miércoles, 28 de abril de 2021

[CCOO Sanidad Madrid] 'Los presupuestos del Gobierno central ponen en jaque el empleo del personal investigador del CNIC, CNIO, CIBER y CIEN.Una disposición adicional en los Presupuestos Generales del Estado para 2021 impide estabilizar los contratos temporales con posterioridad a 1 enero de 2015' [Al ser sólo los contratos temporales a esa fecha los habilitados para las OPEs "de estabilización" de puestos]

'La Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para este año incorpora una disposición adicional (DA23) que bloquea la posibilidad de que en organismos como el Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares (CNIC), el Centro Nacional de Investigación Oncológica (CNIO), el Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER) y el Centro de Investigación de Enfermedades Neurológicas (CIEN) se pueda estabilizar al personal que haya sido contratado con posterioridad a 1 enero de 2015. La disposición adicional regula la estabilidad en el empleo para los puestos de trabajo ocupados de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016.

Con esta cláusula estos centros no pueden estabilizar a nadie que hubiera ocupado puestos de trabajo temporalmente con posterioridad al 1 de enero de 2015. Como ejemplo, de los más de 300 trabajadores/as que tiene el CNIC aproximadamente un 3% dejará, de inmediato, incompleta su investigación, porque termina ya su contrato temporal. Y esta decisión provocará progresivamente el cese de la actividad investigadora en un porcentaje que superaría hasta el 50% en el caso del CNIO.

Sin embargo, se trata de un “sinsentido”, a juicio de los representantes de CCOO en estos centros, porque el personal que fue contratado antes de esta fecha está ya estabilizado gracias a los PGE de 2018, que incluyeron los puestos que llevaban más de tres años ocupados con contratos temporales anteriores a 31 de diciembre de 2017, atendiendo al compromiso de Gobierno y sindicatos, para afrontar el problema de la precariedad laboral en el sector público.

Uno de los mayores problemas con el que se encuentran los centros de investigación es la estabilidad en el empleo, ya que es habitual que, transcurridos unos años, los/as trabajadores/as, en su mayoría científicos/as, después de adquirir una vasta formación y de dedicarle a la ciencia mucho más de lo esperable, acaban sin trabajo, ya que sus contratos laborales no pueden ser renovados, por incurrir en fraude de ley.

Investigación paralizada

Esta situación compromete gravemente la investigación ya que personas de gran profesionalidad y perfectamente cualificadas para el trabajo que realizan, se ven obligadas a dejar su puesto de trabajo, por lo que las líneas de investigación puestas en marcha, muy importantes para la ciencia y para la sociedad, se ven comprometidas o paralizadas, a pesar de que los grupos de investigación en los que trabajan disponen de fondos para asumir sus contratos y sus responsables están muy satisfechos con su labor profesional.

Existen centros de investigación estatal con una temporalidad cercana al 70% y en Madrid está en el 80%, cuando la tasa de temporalidad autorizada en la LPGE para 2017, era del 8%. No obstante, la solución está escrita en el Real Decreto 3/2019 de 8 de febrero de Medidas Urgentes de la Ciencia, que permite formalizar contratos indefinidos financiados por proyectos, lo que propiciaría dar estabilidad a muchos puestos de trabajo sin necesidad de convocar contratos temporales cada vez que se concede un proyecto. A juicio de CCOO, solo falta la voluntad política de aplicarlo.'

Fuente: Comunicado de la Federación de Sanidad de CCOO de Madrid de 27/04/2021

Enlaces en el texto y resaltados en negrita cursiva nuestros

 

NOTA DEL EDITOR: Recordemos que la Disposición adicional vigésimo tercera delLa Ley de Presupuestos 2021 del Estado, stableció, entre otras cossas,la ampliación hasta el 100% de plazas temporales  de más de 3 años (contabilizados a 31/12/2016, ya serían temporales  más de 7 años) del límite inicial del 90% que la normativa de la Ley de  PGE17   incluía para habilitar a convocar en OPEs (convencionales) -denominados procesos de "estabilización" sin computar en los límites de tasa de reposición los puestos temporales más de 3 años en un gurpo de sectores como Servicios de Salud, docentes de Educación, Administración de Justicia y otros así como  todos los temporales anteriores a 2005  de los "indefinidos no fijos" en cualquier sector.  Después en la la normativa de la Ley de  PGE18  se aprobaba lo mismo para el resto de sectores, si bien ya contabilizando plazas temporales de más de 3 años a 31/12/2017 (para esos sectores).


Recordemos por otro lado la reclamación ya masiva de empleados públicos de todas las AAPP temporales más de 3 años de que su situación se considere en abuso de temporalidad según la cláusual 5ª Directiva Europea 1999/70/CE y que la sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo de 19/03/2021,  del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" - el principal, un informático nuestro- estableció que en el empleo público hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada y no sólo en la concatenación de nombramientos/contratos por fechas , que este abuso  requiere una sanción, para la que no puede valerla convocatoria a proceso selectivo libre en lso que quede "incierto" el futuro del personal abusado,como son precisamente esos "procesos  de estabilización" de puestos.

Por último, recientemente , el Abogado. Gral UE realizaba un repaso a "los principios bien establecidos" de la sanción al abuso de la temporalidad por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea: por el derecho del artículo 47 dee la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea a una reparación efectiva contra el abuso, en el caso de que no haya ninguna medida en la legislación nacional suficientemente disuasoria y eficaz ante el abuso de temporalidad,  se tiene que dejar de aplicar cualquier norma del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo como sanción a dicho abuso.



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1 comentario:

M.A. dijo...

La campaña para la impugnación de las OPEs es esta:

https://sinttablog.blogspot.com/2020/06/impugnacion-de-todas-las-ope-en-una-sola.html

Pero eso cuesta dinero, €€€