Informa El Mundo este 04/05/2020 de un plan del Gobierno de la Comunidad de Madrid, para la recuperación ante la crisis del coronavirus basado en "recetas liberales" en las que coincidirían los dos socios de gobierno, Ciudadanos y Partido Popular: más colaboración público-privada [es decir más "privatización" de prestación de servicios públicos], bajadas de impuestos y menos trabas burocráticas para las empresas.
Blog de APISCAM
ATAJOS:"Entradas importantes", "Entradas nuestras"
(feed) y canal de "Informática sanitaria"(feed). Entradas sobre sentencias, sobre jurisprudencia (Supremo y TJUE) y sobre jurisprudencia pendiente
lunes, 4 de mayo de 2020
[Libremercado] Posibles ajustes en el gasto en salarios de los empleados públicos ante la crisis del coronavirus: cancelar la subida, quitar la paga extra, ERTEs de empleados sin trabajo y despido de temporales
Publicaba el pasado 28/04/2020 el medio de prensa económico "Libremercado" un artículo donde informa y plantea diversos ajustes que está barajando o podría barajarse en el "gasto asociado a los salarios de los más de tres millones" de empleados del conjunto de todas las Administraciones Públicas:
- cancelar la subida salarial del 2% que había entrado en vigor a comienzos de año, que según La Razón, ya estaría "explorando" el Gobierno del Estado
- como propone el Círculo de Empresarios, aplique algún tipo de ERTE que reduzca el salario de los empleados públicos sin actividad profesional
- anulación de la paga extra del verano como recuerda el propio medio ya se hizo en la anterior crisis con la de fin de año
- cancelar la subida salarial del 2% que había entrado en vigor a comienzos de año, que según La Razón, ya estaría "explorando" el Gobierno del Estado
- como propone el Círculo de Empresarios, aplique algún tipo de ERTE que reduzca el salario de los empleados públicos sin actividad profesional
- anulación de la paga extra del verano como recuerda el propio medio ya se hizo en la anterior crisis con la de fin de año
Publicado el INDICE SEIS 2019 o VII estudio de la SEIS del gasto público anual en TIC de los Servicios de Salud: el gasto disminuyó un 3% en valores absolutos y casi un 6% con respecto al presupuesto total sanitaira; el personal propio TIC de Sanidad también se reduce un 3%
El pasado 21 de Abril la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] publicaba en su web gratuitamente el “INDICE SEIS 2019”, el
estudio que realiza anualmente la sociedad sobre el gasto público en
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de los Servicios de
Salud, a partir de los datos suministrados por los responsables TIC de los
Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas [CCAA], que
respondieron una detallada encuesta, y la colaboración del Ministerio de Sanidad y de Red.es . Peviamente había sido presentando en la revista ComputerWorld
Destaca lo ya avanzado por el presidente de la SEIS en INFORSALUD 2020: disminuye un 3% tanto el gasto de las CCAA en TIC de sus servicios de Salud, haciéndolo igualmente el número de profesionales, todo ello en un escenario de 2019 de supuesta recuperación económica.
[CCOO Sanidad Madrid] 'La Comunidad de Madrid ignora las reclamaciones laborales del personal investigador del SERMAS en plena pandemia. Más de un 80% de una plantilla de 1200 profesionales tiene contratos temporales, muchos de ellos en fraude de ley.El 20% de estos profesionales de la investigación clínica en Madrid se esfuerzan en buscar la vacuna o un fármaco contra el coronavirus SARS-CoV-2.'
'La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ignora las
reclamaciones laborales del personal que trabaja en las Fundaciones de
Investigación Biomédica (FIB) de los hospitales y de Atención Primaria
del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), manteniendo a este colectivo
profesional y en un “limbo” de regulación de sus relaciones laborales,
esperando a la publicación de un Convenio Colectivo que la Consejería de
Sanidad tiene “guardado en el cajón” desde hace un año, aprobado pero
sin publicar en BOCM.
CCOO Sanidad Madrid, sindicato que representa al 99 por ciento de este personal en la Comunidad de Madrid, exige al Gobierno regional que promueva cuanto antes la entrada en vigor del Convenio Laboral acordado entre la propia Consejería, las Fundaciones de Investigación Biomédica (FIB) y los representantes de los trabajadores el día 23 de mayo de 2019.
CCOO Sanidad Madrid, sindicato que representa al 99 por ciento de este personal en la Comunidad de Madrid, exige al Gobierno regional que promueva cuanto antes la entrada en vigor del Convenio Laboral acordado entre la propia Consejería, las Fundaciones de Investigación Biomédica (FIB) y los representantes de los trabajadores el día 23 de mayo de 2019.
domingo, 3 de mayo de 2020
Entradas más vistas de la semana 27/04/2020-04/05/2020 en este blog: resumen de AMYTS de la mesa sectorial donde RRHH anuncia la vuelta de los permisos, denuncia de CCOO del acuerdo del SERMAS con Infojobs saltándose las bolsas de empleo, nota jurídica de la Diputación de Barcelona sobre la sentencia europea al asunto "Sánchez Ruiz" del abuso de temporalidad en empleo público, ...
Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras"
(feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed),
transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog
Entradas + vistas en los últimos 7 días:
-
Informa AMYTS este 29/04/2020 de la reunión ordinaria de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid que ha tenido lugar el ...
-
'El Acuerdo alcanzado por la Consejería de Sanidad con el portal de trabajo INFOJOBS el 26 de marzo de 2020, deja encima de la Mesa, ...
-
[Recordatorio de entrada publicada el 13/04/2020 ] El Aŕea de Innov ación, Gobiernos Locales y Cohesión Territorial de la Diputación de B...
Publicadas en el BOE varias órdenes de medidas urgentes del Ministerio de Sanidad, por el comienzo de la denominada fase 0 y la próxima fase 1 de la desescalada, así como una del Min. de Transportes con la obligación de ir con mascarillas en transporte público
En el día de hoy 04/05/2020 se han publicado en el BOE varias órdenes de medidas urgentes por el Estado de Alarma del Ministerio de Sanidad, por el comienzo de la denominada fase 0 de la desescalada, en concreto además deuna relativa a Ceuta:
jueves, 30 de abril de 2020
[AMYTS] Resumen de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid de 29/04/2020 [se anula la resolución que prohibía la concesión de vacaciones y permisos, 1 2 y 15 de Mayo serán festivos normales, ...]
Informa AMYTS este 29/04/2020 de la reunión ordinaria de la Mesa Sectorial de Sanidad
de la Comunidad
de Madrid que ha tenido lugar el mismo día 29/04/2020, aportando el sindicato médico
madrileño su habitual amplio resumen, esta vez de forma abierta, resumen del que destacamos [con comentarios o datos nuestros en cursiva entre corchetes y con enlaces sobre el texto siempre nuestros] :
- Diri. General de RRHH informa de una resolución que anula la de deja sin efecto desde el 30/04/2020 la Resolución de 12/03/2020 por la que se suspendían la concesión de permisos (vacaciones, días libres, etc) y licencias y excedencias por cuidado de hijo o familiar por la situacion de pandemia del coronavirus
- Se dictan instrucciones por las que los días 1, 2 y 15 de mayo serán festivos normales y se modifica temporalmente el pacto sobre vacaciones para que las que deben realizarse en período de verano este año se puedan solicitar hasta el 31 de Mayo en vez de la fecha habitual del 30 de abril
miércoles, 29 de abril de 2020
Recordatorio. [Confilegal] Sentencia nacional -de primera instancia- por la jueza que consultó al Tribunal Europeo en el asunto Baldonedo Martín: aplicando la sentencia europea, desestima la indemnización al cese de la funcionaria interina de 7 años por basar en un principio la demanda en la normativa europea de no discriminación con el fijo en vez de la en la norma contra el abuso de temporalidad
[Recordatorio de entrada publicada el 06/04/2020] Informaba Confilegal este 04/04/2020 que la titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 14 de Madrid, Ana Monreal Díaz, ha dictado sentencia desestimando la demanda de indemnización a su cese de la funcionaria interina de vacante prolongada
[jardinera del
Ayuntamiento de Madrid y que fue cesada tras más de 7 años interina por
la cobertura "reglamentaria" de
su puesto por un fijo según se desprende del primer auto y segundo de la jueza al Tribunal Europeo] Almudena Baldonedo Martín, el mismo caso por el
que esta jueza realizó una primera cuestión prejudicial al Tribunal de
Justicia de la Unión Europea, y en el que el Tribunal Europeo sentenció el pasado 22/01/2020lque
la norma española de no indemnizar al interino por su cese no violaba la
normativa europea de no discriminación con el fijo [como por otra parte
, había dicho lo mismo para personal laboral en las sentencias
europeas Montero Mateos y De Diego Porras II] recogida en la cláusula 4ª
de la famosa directiva europea 1999/70/CE
martes, 28 de abril de 2020
Recordatorio. Sentencia demoledora y esperanzadora del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, pero no vale como sanción ni las convocatorias a oposiciones ni la figura del indefinido no fijo y las indemnizaciones como las del despido improcedente para valer tendrían que ser específicas contra el abuso y suficientemente disuasorias. Doble bofetada contra la tesis del Gobierno de Pedro Sánchez de que no hay abuso y contra los procesos selectivos libres acordados con los sindicatos a realizar con los puestos de los "abusados". Decepción al no incluir apartado recordando que la declaración de fijeza siempre es una opción. Procesos administrativos restringidos de fijeza por méritos podrían evitar el probable coste en indemnizaciones ante la avalancha prevista de demandas de los afectados
[Recordatorio de entrada publicada el 19/03/2020] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de dictar su esperada sentencia al asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Álavrez y otros", sobre el abuso de temporalidad del personal público en
España y sobre su derecho a estabilidad en el empleo como sanción en base a la cláusula 5ª de la Directiva Europea 1999/70/CE, a raíz de unas cuestiones planteadas por dos juzgados de Madrid por los casos de un informático estatutario del Servicio Madrileño de Salud de la Comunidad de Madrid [SERMAS], "estatutario" [un tipo de funcionario de los Servicios de Salud] interino de
vacante ya 20 años de nuestra Asociación - de hecho, es nuestro Presidente-
y de 5 odontólogas también del
SERMAS, todas interinas de vacante cuando presentaron la demanda,
algunas de ellas tras decenas de nombramientos estatuarios "eventuales" (por obra y servicio o de fecha de fin) previo.
La sentencia es por un lado demoledora contra la tesis propugnada por los Gobiernos del Estado (de la época del gobierno exclusivamente socialista de Pedro Sánchez) y de la Comunidad de Madrid de que no hay abuso en los casos de los demandantes -que es es de más de medio millón de empleados públicos en toda España- así como contra los denominados procesos selectivos de "estabilización" decididos realizar por el gobierno anterior de Mariano Rajoy con los 3 principales sindicatos y que consisten en convocar los puestos del personal que sería el "abusado", los temporales de más de 3 años, a ofertas públicas de empleo de libre concurrencia ahora, muchos años después de cuando deberían haberse realizado, procesos que el actual gobierno del Estado decidió mantener y propugnar, aún a sabiendas, de que no conllevan ni indemnización alguna a los empleados públicos que acaben cesados por dichos procesos.
Y por otro, esperanzadora, para alcanzar la estabilidad del personal afectado bien en los tribunales bien tras alguna decisión gubernamental forzada al no poder afrontar indemnizaciones millonarias, si bien esto podría depender de que haya a raíz de esta sentencia una oleada masiva de demandas judiciales y, después de sentencias ganadas declarando a interinos de vacante de muchos años en situación de abuso y como sanción la exclusión de su puesto de procesos selectivos o indemnizaciones fuertes si son cesados. También no conviene olvidar que la Comisión Europea ha informado que mantiene abierta una investigación a España, suspendida a la espera del resultado de esta sentencia y que podría acabar con sanciones al estado español si el Gobierno no acomete medidas compatibles con la Directiva europea.
Y por último, decepcionante en no incluir un apartado que recuerde en positivo y claramente que la concesión de la fijeza por sentencia siempre es una opción aunque la prohíba explícitamente una norma o la interpretación del derecho nacional como sí había estado haciendo el Tribunal Europeo hasta ahora en otras recientes sentencias de otros países. Por contra, el Tribunal se ha limitado a contestar en el apartado dedicado a la respuesta de esta pregunta, la pregunta 6ª del asunto principal, que "un tribunal nacional no está obligado a dejar sin aplicación una disposición de su Derecho nacional", si bien matiza que "los órganos jurisdiccionales nacionales deben interpretarlo en la medida de lo posible a la luz de la letra y de la finalidad de la directiva para alcanzar el resultado que esta persigue". La prohibición nacional de conceder la fijeza a empleados públicos incluso judicialmente está establecida por la jurisprudencia actual en su interpretación de la Constitución y del Estatuto Básico del Empleado Público (aunque a este respecto, véase la "salida" impulsada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia de que lo que realmente requiere o debe requerir esa jurisprudencia es que el empleado haya accedido a su puesto interino por un proceso selectivo bajo los principios de libre concurrencia, publicidad, mérito, igualdad y capacidad, mientras su aplicación en el proceso selectivo fuera proporcionado a su objetivo inicial, el de proceso selectivo para puesto interino).
La sentencia es por un lado demoledora contra la tesis propugnada por los Gobiernos del Estado (de la época del gobierno exclusivamente socialista de Pedro Sánchez) y de la Comunidad de Madrid de que no hay abuso en los casos de los demandantes -que es es de más de medio millón de empleados públicos en toda España- así como contra los denominados procesos selectivos de "estabilización" decididos realizar por el gobierno anterior de Mariano Rajoy con los 3 principales sindicatos y que consisten en convocar los puestos del personal que sería el "abusado", los temporales de más de 3 años, a ofertas públicas de empleo de libre concurrencia ahora, muchos años después de cuando deberían haberse realizado, procesos que el actual gobierno del Estado decidió mantener y propugnar, aún a sabiendas, de que no conllevan ni indemnización alguna a los empleados públicos que acaben cesados por dichos procesos.
Y por otro, esperanzadora, para alcanzar la estabilidad del personal afectado bien en los tribunales bien tras alguna decisión gubernamental forzada al no poder afrontar indemnizaciones millonarias, si bien esto podría depender de que haya a raíz de esta sentencia una oleada masiva de demandas judiciales y, después de sentencias ganadas declarando a interinos de vacante de muchos años en situación de abuso y como sanción la exclusión de su puesto de procesos selectivos o indemnizaciones fuertes si son cesados. También no conviene olvidar que la Comisión Europea ha informado que mantiene abierta una investigación a España, suspendida a la espera del resultado de esta sentencia y que podría acabar con sanciones al estado español si el Gobierno no acomete medidas compatibles con la Directiva europea.
Y por último, decepcionante en no incluir un apartado que recuerde en positivo y claramente que la concesión de la fijeza por sentencia siempre es una opción aunque la prohíba explícitamente una norma o la interpretación del derecho nacional como sí había estado haciendo el Tribunal Europeo hasta ahora en otras recientes sentencias de otros países. Por contra, el Tribunal se ha limitado a contestar en el apartado dedicado a la respuesta de esta pregunta, la pregunta 6ª del asunto principal, que "un tribunal nacional no está obligado a dejar sin aplicación una disposición de su Derecho nacional", si bien matiza que "los órganos jurisdiccionales nacionales deben interpretarlo en la medida de lo posible a la luz de la letra y de la finalidad de la directiva para alcanzar el resultado que esta persigue". La prohibición nacional de conceder la fijeza a empleados públicos incluso judicialmente está establecida por la jurisprudencia actual en su interpretación de la Constitución y del Estatuto Básico del Empleado Público (aunque a este respecto, véase la "salida" impulsada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia de que lo que realmente requiere o debe requerir esa jurisprudencia es que el empleado haya accedido a su puesto interino por un proceso selectivo bajo los principios de libre concurrencia, publicidad, mérito, igualdad y capacidad, mientras su aplicación en el proceso selectivo fuera proporcionado a su objetivo inicial, el de proceso selectivo para puesto interino).
[Europa Press] Cerrada la venta de la filial del informática del Corte Inglés al grupo francés GFI
Informa Europa Press este 27/04/2020 que El Corte Inglés ha cerrado el acuerdo de la venta anunciada
de su división de Informática IECISA al grupo francés GFI, tras la
aprobación de la operación por Competencia y el Gobierno Español ,
informando que se valora el importe entre 350 y 370 millones de euros
lunes, 27 de abril de 2020
Recordatorio: [Diputación de Barcelona. Servicio de Asistencia Jurídica en RRHH a Gob. locales] Nota jurídica a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo de 19/03/2020 , asunto "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros": no estima la petición de fijeza pero sí da "un toque de atención" al Estado y las AAPP que deberán adoptar medidas efectivas en normativa, aventurando: convocatorias y plazos obligatorios, régimen de responsabilidades e idemnizaciones disuasorias ante abuso con posibles excepciones de restricciones presupuestarias
[Recordatorio de entrada publicada el 13/04/2020]
Después realizan un repaso del contenido de la sentencia; en la que el Tribunal europeo "se ha pronunciado en el sentido siguiente":
El Aŕea de Innovación, Gobiernos Locales y Cohesión Territorial de la Diputación de Barcelona ha publicado una "nota jurídica de gestión de personal en ámbito local" con fecha 31/03/2020 y por su Servicio de Asistencia Jurídica en Recursos Humanos de la
Gerencia de Servicios de Asistencia al Gobierno Local sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 a los asuntos acumulados "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros".
Estas notas [probablemente destinadas a asesorar a las entidades locales bajo la diputación] comienzan
recordando que estos asunto se tratan de cuestiones prejudiciales
planteadas por juzgados a raíz de litigios planteados por varios
empleados públicos del Servicio Madrileño de Salud que demandaban el
reconocimiento de una situación de abuso de temporalidad y la fijeza como sanción a este abuso en base a la cláusula 5ª del anexo la Directiva Europea 1999/70/CE,sobre medidas destinadas a evitar y en su caso sancionar el abuso
Después realizan un repaso del contenido de la sentencia; en la que el Tribunal europeo "se ha pronunciado en el sentido siguiente":
- "Reconoce la existencia de un incumplimiento por parte de la Administración en su obligación legal de organizar, en el plazo previsto por la norma, un proceso selectivo para proveer definitivamente la plaza vacante"
, - "Reconoce la existencia de una vulneración de la cláusula 5 cuando la norma estatal no impide a las administraciones públicas la renovación de relaciones de servicio de duración determinada"
, - "considera que corresponde a los órganos jurisdiccionales estatales la determinación de si, según la normativa estatal aplicable, la convocatoria de procesos selectivos para la provisión definitiva de plazas ocupadas temporalmente, la transformación en indefinido no fijos y la concesión de una indemnización equivalente a la que se abona por un despido improcedente son medidas adecuadas a prevenir y, en su caso, sancionar los abusos" pero "a juicio del TJUE, estas medidas no parecen estar comprendidas en alguna de las categorías de medidas contempladas en la cláusula 5", puntualizando de la última que para que pueda serlo "la indemnización debe ser proporcionada, efectiva y disuasoria para garantizar la eficacia de esta cláusula" y de la primera , los procesos selectivos incluido los [procesos de "consolidación"] de la DT 4ª del EBEP: "es más, teniendo en cuenta que estos procesos son abiertos y de resultado incierto, el TJUE considera que no son una medida adecuada para alcanzar la finalidad establecida en la cláusula 5 del Acuerdo"
, - "determina que el hecho de que el empleado haya dado su consentimiento a el establecimiento o renovación de las relaciones laborales, no impide que sea una contratación abusiva"
[Intersystems] Webinar gratuito el Miércoles 29 de Abril: "Interoperabilidad: Herramientas de productividad HL7"
'Daremos una visión general y demostraremos algunas características fundamentales para el desarrollo eficiente de integraciones basadas en mensajería HL7. Abordaremos el manejo de distintos estándares y cómo navegar entre ellos.
Discutiremos el porqué y el cómo pasar de manera sencilla de otro motor de interfaz a la tecnología InterSystems.
¿Quién imparte este webinar?
Ricardo Paiva, Sales Engineer- InterSystems Iberia
Evento online
Miércoles 29 de Abril 16h España / 10h Chile / 9h Bogotá y México DF
Discutiremos el porqué y el cómo pasar de manera sencilla de otro motor de interfaz a la tecnología InterSystems.
¿Quién imparte este webinar?
Ricardo Paiva, Sales Engineer- InterSystems Iberia
Evento online
Miércoles 29 de Abril 16h España / 10h Chile / 9h Bogotá y México DF
[AMYTS] 'AMYTS denuncia al ministro de Sanidad y al consejero de Sanidad por un delito contra la seguridad de los trabajadores'
'AMYTS, sindicato mayoritario entre el colectivo médico de Madrid, anuncia la interposición de una denuncia ante el Tribunal Supremo y una ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid contra las autoridades sanitarias por un delito contra la seguridad de los trabajadores.
En concreto, por la falta de protección y seguridad de los facultativos
sanitarios por no contar con los EPIs necesarios para evitar el
contagio de Covid-19.
El sindicato médico AMYTS ratifica sus
denuncias en un delito contra la seguridad en el trabajo contemplado en
el artículo 316, o subsidiariamente en el artículo 317 del Código Penal.
[CSIT-UP] 'Por fin se harán test serológicos para profesionales del SERMAS'
'Esta semana comienza la
realización de test diagnósticos masivos para los trabajadores del
Servicio Madrileño de Salud.
Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL
llevamos desde el mes de marzo solicitando que se realicen pruebas de
cribado frente al COVID-19 para todos los trabajadores del SERMAS. Por
fin se van a realizar Test Serológicos a todos los profesionales del
Servicio Madrileño de Salud. Según nos ha informado la Dirección
General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid, esta semana comienza
la realización de estas pruebas diagnósticas a todos los trabajadores.
- Se
han iniciado cinco estudios pilotos para determinar la técnica
serológica con mayor sensibilidad y especificidad. Se realiza en los
Hospitales Gregorio Marañón, Príncipe de Asturias, Ramón y Cajal, La
Paz y Fundación Hospital Alcorcón. - Se ha iniciado un estudio de seroprevalencia llevado a cabo por la OMS en los Hospitales 12 de Octubre y La Paz.
- Estudios de test rápidos de anticuerpos y técnicas ELISA en el resto del personal del SERMAS: 26 hospitales de la Comunidad de Madrid adicionales a los anteriormente mencionados, Centro de trasfusiones, Unidad Central de Radiodiagnóstico, Atención Primaria y SUMMA 112.
- Las pruebas se realizarán a todos los profesionales en aproximadamente 3 semanas. Recomendamos a todos contactar con su Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.
[Fesp UGT Sanidad Madrid] 'UGT exige a la Dirección General de Recursos Humanos del SERMAS la continuidad de todos los contratos hasta final de año'
'Las esperanzadoras cifras de los últimos dias acerca de la evolución
de la pandemia no queremos que provoquen una ceguera súbita en la DG de
RRHH del SERMAS y de manera incomprensible se proceda a la amortización
de todos los contratos de refuerzo y nombramientos realizados para poder
hacer frente de manera eficaz a la pandemia.
Si bien los datos son esperanzadores, gracias a la encomiable labor de los profesionales, el riesgo se mantiene, y son estos mismos profesionales quienes están dando la voz de alarma de la relajación y despreocupación que manifiesta la Administración con su política de recursos humanos en la lucha contra el COVID-19.
Si bien los datos son esperanzadores, gracias a la encomiable labor de los profesionales, el riesgo se mantiene, y son estos mismos profesionales quienes están dando la voz de alarma de la relajación y despreocupación que manifiesta la Administración con su política de recursos humanos en la lucha contra el COVID-19.
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