'1 - CRITERIOS DE CESE. Por la incorporación del personal estatutario fijo la plaza ofertada puede ser:
a) Plazas identificadas de manera singular, mediante un CIAS o número de puesto de trabajo, cesará el profesional que este ocupando dicha plaza.
b) Plazas no identificadas: Siempre se cesa de menor a mayor antigüedad.
1.- Existe plaza vacante: Ocupada por personal eventual, cuyo nombramiento, está vinculado a actividad estructural en esa categoría. Son los primeros en cesar.
2.- No existe plaza vacante: Se cesa en este orden: 1º personal interina, 2º personal en comisión y, finalmente, el personal en promoción interna temporal por vacante.