'Aún pendiente de la sentencias del TJUE en el asunto OBadal y en las prejudiciales plantadas por el juzgado de Murcia, que a buen seguro optará por la transformación de la relación temporal abusiva en fija y por la elevación de las indemnizaciones, como medidas sancionadoras efectivas, proporcionadas y disuasorias para garantizar el cumplimiento de la Directiva 1999/70, os comunicamos por ahora, que otro juzgado de lo social de Madrid, el número 30, ha dictado sentencia de fecha 13 de febrero de 2026, en la que declara improcedente el despido de una trabajadora temporal en abuso, y condena a la Comunidad de Madrid, bien a readmitirla, bien a indemnizarla por un importe de 22.178,28 €, a razón de 33 días por año de servicio'
Fuente: Nota del gabinete de Javier Arauz de 17/02/2026
122 comentarios:
Y si la trabajadora, hubiera entrado a trabajar antes del 2012? Hubiera sido hasta el 2012 a razón de 45 días? Y a partir de ahí hasta fecha a razón de 33 días.
Gran noticia!
A unos sí y a otros no. Lo social sí, lo contencioso no. Es una injusticia y discriminación por ciudadanos.
Enhorabuena!! 👏👏👏
Eso es lo que hay por ahora, muy bien d Javier
OBadal de OBtusos. Los Jueces y demás políticos que no quieren ver lo evidente...
No os quejéis tanto de los juzgados de lo Social que gracias a ellos vamos a ganar en breve. Obadal es precisamente la rendición anunciada del TS social, ellos mismos dijeron al plantear la cuestión que iban a acatar lo que dijera el TJUE y punto. A partir de allí el Gobierno sólo puede legislar fijeza o indemnizaciones de verdad y el TS contencioso sólo puede tragar.
Esto ha sido una lucha de DÉCADAS de mucha gente valiente y también de jueces decentes que nos han ayudado. Obadal es la victoria final. Hasta el Gobierno dijo que esperaría a esa sentencia para modificar el EBEP, saben perfectamente lo que va a decir el TJUE. Y justo ahora se va a negociar la enmienda de Junts así que todo se pone muy bien, ojalá sea fijeza pero si no como mínimo será indemnización.
Cesados con sentencias de abuso sin sanción y condenados en costas por el TSupremo.. readmisión y fijeza.
Y justo ahora se va a negociar la enmienda de Junts... Amén.
En OPES de 2017 hasta las de 2021 hubo ceses de funcionarios interinos en abuso por procesos libres sin opción a estabilización, siendo ministro Montoro.
Después de casi una década se han conseguido sentencias de abuso que nunca se sancionaron por el TS. Es una estafa la discriminación a unos por ser Social y otros por Contencioso, a unos en procesos libres y a otros de estabilización. La única justicia es la fijeza de todos los cesados en abuso y su readmisión. Vergüenza de Administración que ha permitido estos abusos.
De donde os sacais que ahora se negocia la enmienda de Junts?
Hoy o mañana hay otra oportunidad más de que se anuncie Obadal para la semana del 24 de Marzo. Ánimo quedan entre 5 y 10 semanas.
9:28 No te metas con el Estado de Derecho español que es muy bueno para los abusadores, todos no cabemos bajo su paraguas de protección.
Es su idiosincrasia, unos sí y otros NOOOO, de lo contrario, no tiene gracia, entiéndelo.
Negociar la enmienda con Junts y que vuelva Puigdemont será cosa digna de ver.
10:13 Entonces, tenemos que esperar a que les lean la cartilla otra vez, y luego volverán a preguntar, no hay que olvidar que al contencioso ni le va ni le viene, es otro negociado completamente distinto, vamos, nada que ver.
Este anticuado modelo de estado de derecho, o tomadura de pelo, se podría exportar, a Europa no, claro, pero a un país del tercer o cuarto mundo le vendría de perlas, un parece pero no durante 30 años.
Sigo sin saber porque se dice que se va a negociar la enmienda de Junts????? alguien lo sabe
Y los Pocholos liados con la Comunidad ay, aya aayaya
De lo de la enmienda de Junts no se sabe nada. No se escucha nada de negociación que afecte a la ley de Función Pública. Se están haciendo muchas concesiones a Junts, sí. Se escucha algo al respecto de la temporalidad, no.
Si estoy equivocado (ojalá que sí), que alguien nos saque de dudas.
Putos futurologos, entiendo vuestro hartazgo, pero con vuestras especulaciones espurias no haceis más que profundizar en la frustración de la gente que acude aquí en busca de noticias basadas en hechos que pueden arrojar luz sobre la incertidumbre que lleva años condicionando sus vidas.
Realidad, al final viene lo bueno
https://plataformadeinterinos.org/tjue-responde-a-nuevas-cuestiones-sobre-abuso-de-temporalidad-y-directiva-1999-70-ce-con-dos-sentencias-de-29-01-2026-c-668-24-y-c-654-24-clave-para-la-normativa-espanola/
11:50 De eso se trata, de seguir mareando a la víctima hasta que desista de su lucha contra la corrupción consentida y alimentada por todos los poderes y sus respectivos abusos, de ahí que no se avance, la inacción tiene toda la intención, dolosa y solidaria.
Esto no es deseo es realidad. Obadal llega en pocas semanas y la transposición al Derecho nacional puede ser distinta pero siempre conseguir los mismos efectos, la victoria en lo social es la victoria en lo contencioso, que no os tomen el pelo. Una pirueta de dar fijeza en los social e indemnizar en lo contencioso es posible pero inverosímil y no le conviene ni al propio Gobierno que preferirá modificar el EBEP de manera igual para todos (ya dijo que lo haría una vez salga Obadal) y así presentarse (tiene cojones la cosa) como los que protegen a los trabajadores pero respetando la Ley.
La enmienda de Junts se va a negociar de verdad ahora cuando salgo Obadal, lo sabe todo el mundo, no sé si es que vivís en la luna pero ya se han cumplido los seis meses que dio la Comisión y el Gobierno ya ha dicho que va a adaptar la normativa nacional para cumplir la Directiva.
Es cierto el comentario anterior, Obadal ilumina al Gobierno y se acatará, ya no queda nada. Vamos abusados, arriba 💪💪💪💪💪💪
Ojalá sea así, pero no se ve ninguna voluntad política de modificar estos temas, para nuestra desgracia.
Ojalá Obadal sea contundente y despierte de una vez a la clase política y den una solución buena y justa a esta situación que es ya insostenible...
A ver si sale ya la fecha de Obadal, esto es insufrible... No me quedan uñas ya...
A ver
Obadal sera positivo
Otra cosa es que quien tenga que tomar nota la tome
Como se explicitaran las tramitaciones de los abusados, esperando a que El TS vuelva a dar visto bueno??
Una cosa es clara.. son muchos dineros al Gobierno que esté le interesa mas conceder fijeza, otra cosa es que reclame mas y que entonces habrá que litigar, litigio y litigio, muuuuuucho litigio, las gallinas que entran por las que salen
Obadal será positivo, otra cosa es como lo quieran aplicar, itra vez, los gañanes abusadores españoles, vamos lo de siempre.
Ahora si, ahora no, tú si, tú no, por qué?
Porque lo digo yo.
Ah, muy buena explicación en un Estado de Derecho en el siglo XXI, progresista y europeo, si señor.
Igualdad para todos y a ganar !!! Pedro FIJEZA YA
Y a todos esos que han permitido los abusos, no les va a caer nada? Pues vaya justicia!!
Yo ya no quiero fijeza. Para que me pongan en el peor sitio como castigo por protestona? Pues no a mi que me indemnizen como corresponda y por supuesto que sancionen a la aapp, por haber evitado la ley 20/21 y por el abuso .
"Hasta el rabo todo es toro". Cuando el TJUE lance el misil "Obadal" como si de una guerra se tratase, aquí pondrán en marcha la cúpula de hierro para detonarlo antes que impacte, desviarlo y neutralizarlo, como si para ello de un laureado y sofisticado ejercito se tratase, formado por aquellos defensores victoriosos curtidos en arduas batallas de más de 25 años contra la transposicion de la gran directiva europea 1999/70/CE. No cantemos victoria antes de tiempo!
15:44 Ah, pues yo si, pero vamos a tener que pedir plus de peligrosidad, tal y como se está poniendo el panorama 😬
15:38 No. Fácil, alegarán obediencia debida, o por tradicion oral, aquí siempre ha sido así.
... "la Comisión Europa, que ha enviado dos cartas a España pidiendo resolver el problema de la justicia en la función jurisdiccional interina."
https://www.mjusticia.gob.es/es/institucional/gabinete-comunicacion/noticias-ministerio/190925-reunion-asociacion-juezas-fiscales-sustitutas
"En este sentido, el ministro ha explicado en la reunión que el proceso de regularización extraordinaria se hará a través de un procedimiento que garantiza la igualdad, el mérito y la capacidad: un concurso-oposición con un número de 1004 plazas. También ha garantizado que quienes no superen esta prueba serán indemnizados."
Justicia para todos los cesados abusados. No al Estado de desecho.
En eso se refería a los jueces sustitutos!
15:44 Lógico, que se metan las plazas donde les quepan.
¿Quién quiere trabajar con la más absulta desprotección e inseguridad frente a la total impunidad de los responsables, además?
La SAN 49/2026, de 21 de enero (rec. 2068/2022, ECLI:ES:AN:2026:49) desestima la demanda de 750 funcionarios interinos de la Administración de Justicia que solicitaban su nombramiento como funcionarios de carrera —o figura equivalente— y una indemnización por abuso de temporalidad.
La Audiencia Nacional fija tres ideas: Primero, la prolongación de la interinidad no permite presumir automáticamente el abuso. Exige analizar cada nombramiento, su causa y su cobertura normativa. No cabe una declaración colectiva sin individualización probatoria.
Segundo, la cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE no impone la conversión automática en funcionario de carrera. El acceso sigue condicionado por mérito y capacidad; la fijeza no puede operar como sanción automática.
Tercero, no existe un derecho indemnizatorio automático por la mera temporalidad prolongada. Solo cabría reparación si se acredita un daño efectivo distinto del cese ajustado a derecho.
El contraste con las sentencias del TJUE de 29 de enero de 2026 (C-654/24 y C-668/24) es significativo. Luxemburgo no impone la fijeza, pero sí exige que las medidas nacionales sean efectivas y disuasorias, y que las indemnizaciones tengan capacidad real de reparación. El foco europeo no está en la etiqueta de la respuesta, sino en su eficacia material frente al abuso.
En términos prácticos, la SAN 49/2026 eleva el umbral argumental de las reclamaciones: no basta invocar la temporalidad estructural ni la Directiva 1999/70/CE en abstracto. Exige reconstruir el itinerario individual, identificar la causa concreta de cada nombramiento y acreditar, en su caso, un daño diferenciado. Al mismo tiempo, sitúa a la Administración ante una cuestión más exigente: no si el sistema prevé formalmente procesos selectivos o estabilizaciones, sino si, en su aplicación real, corrige de manera efectiva el abuso.
Más que cerrar el debate, la SAN 49/2026 lo reubica en ese terreno: la efectividad material de las medidas frente a la temporalidad prolongada. Y ahí la conexión con el asunto Obadal (C-418/24) es directa, porque lo que Luxemburgo deberá valorar no es la etiqueta de las soluciones españolas, sino su capacidad real para ser disuasorias y reparar el abuso.
las soluciones españolas adoptadas ahora mismo, ¿tienen capacidad real para ser disuasorias y reparar el abuso?.
No. El trabajo realizado por un determinado número de trabajadores temporales de esa AN era indispensable para el buen funcionamiento de la AN en las macrocausas, por lo que no eran coyuntural sino permanente, necesario, estructural, ésto es un FRAUDE, perpetrado y perpetuado por las administraciones públicas.
Las condiciones laborales afectan al trabajador, y por ende a como se realiza su trabajo y la validez de éste.
"El acceso sigue condicionado por mérito y capacidad; la fijeza no puede operar como sanción automática".
Los trabajos, estudios, etc..., realizados bajo condiciones de coacción, abuso o fraude por parte del empleador presentan serios problemas de validez legal, comercial y ética, por tanto, los trabajos realizados mediante abuso, fraude de ley o engaño pueden ser considerados inválidos, nulos o anulables, lo que conlleva la pérdida de efectos legales de dichas relaciones contractuales.
Así trabajan en la AN, con personal en fraude de ley y abuso laboral, qué fiabilidad pueden tener?
Ninguna.
Ese trabajo se ha realizado con trabajadores que han demandado sus condiciones laborales. Ese trabajo que requiere de máxima especialización y sensibilidad NO cumple con los mínimos estandares laborales, no es válido.
Una cosa es lo que la AN pueda hacer con sus trabajadores igual qye lo han hecho otras, por no perseguirse ni sancionarse en las AAPP el abuso y fraude de ley por abuso en la temporalidad y otra, la realidad y verdad, esos trabajos tan de p.m. se pueden venir a bajo por las condiciones laborales en los que se han realizado.
Ojalá.
Es como comprar una joya a un perista.
La joya existe? Si
Es buena? Buenísima,100%
Cómo se ha conseguido?ROBANDO
¿Como se puede demostrar el abuso en la temporalidad? Por el tiempo trabajado habiendo pasado el plazo de 3 años máximo sin haber hecho los procesos selectivos pertinentes o sin haber sacado todas las plazas vacantes, por crisis, por arbitrariedad, por ahorrarse una ingente cantidad de dinero, por abuso de poder o vaya usted a saber...
Pues a la justicia española no le sirven ninguno de esos argumentos para demostrar el fraude, por qué? Porque ella es una de las administraciones públicas que se ha beneficiado del fraude en liza.
Esto se basa en el principio fundamental "Nemo iudex in sua causa" (nadie puede ser juez en su propia causa), que exige la imparcialidad del juzgador como garantía de un juicio justo.
Te lo compro, por lo tanto a partir de Obadal, habra que efectuar oposiciones para todos estos abusados en los que se tenga en cuenta todos los méritos que concurran en ellos, años, felicitaciones, experiencia etc, dichas oposiciones deberán ser solo para estos, por una sola vez y teniendo en cuenta el informe preceptivo del Centro de Trabajo donde laboran en cuanto a su aptitud, paralización de Opes hasta que se vean los resultados de estos exámenes, y un cambio en la manera de efectuar los exámenes como exige Europa, menos memorieta y mas capacidad, SEFINI, se acabaron los problemas
Para los fuera si, pero para los abusados no.
Ellos ya entraron como la Administración estableció, y para validar su trabajo, para el que fueron legitimados mediante nombramiento, más años de trabajo estructural, experiencia, formación, etc, se les debe reconocer la situación que fraudulentamente les han negado y no quieren reconocer en contra del mandato de la propia ley española y europea.
"Nemo iudex in sua causa"
Si la justicia española está trufada por beneficiarse de un fraude y abuso laboral, el de sus temporales públicos, deberíamos acudir a un juez/tribunal imparcial.
El Tribunal supremo de casación italiano establece, aplicando la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE "Sánchez Ruiz", que no valen como reparación -por no ser automática la fijeza- los procesos restringidos de estabilización de los profesores de religión italianos que reguló el gobierno en reacción a la sentencia del TJUE "Gilda-UNAMS" sobre estos empleados públicos, y confirma la concesión de la indemnización del derecho laboral para el abuso de temporalidad que concedió el juzgado, independientemente de si logra la plaza fija en el proceso.
Los mismos que abusan lo reconocen pero niegan la sanción y reparación debidas, olé con el Estado de Desecho Español, y encima exigen respeto, hay que tener muy poca vergüenza y la cara muy dura.
Pagame lo que me debes y nunca más.
O pagar o estabilizar!
Son natillas!
O pagar o estabilizar!
Repetimos!!???
Hay que sancionar el abuso y la laguna creada por España ex profeso, tanto legal como jurisdiccional, para después no ser sancionados los abusadores ni reparadas la víctimas.
Y si optan por estabilizar, pagar los sueldos que han dejado de percibir (menos el paro recibido) hasta esa readmision.
O sea según esto, con Obadal no hay nada que hacer. Una vez más, la vuelta a la tortilla...el debate, reubicar el terreno, deberá valorar, etiquetas...etc etc que imaginación!
...eleva el umbral argumental de las reclamaciones: no basta invocar la temporalidad estructural ni la Directiva 1999/70/CE en abstracto.....Maandeee!
....Solo cabría reparación si se acredita un daño efectivo distinto del cese ajustado a derecho.
Si, como por ejemplo haber sacado OPE con plazas de estabilización por procesos anteriores , días antes de la publicación de la ley 20/21.
Buen tocho…a ver nuestro amigo Obadal qué se narra el mes que viene…
Mejor estabilizar, el dinero es .muy ruin
Educación adeuda 80.000 euros a dos interinos por temporalidad.
El TSJR dio la razón en septiembre a 2 docentes de Música temporales durante 31 y 17 años. Superado el plazo de 3 meses, no descartan instar a una ejecución forzosa del fallo judicial.
Esto en la rioja.
17:07 Lo que es ruin es de dejar a la gente sin derechos, sin protección, sin justicia, desprotegidos por sus superiores dentro de sus trabajos, de sus dministraciones, todas.
Parece que la curia tampoco ha publicado fecha para lo de Obadal. Me da que ni para Marzo lo tendremos y eso que era prioritario. Esto es un sinsentido por parte de todas las instituciones del supuesto "estado de derecho".
Por ello, y en caso de falta de medidas adecuadas en el Derecho nacional para prevenir y, en su caso, sancionar, los abusos derivados de la utilización de sucesivos contratos o relaciones de empleo de duración determinada, el TJUE falla que lo procedente será la conversión de los sucesivos contratos o relaciones de empleo de duración determinada en contratos o relaciones de empleo por tiempo indefinido, solución que también matiza señalando que siempre que la conversión no implique una interpretación contra legem del Derecho nacional.
En relación a la duda de si, en función del principio de equivalencia del Derecho de la Unión se debe conceder al personal temporal del sector público que haya sido objeto de una utilización abusiva de sucesivos contratos temporales, la condición de empleados fijos o de carrera, - por ser ésta la solución que el Estatuto de los Trabajadores impone en el sector privado-, señala el TJUE que la solución la debe adoptar el Juzgado que tenga un conocimiento directo de los derechos que confieren las disposiciones nacionales.
Y como cláusula de cierre, el TJUE recuerda que los órganos jurisdiccionales nacionales están obligados a modificar, en caso necesario, una jurisprudencia reiterada cuando se basa en una interpretación del Derecho interno incompatible con los objetivos de una directiva, en el caso, el órgano jurisdiccional nacional no puede considerar válidamente que se encuentra imposibilitado para interpretar una norma nacional de conformidad con el Derecho de la Unión por el mero hecho de que, de forma reiterada, se haya interpretado esa norma en un sentido incompatible con ese Derecho por la jurisprudencia interna. Lo podemos poner en ingles o chino. O en francés...
Los órganos jurisdiccionales nacionales están obligados. O de obligados... Jajajaja
En este sentido, el TJUE sostiene lo siguiente. "Si el juzgado remitente considera que la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo se opone a la conversión deberá entonces dejar inaplicada dicha jurisprudencia del Tribunal Supremo si esta se basa en una interpretación de las disposiciones de la Constitución incompatible con los objetivos de la Directiva 1999/70 y, en particular, de la cláusula 5 del Acuerdo Marco".
Es decir, el TJUE da carta de libertad al juzgado barcelonés —y a otros que le puedan seguir después— para que haga su propia interpretación, aunque esto implique ignorar la doctrina del Supremo. Y refuerza una vez más la vía a la fijeza, al insistir en que las conversiones a indefinidos son una opción viable.
Además, en reclamación al juzgado barcelonés, una de las empleadas públicas solicitaba que se le concediese condición de funcionaria de carrera o bien transformar su situación en "una relación fija equiparable a la de los funcionarios de carrera". Sobre esta cuestión, el TJUE reconoce que la solución puede ser convertir estos contratos temporales en indefinidos sujetos a las mismas causas de cese y despido que los funcionarios de carrera, pero sin adquirir la condición de funcionario.
17:48 Hay cosas que son contradictorias y por eso estamos como estamos:
"el TJUE falla que lo procedente será la conversión de los sucesivos contratos o relaciones de empleo de duración determinada en contratos o relaciones de empleo por tiempo indefinido..."
Versus:
..."solución que también matiza señalando que siempre que la conversión no implique una interpretación contra legem del Derecho nacional...."
¿A quién interesa que sean contradictorias y tremendamente complejas para sancionar y reparar?
A los abusadores, que además son los que ostentan el poder.
¿Harán la necesaria autocrítica para salir de este bucle?
El daño es irreparable
Pregunta críptica: el gobierno de espańistán en 48 horas , mediante el rodillo BOE, saca un rdl (previamente preparado por conocimiento de filtraciones desde europa) por el que asume obadal o murcia, pero limitandolo solo a los litigantes vivos (ojo! Solo vía judicial) así reduce impacto en arcas públicas; ¿cuándo creéis que ejecutará tal "jugarreta ilegal" después de "obadal" o despues de "murcia"? Gracias, de antemano
Yo no esperaria que lo haga ya.
Y justo ahora se va a negociar la enmienda de Junts...
Por ese mismo motivo, los resultados del análisis que llevó a cabo la Comisión en el Semestre Europeo «respaldan la necesidad de abordar la calidad del empleo. La propuesta de informe conjunto sobre el empleo, que forma parte del paquete de otoño del Semestre Europeo, destaca que Europa debe abordar las deficiencias estructurales de su mercado laboral mejorando la calidad del empleo», aseguran.
No somos Europa, olvídate.
23,49 Esa jugarreta entre comillas no es ilegal, tienen recorrido toda persona que su caso no se halle incurso en prescripción conforme al Derecho Administrativo y Leyes vigentes, por lo tanto se puede hacer, otra cosa es que toda persona sienta que su caso es legitimo y pleitee hasta la extenuacion
No habrá justicia hasta que todos los cesados con sentencias de abuso sin sanción por el TS y condenados en costas sean readmitidos con fijeza en sus puestos de trabajo. Ningún abuso puede quedar sin una sanción para quien abusa, ya que de lo contrario no estaríamos en una democracia sino en una dictadura de verdugos y de víctimas.
Basta ya de dividir a unos y a otros, de mirar hacia otro lado y de que la mentira y la impunidad campen a sus anchas.
Eso no sería válido. No se estaría reparando todo el abuso existente.
Los cesados con sentencias de abuso y todos los cesados abusados con más de 20 años ininterrumpidos concatenando ccontratos que hayan denunciado y ahora con esos juicios en suspensos hasta que el Supremo adapte su jurisprudencia tal como está establecido en Europa..
Es un suma y sigue, al fraude y abuso laboral de años se le suma la no sanción ni reparación, la falta de justicia. La falta de prevención, sanción y reparación es otro abuso mas al que nos hemos tenido que enfrentar por inacción de quien lo tenía que regular y juzgar, el legislativo y el judicial.
Hay casos y casos, donde trabajar en la dministración se ha convertido en la casa de los horrores, sufriendo éstos sin límite en el tiempo ni en la gravedad de los abusos laborales que se iban sucediendo. La fijeza para algunos no es la mejor solución, sería otro castigo más.
¿Quién quiere convivir con su abusador, otra vez?
Relación Tóxica.
Cambiad el nombre, el abuso como tal no existe.
Y ahora q llamamos a las cosas por su nombre.
Cuando alguien se separa, que es lo que quiere? Sacarle los cuartos. Por qué? Pq la opción de "volver" está descartada por sentido común.
Q ocurre? Q los jueces quieren comprobar la toxicidad del asunto?
Como? Con pruebas...
Peeero ya lo dijo Norkus&Napoleon, la carga de la prueba no puede recaer en el que quiere dejar la relación Tóxica.
Por tanto, la toxicidad se mide por años y número de nombramientos/contratos.
Una vez ñ dicho eso que ponga la IA, la cuantía o la fórmula de cálculo dela indemnización q no queremos q ningún juez "sesgado" nos dirija la vida.
PD. Si hace falta, cuando se cobre la Indemnización se firma un papelito que diga.
"Renuncio a trabajar en esa administración".
Una vez dicho eso; que ponga la IA, la cuantía o la fórmula de cálculo de la indemnización.
No queremos q ningún juez "sesgado" nos dirija la vida.
Eso que quiere usted ,(No trabajar en esa Admón) es el sentir de usted, la mayoría de abusados e interinos querrían trabajar y llevar dineros a su casa para comer, usted se sale de la tangente con la IA y demás, le ruego tenga mas respeto por la mayoria
Volver a trabajar tras esa relación "toxica"?
Lo que yo quiero lo tengo claro. Quiero dinero. Por mi parte, la relación está rota hace muchos años.
Que Dios le de lo que se merece , a usted y a todos los que piensan como usted
Me lo dará o no la vida.
Por cierto, lo de continuar en la administración lo respeto, pero no entiendo "la obsesión".
Pues si le decimos a la IA que se ponga en modo juez, esto es lo que diría:
Imagina que eres el juez del caso Obadal. Dicta la sentencia
Si fuera el magistrado ponente en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para el asunto C-418/24 (Caso Obadal), mi sentencia se basaría en la interpretación de la Directiva 1999/70/CE y la cláusula 5ª sobre el trabajo de duración determinada.
A la luz de los antecedentes y el debate jurídico actual (febrero de 2026), esta sería la parte dispositiva de la sentencia:
SENTENCIA DEL TRIBUNAL (Sala Quinta)
ANTECEDENTES: El caso analiza si la figura española del "indefinido no fijo" y los procesos de estabilización actuales son medidas suficientes para sancionar el abuso de la temporalidad en las Administraciones Públicas.
FALLO:
Insuficiencia del "Indefinido no Fijo": Se declara que la calificación de un trabajador como "indefinido no fijo" no constituye una sanción adecuada, ya que no garantiza la estabilidad real ni previene futuros abusos, al estar la plaza sujeta a una futura convocatoria que puede extinguir la relación laboral.
Primacía de la Fijeza como Sanción: Ante la ausencia de medidas sancionadoras efectivas en el derecho nacional español (como indemnizaciones disuasorias o procesos de conversión automática), el tribunal nacional debe realizar una interpretación conforme del derecho interno.
Conversión en Fijo: Si el juez nacional constata un abuso estructural y no existe otra medida equivalente, la transformación de la relación temporal en una relación de fijeza es la medida que mejor garantiza el efecto útil de la Directiva.
Límite de los Principios Constitucionales: Los principios de igualdad, mérito y capacidad para el acceso a la función pública no pueden invocarse para dejar sin sanción el incumplimiento de la norma europea. El Estado debe articular mecanismos que respeten ambos mandatos, pero no puede usar su propia normativa para perpetuar una ilegalidad comunitaria.
CONCLUSIÓN:
Se ordena al tribunal remitente evaluar si las indemnizaciones actuales son realmente disuasorias. De no serlo, deberá proceder a la fijeza de los trabajadores afectados como única vía para restaurar la legalidad quebrantada por el abuso de la temporalidad.
El dinero no tapa la impunidad ni los daños perpetrados y perpetuados por demasiados responsables y autoridades de este país.
Cuando en una administración son más los corruptos que los decentes es porque el estado de derecho ha fracasado, hace años o nunca existió, y el que siga negándonos y presumiendo de lo contrario ya sabemos a que bando pertenece, queda retratado.
Muy bien dicho!
Así es!!!
Yo añadiría ademas: ...con los sueldos dejados de percibir durante el tiempo que fraudulentamente han sido cesados hasta la fecha de la readmision.
Y también una sanción a los responsables de las aapp a pagar de su bolsillo.
Creo q sois unos desleales, y tenéis lavado el cerebro
Me da q no vais a conseguir nada.
Justicia!
Esperemos que Obadal nos nutra de razón y no derrame hez
Sea
Obadal para cuándo alguien informado que nos anime porque esto se está convirtiendo en una tortura china porque ya debiera estar solucionado en 2024 con la sentencias del TJUE y tanto marear la perdiz. Deberían indemnizarnos por esta eterna espers
17,02 Es un derecho que asiste a estos trabajadores, que personas como tú les parece mal y le parece mal que se haga justicia. Prefieres que sufran lo que están sufriendo.....
Obadal dicen para Marzo
Dicen, quién dice, y luego quién hace, nadie.
2 años desde el 22F del 24
6 años desde el 19M del 20
Publicado 26/02/2024 11:01
Antonio Sempere: "La última sentencia del TJUE sobre interinos obliga a la Administración a replantearse la normativa existente".
Si, si.
Nos vamos a replantear como echamos a los interinos por pesaos.
Si, si.
Moralo: Nos vamos a replantear como hacemos una pregunta idiota, para no superar la linea roja
Uff esto tiene guasa, Dan vueltas a algo tan claro que no quieren ver
8 años de gobierno "progresista" y la mayoría seguimos igual de abusados, jodidos, pero más mareados y defraudados.
Si que lo verán, y saldrá, todo aquel que tenga su Asunto Administrativo vivo, podrá alegrarse
Y el que lo tenga muerto que se joda y baile, gracias.
Y los que cesaron injustamente qué
Si los cesaron pasados 3 años de la OPE esos ceses son nulos, así que readmision
Y los otros también todos los cesados por no cumplir a su tiempo
Gratis no te lo darán, ya te digo yo que NO, Fijeza ya
2 ideas.
En Obadal no van a decir que la Fijeza, "es obligatoria".
En Obadal van a decir que las Indemnizaciones NO pueden tener limite.
Por tanto, JUGAR TODOS esa carta, pedir Indemnizaciones y que las paguen retroactivamente los que os firmaron los nombramientos/contratos.
Ya veréis como ASÍ, se les ponen de CORBATA.
Ese es el lema #indemnizacionYA. La estrategia ES ESA.
Fin. No doy más consejos. La Fijeza sin amenaza previa NO os la van a dar NUNCA.
Obadal se hace esperar ojalá sea para bien porque no sé si saldrá en marzo
Ya es oficial: la Unión Europea da dos meses a España para corregir su ley hipotecaria por incumplir las normas europeas.
Y a nosotros que la ley hipotecaria...
España tuvo tiempo de sobra en arreglar el abuso y no sé qué espera
Ejemplos 2025.
Gana por Concurso Plaza en la AN. 🤫
Doña María Mercedes Delgado López, magistrada, con destino en la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga, pasará a desempeñar la plaza de magistrada de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.
https://www.poderjudicial.es/stfls/TRIBUNAL%20SUPREMO/ACUERDOS%20y%20ESTUDIOS%20DOCTRINALES/FICHERO/20240122%20Cuadernos%20de%20casaci%C3%B3n%20-%20Personal%20temporal%20de%20las%20Administraciones%20P%C3%BAblicas.pdf
Visto lo visto, si todavía hay algún incautó en la Sala, q crea q esto se gana pidiendo Fijeza en el Juzgado Contencioso. No sabe de lo q va está película.
Pedid TODOS/AS Pasta que salga del bolsillo de quien os Nombró (5.000 euros por año de abuso) , debido a la perdida de oportunidad de ser Fijo en otro ámbito laboral más Sano.
PD. Cifra No Simbolica, y Disuasoria. Por tanto, Efectiva.
Con esas cifras. Si deben pagar 50.000 euros de media * 600.000 que lo soliciten, verás tú como SE LES ATRAGANTA.
30 mil millones de euros. A ver si tienen capacidad económica de afrontarlo. Esa es una "amenaza JUSTA"
Precisamente por esto, otorgaran fijeza, antes que la pasta, el dinero si acaso lo quieren algunos les va a costar llevárselo, empezaran a marear la perdiz
Deben otorgar todo para ser justos
Bs días. Se puede conseguir esa Sentencia en texto completo?
Un saludo
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