Informa El Diario este 25/02/2019 que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón a la Universidad Complutense de Madrid en su recurso de apelación contra la sentencia de un Juzgado de Madrid que
declaró nulas las convocatorias del "proceso de
consolidación" de sus plazas interinas
anteriores a 2005 de personal funcionario de administración y servicios
por
favorecer demasiado en méritos a los interinos cuyos puestos son los
que se convocaban tras años sin hacerlo, estimando la demanda de un
particular, el funcionario andaluz y también abogado Wenceslao Alonso. Previamente el mismo juzgado había aceptado la suspensión
cautelar solicitada del proceso selectivo, razón por la que a día de hoy siguen paralizadas judicialmente.
[Recordemos que la Universidad había convocado estos puestos según la Disposición Transitoria 4ª de Procesos de Consolidación del
Estatuto Básico del Empleado Público o EBEP [1] , una vez que el uso de esta Disposición fue permitido por la ley de Presupuestos Generales del Estado 2017 para la totalidad de
los puestos interinos anteriores a 2005 en cualquier Administración
Pública sin estar afectados límites de tasa de reposición. (Sorprendentemente en esa misma ley y con el acuerdo de los sindicatos , no se aprovechaba para actualizar la fecha de los procesos de consolidación del EBEP de 2005 a 2015 sino que se e estipulaba que para los temporales de más de 3 años se habilitaba a que las AAPP convocaran en OPEs convencionales sus puestos).
Así, el
punto 3ª de dicha Disposición Transitoria 4ª del EBEP dice "podrá valorarse, entre otros
méritos [...] la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la
convocatoria" , posibilidad que por otro parte parece del todo razonable
si es que se trata de un proceso que merezca el nombre de de procesos
de "consolidación".
En consonancia la Universidad había elegido, probablemente en compensación al daño cometido al mantener tantos años en fraude de ley estos puestos -existencia de compensación que viene exigida por la directiva europea de empleo temporal, realizar un concurso-oposición con la fase de oposición eliminatoria como exige esa Disposición para esos procesos de consolidación según el EBEP, y con una fase de concurso de méritos con la principal puntuación, 20 puntos de los 22 puntos , por un apartado de "experiencia profesional" que baremaba sólo la antigüedad en los propios puestos convocados y no la antigüedad en puestos de mismos cuerpos en otras Administraciones Públicas.]
Ahora,
según informa El Diario, el Tribunal Superior de Justicia madrileño, ha
sentenciando que la convocatoria es legal teniendo en cuenta su
"carácter singular y
extraordinario" de un proceso de consolidación de empleo de los
trabajadores que acumulan años de
interinidad afirmando el tribunal madrileño que "el trato favorable
al interino es absolutamente proporcionado y
equilibrado (...) y basado en los principios de mérito y capacidad" que
exige la Constitución apreciando que también respeta el exigido principio de
igualdad en el acceso a la función pública.
El
medio informa que Wenceslao Alonso, el particular que puso la demanda,
ya ha anunciado que recurrirá esta sentencia al Supremo.
[NOTA 1 ] El
Estatuto Básico del Empleado Público fue aprobado en 2007 y fijaba
además en su artículo 70.1 un plazo máximo de 3 años máximo para la
cobertura fija mediante Ofertas Públicas de Empleo de las necesidades
permanentes o estructurales (lo que es automático en las "vacantes"
cubiertas por interinos).
Es decir, fijaba un máximo a la temporalidad en el empleo público mientras daba una medida extraordinaria al fraude de la temporalidad excesiva ya acumulada con esa Disposición Transitoria 4ª para los puestos anteriores a 2005. Pero , aunque el espíritu de acabar con el fraude de la temporalidad era clarao , estas medidas resultaron fallidas por un lado al no regular una sanción a las AAPP que no cumplieran con el límite de los 3 años y por otro al no establecer como obligatorias esos procesos de consolidación sino sólo como posibilidad , al igual que la posibilidad de la valoración especial de los méritos en los puestos si se decidían convocar.
De esta manera muchas administraciones públicas, como el Servicio Madrileño de Salud ignoraron esta posibilidad y no convocaron estos procesos aún teniendo miles de temporales anteriores a 2005 en 2007, y algunas AAPP, como la Comunidad de Madrid para convocaron procesos de consolidación en algunas categorías laborales como concursos-oposición normales en la práctica, implicando el cese de muchos de sus interinos cuyos puestos se convocaban.
Conviene recordar en este punto la resolución del Parlamento Europeo tras las peticiones recibidas en la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad que pide que se incluya en la normativa nacional la conversión a fijo ( es decir , directa sin ni procesos de consolidación o puros de méritos) como medida adecuada ante abuso de temporalidad, también en el empleo público, sin perjuicio de una sanción e indemnización adicional , condenando el despido por este fraude de ley; así como estas dos cuestiones prejudiciales importantes pendientes de sentencia en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea:
Es decir, fijaba un máximo a la temporalidad en el empleo público mientras daba una medida extraordinaria al fraude de la temporalidad excesiva ya acumulada con esa Disposición Transitoria 4ª para los puestos anteriores a 2005. Pero , aunque el espíritu de acabar con el fraude de la temporalidad era clarao , estas medidas resultaron fallidas por un lado al no regular una sanción a las AAPP que no cumplieran con el límite de los 3 años y por otro al no establecer como obligatorias esos procesos de consolidación sino sólo como posibilidad , al igual que la posibilidad de la valoración especial de los méritos en los puestos si se decidían convocar.
De esta manera muchas administraciones públicas, como el Servicio Madrileño de Salud ignoraron esta posibilidad y no convocaron estos procesos aún teniendo miles de temporales anteriores a 2005 en 2007, y algunas AAPP, como la Comunidad de Madrid para convocaron procesos de consolidación en algunas categorías laborales como concursos-oposición normales en la práctica, implicando el cese de muchos de sus interinos cuyos puestos se convocaban.
Conviene recordar en este punto la resolución del Parlamento Europeo tras las peticiones recibidas en la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad que pide que se incluya en la normativa nacional la conversión a fijo ( es decir , directa sin ni procesos de consolidación o puros de méritos) como medida adecuada ante abuso de temporalidad, también en el empleo público, sin perjuicio de una sanción e indemnización adicional , condenando el despido por este fraude de ley; así como estas dos cuestiones prejudiciales importantes pendientes de sentencia en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea:
- Tribunal Europeo dirá si es una solución acorde a la Directiva Europea convertir en fijo al estatutario con abuso de temporalidad tras la demanda de un informático del SERMAS, estatutario interino de vacante más de 17 años
- Tribunal Europeo dirá si convocar a OPEs convencionales los puestos en abuso de temporalidad puede ser una solución acorde a la exigencia de esa norma europea (dudando el juzgado que lo plantea, naturalmente, que lo pueda ser)
y que, en el caso de positivas, podrían suponer un auténtico vuelco en la jurisprudencia española actual, muy contraria a la fijeza por sentencia para los empleados públicos]
- [10/10/2016] [@jezquerra57 en RM] Nombrar interinos no es solución para el abuso a la temporalidad sino la fijeza
- [11/10/2016] [Blog "El Criticón de Julián Ezquerra"] El concurso de méritos para ser fijo como solución a la temporalidad abusiva en el SERMAS
- [29/03/2017] Texto íntegro del acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público: permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición
- [12/06/2017] [Redacción Médica] Informe sobre la temporalidad y la OPE extraordinaria para la reunión del Interrterritorial del 14 de Junio [desecha que haya procesos de consolidación ]
- [20/06/2017] [Diario Médico] Los sindicatos nacionales de sanidad rechazan la mera consolidación del personal actual en la OPE extraordinaria conjunta de todas las CCAA posible tras el acuerdo estatal
- [04/06/2018] Resolución del Parlamento Europeo pide que se incluya en la normativa nacional la conversión a fijo como medida ante abuso de temporalidad, sin perjuicio de sanción e indemnización adicional , condenando el despido por este fraude de ley
- [06/06/2018] [Plat Pers Temp CM] 'Ante la noticia de que el Parlamento Europeo pide a la administración pública española que resuelva el abuso cometido con 700 mil empleados temporales convirtiéndolos en fijos (en vez de despedirlos mediante oposiciones como ocurrirá para miles por las OPEs extraordinarias de"estabilización") '
- [14/06/2018] Proceso de consolidación de Estatuto Básico del Empleado Público en el Ayuntamiento de Getafe para plaza de funcionario interino anterior a 2005 inlluye pruebas con las funciones del puesto y méritos de antigüedad en el propio puesto que se convoca. El SERMAS podría incumplir obligaciones con los interinos anteriores a 2005 si se aprueban bases únicas en las OPEs extraordinarias
- [14/06/2018] La Mesa Sectorial de Sanidad acuerda las bases de las convocatorias de los puestos de los temporales del SERMAS de más de 3 años: concurso-oposición, contando un 35% la experiencia
- [11/07/2018] Convocatorias de la Universidad Complutense de plazas interinas anteriores a 2005 de personal funcionario de administración y servicios según los procesos de estabilización de ley de Presupuestos Generales del Estado 2017 con méritos casi sólo por antigüedad en los propios puestos convocados tal y como permite la disposición de consolidación del Estatuto Básico del Empleado Público vinculada para esas plazas por la ley de PGE17
- [14/09/2019] [El Diario] Un Juzgado de Madrid anula las convocatorias de proceso de consolidación de la Universidad Complutense de plazas interinas anteriores a 2005 de personal funcionario de administración y servicios, derivado de la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017, por favorecer demasiado en méritos a los interinos cuyos puestos se convocan, estimando la demanda de un particular
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