'El Pleno de la Sala de lo
Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ratificado la
sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo nº 9 de la
capital que, en marzo de 2019, concedió a los licenciados sanitarios con
nombramiento eventual el mismo reconocimiento que a sus compañeros
fijos de plantilla a la hora de ser incluidos en el proceso de
evaluación de reconocimiento de la carrera profesional, lo que supone
igualdad de condiciones para progresar de grado, categoría, escalón u
otros conceptos análogos, sin necesidad de cambiar de puestos de
trabajo.
El Pleno de la Sala, reunido para dirimir la existencia de
pronunciamientos contradictorios entre las Secciones Séptima y Octava en
asuntos de la misma materia, ha desestimado el recurso que presentó
contra la sentencia la Comunidad de Madrid al entender que en este caso
debe aplicarse el principio de no discriminación entre el personal fijo y
el temporal establecido por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
en aplicación de la cláusula 4, apartado 1, del Acuerdo Marco de la
CES.