domingo, 9 de septiembre de 2018

IMPORTANTE. La Comisión Europea unifica el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y anuncia que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo al caso del informático del SERMAS que demanda la "fijeza"

La Comisión Europea ha estado enviando una carta a empleados públicos temporales españoles que, considerándose en situación de fraude de ley por su Administración Pública [AAPP] ante el abuso -en contra de la normativa de la Unión Europea- en la duración de su temporalidad personal , habían denunciado de forma masiva su situación a la Comisión Europea, las 3.500 primeras por socios de la Asociación Nacional de Interinos y Laborales ANIL, como aclara su Presidente, y muchas después especialmente tras la campaña de denuncias organizada desde la Plataforma de Personal temporal estatal Pi [por donde conocimos y difundimos esta posibilidad de denuncia según su modelo que puede descargarse de  aquí].


En esta carta [descargar] la Comisión Europea informa que unifica todas las denuncias recibidas con la misma queja en la única denuncia múltiple, la CHAP(2013)01917, cuya evolución podrá seguirse en esta página web de la Comisión Europea dedicada a este tipo de denuncias múltiples.


Y en dicha página web , recientemente la Comisión Europea ha publicado una importante nota [ver texto íntegro aquí] en la que informa:
  • que la Comisión ha recibido "un gran número de denuncias" en relación a  "un posible abuso" en la duración de relaciones temporales  ["contratos de duración determinada" en la nomenclatura europea] en el sector público español
  • que en dichas denuncias se "indica que el Gobierno de España celebró un acuerdo con los sindicatos" por el que , según los denunciantes, "el Gobierno de España pretende regularizar y blanquear"  esta situación de  abuso de temporalidad de los empleados del sector público y así "evitar los procedimientos de infracción" de la Unión Europa, en lugar de convertiendo esta relación de empleo temporal abusiva en indefinida [es decir fija en la terminología española]  pues convocando sus puestos procesos selectivos públicos  por lo que se acabará contratando a otros trabajadores sin ninguna sanción para la Administración


  • que la normativa Europea no impone necesariamente a cada Estado la obligación de convertir los contratos temporales abusados en indefinidos fijos sino que obliga a que en la legislación nacional se adopten medidas eficaces para prevenir el abuso y cuando se incumpla sancionarlo, citando el caso italiano, que recoge varios tipos de indemnizaciones para el trabajador y una sanción al director de recursos humanos
  • que la Comisión es consciente de la situación de los trabajadores y está evaluando si la legislación española es conforme a esta normativa Europea
  • que, en todo caso, se esperará para la respuesta a estas denuncias múltiples a que el Tribunal de Justicia Europeo dice sentencia en el  caso del informático interino más de 17 años del SERMAS, que demandaba la fijeza como la  medida eficaz adecuada a la normativa europea, en lugar de la de "indefinido no fijo"  cambia temporalidad por temporalidad) y que un juzgado de Madrid trasladó al Tribunal Europeo ante la opinión de su jueza que la legislación española sobre los empleados públicos sigue sin transponer adecuadamente la normativa europea


Recordemos que, precisamente, el Parlamento Europeo aprobó recientemente una importante resolución sobre esta cuestión concluyendo que la conversión a fijo es adecuada también en el sector público y pidiendo que sea la medida que se incluya en cada normativa nacional ante el abuso de duración de la temporalidad, sin perjuicio de sanción e indemnización adicional , condenando en todo caso el despido del temporal por este fraude de ley.

Por otro lado, otro juzgado de Madrid, por el caso de unas odontólogas del SERMAS, ha cuestionado ante el Tribunal de Justicia Europeo además que convocar a Ofertas de Empleo Público convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad pueda ser la solución acorde a la normativa europea a este fraude de ley , habiendo planteado una cuestión "prejudicial" a dicho Tribunal también pendiente de juicio y sentencia, y en la que se suma a la petición de la posibilidad de la fijeza o, en su defecto, de una indemnización realmente fuerte , y no a la que se concedería a los "indefinidos no fijos" (figura que por un lado, sigue siendo un "contrato de duración determinada", es decir, una vinculación temporal, y por otro lado sólo se ha establecido por la jurisprudencia [es decir, hay que demandar judicialmente] y en firme por el momento sólo para el personal público de tipo laboral , estando pendientes de recursos en el Tribunal Supremo su establecimiento como jurisprudencia nacional firme para el personal público con vinculación administrativa, es decir, personal funcionario de cualquiera AAPP y el personal "estatutario" de los Servicios de Salud)


NOTA DEL EDITOR: Segunda versión de esta entrada tras la primera publicada el 7/9/2018 a las 18:13 para incorporar la información vista aquí de que las primeras 3500 denuncias fueran interpuestas por socios de ANIL, la Asociación Nacional de Interinos y Laborales que conduce el conocido abogado Manuel Nicolás Martos Garcia de Veas

Pedimos disculpas si la redacción de esa parte en la primera versión de esta publicación (sic:  

"empleados públicos temporales españoles [...] que habían denunciado su situación a la Comisión Europea, especialmente de forma masiva tras la campaña de denuncias organizada desde la Plataforma de personal temporal estatal Pi [ver forma de hacer este tipo de denuncia aquí]"

) pudo llegar dar a entender que el origen de la idea y las primeras acciones de denuncia ("titularidad") fueran de la Plataforma PI o, no digamos ya, nuestras (que NO, evidentemente). La intención que teníamos era difundir la noticia y su relevancia- aportando lo conocido por nosotros-  así como el posible aumento de la relevancia del asunto judicial pendiente en el Tribunal Europeo citado por la carta de la Comisión Europea y en la que esta asociación, junto con otros como AMYTS y el gabinete Javier Araúz de Robles principalmente, tiene MUCHO que ver



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2 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola, esta carta de la Comisión Europea podría suponer que la causa del interino del Sermas se tramitase como urgente y así dar contestación a las reclamaciones? gracias

Anónimo dijo...

Buenas, a raíz de la noticia del procedimiento de infracción de la Comisión Europea al Estado Español por escurrir el bulto en el tema de la responsabilidad patrimonial, ¿existe la posibilidad también de que la investigación de la Comisión Europea ante esta denuncia múltipe acabe en un procedimiento de infracción formal de la CE contra el Estado Español por el incumplimiento de su normativa de la cláusula 5ª de la Directiva 1899/70/CE y, especialmente, la tomadura de pelo de vender como solución al abuso de temporalidad los procesos selectivos de "estabilización de puestos"?

Sin duda,eso podría inclinar la balanza hacia el lado de los interinos ...