'PRIMERO.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] nos ha dado traslado de las observaciones escritas presentadas en el proceso prejudicial del Juzgado de Barcelona.
SEGUNDO.- En sus observaciones, la Comisión Europea sostiene que
tanto la Ley 20/2021, como la doctrina de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que aplica como medida sancionadora la permanencia de la victima de abuso en su puesto de
trabajo hasta que se provea por un funcionario de carrera por un proceso
selectivo, vulneran la Directiva 1999/70.
TERCERO.- Esta semana, hemos presentado en el TJUE un escrito en el
que renunciamos a la vista oral, al objeto de no dilatar más la
tramitación del procedimiento prejudicial y que el TJUE dicte sentencia
lo antes posible.
CUARTO.-En relación con las sentencias que se están dictando por
parte de algunos Tribunales Superiores de Justicia, recomendamos
recurrirlas en casación ante el Tribunal Supremo:
- En primer lugar, al objeto de dar tiempo a fin de que se dicte la sentencia del TJUE y se apliquen sus pronunciamientos, rectificando el Tribunal Supremo [TS] su jurisprudencia y revocando los fallos desestimatorios.
- En segundo lugar, porque, en principio, este recurso de casación no genera gastos para vosotros, pues, en el supuesto de que la Sentencia del TJUE se retrase, y recaiga antes el autos del TS, el Tribunal Supremo no esta poniendo costas procesales en sus resoluciones de inadmisión de los recursos de casación.
- En tercer lugar, porque en los supuestos en el que el Tribunal Superior de Justicia haya puesto costas procesales, las mismas estarían sometidas a lo que resulta de la sentencia del TJUE, ya que si el TJUE determina que la sanción no puede ser otra que la fijeza, las sentencias desestimatorias se demostraran erróneas, y nulas, en cuanto contrarias al Derecho comunitario.
QUINTO.- Debemos recordaros que las costas no hay que abonarlas hasta que se cumplan dos requisitos:
- Que la sentencia del TSJ sea firme, porque se inadmita o desestime el recurso de casación por el TS.
- Que después de la firmeza, se solicite la tasación de costas por el Abogado de la Administración y estas se tasen por el Tribunal sentenciador
SEXTO.- Es importante que entendáis que la fijeza automática derivada
de la aplicación de la Directiva depende de lo que sentencie el TJUE
este año 2023 en estas cuestiones prejudiciales, pues las sentencias del
TJUE son vinculantes y deben ser cumplidas rigurosamente por todas las
autoridades nacionales, sean administrativas o jurisdiccionales y que en
otros casos, como sucedió con el Auto Gondomar, el TJUE ha dictaminado
que, si un Estado miembro, como sucede en España, no ha fijado una
sanción en el sector público para dar cumplimiento a la Directiva, la
medida sancionadora aplicar deber ser la transformación de la relación
temporal abusiva en una relación fija, mediante su recalificación
automática en contratos de duración indefinida si la relación laboral
persiste pasada una fecha precisa, sin que pueda aplicarse legislación
nacional que prohíbe, en ese sector público, tal conversión.'
Fuente: Comunicado del Gabinete de Javier Araúz de 16/03/2023 recibido en APISCAM
Enlaces en el texto nuestros
NOTA DEL EDITOR: Recordemos una vez mas que según la propia Comisión Europea,
- la Comisión Europea abrió un procedimiento de infracción contra España, nº INFR(2014)4334,por "considerar que la legislación española no se ajustaba a la Cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE" sobre el abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas
- lo mantiene abierto en relación con el procedimiento de denuncia múltiple CHAP (2013)01917 y
la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020
"Sánchez Ruiz y otros", a la que vinculó la denuncia múltiple
- "la Comisión Europea sigue evaluando actualmente la adecuación de la legislación nacional aplicable al Derecho de la Unión Europea , incluyendo las reformas recientemente introducidas a través de la Ley 20/2021" y "decidirá los próximos pasos a dar en el marco del procedimiento de infracción INF(2014)4334" , que sigue a día de hoy todavía en el paso inicial de "Carta de emplazamiento" enviada ¡el 26/02/2015!
- en especial, "está
evaluando si las medidas de reducción de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones sectoriales son conformes a la normativa y
sentencias europeas"
- también mantiene abierto el procedimiento de infracción contra España, nº INFR(2014)4224 por discriminaciones del personal temporal público con el fijo
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Tribunal europeo de 19/03/2020: el Tribunal Superior de Justicia de
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jurisprudencia del Supremo y rechaza la fijeza como posible sanción al
abuso reconocido por no estar contemplada en la ley nacional y no
sentirse obligado por la jurisprudencia europea, y "condena" en costas
al demandante ante la "claridad" en la decisión, sin hacer mención
alguna que se trata del informático cuyo juzgado inicial tuvo dudas tan
fuertes como para plantear una consulta al Tribunal de Justicia de la
Unión Europea
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la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid y el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17 de
Barcelona cuestionando que valga ante la normativa europea tanto la
doctrina del Supremo ante el abuso de temporalidad en el empleo público
como la nueva Ley 20/2021
- [12/12/2022] Publicada
en el Diario Oficial de la Unión Europea la otra cuestión prejudicial
admitida a trámite por el Tribunal de Justicia europeo planteada por el
Juzgado contencioso-administrativo de Barcelona que cuestiona que valga
ante la normativa europea tanto la doctrina de la Sala de lo
Contencioso del Supremo ante el abuso de temporalidad en el empleo
público como la nueva Ley 20/2021
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en Portugal al abuso de temporalidad público establecida en la
sentencia de su Tribunal Supremo Administrativo al caso del asunto
"Gondomar" del Tribunal de Justicia de la UE: la prohibición de la
conversión en fijo de la ley portuguesa ante la falta de medidas de
sanción viola el Derecho de la UE y esa conversión no vulnera el
principio de igualdad de su Constitución
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- [03/03/2023] La
Sala de lo Contencioso del Supremo tumba la indemnización de 33 días
por año al cese en situación de abuso de temporalidad del Tribunal
Superior de Justicia de Aragón reiterando su doctrina de fin de 2021
tras las sentencias europeas: de éstas no se sigue que sea necesaria una
sanción al abuso de temporalidad en empleo público que no esté
contemplada en la ley española
- [13/03/2023] [I. Beltrán] Análisis de la Sentencia de lo Contencioso del Supremo de 22/02/2023 que dictamina que la "administración no puede ser condenada a una indemnización sancionadora por abuso en la temporalidad" por prolongación de una vacante funcionaria/estatutaria, y opinión sobre esta doctrina tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE: "admitir la existencia de un abuso y negar la concreción de la sanción es un incumplimiento del mandato comunitario"
89 comentarios:
Buenas noticias!
Ya queda menos!!
Buah! Eso lo deja descafeinado el TJUE en su sentencia y el Supremo español te lo afina para dejar todo como estaba y seguir quedando igual
De momento 🥳🥳🥳🥳
Os pensáis gamberos y doriteros que España no será como Portugal? Disfrutar antes de que el TJUE le diga al Supremo quien manda, que ya va quedando menos.
Por el camino eso sí, van quedando el grueso del personal en fraude, el mayor fraude laboral, por cobardía, ahorraros unos euros, o ignorancia supina, veréis las consecuencias en unos meses de vuestros actos de inacción. Ellos se han sacudido la mayor parte del problema.
Estamos acostumbrados a que pisoteen nuestros derechos, pero hay que pelear, tenemos la inexplicable suerte de ser parte de Europa.
Y parece que la Comisión Europea empieza a decir algo, a ver si hace su papel de garante de los tratados.
Lo que tú quieras pero mi plaza para entonces ya se la ha quedado otro y yo sólo puedo en todo caso alcanzar una hipotética fijeza en no se sabe dónde, y si ocurre.
No hay tiempo.
Los que hemos puesto jujcios antes de Iceta ya estamos bajo mínimos y casi saliendo por la puerta a la calle.
Y cuándo es lo antes posible?
Madre el vendebiblias que al final va a tener razón...
Pues claro q tiene razón. Lo sabe él y todo el mundo!
Pero vamos tarde. Para cuando hablen con claridad ya no quedará ni Blas. Nos están acribillando.
El vendebiblias está alargando la jugada para sacar pasta y luego decir que hizo todo lo que pudo y que la justicia bla bla bla, cosa que ya sabíamos todos. Y los sindicatos encantados con el. Entre las trillas, estafARAUZ Y LOS DEL MI15F nos han jodido pero bien
A ver...
Reclamación previa o demanda ¡Ahora!
Es cierto que a muchas personas les supone un esfuerzo económico muy doloroso. Un gran sacrificio.
¡Ánimo!
Los que estáis alargando la jugada sois vosotros comegambas, los de la toga, y los políticos, con la inestimable ayuda de la Comisión que os ha ido dejando. Pero estos últimos ya están lanzando el primer toque, ni los de la toga ni los del gobierno de la nación y las diferentes tarifas, cumplen con Europa.
Y las plañideras que andan por aquí y no tengo claro de que palo van, que parte de no hay cosa juzgada que viole el Derecho Europeo no entendéis? Habéis denunciado el fraude realmente? Lo habéis denunciado con un abogado de verdad y os habéis ido al de saldo o peor aún, uno de la 🦐? Si lo habéis hecho bien, ojalá, paciencia y resistencia, ya os colocarán donde sea y os pagarán los sueldos. El resto suerte que ya se os dijo por activa y por pasiva, y además lo habéis visto en otros Estados miembros, lo del TJUE es para todos.
Tiene razón el vende biblias y la tenían Fruitos Richarte y los jueces sustitutos.
Reconozcamos sus méritos.
Quisiera saber qué supondría que el TJUE fallara que la la ley 20/2021 vulnera la directiva y si la fijeza automática sería posible. Gracias
Qué es lo antes posible?
Cuánto puede ser?
el VENDEBIBLIAS ya me la metio doblada
reclame+demande y en ella pedi fijeza +18.000 euros..
ya he sacado la plaza en ope abierta, y ahora dice que para pedir la indemnizacion, se debe abrir otra demanda...no sabe nada !!!!
si ya estaba incluida en la demanda
Los 🦐🦐🦐🦐🦐🦐🦐 si que se la habéis metido doblada a todos los que os han hecho caso. Vendecursos, a robar a otro lado.
Una cosa es tener razón y otra muy distinta que te la den. ¿El vendebiblias eso no os lo ha explicado?
Mira sindicalista u opositor, si cayeron los bancos frente al derecho europeo que interpreta y se acata, el TJUE, no te digo lo nuestro.
Si la ley no cumple aún estáis a tiempo, gente como esta viene aquí a desalentar. Vosotros mismos.
La situación sigue igual. La sentencia no ha salido. Mi plaza están a punto de adjudicarsela a otra persona.
Acaso se puede pedir cautelares con ese escrito?
Lo nuestro tardará, pero llegará. Y cada trabajador en abuso de temporalidad cesado a de recurrir su cese y seguir la vía judicial.
Por suerte somos ciudadanos de la Unión Europea, y si no encontramos justicia en España la podemos pedir como ciudadanos Europeos
https://diario16.com/europa-deja-en-pelotas-al-tribunal-supremo/
a ver al de las 6:15 , sino te has enterado de que pide en tu demanda leela bien, una cosa es fijeza + 18.000€ y otra ,muy distinta la indemnizacion que solo podras pedirla cuando tu relacion temporal acabe sea por cese o por has aprobado, para poder hacer cuantificacion hasta la fecha de los conceptos indemnizables logicamente es otro petitum diferente y nada que ver con lo primero , pero vamos, la culpa es tuya por no saber que se pide cuando y por que....
Los 18000 es la indemnización por daños, eso se pide con la fijeza y lo cuantifican así, no es la indemnización propiamente dicha como sanción.
Si, si, mucho vendebiblias pero a cuántos no les gustaría asistir a su fiesta?
Espero no perdérmela 🙋🏻♀️ 🎉🎉🥳🥳
Que nadie se olvide de FIJEZA CON 3 AÑOS. A partir de 3 años en la AAPP estamos en abuso y nos tienen que regularizar ya. Espero que esté sea el último round de aguantar tanta porquería... no nos lo merecemos. Ojalá Arauz sea quién consiga la fijeza en los tribunales ya que sólo él fue quién hizo despertar a los interinos de este país.
¡FUERZA compañeros, lo tenemos que lograr!
Quién dice que la Comisión está cambiando de postura y va a apretar a España, ¿Cómo lo sabéis? ¿Dónde habéis visto ese cambio?
Yo sólo confío en el TJUE y de momento no he visto ningún cambio de comportamiento del CE... que incluso tapona la demanda/reclamación de los EPAs con Navas. Una vergüenza....
Me da vergüenza ajena leer a este hombre a estas alturas. Hablando de fijeza automática 🤦♂️.
Claro que tenemos la razón en el sentido de que el Supremo no se ajusta a la directiva europea. Eso lo ve hasta un niño pequeño. El problema es que esa misma Europa que nos da la razón, es la que le otorga la última palabra al supremo en caso de desacuerdo en la aplicación de la directiva europea. Y lo hace con la cláusula 8 del Acuerdo Marco.
Si se analiza la situación con detalle, descubres que Europa se comporta exactamente como el tribunal Supremo. Ambos nos dan la razón pero nos dejan en manos de nuestros abusadores laborales.
3 años fijeza ya, es un decir. Europa en todo caso dirá que una vez pasado el plazo legal, tiene que haber una sanción disuasoria que no es la que establece la ley 20/21. España tendrá que ver si el plazo de 3 años es el tope o no.
El Tribunal Constitucional establece 5 años la temporalidad de larga duración.
Europa no le v a decir a España cuántos años es el límite.
Los que estáis rascando y haciendo cuenta atrás de días a ver si llegáis a los 3 años me dais un poco patrás la verdad. Os considero iguales a los que intentan quedarse con mi plaza.
Tengo una cosa clara y es los que hemos vivido en precario durante muchos años, nos han despreciado y hemos hecho trabajos duros.
Los que lleváis 3 años pelados contentos si conseguís algo. No esperéis que peleemos por vosotros. Yo no.
Vamos a ver. Hay que esperar y apretar dientes. Sabemos que esto es largo desde el principio y nadie puede asegurar nada a nadie al 100% en casos de litigios contra al Administración. Lo que no quita para que todo el mundo reclame y demande. Hay una parte del trabajo que nos corresponde a nosotros (decidir reclamar nuestros derechos formalmente en su momento) y otra parte que es la que hacen los profesionales como Arauz que hemos contratado (estrategia jurídica y actuación ante los Tribunales).
Es difícil pero no queda otra que aguardar y resistir (y también contestar a los comegambas que pululan por ahí), aunque la espera sea larga.
Ánimo para tod@s
Lo más probable es que España acabe cambiando algo la ley para cumplir con lo que diga la sentencia.
Si sale pronto, a lo mejor podría afectar a los concursos y concursos-opo en marcha pero lo dudo mucho.
Supongo que subirán la indemnización a la de despido improcedente y los que se vayan a la calle porque los concursos se resuelvan pronto, a pelear la fijeza y ver como alguien se queda con nuestras plazas.
La indemnización se incluye en la demanda de la fijeza. Lo que hay que pagar es si te cesan porque la impugnación del cese es otro procedimiento, no dejan acumular al de fijeza, esa es la razón.
Desde el 2019 somos muchos los que hemos tenido en el bombo nuestro puesto. Pero la única forma de acogernos a esta sentencia y en su caso que sea posible la readmisión es demandando.
Cualquier procedimiento en este país conlleva años, incluso aquellos en los que no hay que recurrir a la justicia europea.
Buenas noticias para todos. Queda poco ya
A ver que yo llevo más de 5 años en la AAPP y quedaría protegido por la pantomima del TC que "dicta" que interino de larga duración es para >5 años.
Eso no quita para que marque lo que dice la ley, hasta el nuevo EBEP cesa a los nuevos interinos con 3 años (digo yo que será por algo). Hay que unir al colectivo y no dividir por franjas de abuso. Sólo con la unión se aumentará el número de demandas y se hará justicia. No mires tanto a los de mucha antigüedad ya que la mayoría van a estabilizar con el concurso de méritos así que no te equivoques con esa división que pretendes hacer. Nos necesitamos unos a otros, todos los abusados (>3años, aunque sólo superen un día) deben demandar su situación irregular. Esto se está acabando...
Por tanto, por ética y justicia de la europea (la única válida) FIJEZA CON 3 AÑOS.
La indemnización una vez obtenida plaza es aconsejable pero nadie obliga a que sigas reclamando.
Si quieres obtener o no resarcimiento de tu situación de abuso hasta que aprobaste es decisión tuya. Ha habido personas que han seguido y otras no.
Lo que determine la sentencia se aplicará a las personas que hayan denunciado. Eso se viene diciendo desde el principio. La modificación legislativa que haya después...será para los demás
Ánimo a todos!!
Es impresionante el desconocimiento que tenéis los que intentáis desanimar al colectivo. El desconocimiento más absoluto.
El vendebiblias solo es abogado del estado en excedencia
Qué desasosiego. Teniendo y pudiendo demostrar la verdad, tan difícil es darnos la razón.
Los procesos judiciales son así en casi todas las materias. En este caso, desde hace años tenemos a todo el sistema en contra...políticos, jueces (Algunas/os no) y a nuestros amigos los sindicatos.
Ha sido similar al caso de la cláusulas suelo, que tuvieron enfrente a la banca.
Las reclamaciones judiciales hay que verlas desde lo que son. No son ni cortas, ni baratas. Desde el principio hemos debido saber a lo que ibamos
Una vez que el TJUE le diga al Supremo que aplique la ley, ésta se aplicará para quién esté en el juzgado, el resto suerte.
Al de las 10:17. Otro que va diciendo que los de mucha antigüedad van a consolidar la mayoría. Me pone de los nervios esta gente que suelta a la ligera estas cosas porque o bien lo hace por ignorancia, o bien con intenciones bastardas. EN EDUCACIÓN, POR EJEMPLO, LA MAYORÍA DE LONGEVOS SE QUEDAN FUERA. Lo has pillado ya?
Al de las 20:24
Nueva empitonada del TJUE a nuestro tribunal supremo. Los bancos, enternos protegidos por el gobierno y los tribunales, dejarán de cobrar las comisiones de estudio de apertura de crédito por ser abusivas.
Otra vez el TS con el culo en pompa...!!! Ja ja ja...
Cuando salgan las prejudiciales del TJUE sobre los interinos no habrá vaselina suficiente en Europa para suavizar las posaderas de nuestros estimados magistrados del TODOPODEROSO Tribunal Supremo Español. Me muero de ganas de ver la cara de más de uno. Ja,ja,ja...!!!
El de 3 años fijeza ya. En mi administración no están estabilizando a casi ningún interino de larga duración por concurso.
Si hacen fijeza con más de 3 años tendrían q dar la fijeza a casi todo quisqui. Lo dudo.
Lo que diga la sentencia hará q modifiquen la ley pero no creo q de forma radical.
Y divide? A mi nadie ha hecho nada para ayudarme ni otros interinos, ni los sindicatos, ni la administración, ni los políticos. Sólo mi abogado q es Arauz al que leo desde hace años y al que confié mi caso.
Cuando yo llevaba 3 años en la administración vivía bien, no me sentía mal. Llevo muchos años y he tenido muchos contratos, he pasado muchos desprecios y veo gente que intenta apuntarse a mi carro y acaban diciendo que igual que yo. No, lo siento, lo que yo he vivido es un abuso como la copa de un pino y me van a echar a la calle. Yo me pelearé lo mío y nadie me va a sacar las castañas. No esperes q nadie lo haga por tí ni crear una sensación de grupo que no existe. Suerte.
La ley 20/21 no cumple con la directiva. El gobierno meterá modificaciones para que cumpla con la norma europea, pero no será la fijeza para todos. La normativa europea no le obliga a dar fijeza, le obliga a tener una sanción suficiente y disuasoria. Y es lo que nuestro gobierno hará después de las prejudiciales del TJUE. El TJUE no va a declarar fijeza para todos, no lo hizo antes y no lo hará ahora. Ya hace mucho tiempo que lo he dicho por estos lares. Solo tendrán fijeza los que reclamaron antes del Icetazo y los que consoliden por la ley 20/21. El resto de personal abusado tendrá una sanción "suficiente y disuasoria" que dictarán bajo el visto bueno del TJUE.
¡Pero bueno!
Arauz puso en Twitter que si todavía no hay sanción estás a tiempo de demandar.
Parece que la Comisión Europea dice que no hay sanción...luego estás a tiempo de demandar y beneficiarte de lo que diga el TJUE.
Los que no demanden ahora tendrán la sanción suficiente y disuasoria que se determine.
Además, si las cosas se ponen así, se avecinan cambios legislativos favorables y cambios en los procesos.
12:48 y solo porque lo diga el TJUE el Gobierno va a meter modificaciones?
Te parece poco que lo diga el TJUE...!!!
En donde vives, en una cueva incomunicada...? A estas alturas del partido, para flipar...!!!
A "Fijeza con 3 años": estoy de acuerdo contigo en que tenemos que estar todos unidos. La verdad es que no entiendo tanta división en los comentarios que se han publicado. Nos necesitamos y tenemos que estar unidos. Así que, muy bien dicho lo que has escrito, compañero ;-)
https://www.abc.es/sociedad/interino-baleares-apunta-101-asignaturas-cazar-plaza-20230317151636-nt.html
mi abogado dice que arauz es un vendebiblias y que ha hecho mucho daño al sector bla bla bla
pero mi abogado cuando le dije de pedir fijeza y pagarle enseguida me dijo que si, luego cuando lleva el par de demandas me dice que lo deje ya
me parece que en este circo hay mucho miserable y cobarde que no ha querido luchar contra el sistema injusto y abusador, empezando por los políticos, por los magistrados del supremo, jueces, abogados, ya ni que decir sindicatos ... y hasta trabajadores interinos
es una lucha muy desequilibrada, david contra goliat, el puñado de interinos que hemos reclamado contra todo el sistema en bloque . si esto sale, es para poner un monumento a los que hemos luchado y hemos caido, dejandonos incluso la salud en el camino.
Mi abogado me dice que mientras pague me recurren lo que sea
Van a llegar tarde estas prejudiciales.
Como dice el compañero, nos estamos dejando el dinero, sí, pero también la salud. Parece un imposible en el que hemos creido y luchado, un arco iris que queríamos llegar a tocar y siempre está lejos... Nunca se alcanza.
🦐🦐🦐🦐🦐🦐🦐🦐🦐🦐🦐🦐🦐🍤🍤🍤🍤🍤🍤🍤🍤🍤🍤🍤🍤🍤🍤.
Tenemos la recua metida por aquí a piñón, les habrán dicho sus jefes que trabajen un poco.
Las mariscadas de estafarauz jajajaja
3.000 por barba dan para mucho
Pues yo lo que opino es que la Comisión ha opinado y España recibe pasta de Europa. Aunque la sentencia tarde 3 o 4 meses, ya no puede colar el cumplimiento por parte de España de lo establecido para recibir los fondos next generation.
A ver qué pasa
10:55,. Ríete ríete, que ya queda poco. Vas a tragar bilis hasta que se te salgan las gambas por el bajo vientre 😆😆
Nadie podía tener dudas de que el TJUE va a triturar al TS en las prejudiciales, está obligado a hacerlo porque literalmente se les han meado en la cara, pero una cosa es tener la convicción y otra muy distinta es que ya haya papeles oficiales POR ESCRITO de la Comisión diciendo que ni la Ley 20/2021 ni la jurisprudencia del TS cumplen la Directiva
¡¡Enhorabuena a todos los que habéis luchado!!
Quería preguntar por lo que pone APISCAM en su nota del proceso de infracción abierto contra España por la Comisión Europea. Tiene pinta de que va a acabar su evaluación diciendo que con la Ley 20/2021 no se cumple con el mandato del TJUE y exigirá al gobierno b español medidas complementarias, que podrían suponer la salvación de decenas y decenas de miles de personas todavía.
Ahora bien, qué poder real tiene la Comisión Europes de obligar a España? Esta podría decir que me multen y ya iré pagando, ...
Comunicación Poder Judicial
El magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 17 de Barcelona ha elevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) cuestiones prejudiciales en relación con la utilidad de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre y la doctrina de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
En estos dos casos concretos la parte demandada es el Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña.
Vale... y q dice la Comisión Europea
Donde está el escrito al que se alude en esta ocasión ?
A ver si revienta de una vez este tema porque ya no aguantamos más!
Ya da la cara Puigdemont, Torra, Aragonés, Illa, Rufián y la Colau
15:22 si acabar de presentar las prejudicales pon un año mínimo a que respondan. Esperamos la sentencia de las prejudiciales de Arauz del año pasado como agua de mayo porque presentaron una batería de preguntas de imposible malinterpretación de las respuestas.
Respecto al procedimiento de infracción, va aparte y no tiene en este momento tanta trascendencia.
Yo me pregunto o pienso que lo mismo que ha recibido Arauz esos comentarios de la Comisión al TJUE también los habrá recibido el Gobierno y ya ve por dónde van a ir los tiros así que si pone la manita para que le den, tal vez tendrá que ir haciendo lo que ya le están diciendo...
Ojalá que pase algo pronto que cambie esta situación...
Claro que sí...!!! Muchas mariscadas para Arauz...!!! Gracias a él y a un juez valiente tendremos nuestra recompensa.
A 3000€ por cliente, espero que haya ganado y siga ganando muchos billetes.
Aquí hay personas que opinan que demuestran no haberse enterado de nada en 4 años. Queda poco ánimo para los luchadores...los demás a moder el polvo
El tjue sentencia que las cláusulas de apertura de préstamos no forman parte del objeto del contrato...el supremo va a coleccionar sentencia del tjue este año...en pelotas los van dejar.
15:04
La comisión europea tiene la facultad de paralizar los fondos Next generación si no cumplen con lo que dictamine el TJUE y la propia comisión europea.
Las observaciones de la Comisión Europea al TJUE también se envían al Gobierno español, bueno al "agente del Reino de España" (el abogado del Estado elegido por el Gobierno Español).
Y el "Reino de España" (el Gobierno) también presenta escrito de observaciones al TJUE, que ven tanto la Comisión Europea como Araúz.
En el asunto "Sánchez Ruiz" el "Reino de España" observó que una situación como la de los casos de interinidades prolongadas de entre 12 y 17 años en vacante no caían bajo la situación de abuso de temporalidad de la cláusula 5ª de la Directiva y , que , en el caso de que el Tribunal europeo considerara que sí, pues que ya hay una solución que se podría hacer valer como la sanción al abuso: los procesos de "estabilización" derivados de las leyes estatales de 2017 y 2018, quedando demostrado que eran válidas como reparación al trabajador porque las habían acordado con sus representantes, los sindicatos
Apiscam excelente; pero en este asunto se ha creado una “ variopinta flora y fauna Españolinga”
Es decir : muchas opiniones , acertadas , a destiempo, inconexas, arcaicas, escépticas, optimistas, sindicamer, politicamer,etcetcetc… me quedó con los que demandaron y cuándo tengan SENTENCIA FIRME, opinaré, de momento es un caso cerrado en la Justicia, claro para los que demandaron , él resto que siga agrandando esta Flora.
Para cuando responda el TJUE ya estamos todos en la calle. En tres o cuatro meses... Abuf! Y a cosa hecha, reviertelo... Mal rollo.
Como no mande la Comisión que hagan algo ya y que sino les dejan sin fondos Next Generation la llevamos clara.
Lo saben perfectamente aquí todos pero están jugando con nosotros y no quieren que sus sirvientes temporales consigan nada más que lo mínimo. Así es la cosa. Nos tienen acribilladas.
Demandaste antes del Icetazo con un buen abogado? Entonces tranquila, resistencia y paciencia, te tendrán que recolocar en la empresa, no había sanción fijada.
Yo estoy tranquilo y estudiando, a ver si lo saco y me centro en la indemnización, por poco que sea, será un pellizco majo.
Si no has demandado que tengas suerte, aquí ya estamos entrando en la recta final, a un lado los que hemos denunciado, y al otro el resto con los comegambas.
https://confilegal.com/20230310-el-tsjm-tumba-con-costas-la-sentencia-que-hizo-fijas-a-21-maestras-interinas-del-ayuntamiento-de-getafe/
Las maestras ya pag
aron las biblias📖, ahora sin plaza, sin indemnización y a pagar las costas💰💲💵💸. Las Biblias no se pueden devolver por lo que no se les devuelve el dinero.
Las biblias, y las gambas, las vais pagando vosotros a vuestros abogados que deben pensar que lo que digan los tribunales españoles están por encima de lo que diga el TJUE.
Disfruta pensando que es así durante estos meses.
12:23
Esa sentencia va a quedar como las efímeras flores de mayo...,marchita, en cuanto el TJUE empitone al TS con las prejudiciales. Abre bien los ojos y verás como se obra el milagro que en su biblia predicaba Arauz. Vas a flipar compañero...!!! Ja ja ja.
Lasarstras van a acabar consolidando Po concurso en con la ley 20/21 y los opositores también tendrán su plaza
A mi me surge una duda, de las 2 cuestiones prejudiciales que se hicieron (Madrid-Social) y (Barcelona-Contencioso), la de Madrid se hizo unos 4-5 meses antes, y segun parece la primera que va a salir es la de Barcelona ¿?
9:38
Saldrán prácticamente a la vez para dejar las 25 cuestiones prejudiciales resueltas (laboral y contencioso).
Y se las espera para antes o despues d4 Agosto? ya que Arauz a renunciado a la vista oral, para no retrasar la resolución.
La sentencia de las prejudiciales del Asunto Sánchez Ruiz (la de 19 de marzo de 2020) tardó 23 meses en salir. Las dos prejudiciales del juzgado de lo contencioso-administrativo de Barcelona se realizaron en mayo de 2022, por lo que llevan 10 meses, por lo tanto aproximadamente faltan 13 meses, hasta abril de 2024. Pero hay ocasiones en que el TJUE resuelve antes, por ejemplo el caso Gondomar fue en unos meses, y otras ocasiones más tarde como el caso de los profesores de religión italianos que tardó 35 meses (pandemia por en medio).
Las prejudiciales del TSJ de Madrid de lo social son de marzo de 2022, por lo que llevan 12 meses, y les falta aproximadamente 11 meses, hasta febrero de 2024.
Pero todo esto es una media, a veces tarde menos... o más... de la media.
La media de resolución de una prejudicial en el Tjue publicada hace poco, fue de algo menos de 17 meses, por lo que si fuera esa media tendría que estar en octubre de 2023 las prejudiciales del juzgado de lo contencioso-administrativo de Barcelona y en julio de 2023 las del TSJ de Madrid sala de lo social.
Aunque todo esto son fechas aproximadas.
Las de Barcelona son las más interesantes, aunque tienen mucha miga y por tanto análisis, supongo que hasta finales de año siendo muy optimista, pero mucho. Es un punto a favor la renuncia de la vista oral de Arauz para no demorar más, así como que la Comisión Europea haya dicho que tanto la ley como las sentencias del Tribunal Supremo, no se ajustan a la legislación europea.
Eso ya lo sabrán los jueces y el gobierno, pero mientras dilatan el proceso se van quitando de encima el grueso del personal en fraude que no está en el juzgado de la mano de un buen abogado.
El problema será con los pocos, en relación a los que deberían ser, que vamos a por todas. La ley en Europa se cumple si o si, es lo que hay pese a quien pese.
y para los que ya hemos sido juzgados desestimatoriamente inclusive supremo? se considera cosa no juzgada por ser contraria a las directivas o somos daños colaterales y nada que rascar? llevo en el paro 6 meses y tengo 57 años
Cuando el TJUE tumbe la doctrina del Supremo por ser contraria a Derecho, a pedir revisión. Si no al TEDH, no te ha informado tu abogado?
La revisión es para los que han llegado hasta el Supremo. Los que se quedaron con lo que les dijeron en instancias anteriores, no. Ahí sí es cosa juzgada y firme.
Juegan con nosotros para que sólo sean unos pocos, cada vez menos...
Si, se lo han montado bien para ir eliminando gente de una manera u otra. Al final a meta solo llegaremos un reducido tanto por ciento.
Tan importante como demandar, es hacerlo con alguien competente. Yo le di muchas vueltas a eso, la importancia lo merecía. Al final con Arauz, y no tengo ninguna duda de que acerté de pleno.
https://youtu.be/3-YSDlSqs4c
🔥💣💥
Pero eso ya se ha comentado antes me parece... Creo que los secretarios no tienen establecido la posibilidad de convocar un concurso de méritos oara acceder. En casi todos los casos, sí, siempre que lo autorice una ley, es el EBEP. Eso creo
Es que mezclan unas cosas con otras que da para atrás. Se meten el rollo de que si cuánto estudian los opositores y que si tal... eso no tiene nada que ver. Es si se puede convocar concurso o si no se puede según la legislación de esos cuerpos. Hacen suspensión cautelar pero es que si no se puede convocar concursos en esos casos, pues no se puede aplicar la ley 20/21 a ellos y en todo caso sólo podrán concurso-opo.
No tiene nada que ver con que tengan razón en que los derechos de unos y de otros ni qué pobrecitos y tal y cual.
Al de 16:23
No tienes muy claro el concepto de "cosa juzgada". Te confundes al pensar que solo se pueden revisar las sentencias del TS. Cosa juzgada se refiere a sentencias judiciales firmes, y una sentencia judicial puede ser firme por varios motivos, no solo porque lleguemos al máximo órgano judicial español. Una sentencia en primera instancia ( contencioso-administrativa) no recurrida en apelación ante el TSJ sería una sentencia firme, pudiendo está ser objeto de una revisión cuando quede inoperativo el concepto de cosa juzgada.
Cualquier persona que haya abierto proceso judicial en primera instancia antes los juzgados de lo contencioso-administrativo podrán acogerse a las prejudiciales del TJUE quedando inoperativa " cosa juzgada" aunque no recurrieran en apelación al TSJ y quedará firme la sentencia del contencioso.
Pues a mi mi abogado siempre me ha dicho eso, que tenía que sguir hasta el Supremo para poder beneficiarme en su caso de una revisión de demanda. Y en este foro también es lo que siempre he leido.
Ojalá llegue ese día y entonces ya se verá. Ahora da igual sin saber lo que va a decir el TJUE ni nada.
Que se deroge la ley 20/2021 quiere decir que volvemos al punto de partida donde no había no fijeza ni indemnización ni nada parecido.
Esto va de valientes y el Tribunal Supremo no está por la labor porque Europa no le exige.
Así que solo queda estudiar o esperar a que rasques algo en los concursos de estabilizacion y que otros con más méritos no se presenten al tuyo y te la puedan cepillar.
Aquí en la Generalitat Valenciana, no es que saquen todas las plazas a concurso o concurso oposición. Aquí aunque saquen pocas plazas, a la hora de elegir destino salen todas las plazas vacantes que hay en la Generalitat. Dicho de otra forma, aunque hayan 200 vacantes libres y en la convocatoria salen 20, para elegir destino salen las 200 y ya puedes tener 30 años de antigüedad o 2 años que si te la cogen te vas al calle con una mano delante y una detrás con Europa o sin Europa.
19.00, eso es lo que te queda a ti opositor profesional, y a los que no se enteran de nada pese a estar ilegalmente en fraude.
Aunque con la de tiempo que pierdes aquí comentando como si fueras varios, más bien tienes perfil de sindicato del marisco y la black. Hasta el final tratando de desanimar a los indecisos, de la misma manera que lo habéis hecho con gran éxito en los centros.
Tú mismo, nosotros a lo nuestro, los que están y han demandado, se quedan. O regresan, ni lo dudes.
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