verse obligados a cumplir las prejudicales del TJUE sobre la FIJEZA como sanción al fraude.

Anónimo dijo...

https://confilegal.com/20211007-reconocen-como-indefinido-no-fijo-a-un-profesor-universitario-cesado-tras-encadenar-contratos-durante-26-anos/

Anónimo dijo...

https://www.eldiario.es/internacional/tribunal-constitucional-polaco-saca-pais-ordenamiento-juridico-union-europea_1_8377995.


Y en la caja ni telarañas y debiendo hasta los mocos..que se fije un poquito España de UK....

Anónimo dijo...

pues el artículo empieza bien :
"Es uno de los elementos fundamentales del funcionamiento de la Unión Europea. El Tribunal de Justicia de la UE está por encima de los órganos jurisdiccionales nacionales. Y las leyes europeas, así mismo, prevalecen sobre las estatales."

QUE SE LO LEAN LOS POLÍTICOS Y JUECES QUE TENEMOS AQUÍ

PERO TODAVÍA TIENEN LOS SANTOS COJ ... DE SACARSE UN PREÁMBULO EN EL GROTESCO RD QUE EL TJUE NO DICE FIJEZA Y QUE CONTRADICE LA NORMATIVA ESPAÑOLA

LEÁNSE LA NORMATIVA EUROPEA, LEÁNSE LAS SENTENCIAS, LOS AUTOS , CON RESPECTO A LOS DEMAS PAISES MIEMBROS

ACATEN DE UNA PUÑETERA VEZ LA NORMATIVA EUROPEA

Anónimo dijo...

los hombres de negro están en Madrid, si no estamos dentro de los planes europeos, jodidos vamos, estos están aquí a ver que se va hacer con el dinero, y repasar las cuentas.
espero estemos entre sus condiciones a cumplir.

Anónimo dijo...

si fías tu futuro a los hombres de negro la llevas clara... fíalo mejor a un buen ABOGADO, gástate el dinero en un ABOGADO y pelea, sino calla y no intentes amargar al personal. Aunque si no has demandado antes, demanda ahora por migajas... algo es algo, la inmensa mayoría de los 800.000 ttp's es lo que vais a tener...esto es èpico pasará a la historia, de aprox 800.000 solo un mínimo porcentaje ha tenido la dignidad de luchar por sus derechos, mientras los demás mostraban absoluta indiferencia haciendo el caldo gordo a la satrapía normarroquí.

Anónimo dijo...

Y pregunto yo, si las comunidades y ayuntamientos tienen plazo de un año para aplicar la futura normativa...¿ Dentro de ese año pueden sacar opes como las que ha habido hasta ahora? y de esa manera pasarse por el forro las indemnizaciones ¿ O a partir de ahora las próximas opes se deben adaptar a la nueva normativa?

Anónimo dijo...

21:33, vaya lío. arauz no dice eso. En qué quedamos? Ha cambiado algo tras la publicación del real decreto? Sino fija sanción en relación a los abusados actuales, digo yo que da igual. De hecho arauz tiene parados los recursos en espera de mejores tiempos: cambio de jurisprudencia del supremo

Anónimo dijo...

A los hombres de negro , unos langostinos sanlucar, u salmorejo y una fiestuki y se van con todo firmado .al tiempo , esto España país de la picaresca.....

Anónimo dijo...

Estoy seguro que va a acabar en concurso de méritos, van a dar vía libre a las comunidades autónomas para poderlo aplicar. Pasando la bola a que lo solucione cada uno a su manera pero con con la opción del concurso de méritos excepcional.

Anónimo dijo...

En nuestra administración se rumorea concurso de meritos por parte de algunos sindicatos.Pero todo sigue en el aire....Entiendo que si pactan PSOE -PP serían oposiciones ... hasta el final en vilo..y si no atrasan las convocatorias estamos igual..

Anónimo dijo...

Si pactan PPSOE-PP serían con oposiciones claro, salvo dando la posibilidad de mantener la nota de oposiciones pasadas a quien las superara en procesos selectivos anteriores (por tanto, para fijo), algo que por otra parte, varias AAPP ya contemplan y hacen en su normativa.

Y que no contara para la regla de gasto el endeudamiento para pagar las indemnizaciones de los 20 días con tope 12 meses.Ni un partido ni el otro querían

Si el PSOE pasó a admitir esa indemnización -que es cierto pedían los sindicatos para liberar su sentimiento de culpabilidad- es porque pasó algo, ¿la CE?

Anónimo dijo...

De otras normativas NADA !!!

"Otras Normativas" tendrán que adecuarse a la "Ley" que resulte, y si las aplican en sentido amplio y en mayor beneficio, bueno está; pero si andan recortando los posibles derechos que se deriven: DEMANDA y posible Prevaricación. Pero todo eso, si ocurriera, se tendría que reclamar-demandandar individualmente y viendo lo ocurrido con todo esta odisea pues no me extrañaría que cada reyezuel@ haga lo que quiera y regalen tarros de vaselina.

Anónimo dijo...

El plazo de 8 días para la redacción de la PONENCIA debe de estar muy próximo a terminarse pero no sabemos nada. Entiendo que habrá negociaciones y que algo tiene que estar ya medio cocinado. Los trámites posteriores son puro teatro al que asistirán por que así lo establece el reglamento. FIJEZA YA!!!

Anónimo dijo...

Como no sea regularización a partir de 3 años vía concurso méritos restringido o vía fijeza (que lo dudo) se va a liar. En Europa, juzgados españoles, etc.

Anónimo dijo...

con la trascendencia que tienen estos días deberíamos estar en la calle todos!!. Me da pena porque al menos en mi administración cada uno mira por sus intereses y no hay ninguna unión....Luego nos lamentaremos... En breve no habrá nada que hacer sobre todo para los que no hayan demandado...

Anónimo dijo...


El fin de semana pasado fue el Congreso del PP en Valencia. Se podría/debería haber estado en la puerta reivindicando la causa.

El próximo fin de semana es el Congreso del PSOE, también en Valencia. Se podría/debería estar en la puerta reivindicando la causa.

Anónimo dijo...

"El Gobierno parecía tener especial "urgencia" en tener en Julio una norma aprobada en vigor de reducción de temporalidad pública, como es el RDL en vigor, porque así lo habría comprometido como parte del Plan de reformas presentadas para poder optar a los primeros fondos del Plan de recuperación de la Unión Europea."

Para los segundos 9.500 millones de euros, además de la puesta en marcha de los proyectos de la primera subvención, España tiene que tener "una solución al tema de la temporalidad en las AA.PP.", además de las sanciones que se impongan y todo eso antes de diciembre.