'El sindicato UGT también estaba presente en el recurso, pero en su caso alegaba la inconstitucionalidad del área única. Según el sindicato, la nueva organización sanitaria, que eliminó las once áreas de salud anteriores para crear una única, contradice la Ley General de Sanidad. Esta norma, de carácter estatal, asegura que cada área de salud debe tener una población de entre 200.000 y 250.000 habitantes. La sentencia del TSJM, del pasado 8 de noviembre, desestima el argumento de UGT. "El propio precepto permite excepciones para el establecimiento de un área única que se justifican sobradamente en el caso de una comunidad autónoma uniprovincial, como es el caso de Madrid", asegura la sala.'
Fuente y noticia completa: El País 24/11/2011
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