viernes, 14 de marzo de 2025

El pleno del Congreso de ayer acordó a última hora pasar directamente a trámite por el propio Pleno el Proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado, que tiene enmiendas presentadas por Junts , Podemos y SUMAR para que se haga "fijos a extinguir" a los empleados públicos en abuso de temporalidad por llevar más de 3 años para cumplir con las sentencias europeas y evitar las sanciones de la Comisión Europea

El Pleno del Congreso de este 13/03/2025, tras una modificación de última hora de su orden del día, debatió , a propuesta del Partido Popular, y acordó la avocación a Pleno del  Proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado (nº Expediente 121/31), tras la votación con resultado 326 síes, 1 noes y 16 abstenciones.

 De esta manera , pasa directamente a tramitación por el Pleno del Congreso - es decir, se salta su paso por la Comisión de Función Pública- la tramitación del Proyecto de esta Ley de función pública del Estado -que en principio es sólo para las AAPP del Estado, pero que tiene carácter de norma supletoria para muchas otras- siendo uno de los compromisos con la Comisión Europea en el Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia español de 2021. Y siendo un proyecto de ley del Estado puede aprovecharse para incluir modificaciones de otras leyes nacionales, como el Estatuto Básico del Empleado público mismo.

Recordemos que se ya se habían publicado las enmiendas parciales de los grupos del Congreso al proyecto de Ley de Función Pública de la AAPP del Estado, figurando entre ellas las de  Junts , Podemos y SUMAR que piden que se hagan "fijos a extinguir" a empleados públicos en abuso de temporalidad por llevar más de 3 años para cumplir con las sentencias europeas y evitar las sanciones de la Comisión Europea.

Precisamente ayer 13/03/2025 expiraba el primer plazo para la preparación del Informe de la Ponencia de la Comisión de Hacienda y Función Pública del Congreso, preparado por un panel  de 15 miembros  o "Ponencia" , nombrados provisionalmente por la Mesa de la Comisión, Comisión que no llegó ni a reunirse después del fin del plazo de presentación de enmiendas. Con la avocación a Pleno por tanto, se salta el Debate en Comisión, acelerándose por tanto la tramitación de esta ley.

 

Recordemos, más en concreto que:

  •  Junts Per Catalunya ha presentado enmiendas (nºs 131-134)a este al Proyecto de Ley de Función Pública para que, vía una modificación del EBEP en sí,  se declare "fijos a extinguir" a los empleados públicos en abuso de temporalidad de la actualidad de todas las AAPP y a los ya cesados que presentaron reclamación contra el cese/despido

  • También Podemos en su  enmienda  presentada (nº 102) con menos detalle

  • El Grupo Parlamentario de SUMAR ha registrado enmiendas   (nºs 211,213 y 220) para la declaración de "personal funcionario, estatutario o laboral fijo a extinguir"  a los empleados públicos de las AAPPs bajo el ámbito de esta Ley de Función Pública del Estado  que se encuentren en "situación objetiva de abuso en la temporalidad" por haber superado los plazos de temporalidad establecidos en la ley

  • ERC ha presentado una enmienda (nº 287) para que el EBEP incorpore la obligación de hacer procesos de estabilización con los puestos de los interinos de vacante futuros temporales más de 3 años y se les indemnice con 25 días por año trabajado si no lo superan

  •  el propio PSOE ha incluido una propuesta de modificaciones al Estatuto Básico del Empleado Público -para todas las AAPP- vía enmiendas a este Proyecto de Ley de Función Pública de la Administración del Estado, si bien sobre otros temas, demostrando que es posible incluir modificaciones del EBEP en este PL

 

Por otro lado:

  • BNG ha presentado una enmienda (la nº 8) para eliminar la tasa de reposición del EBEP
  • PNV ha presentado una enmienda (la nº 2) para que la ley de función pública de las AAPP del Estado recoja que "la tasa de cobertura temporal deberá situarse por debajo del ocho por ciento de las plazas estructurales"
  • EH Bildu ha presendado una enmienda (la nº 333) proponiendo nuevos procesos de "consolidación" , por concurso-oposición, con las plazas deel personal temporal de más de 3 años
  • PP y Vox no han presentado ninguna enmienda a este texto sobre temporalidad recordemos de una ley de función pública de al menos las AAPP del EStado

Hay que señalar, que según su Artículo 2, el Ámbito de aplicación de esta Ley de Función Pública de la AAPP del Estado es el personal funcionario y, en lo que proceda, al personal laboral y al personal eventual al servicio de:

a) La Administración General del Estado.
b) Los Organismos Autónomos.
c) Las Entidades Públicas Empresariales.
d) Las Agencias estatales.
e) Los demás entes de derecho público, así definidos en su normativa de creación.
f) Las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
g) Las autoridades administrativas independientes en la forma prevista en sus leyes
de creación.
h) Las universidades públicas no transferidas, en lo que no esté previsto en su
normativa específica.

se entiende que siempre del Estado, más algunos casos donde es supletoria.

Naturalmente, incluso en el caso de la aprobación de una enmienda como la de SUMAR, o las de Junts y Podemos modificadas restringiendo su ámbito a las AAPP del Estado por su propia Ley de Función Pública,  podría implicar también consecuencias sobre otras AAPP con leyes de función pública propia -las CCAA - por la constatación que supondría que una AAPP con esa competencia podría regular la declaración de fijo a extinguir a los empleados públicos en abuso de temporalidad bajo su  ley de función pública con la justificación de dar cumplimiento a normativa y las importantes sentencias europeas de 2024.

Recordemos especialmente la sentencia de 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE en los asuntos acumulados #GenCat donde el alto tribunal europeo dijo:

  • no valen como sanción al abuso de temporalidad pública la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021
  • ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, 
  • debiéndose modificar la jurisprudencia incompatible del Supremo, siendo posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera
  • no valiendo como  excusa para un juzgado o tribunal nacional argumentos ni de índole constitucional
A raíz de esta sentencia, la Comisión Europea ha reactivado un procedimiento de infracción contra España instando a ESPAÑA a que mejore las medidas sancionadoras del abuso de temporalidad pública recogidas en su normativa. En cuanto al  volumen del abuso de temporalidad pública, las propias cifras oficiales del Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas por Función Pública del Estado, de muestran la dimensión descomunal: más de 1 millón de empleados públicos temporales entre todas las AAPP a julio de 2023, el 35% de los empleados públicos, pese a los procesos de "estabilización" de plazas emprendidos. 3/4 de ellos están en las CCAA, estimándose que a esa fecha seguía habiendo más de 700 mil empleados públicos temporales más de 3 años y que dicha cifra con toda probabilidad superó los 800 mil cuando España se comprometió en su Plan de recuperación ante la CE a reducir la temporalidad pública a menos del 8% antes del fin de 2024.


Nótese que el Gobierno (Ministerio de Hacienda) podría hacer uso de su prerrogativa del veto ("disconformidad") por razones presupuestarias para no admitir a trámite ni debate alguna de estas enmiendas. La Ponencia encargada remite al Gobierno la lista de enmiendas que a su juicio pueden requerir de la conformidad del Gobierno porque   supongan aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios  , pero en todo caso el Gobierno puede manifestar su disconformidad por razones presupuestarias con la tramitación de las enmiendas por las que no haya sido consultado.

Hay que recordar que hace justo 4 años (todavía antes del Plan de recuperación) el Gobierno presentó veto presupuestario para la última propuesta de Mulet, de Compromìs, desde el Senado , ya de fijo a extinguir tras otras anteriores (todas con igual suerte) tratando de aplicar la sentencia del TJUE de 19_03/2020 "Sánchez Ruiz".  Y la excusa puesta por el Gobierno del Estado entonces fue ¡la misma que para su propuesta anterior del concurso de méritos restringido!:  los 1,8 millones de euros de incremento presupuestario que supondrían para la AGE las "indemnizaciones" a los funcionarios fijos que habría que pagar por ser miembros de tribunales de los procesos.

 

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79 comentarios:

Anónimo dijo...

@apiscam, por qué la nota empieza diciendo "El Pleno del Congreso de este 13/06/2024"? Errata?

Anónimo dijo...

La fecha es un error no?

Anónimo dijo...

Ah ya lo corrigieron.

De todas formas evidentemente "ayer" no fue 13/06/2024 sino 13/03/2025. El 13/06/2024 fue la última sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre interinos españoles, se ve que tienen esa fecha bien metida en la cabeza , ja ja ja

Anónimo dijo...

Esto se mueve rápido. FIJEZA YA!

Anónimo dijo...

NO BiiEN GRANDE 😎

NO
Grupo Parlamentario Republicano
TELEMÁTICO - Vallugera Balañà, Pilar
Total: 1
Total: 1

Anónimo dijo...

Vota. Q NO. Es obvio q es pq quería plantear enmiendas en Comisión.
O al menos, debatirlas.

Por cierto, se abstienen, los de Junts, PNV y Bildu.

Espero que el Fijo a Extinguir o lo q sea, salga más rápido. De momento, la estrategia es buena. Confiad!! 😎

Anónimo dijo...

Pero entiendo, que quitando al enmienda de Junts, las de Sumar y Podemos solo son de aplicación a la Administración del Estado, no hacen referencia al EBEP... ¿Alguien puede aclarar esto?

Anónimo dijo...

Alguien sabe los nuevos plazos? Y si alguien sabe información de como va la negociación de los grupos? Algunos tenéis contactos con asociaciones que hablan con los partidos y ellos ya sabrán si sale o no

Anónimo dijo...

Ostras, huele a pacto PSOE/SUMAR/PP por algo , europeo de fondos supongo. Les ha entrado prisa

Anónimo dijo...

Prisas? Jajaja...

Si a lo de los jueces le dieron boleto, en 10 meses. A esto idem.
Final de año seguro!!!

https://apiscam.blogspot.com/2024/03/debate-hoy-en-el-pleno-del-congreso-de.html

Anónimo dijo...

En la noticia dice:

"Recordemos que se ya se habían publicado las enmiendas parciales de los grupos del Congreso al proyecto de Ley de Función Pública de la AAPP del Estado, figurando entre ellas las de Junts , Podemos y SUMAR que piden que se hagan "fijos a extinguir" a los empleados públicos en abuso de temporalidad por llevar más de 3 años para cumplir con las sentencias europeas y evitar las sanciones de la Comisión Europea."

Pero esto no es del todo cierto porque las enmiendas (a excepción de la de Junts) solo hacen referencia a los empleados públicos de las administraciones del Estado, es decir, los de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales quedarían fuera...

Anónimo dijo...

Lo bueno.
Ya tendrán otra sentencia. La tercera en 20 meses del TJUE.

Lo medio-bueno
Ya tendrán la pasta retenida del quinto pago.

Anónimo dijo...

11.34 Deja de malmeter, anda ...

Anónimo dijo...

no me queda claro si esto es bueno o malo.....si agiliza, si nos da mas posibilidades, si acorta plazo para la ansiada estabilización en el puesto......despues de tantas decepciones ya todo me huele a chamusquina....a ver si el poder cobrar los fondos les da ganas de solucionar nuestra situación.

Anónimo dijo...

Qué administración en su sano juicio no aprovecharía el paraguas legal que se va a crear con esta ley y sus enmiendas? Las leyes estatales son la base de aplicación a todo el estado, luego las comunidades autónomas pueden mantener esa base o implementarla. Se aplicará a todas las AAPP. Fijeza ya! ya queda menos.

Anónimo dijo...

Todo ha sido siempre una cuestión económica. Ahora es el momento de zanjar el abuso de una vez por todas.

Anónimo dijo...

De malmeter nada, es una cuestión vital del proyecto de ley, ¿A quien va a afectar?

Anónimo dijo...

A ver si no se olvidan de nosotras, las cesadas y q hemos demandado.

Anónimo dijo...

A 14 de marzo de 2025, 11:50 , pues su articulado normal a las AAPP del Estado y a las del resto locales o autonómicas donde el articulado respectivo de la ley de FP del Estado sea supletoria (esto depende mucho de cada CCAA y de cada artículo).

Una hipotética disposición adicional modificando algo del EBEP, pues afectaría a todas las AAPP bajo el EBEP (al menos : la Administración General de todas las CCAA, sus servicios de salud, personal docente no universitario, personal de universidades, personal de sus empresas publicas, funcionarios y laborales de los ayuntamientos yentidades locales, los FHCN o como se diga, ...)

Anónimo dijo...

Buena noticia gracias Apiscan , este es el camino

Anónimo dijo...

Claro, solo de vosotras. Tú solo piensa en vosotras y que los demás solo piensen en vosotras.
A los hombres, que les den mucho xcul0

Anónimo dijo...

La única duda que se puede responder aquí, es..... Que plazo tienen para sacar la ley

Anónimo dijo...

El plazo del quinto pago que han solicitado a Europa y tienen que cumplir con algunas cosas para cobrarlo, mas de 25 mil millones

Anónimo dijo...

https://www.elespanol.com/wakeupspain/20241220/espana-solicita-quinto-pago-fondos-europeos-valor-millones/910159102_0.html

Anónimo dijo...

Fin de año calentito.
Conclusiones Obadal. Mayo o Junio.
Sentencia Obadal. Noviembre o Diciembre.
Ley función Publica Noviembre o Diciembre.

Anónimo dijo...

Se supone que para cobrar ese dinero han de haberse alcanzado los hitos, entre ellos, el de la estabilización, ¿verdad? Es decir, que si quieren cobrarlos pronto, se darán prisa, ¿no?

Anónimo dijo...

noviembre o diciembre? estamos cesados hasta el tato, que bajón.....

Anónimo dijo...

Detecto un poco de comentario en tu misoginia

Anónimo dijo...

Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Así que si se aprueba a finales de este año, entrara en vigor a mediados del 2026...

Anónimo dijo...

Dado que hoy es 14 de marzo de 2025 y nos encontramos en la fase en la que el Congreso ha acordado la avocación a Pleno de un proyecto de ley y las enmiendas ya han sido presentadas, podemos hacer una estimación del tiempo necesario para la sanción final por el Rey, siguiendo los plazos habituales del procedimiento legislativo en España:

Debate y votación en el Pleno del Congreso:

Normalmente, este debate y votación se programan en una sesión plenaria en las siguientes semanas.
Si no hay retrasos, se podría realizar entre finales de marzo y la primera semana de abril.
Remisión al Senado:

Una vez aprobado en el Congreso, el proyecto se remite al Senado, donde se abre un nuevo plazo de enmiendas y se debate en comisión y luego en Pleno.
El Senado tiene dos meses para tramitarlo, aunque en la práctica puede acortarse.
Si el Senado no introduce cambios ni veta el texto, la aprobación podría producirse a finales de abril o principios de mayo.
Retorno al Congreso (si hay cambios del Senado):

Si el Senado introduce modificaciones, el Congreso debe volver a debatirlas y votarlas, lo que puede añadir una o dos semanas más.
Si el Senado veta el texto, el Congreso deberá levantar el veto con mayoría absoluta o esperar dos meses para hacerlo con mayoría simple. Esto podría extender el proceso hasta mediados o finales de mayo.
Sanción y publicación en el BOE:

Una vez aprobada definitivamente en las Cortes, la ley se envía al Rey para su sanción y publicación en el BOE, lo cual suele ocurrir en un plazo de una o dos semanas tras la aprobación final.
Conclusión:
Si todo transcurre sin retrasos significativos, la sanción real y publicación en el BOE podrían producirse entre mediados y finales de mayo de 2025.
Si hay complicaciones en el Senado (enmiendas o veto), la publicación podría retrasarse hasta principios o mediados de junio de 2025.

Anónimo dijo...

Muchas gracias a 14 de marzo de 2025, 12:48

Da gusto cuando alguien explica las cosas bien.

Anónimo dijo...

Yo diría en Septiembre y con poquito de suerte mayoria en su votacion.-

Anónimo dijo...

Eso de nosotras como las principales afectadas del abuso de temporalidad resulta ya cansino, los sometidos al abuso somos todos.

Anónimo dijo...

Claro, y de postre flan de huevo.

Anónimo dijo...

Os recuerdo que el Tribunal Supremo ya ha dicho que no se puede hacer fijo a personal temporal en abuso SIN PROCESO SELECTIVO, puesto que es inconstitucional. Por lo tanto estas enmiendas son INCONSTITUCIONALES y serán recurridas a los tribunales por parte de los que no son temporales!!! Siento decirlo!

Anónimo dijo...

Siento decir que no tienes inteligencia, pueden hacer procesos cerrados como pide erc o modificar el ebep como pide junts.
Pero claro, si piensas un poco te da una pajara

Anónimo dijo...

Bueno tiene lógica lo que dice 13:16, las enmiendas no dicen nada de procesos o demás...uy uy uy

Anónimo dijo...

SI; HAY UNA ENMIENDA QUE DICE QUE TE VAN A HACER FIJO A TI

Anónimo dijo...

13,16, Sabes si hay algún cambio en lo que dice el TS, para los/las temporales/interinos que si hemos aprobado un sistema selectivo IMC, aunque no hayamos obtenido plaza fija y hemos recurrido al juzgado, en espera de juicio?

Anónimo dijo...

Hay una sentencia del TJUE que dice que la sanción al abuso es la fijeza y el TJUE es superior jerárquicamente a la Constitución.

tritors dijo...

Que la gente se esta confundiendo...que lo que estan estabilizando son plazas...no personas...que nadie hablo en su momento de personas se comprometieron a estabilizar plazas..sin mas....ahi esta el problema...aqui se va a estabilizar 4 y el de la guitarra...el resto acabaran cesados y como esperen mucho a reclamar (1 año) con el derecho de reclamacion prescribido...tiempo al tiempo...Que llevamos 25 años para aplicar la directiva...

Anónimo dijo...

"Prescribido"????
Me se saltan los Hojos de verlo!!!

Anónimo dijo...

Los troll están nerviosos porque esto avanza rápido. Rica bilis de troll... viernes y buen día....rica bilis.

Anónimo dijo...

Ya queda menos. La fijeza como sanción ya! Lo vais a ver muy pronto.

Anónimo dijo...

Y seguimos soñando....

Anónimo dijo...

NO DEJES DE SOÑAR (troll). Gran temazo de Manuel Carrasco. ¡Fijeza ya!

Anónimo dijo...

14 de marzo de 2025, 13:16 El TJUE opina justo lo contrario. Que el TS se revele en contra de estancias superiores no quiere decir que tenga razón ni que pueda mantener esa postura mucha tiempo. Fin.

Anónimo dijo...

13:16 El Tribunal Supremo se ha puesto a interpretar la Constitución cuando no es su competencia. El único que puede decir si algo es constitucional o no es el TC

Anónimo dijo...

14,28. Así debería de haber sido, que en lugar de decir no a todo y no seguir la directiva 1999/70/CE, que lo hubiera derivado al Tribunal Constitucional. La cuestión es la de siempre, a sufrir los débiles abusados y los ya cesados después de muchos años.

Anónimo dijo...

De que te sirve el constitucional si tiene mayoria el psoe?...en serio...que la gente o no tiene ni idea de como funciona la justicia de este pais... o su situacion no le deja ver la realidad...Lo dicho...el que se piense que va a ser cafe para todos...el ostion va a ser de escandalo...

Anónimo dijo...

Lo que me extraña es la cerrazón del Tribunal Supremo español.
Contra doctrina de Europa, de la Comisión y TJUE, y resto de países.
La nula prevención, y dejar un abuso ya reconocido sin sanción, sinceramente no sé cómo se puede mantener si no es por otros intereses.
Por sus huevos sólo, no lo creo, es demasiado evidente que no son Unga, Unga, o si?
Me cuesta creer que sean juristas y no prevean que si un abuso no se sanciona derivará si o si en otros más graves, con los antecedentes que hay de corrupción en determinadas Comunidades y Administraciones Públicas...

Anónimo dijo...

14:04 Es que no tienen razón.
Da miedo su NO y punto.

Anónimo dijo...

La negación del TS a dejar sin sanción un abuso reconocido tal vez obedezca más a una estrategia que a un perjuicio a los interinos, puesto que con su negativa ante la evidente doctrina europea, está "obligando" al legislativo a que, de una vez, legisle sin ambigüedades o "icetazos", regulando el fraude y regulando la sanción de acuerdo a la doctrina europea, para evitar la judialización de un problema no causado por los interinos sino por la propia administración. En caso contrario, el gobierno sería sancionado y privado de fondos.

Anónimo dijo...

Llevas razón, toda la razón de los comentarios mas sensatos que he visto por aquí, 19,33

Anónimo dijo...

19:33 Entonces, si es como dices, por qué no elevaron al TJUE prejudiciales mucho antes para obligar al legislador de turno a regularlo, sabiendo que todo empieza por incumplimiento de la Administración, y dejan injustamente y durante años un abuso sin sanción, posibilitando que degenere en otros más graves?

Anónimo dijo...

Dejar un abuso sin sanción no sólo perjudica al interino que lo pacede sino a la propia Administración pues en su nombre se comete, al ciudadano y en definitiva al sistema, se supone de Estado de Derecho.

Anónimo dijo...

Me temo que esa estrategia tampoco es del nivel de un Supremo. Con ella y su inacción se han causado daños de imposible reparación.

Anónimo dijo...

Tal vez la miopía judicial no vio el problema o, si lo hizo, pensaba en algo residual, pocos interinos, en su momento, recurriendo a la vía judicial. Y con el mal hacer de la administración ha devenido en un grave problema de justicia social.

Anónimo dijo...

Gran problema de injusticia social que por su gravedad puede derivar en la justicia penal.

Anónimo dijo...

Existen varias asociaciones como la que presento la propuesta a Sumar o a Junts que hablan con los partidos. Sabeis que postura han tomado respecto a este cambio y si saben ya si va a salir alguna enmienda?

Anónimo dijo...

Si te afilias lo sabras!

Anónimo dijo...

https://youtu.be/TcappbcbvII

Anónimo dijo...

"orden del día, debatió , a propuesta del Partido Popular" creo que con esto queda todo dicho en el principio del escrito, la PSOE es el único que no se ha mojado.-

Anónimo dijo...

Ummm

Estructura y acceso al empleo público: el proyecto delimita las funciones del personal tanto funcionario como laboral, autoriza al Gobierno a sistematizar cuerpos y escalas, y regula los requisitos de acceso y pérdida de la condición de empleado público. Con una planificación estratégica se avanza en un modelo previsional de recursos humanos que dote de mayor autonomía a los distintos gestores, teniendo en cuenta los ejercicios presupuestarios a medio plazo, con herramientas tecnológicas y con una ordenación por áreas funcionales. Se pretende progresar en la agilización e igualdad en la selección, en la presencia de la Administración en el territorio y en los planes de captación y retención de talento.

Anónimo dijo...

OMG
Se pretende progresar en la agilización e igualdad en la selección, en la presencia de la Administración en el territorio y en los planes de captación y retención de talento.

Anónimo dijo...

Plan de retención del Talento ¿?¿?¿?

Anónimo dijo...

Vamos a dale una vuelta!!!! IMPORTANTE LECTURA APISCAM
https://bytic.es/tema-de-portada/gestionar-recursos-humanos-administracion/

Anónimo dijo...

Eso esta bien , pero a vueltas con el Belén, la cosa parece que va en serio esta vez, a los que dicen que el TS ha sentenciado que no se puede hacer fijos a Funcionarios interinos, con la nueva ley se da fijeza y se quita lo de Funcionario creándose otro nombre que figure con adscripción a la Ley de Función Publica, y luego y no menos importante esta los principios de Subordinación de las Leyes con la primacía del Derecho Europeo sobre cualquier dictamen o Ley Nacional, que mas quereis, dejad de marear la perdiz, y que tengan un buen fin de Semana.-

Anónimo dijo...

Sí, claro, pero por si acaso hay gente despistada que lee tu comentario, cuando dices que "con la nueva ley se da fijeza" hay que avisar que es siempre y cuando el parlamento nacional aceptara por mayoría introducir la enmienda de JuntsXCat o una similar al texto propuesto por el Gobierno que NO lleva fijeza por abuso de temporalidad por ningún lado!

Anónimo dijo...

12:00 Bla,bla,bla

Anónimo dijo...

Fijeza ya! Las próximas semanas van a ser clave!

Anónimo dijo...

https://administracionespublicas.wordpress.com/2023/11/28/propuestas-sobre-empleo-publico-en-el-acuerdo-de-gobierno-firmado-por-psoe-y-sumar/

Anónimo dijo...

Miles de empleados públicos españoles no podemos organizar nuestra vida debido a nuestra situación de abuso y fraude de ley debido a la inoperancia española. Necesitamos solución y fijeza para tener calidad de vida.

Anónimo dijo...

17,37, todo lo que dicen en el enlace , muy bien, pero hasta la fecha el PSOE ha ido a estabilizar plazas y no personas por lo que exponen parece un panfleto de mal gusto, y vuelta la burra al trigo, es que no se entera este PSOE que hay que estabilizar personas, casi un millón y no plazas, una vez se apruebe la Ley saquen una disposición adicional en la cual se minimice las Ofertas de Empleo Publico, hasta encajar al personal interino en abuso y a el personal que opta a Oposiciones durante un periodo de tiempo hasta que no quede ningún interino sin su plaza y a la misma vez se de la oportunidad a todo el mundo por libre, sino el PSOE no lo hará bien, con respecto a Sumar, máximos respetos a Enrique de Santiago y a todo el Grupo, pues si actúan para consolidar en sus ideas con iniciativas, deberán PP y Psoe ponerse las pilas o se las pondrá Europa????

Anónimo dijo...

Como estará el tema...q hasta Ignasi va a sacar un libro gratis.

https://ignasibeltran.com/2025/03/09/abuso-en-la-temporalidad-y-sector-publico-el-embrollo-de-la-fijeza-y-de-la-indemnizacion-en-las-jurisdicciones-contencioso-administrativa-y-social-estado-de-la-cuestion/

Anónimo dijo...

Cuidado con el ESTAFAOR VENDEBIBLIAS 🤣🤣🤣

Anónimo dijo...

Gracias. Cada vez mas cerca de la reparación al abuso con fijeza como única solución viable.

Anónimo dijo...

Yo no me creo nada. Ya sabemos como actuamos en España. Anda y que no hace años de la Directiva 99/70, y que leyes han sacado?, que sentencias se han pronunciado? que medidas han implementado las AAPP, s? Nada de nada, intentando evitar la sanción al abuso y echar fuera a los interinos en fraudede ley. Os creéis que existe una firme voluntad de trasponer la directiva, después de 25 años? Leed la enmienda de sumar, o el proyecto de ley de psoe o el silencio de pp. Ni con la soga al cuello de la comisión europea y las denuncias de la carta social europea van a hacer algo decente. Suerte a todos.

Anónimo dijo...

0,21 haces bien en no creer, lo creas o no este Pleito se ganara, si o SI.-