lunes, 3 de octubre de 2016

El Gobierno del Estado recurrirá al Constitucional varios artículos aprobados por la oposición en la Ley de acompañamiento de los presupuestos de la Comunidad de Madrid

El último Consejo de Ministros del Gobierno del Estado del pasado viernes 30/09/2016 aprobó el "ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley de la Comunidad de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas" es decir la "ley de acompañamiento de los últimos presupuestos" , detallando que, en  concreto, "se refiere a mecanismos que se extralimitan respecto a la normativa báica del personal de los servicios de salud"

Recordemos que previamente el Gobierno del Estado ya había expresado una serie de discrepancias  en la forma de un previo a un recurso de inconstitucionalidad a estas medidas de la ley de acompañamiento que establecían
  1. el artículo 24 con la esencial para el futuro de este colectivo extensión o posibilidad de uso de las las categorías estatutarias de informática a los Servicios Centrales del SERMAS (ante la centralización de la función informática en el SERMAS a esos SSCC que están prácticamente al 100% ya externalizados) medidas que APISCAM había conseguido que atendieran los grupos de la oposición, y que fue aprobada con los votos de la oposición y contó con el rechazo del partido del Gobierno d e la Comunidad
  2. una Disposición Adicional, (dependiente del anterior artículo pero no al revés) para la consiguiente posibilidad de realizar un proceso de estatutarización del escaso  personal laboral y funcionario que ejerce función de informática en dichos SSCC
  3. la disposición adicional sobre un  procedimiento extraordinario de interinización del personal estatutario eventual del SEMAS que lleve más de dos años, siempre y cuando existan vacantes libres,
  4. y el artículo 27 con la integración como personal estatutario del SERMAS del personal de la Empresa Pública Hospital de Fuenlabrada, de la Fundación Hospital Alcorcón y de la Empresa Pública Unidad Central de Radiodiagnóstico.
medidas todas que tienen en común que fueron planteadas y aprobadas por la oposición con el voto en contra del partido del Gobierno de la Comunidad del Madrid.. Además, también avisaba el Gobieno del estado de su intención de presentar recurso sobre al Apartado 5 del artículo  6,  sobre la integración en el SERMAS del personal laboral de los hospitales empresas públicas que se extinguían por esa misma ley para pasar a ser hospitales del SERMAS. En este caso, el Partido Popular sí había votado a favor, y se anunció que las discrepancias planteadas por el Estado habían quedado solventadas tras una negociación previa con la orden finalmente publicada en el BOCM que ejecutaba  e regulaba en detalla sel proceso de integración
 

Ahora, finalmente según la referencia del Consejo de Ministros que ha publicado se comenta que ha habido algunos acuerdos parciales con el Gobierno de Madrid  (sin detallar cuáles ni en qué) y se informa que los "aspectos" que finalmente recurrirá ante el Constitucional el Gobierno del Estado son::
  • previsiones de integración, de movilidad y de promoción de personal laboral propio de determinados centros hospitalarios , (porque -dice el Gobierno del Estado-"vulnera la normativa básica de acceso al empleo público y de su régimen jurídico").
  • "la integración del personal laboral y funcionario que actualmente desempeña funciones informáticas en los servicios centrales del Servicio Madrileño de Salud en las categorías estatutarias" (porque, -dice.- "incumple el Estatuto Marco y, además, puede dar lugar a un acceso restringido a la función pública, en lo que afecta al personal laboral").
  • la interinización "de forma automática" del personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud con contratos eventuales sucesivos (porque, dice,  "ignora las medidas previstas en el Estatuto Marco cuando se detecta el encadenamiento de contratos eventuales").
Desconocemos, por el momento, si el Gobierno del Estado ha modificación "su" intención inicial y no presentará recurso al artículo con la extensión o posibilidad de uso de las categorías estatutarias de informática a los Servicios Centrales del SERMAS, artículo cuyo objetivo era evitar la -al menos hasta ahora- privatización creciente de la informática del SERMAS por la vía de la  centralización a unos SSCC del SERMAS cerrados a los informáticos propios del SERMAS, o si finalmente ha habido acuerdo con el Gobierno de la Comunidad de Madrid al respecto de mantener el correspondiente artículo 24 -quizás con alguna modificación-, o si, por contra, pese a no mencionarse en la referencia del Gobierno, también lo recurrirá igualmente.


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